Judiciales
Seis meses de prisión en suspenso a chofer por «abuso sexual simple» a una menor
Ocurrió en octubre del 2014, cuando el chofer detuvo la marcha y «manoseó» a una menor de 14 años, a la que traía de regreso a casa después de la escuela.

La Cámara Criminal Segunda de Roca condenó a un chofer de colectivos por el delito de «abuso sexual simple» del que resultó víctima una pasajera de 14 años de edad en esta ciudad. Los jueces Oscar Gatti (voto rector), María Evelina García Balduini y Gastón Martín le impusieron la pena solicitada por el Fiscal de Cámara subrogante Miguel Fernández Jahde y la Defensora de Menores Alicia Terraza, de seis meses de prisión en suspenso y dos años de reglas de conducta, entre las cuales figuran las obligaciones de «presentarse mensualmente» ante el Tribunal y «mantener la prohibición de acercamiento» a la víctima en un radio de 100 metros, todo bajo apercibimiento de ordenarse su detención.
El imputado D.A.H., de 40 años, prestaba servicio en la empresa de transporte urbano 18 de Mayo y realizaba el recorrido de regreso de una escuela secundaria de la zona rural hacia el centro de Roca. El hecho ocurrió a fines de octubre de 2014 y fue denunciado en sede policial por la mamá de la adolescente apenas la víctima se lo relató.
Según se tuvo por acreditado con la prueba producida durante el juicio oral, esa tarde el chofer y la menor de edad quedaron solos en el micro luego de que descendiera el último pasajero en una chacra. Tras eso, «detuvo la marcha en la banquina de la Ruta Nacional N° 22, hizo como que limpiaba el colectivo, cerraba las ventanillas y manoseó a la menor por sobre la ropa», para finalmente regresar al volante y proseguir el viaje hasta el lugar donde descendió la estudiante.
La Fiscalía destacó la «firme imputación» que hizo la menor de edad al declarar en Cámara Gesell y la situación de «preeminencia» del chofer sobre la víctima, tanto por su función como por ser el padre de un amigo de la adolescente. También señaló que después del hecho «la menor tuvo tratamiento psicológico» y el director del colegio advirtió en ella «importantes del cambio de actitud». En su alegato solicitó la pena mínima legal prevista por el Código Penal, criterio al que adhirió la Defensoría de Menores. En tanto que el defensor particular, Dr. Roberto Arias, solicitó la absolución afirmando que «el imputado no realizó ninguna conducta delictiva».
La sentencia de Cámara concluyó que «la hipótesis de descargo ensayada por el incusado y que fuera sostenida por su abogado defensor en el juicio se ve plenamente desvirtuada por el testimonio brindado por la víctima (…) el cual, a su vez, no constituye la única prueba de cargo que pesa sobre el encartado. Sino que por el contrario se ve solventado con el testimonio de su madre (…), con más el testimonio brindado por el director de la escuela, (…) aunados a los informes y pericias psicológicas».
«Vemos entonces que la incriminación que de manera directa, segura y precisa le dirige la víctima a su victimario se ve corroborada por el bagaje probatorio que fuera detallado (…), que si bien no es abundante, emerge como suficiente. Por cuanto surgen del mismo diversos indicios que por su correlación y concordancia, al ser valorados conjuntamente, no hacen otra cosa que sustentar la imputación que pesa sobre D.A.H», concluyó el Tribunal.
Durante el debate, la mamá de la adolescente declaró que su hija «no lo quería contar porque se sentía culpable por lo sucedido y no quería hacer la denuncia porque H. es el padre de su amigo».
Entre otros elementos, los jueces valoraron «conjuntamente los dichos que la madre y el director de la escuela», ya que ambos coincidieron en que «luego del hecho la menor cambió de actitud, mostrándose más triste y callada, a la vez que bajó su rendimiento académico en el colegio».
«La postura adoptada por la defensa (…) sólo descansa en la férrea negativa del hecho por parte del enjuiciado y se encuentra huérfana de todo otro elemento, al menos indiciario, que derribe la acusación (…) máxime si se meritúa que no surge de estos actuados prueba alguna que nos permita sospechar de algún tipo de animosidad o venganza de la denunciante para con el imputado y mucho menos se advierte ‘manipulación’ alguna de la menor víctima para que declare en tal sentido», señaló la Cámara en su sentencia.
Judiciales
La Justicia frenó la demolición de la vivienda construida en el Área Natural Protegida Paso Córdoba
El Tribunal ordenó al Municipio abstenerse de realizar cualquier acto de demolición hasta que se resuelva el fondo de la causa.

