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Judiciales

Elevan a juicio causa contra Limardo

Se le atribuye al ex Director de Recursos Humanos haber defraudado los intereses confiados por la Administración Pública Provincial, violando sus deberes.

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El Juez Carlos Mussi, titular del Juzgado de Instrucción N° 4 de Viedma, resolvió elevar a juicio la causa que se sigue contra Gabriel Esteban Limardo, Silvana Ayelen Traipe, Myrian Noemi Mamani y Olga Amalia Asaroff por defraudación, luego de declarar clausurada la etapa de instrucción y habiendo transcurrido el término previsto sin que la defensa deduzca excepciones u oposición. Se le atribuye a Gabriel Esteban Limardo, como Director de Recursos Humanos del Ministerio de Gobierno de la provincia de Río Negro haber sido quién habría defraudado los intereses confiados por la Administración Pública Provincial, violando sus deberes y la confianza en él depositada, abusando de su autoridad y adulterando documentos públicos, habría sido responsable de varios hechos en perjuicio del Estado.

En primer lugar aproximadamente en el mes de abril del año 2013, Limardo habría confeccionado documentos falsos que en fotocopia simulaban representar decretos en los que se designaba respectivamente a Myrian Noemí Mamani como Directora de Despacho del Ministerio de Gobierno, a Olga Amalia Asaroff como Directora de Control de Gestión del Ministerio de Gobierno y a Silvina Ayelen Traipe como Directora de Control Territorial de la entonces Secretaría de Seguridad y Justicia dependiente del Ministerio de Gobierno. En los decretos originales, en cambio, se resolvían otras cuestiones no relacionadas ni con designación de persona alguna ni con las nombradas. Limardo habría confeccionado tres documentos falsos, imitando el formato real de los decretos y con esas fotocopias falsas habría engañado al personal de la dirección a su cargo, haciendo registrar el empleo de dichas personas, en cargos inexistentes y sin la existencia de contraprestación alguna, comenzando a percibir haberes desde el 15 de abril de 2013 al 31 de enero de 2014 causando un perjuicio al Estado calculado en la suma de 751660 pesos. Se investiga si para todo ello, Limardo habría contado con el aporte de las nombradas Olga Amalia Asaroff, Myrian Noemí Mamani y Silvana Ayelen Traipe, toda vez que ellas habrían suscripto los formularios de apertura de las cuentas sueldo del Banco Patagonia y habrían recibido las tarjetas de débito respectivas, percibiendo los haberes ilegítimamente depositados, ya sea por extracción por caja, por cajero o por compras con las tarjetas.

Otro de los hechos que se le atribuye a Limardo es que en el transcurso del trámite del expediente administrativo de la entonces Secretaría de Seguridad y Justicia dependiente del Ministerio de Gobierno, habría insertado falsamente en el anexo del decreto a varias personas haciéndolos figurar como estudiantes graduados aptos para su ingreso, siendo designados en dicho decreto como empleados públicos del Servicio Penitenciario provincial a partir del 1 de abril del 2013. Para ello, dolosamente habría sustituido el anexo del pase verdadero, del 23 de agosto de 2013 y habría agregado el listado con esas personas sabiendo que no prestaban servicios ni cumplían los requisitos para hacerlo.

En segundo lugar, habría falsificado o insertado los certificados (apócrifos) de aprobación del “Curso de Escopetero Penitenciario” respecto de las once personas. En tercer lugar, en fecha aproximada entre el 17 de marzo del 2014 y el 20 de marzo del 2014, el imputado, quien tenía a su disposición la totalidad del expediente de mención de vuelta en su despacho, después de efectuados los controles administrativos previos, habría desglosado el original listado y colocado en su lugar el apócrifo, conteniendo las once personas referidas.

Las once personas añadidas no prestaban servicio y surge que las personas no habrían realizado tal curso, menos aprobado, ni desempeñado labor alguna en el Servicio Penitenciario de la manera detallada. Limardo habría logrado que en fecha de 30 de abril de 2014 se dictara un decreto en cuyo anexo se incluyó a varias personas con el objeto de que percibieran haberes sin contraprestación alguna, causando un perjuicio al Esado por la suma de 502.123 pesos.

Para todo ello, se investiga si habría contado con el aporte de Ángel Luis Avaca, Felisa Yolanda Hernández, Tiago Gregorio Hernández, Elisa Ester Quiñenao, Viviana Beatriz Quiñenao, Guillermo Claudio Rezzonico, Florencia Noemí Traipe; porque ellos habrían suscripto los formularios de apertura de las cuentas sueldo del Banco Patagonia y habrían recibido las tarjetas de débito respectivas, con el fin de percibir los haberes que ilegítimamente se depositarían.

