Judiciales
Comenzó capacitación sobre Investigación Criminal
Hoy finaliza la capacitación dedicada íntegramente a funcionarios del Ministerio Público Fiscal.
Inició ayer en General Roca la capacitación sobre «Investigación Criminal» dictado por la Subsecretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación en el marco de la próxima implementación de la Reforma Procesal Penal en la Provincia de Río Negro que se implementará a partir del mes de marzo del año entrante. En este caso, la actividad está destinada a funcionarios del Ministerio Público Fiscal.
Con la presencia de la totalidad de los fiscales titulares y adjuntos de Roca, Villa Regina y Allen, la actividad comenzó a las 16 horas en el Auditorio de la Ciudad de Judicial y contó con la coordinación del Licenciado Santiago del Carril, del Programa Nacional de Criminalística del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. En forma simultánea, bajo la modalidad del sistema de vídeo conferencia se transmite a las ciudades de Viedma, Cipolletti y Choele Choel.
El plantel de docentes está integrado por el Dr. Martín Nessi, Asesor técnico jurídico del Ministro de Seguridad y Justicia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Coordinador del Observatorio Metropolitano de Seguridad Pública del Instituto Superior de Seguridad Pública, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia de la ciudad, y el Doctor en en Ciencias Químicas, Fernando Cardini, Socio fundador de la Asociación Toxicológica Argentina y autor de libros como “Técnicas de Investigación Criminal” de la Editorial Dunken y coautor del «Manual de Criminalística Tomo II» de la Editorial Policial.
El objetivo central del curso es brindar a los operadores judiciales herramientas que sirvan para gestionar la labor de los mismos en la investigación científica del delito y puedan adquirir competencias técnico-científicas en el trabajo forense para el éxito de la investigación criminal, como sí también, generar conciencia sobre la responsabilidad de los funcionarios del Ministerio Público Fiscal para con los elementos, rastros e indicios relevados en la escena del crimen y en todo el proceso de investigación.
En primer término, se realizó la presentación de objetivos y contenidos de este curso que se dictará durante dos días a cargo del coordinador. Luego, se desarrolló el primer módulo de la exposición a cargo del docente Martín Nessi, sobre «Elementos para el pensamiento estratégico de la investigación criminal». Entre los temas que se abordó se destacan: «El rol del fiscal como director de la investigación y su equipo». «Teoría del caso», «Las estructuras de la investigación, técnicas (aspectos probatorios, jurídicos y estrátegicos), etapas y visión estratégica de la investigación», «los roles: el rol del investigador en la etapa investigativa y en la del juicio», los problemas que pueden suscitarse entre la relación del fiscal con el investigador y las posibles soluciones. También se expuso sobre la función de la policía judicial y su importancia en el trabajo de investigación en conjunto con los fiscales.
El temario incluyó también el tratamiento de la escena del crimen, particularidades de la escena del crimen según el hecho investigado, puntos de pericias y relevamiento de elementos, entre otros múltiples aspectos interdisciplinarios sobre la registración y conservación de la evidencia para una correcta «construcción de la teoría del caso», que será una de las piezas fundamentales del nuevo sistema acusatorio.
Se brindarán además conocimientos sobre biometría, serología forense, balística, pruebas criminalísticas, ingeniería forense, medicina forense, toxicología forense, imagen forense (videos, cámaras de seguridad, seguimientos, imágenes de altura, imágenes mediante drones, etc.), psicología y psiquiatría forense, grafología y pericias caligráficas y delitos informáticos, entre otras disciplinas asociadas a la investigación criminal.
Cabe destacar que el programa se divide en dos módulos presenciales, un módulo de capacitación a distancia mediante campus virtual y una práctica, con distintas instancias de evaluación.
Hoy está prevista la continuación de la capacitación, en horas de la tarde, con la exposición de Fernando Cardini, quién abordará, entre otros temas, el manejo y la gestión de la escena del crimen desde el punto de vista criminalístico y el cierre con las conclusiones finales del curso.
Judiciales
El perro del vecino casi le mata al gato: Una conciliación evitó llegar a juicio
Aunque en un primer momento el dueño del can desconoció los hechos, llegaron a un acuerdo económico para cubrir el tratamiento veterinario del felino.

El perro del vecino se metió al patio, atacó al gato y casi lo mata. Lo mordió y lo dejó con la cola destrozada, el cuerpo desgarrado y varias heridas que obligaron a una intervención quirúrgica. Hubo cirugías, curaciones, controles, medicamentos. El gato sobrevivió pero quedó con secuelas. Lo que empezó como un zarpazo inesperado en una siesta de primavera se convirtió en un caso judicial que terminó, meses después, con un acuerdo económico homologado por un juez.
El hecho ocurrió en San Antonio Oeste, en septiembre de 2024. Luego del ataque, la dueña del felino pagó todo el tratamiento veterinario y documentó cada paso: facturas, fotos del antes y el después, videos de la cámara de seguridad que mostraban al perro invadiendo su propiedad.
Presentó una demanda de menor cuantía por $900.000 en la Justicia de Paz. Los dueños del perro respondieron la demanda y negaron todos los hechos. Dijeron que no era su perro, que no reconocían lo que mostraban las cámaras, que desconocían las pruebas y que el reclamo era excesivo. Se armó la escena de dos versiones irreconciliables: un ataque brutal y una defensa que intentaba despegarse de los hechos.
Pero el expediente no se trabó. En febrero de 2025, durante una audiencia formal con abogados de ambos lados, las partes encontraron una salida. La propuesta fue concreta: $700.000, en diez cuotas iguales de $70.000. A partir de la sexta, el monto se actualizará por inflación según el índice del INDEC.
El acuerdo se firmó, se acordó una cuenta bancaria para los depósitos y se dejó en claro que cualquier incumplimiento permitiría exigir la totalidad de lo pactado. El juez interviniente homologó el arreglo con carácter de sentencia. No hubo declaración de responsabilidad, ni culpa admitida, pero sí un cierre legal al conflicto.
El acuerdo fue homologado como sentencia definitiva, lo que implica que tiene fuerza ejecutoria en caso de incumplimiento.
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Sacó varios préstamos, desconoció su firma y dijo que eran abusivos: Fallo destacó que los consumidores también tienen responsabilidades
La Cámara aclaró que, si bien el consumidor suele ser la parte más débil, eso no justifica que se desligue de las responsabilidades que tiene como ciudadano y miembro de la sociedad.

