Judiciales
Procesamiento y preventiva por intento de femicidio en Godoy
El hecho ocurrió el 26 de junio pasado cuando el imputado intentó clavarle el cuchillo en la zona del abdomen a su pareja.

El juez de Instrucción Penal de Villa Regina, Federico Dalsasso, dictó el procesamiento con prisión preventiva contra un hombre imputado como presunto autor del delito de “homicidio en grado de tentativa agravado por haberse causado respecto de quien había mantenido una relación de pareja; lesiones leves y violación de domicilio, en concurso real”.
Al imputado, de 41 años y domiciliado en General E. Godoy, se le atribuye un hecho ocurrido en esa localidad el pasado 26 de junio, a partir de la 1.30 de la madrugada, en el domicilio de la víctima. Según surge de la acusación, la mujer fue atacada con un arma blanca tipo cuchillo cuando arribaba a su domicilio tras haber sido alertada telefónicamente sobre el ingreso del acusado al patio de la vivienda. En esas circunstancias, habría intentado “clavarle el cuchillo en la zona del abdomen con el fin de causarle su muerte, no logrando su cometido en razón de la resistencia opuesta por la victima, comenzando un forcejeo entre ambos”, indica el hecho imputado por la fiscalía. Tras eso, la víctima cayó al suelo, sufriendo golpes de puño y cortes en la cabeza, los brazos y las manos.
El juez dispuso que el imputado permanezca detenido en una dependencia de Choele Choel, debido a que se encuentra vigente la restricción judicial de nuevos ingresos al Penal N° 2 de Roca, y ordenó varias medidas complementarias y pericias.
Dalsasso tuvo especialmente en cuenta que el hecho quedó “enmarcado sin dudas en un acto propio de violencia de género” y para fundamentar la calificación legal definida en el procesamiento consideró acreditado que “el encartado salió del sector trasero de la vivienda con el objeto de agredir a la víctima, a quien interceptó a metros de la puerta de ingreso con intenciones de darle muerte, sin poder concretar el hecho que se propuso al encontrar en la víctima resistencia que le significó las lesiones descriptas”.
Para dictar la prisión preventiva, en tanto, valoró que en caso de resultar condenado “la pena que se impondría no sería de ejecución condicional, teniendo un mínimo y un máximo sumamente elevados” y que “el hecho ha sido grave y violento, y la señora ha manifestado otras conductas de violencia de género de las cuales fue víctima y ha manifestado el temor por su vida”. También tuvo en cuenta que el imputado registra dos causas penales previas, en trámite, por presuntos hechos de violencia de género contra su anterior pareja y que, debido a la profesión de la denunciante, “es altamente probable que pueda ser atacada y por lo tanto el Poder Judicial debe dar una respuesta efectiva”.
“Toda violencia de género debe ser atendida y visibilizada en forma apropiada y urgente, encuadrando además ello en la normativa de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer («Convención de Belem do Pará»). Aquí concurre la objetiva probabilidad de que en caso de otorgarse su libertad se reiteren conductas delictuales en atención a que el prevenido pueda continuar hostigando a la víctima y su grupo familiar, tal como lo viene haciendo hasta este momento, lo que torna inviable su juicio en libertad”, fundamentó Dalsasso.
Finalmente valoró que tras el ataque el hombre intentó “evadirse del accionar policial”, dando así por acreditados los riesgos procesales de fuga y entorpecimiento del accionar de la justicia que justifican el encarcelamiento hasta la etapa de juicio. “Conforme criterio de lógica y sentido común, entiendo que existe un alto riesgo de que el imputado pueda volver a intentar finiquitar su designio en caso de otorgarle su libertad, toda vez que ni la promesa que éste pueda hacer, ni caución real alguna, ni medida perimetral alguna resultan suficientes a mérito de este Magistrado para que el encartado pueda afrontar el juicio en libertad”, concluyó el juez.
Judiciales
Subieron los divorcios en Río Negro: Durante 2025 se registraron 1.277 trámites
No obstante, 2023 sigue siendo el año con la cifra más alta de la última década: se dictaron 1529 sentencias de disolución del vínculo matrimonial.