La Cámara de Apelaciones Civil resolvió un recurso de apelación interpuesto en el marco de una causa iniciada contra la Municipalidad de Roca. El conflicto se vincula con la validez de los actos administrativos que ordenan la demolición de un inmueble ubicado en el Área Natural Protegida de Paso Córdoba y con la solicitud de una medida cautelar de no innovar.
En primera instancia se había rechazado la medida cautelar solicitada con el fundamento principal de que no se encontraba acreditado el peligro en la demora y de que la eventual ejecución de la demolición no resultaba inminente.
Frente a esa decisión, la sentencia fue apelada. Los dueños explicaron que la situación había cambiado de manera sustancial debido a actos administrativos posteriores que realizó la comuna que habilitarían la ejecución directa de la demolición, sin necesidad de intervención judicial previa. También afirmaron la existencia de un daño inminente, la afectación del derecho a la vivienda y la ausencia de un estudio de impacto ambiental.
La Cámara examinó los agravios y revisó la decisión. En primer lugar, consideró que el análisis sobre el peligro en la demora había sido insuficiente, ya que no se valoraron adecuadamente las actuaciones administrativas posteriores incorporadas al expediente.
Señaló que la eventual ejecución de la demolición podía tornar ilusoria la sentencia definitiva, dado que el objeto del litigio podría desaparecer antes de resolverse el fondo del asunto. Destacó además que la demolición de un inmueble implica un efecto material difícil de revertir, lo que refuerza la necesidad de tutela preventiva.
Respecto del planteo ambiental, la Cámara descartó que la falta de un estudio de impacto ambiental constituyera por sí sola un fundamento decisivo para la medida cautelar. Sin embargo, también señaló que los argumentos sobre posibles daños ambientales carecían de sustento concreto en la resolución apelada.
Sobre la verosimilitud del derecho, el tribunal indicó que no correspondía anticipar un pronunciamiento sobre la validez o nulidad de los actos administrativos cuestionados en esta etapa. Aun así, consideró que existía una apariencia suficiente de derecho para justificar una tutela precautoria, sin emitir juicio definitivo sobre el fondo.
Finalmente, la sentencia interlocutoria concluyó que se configuraban los requisitos para la procedencia de la medida cautelar solicitada. En consecuencia, resolvió revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la medida de prohibición de innovar.
Así, ordenó a la Municipalidad de Roca abstenerse de ejecutar actos materiales de demolición, remoción o alteración de las construcciones existentes en el inmueble hasta el dictado de la sentencia definitiva o hasta que cambien las circunstancias que justificaron la decisión.
Judiciales
Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca
Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.
La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.
Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.
De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.
Judiciales
Hallaron a tres adolescentes que eran intensamente buscados, pero siguen dos búsquedas activas en Roca
Siguen siendo intensamente buscados Cintia Campos y Axel Ezequiel Aguilar.

Durante el fin de semana, el Ministerio Público Fiscal encabezó distintas intervenciones vinculadas a denuncias por desaparición de personas en General Roca y Viedma, coordinando las tareas de búsqueda realizadas por efectivos de la Policía de Río Negro.
En General Roca se registraron cuatro denuncias durante el turno del fiscal Gastón Britos Rubiolo. Dos de ellas correspondieron a adolescentes alojados en el CAINA, cuya ausencia fue advertida por operadores de la institución el viernes (12/06) por la tarde.
Tras diversas diligencias, uno de los jóvenes fue encontrado el sábado (13/06) a las 20 horas en la vivienda de su madre, mientras que el otro regresó al espacio donde reside alrededor de las 21.30. Ambos continúan alojados en el centro.
Sin embargo, permanecen activas dos búsquedas en la ciudad. Una de ellas corresponde a Cintia Campos, cuya desaparición fue denunciada recientemente, aunque había sido vista por última vez el pasado 9 de junio. La mujer es de contextura delgada, mide aproximadamente 1,59 metros, tiene tez blanca, ojos marrones y cabello castaño oscuro con rulos hasta los hombros.
También continúa la búsqueda de Axel Ezequiel Aguilar, de 1,75 metros de estatura, tez trigueña, ojos marrones oscuros y una cicatriz en la ceja derecha. La última vez que fue visto se encontraba en inmediaciones de las Rutas Provinciales N° 65 y N° 6. Vestía un jean cargo color mostaza y una parka negra.
Por otra parte, en Viedma se recibió una denuncia por la desaparición de un adolescente de 15 años. Su madre informó que había salido de su vivienda en bicicleta el domingo por la noche. Horas después, el joven regresó por sus propios medios a su hogar.
Desde el Ministerio Público Fiscal recordaron que el protocolo provincial de búsqueda establece la atención inmediata de toda denuncia por desaparición, ya que las primeras horas son fundamentales para aumentar las posibilidades de localización.