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Judiciales

Condenaron a 5 años de prisión al policía que baleó a su pareja en Roca

Le colocarán una tobillera electrónica con restricción de movimiento.

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El Tribunal interviniente condenó este mediodía (15/05) a 5 años de prisión efectiva al empleado policial acusado de herir gravemente a su pareja con su arma reglamentaria en General Roca. La resolución fue adoptada en consonancia con el pedido formulado por el Ministerio Público Fiscal.

Durante la misma audiencia, la Fiscalía y la defensa penal pública solicitaron de manera conjunta que el condenado continúe sujeto a estrictas medidas cautelares mientras transcurren los plazos de impugnación de la sentencia.

«A los fines de garantizar que el hombre continúe a derecho y para neutralizar cualquier peligro procesal, se deben imponer determinadas condiciones. Solicitamos que siga vigente la prohibición de acercamiento a la víctima y que se agreguen la prohibición de salida del país y la colocación de una pulsera electrónica con radio de movimiento limitado al ejido de General Roca», explicó el fiscal.

Entre las medidas dispuestas se encuentra la continuidad de la prohibición de acercamiento a la víctima, la prohibición de salida del país y la colocación de una pulsera electrónica con restricción de movimiento limitada al ejido de Roca.

Desde la Fiscalía aclararon que las medidas quedarán plenamente efectivas una vez colocada la tobillera electrónica, cuya disponibilidad ya fue confirmada por la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico (UADME).

Cabe recordar que el pasado 27 de marzo el mismo Tribunal Colegiado interviniente tuvo por acreditado el hecho y la autoría del empleado policial, tal como acusó el Ministerio Público Fiscal. Por unanimidad, los jueces lo declararon responsable del delito de lesiones graves agravadas por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer, mediando violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de un arma de fuego.

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Fue a la casa de su hermana pese a tener restricción y terminó detenido

La mujer se resguardó en la casa de una vecina mientras aguardaba la llegada de la Policía.

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Personal de la Subcomisaría 67° de Stefenelli detuvo a un hombre acusado de violar una medida judicial de prohibición de acercamiento hacia su hermana, durante un procedimiento realizado en inmediaciones de calle Irlanda.

Todo comenzó cuando una mujer llamó al Centro de Emergencias 911 para advertir que su hermano se encontraba cerca de su domicilio, pese a tener vigente una restricción judicial.
Según trascendió, la denunciante regresaba a su vivienda junto a familiares cuando observó la presencia del sujeto. Ante esa situación, decidió refugiarse preventivamente en la casa de una vecina y solicitar intervención policial.

Minutos después, efectivos arribaron al lugar y localizaron al hombre en la vía pública. Tras corroborar la información en los sistemas judiciales, constataron que existía una prohibición de acercamiento dictada por la Unidad Procesal N° 16.

Ante el incumplimiento de la medida, los uniformados procedieron a la aprehensión del sujeto y su traslado a la dependencia policial, donde quedó alojado a disposición de la Justicia.

La Fiscalía de turno dispuso que permanezca detenido en el marco de una causa por desobediencia judicial hasta la audiencia de formulación de cargos.

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Irá a juicio el hombre acusado de matar a tiros a un perro en Stefenelli

La Fiscalía sostiene que el imputado disparó al menos dos veces contra el animal, que agonizó durante horas antes de morir.

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Esta mañana (13/05) se resolvió que el legajo fiscal que investiga el hecho ocurrido en Stefenelli cuando un hombre le habría disparado dos veces a un perro, avance hacia juicio. De esta manera, tanto el Ministerio Público Fiscal como la querella y la defensa penal pública presentaron los testimonios, la prueba documental y las convenciones probatorias.

El hecho que se tratará en el debate ocurrió en agosto de 2024, aproximadamente a las 17.15, en la vereda del domicilio del imputado.

«Fue así que el hombre salió de su casa con un arma de fuego semiautomática, calibre 22, amartilló la misma y efectuó al menos dos disparos a corta distancia dirigidos hacia el can macho de color blanco y marrón, cuya cuidadora es la denunciante», explicó el fiscal del caso.

«La señora se encontraba allí, cuando dos proyectiles impactaron en el cuerpo del animal. Esta acción fue desplegada por el imputado de manera deliberada, con el solo fin de lastimar y causar un sufrimiento innecesario al animal. Como consecuencia directa de las heridas, el can agonizó durante aproximadamente tres horas, hasta fallecer en la clínica veterinaria pese a los esfuerzos del veterinario, quien intentó salvarle la vida sin éxito, dada la gravedad de las heridas mencionadas», describió la Fiscalía.

La calificación legal por la cual el imputado estará frente a un Tribunal Unipersonal -dado que la pretensión punitiva no superará los 3 años de prisión- es la de crueldad animal.

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