Una mujer sacó varios préstamos personales en distintas entidades crediticias. También lo hizo como afiliada de la Asociación Mutual Valle Inferior (AMVI). Con el dinero depositado en su cuenta, las cuotas fueron descontadas de su recibo de haberes.
Meses después comenzó a percibir una suma reducida de su salario. Sobreendeudada y con débitos que consumían prácticamente la totalidad de sus haberes, promovió una demanda por daños y perjuicios contra AMVI. Además, solicitó la nulidad de los préstamos y el cese de los descuentos, por considerarlos abusivos e ilegales.
La Cámara Civil de Roca revocó la sentencia que condenaba a la nutual a indemnizarla por daño patrimonial y extrapatrimonial. También se dejó sin efecto la orden de readecuar el contrato y restituir los fondos.
En un primer momento, la mujer negó haber firmado los contratos. Sin embargo, se comprobó que había solicitado los créditos en la mutual sin dificultad. Tenía pleno conocimiento de las contrataciones, del importe de cada cuota y de la fecha de pago.
Asimismo, había autorizado expresamente los descuentos a la oficina de liquidación de haberes del organismo provincial al que pertenece. Por eso, la Cámara desestimó los argumentos según los cuales no fue debidamente informada sobre la composición de la deuda, ni de los descuentos aplicados.
También descartaron que los préstamos hayan sido por montos superiores a los pactados o que las cuotas no fueran fijas. Además, se reparó en que la mujer es docente, sin impedimento alguno para leer y comprender los términos de los documentos firmados.
«La conducta riñe con los principios rectores de la buena fe y denota su intento desesperado por negar la existencia de contratos claros, certeros y en resguardo de los intereses de ambas partes», señala el fallo.
La Cámara aclaró que, si bien el consumidor suele ser la parte más débil, eso no justifica que se desligue de las responsabilidades que tiene como ciudadano y miembro de la sociedad.
«No puede alegarse desconocer la existencia de un contrato de mutuo cuando firmó toda la documentación, que establecía con claridad el monto, las cuotas, fechas de pago, tasas y demás, y además percibió el monto solicitado», concluye la Resolución.
Judiciales
Tenía un nombre en Argentina y otro en Chile: Ahora podrá usar el mismo en ambos países
Al emigrar eligió adoptar un nuevo nombre y apellido en el país transandino. La decisión no fue casual: su padre biológico estuvo ausente, y quien ocupó verdaderamente ese lugar fue la pareja de su madre.

Durante más de una década, un hombre de Cipolletti vivió entre dos mundos: en Argentina seguía atado al nombre que figuraba en su partida de nacimiento, mientras que en Chile había construido su vida con un nombre diferente, el que representaba su verdadera identidad. Ahora, tras una resolución judicial, podrá unificar su documentación en ambos países y cerrar una etapa de su historia personal.
Por su historia personal, al emigrar eligió adoptar un nuevo nombre y apellido en la República de Chile, donde forjó sus vínculos afectivos y su vida social. La decisión no fue casual: su padre biológico estuvo ausente, y quien ocupó verdaderamente ese lugar fue la pareja de su madre. En reconocimiento a ese lazo, seleccionó el nombre que hoy lo representa y con el cual se identifica plenamente.
Con el tiempo, logró que su identidad en Chile quedara plenamente reconocida, por una sentencia favorable dictada en 2021 por el Juzgado de Letras y Garantías de Pucón. Sin embargo, cada vez que debía realizar un trámite en Argentina, se enfrentaba a la contradicción de tener que utilizar una identidad que ya no sentía como propia.
Para resolver esta situación, en marzo de este año inició un proceso judicial en Río Negro con el fin de homologar la sentencia chilena. El trámite, conocido como exequátur, permite reconocer en Argentina los efectos de resoluciones extranjeras. El hombre presentó toda la documentación necesaria, incluida la sentencia legalizada y apostillada, y los certificados que demostraban la inexistencia de obstáculos legales.
El Registro Civil y Capacidad de las Personas de Cipolletti no encontró motivos para objetar la solicitud. A su vez, la jueza de Familia que intervino en el expediente recordó que el proceso de exequátur no revisa el contenido de la sentencia extranjera, sino que verifica si cumple con los requisitos formales y no afecta el orden público argentino.
El Código Civil y Comercial admite el cambio de nombre cuando existen justos motivos vinculados a la identidad personal, como en este caso. La magistrada concluyó que se cumplían todas las condiciones legales y resolvió homologar la sentencia, autorizando la rectificación de la partida de nacimiento en Cipolletti.
A partir de ahora, la misma identidad que ya rige su vida cotidiana en Chile será reconocida oficialmente en Argentina. De este modo, el hombre dejará atrás la carga de convivir con dos nombres y podrá seguir adelante con una identidad unificada, acorde a sus sentimientos y a su historia personal.