Durante 2025, los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de Río Negro registraron 1.277 trámites de divorcio. El dato surge del relevamiento anual del fuero y ubica a ese tipo de proceso entre los más frecuentes dentro de la conflictividad familiar.
En todo 2024 se iniciaron 1.240 expedientes por disolución del vínculo matrimonial. Un año antes, en 2023, se dictaron 1.529 sentencias de divorcio, la cifra más alta en al menos una década. En 2022 se habían contabilizado 1.204 y en 2021, un total de 1.333. En 2020, el Poder Judicial resolvió 910 divorcios. Entre 2016 y 2019 las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.400 en 2016, 1.395 en 2017, 1.426 en 2018 y 1.386 en 2019. En 2015 se registraron 903 y en 2014, un total de 1.078.
La disolución del vínculo matrimonial tramita en 16 organismos judiciales distribuidos en todo el territorio provincial. En Viedma y Roca funcionan varias unidades procesales. También se reciben causas en San Antonio Oeste, Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.
El divorcio se produce cuando una o ambas personas que integran el matrimonio solicitan judicialmente la disolución del vínculo. A partir de allí, si existen cuestiones pendientes, como cuidado personal, alimentos o distribución de bienes, esas cuestiones continúan su trámite por las vías que correspondan.
El año pasado algunos divorcios se resolvieron en menos de una semana, ya que no había hijos ni bienes en común. Hoy el trámite no exige dar motivos del pedido del cese del vínculo, basta con la voluntad de alguno de los integrantes de la pareja.
Respecto a la resolución de los conflictos, en 2025 se dictaron 11.150 sentencias de finalización en toda la provincia, cifra que incluye fallos definitivos, interlocutorios, monitorios y homologaciones. Además, la magistratura llevó adelante un total de 5.975 audiencias, entre las cuales destacaron las preliminares y las instancias de escucha a niños, niñas y adolescentes. La gestión se apoyó en la labor de las Oficinas de Tramitación Integral de Familia, modelo que permite reducir la carga administrativa sobre los jueces y juezas para concentrar la tarea en las resoluciones jurisdiccionales.
La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
Judiciales
La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra
Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.
La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.
El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.
La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.
El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.
Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.
Judiciales
Escándalo por la «falsa médica» en Roca: La Fiscalía pide mantener la tobillera y la inhibición de bienes
La mujer está acusada de usurpación de títulos, falsificación de documentos y defraudación contra la administración pública en clínicas privadas y el Hospital.

La investigación por el ejercicio ilegal de la medicina en General Roca sumó nuevos y preocupantes capítulos durante la audiencia realizada esta mañana (20/04). El Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que se mantengan las medidas cautelares vigentes contra la mujer denunciada por las autoridades del Ministerio de Salud provincial.
Según la Fiscalía, la gravedad del caso trasciende la faz administrativa: familiares de personas que habrían sido atendidas por la imputada han comenzado a presentar denuncias particulares por mala praxis, lo que abre una nueva y compleja línea de investigación.
La representante fiscal fue contundente al describir el accionar de la mujer «habría trabajado los últimos 6 años cometiendo delitos de ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación y uso de documento público falso, además de defraudación agravada contra la administración pública». El engaño no se limitó a un solo lugar, sino que se extendió por tres instituciones diferentes: una clínica privada donde permaneció 6 años, otra por algunos meses y el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde prestó servicios durante 2 años.
Ante este panorama, la Fiscalía sostiene que es imperativo mantener la custodia de la documentación y asegurar que la acusada no interfiera con el proceso.
Por este motivo, se pidió que continúen vigentes por el plazo de seis meses la colocación de la tobillera de control satelital, la prohibición de salida del país y la obligación de mantener su domicilio actual.
Asimismo, sigue firme la inhibición general de bienes, afectando tanto sus inmuebles como su vehículo particular.
El juez de Revisión dará a cnocer su resolución mañana (21/04) a las 9 de la mañana en la sala de audiencias de los Tribunales roquenses.





