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Río Negro

El Ejecutivo propuso la creación de una Agencia de Prevención del abuso de sustancias

Tendrá dependencia directa del Gobernador en virtud de ser esta temática, para el gobierno de Weretilneck, «una política de Estado prioritaria».

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El Poder Ejecutivo de Río Negro presentó hoy en la Legislatura provincial un proyecto de Ley que impulsa la creación de la Agencia para la Prevención y Asistencia del Abuso de Sustancias y de las Adicciones. La Agencia, que tendrá dependencia directa del Gobernador en virtud de ser esta temática una política de Estado prioritaria, contará con la representación de todos los ministerios por la complejidad del problema, empleando la multidisciplina.

Tendrá además una activa representación de la ONGs, como grupos de autoayuda, iglesias, sindicatos, entre otros, y tiene como tarea la elaboración de planes y programas para prevenir y atender a los afectados por drogas legales e ilegales.

El objetivo de la ley impulsada es garantizar una política integral y sistemática, abarcando la dimensión social, psicológica y biológica de personas, grupos y comunidades sobre el abuso y consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo, en el ámbito de la Provincia de Río Negro a través de la instrumentación de un plan integral, con participación de actores públicos, privados y Organizaciones no Gubernamentales.

A tal fin se instrumentarán programas de abordaje a las problemáticas planteadas de manera coordinada con los planes que pudieran existir en los distintos niveles de la administración nacional, regional y municipal, así como con otros entes y jurisdicciones provinciales, con el objeto de optimizar recursos y dotar de eficacia a las acciones implementadas. Por tal motivo, en base a la situación actual se crear un ente que vehiculice de manera efectiva el abordaje de la temática que se pretende abordar.

El objetivo es encontrar los mecanismos adecuados que permitan dinamizar el sistema de prevención de adicciones, y sobre todo su tratamiento, abordando la temática desde una perspectiva integral que facilite la articulación y ejecución de políticas de una manera efectiva.

En tal sentido el Ejecutivo propone crear un ente de naturaleza autárquica. La autarquía permite llevar adelante procesos, programas, readecuaciones de estructura y de sistema de manera más ágil, con horizontes a más largo plazo, facilitando la profesionalización y eficiencia, permitiendo la articulación de políticas desde una perspectiva interdisciplinaria, pero otorgándole la autonomía necesaria para ejecutarlas eficazmente.

Asimismo, reafirmando el carácter de política de Estado prioritaria que se le pretende dar al problema de las adicciones se propone colocar a la Agencia a crear, bajo la órbita directa del Gobernador de la provincia. En tanto, reflejando la multicausalidad y la complejidad que presenta este problema de salud colectiva se incorporan como miembros del Consejo Ejecutivo de la misma a representantes de diversos organismos como Salud Pública, Desarrollo Social, Seguridad y Justicia, Educación, Gobierno y ONG’s a fin de abordar las adicciones con una visión sistémica y globalizadora.

Al respecto, el ministro de Gobierno de Río Negro, Luis Di Giácomo recordó que “en la provincia hasta el momento contábamos con el Consejo para el tratamiento y la prevención de las adicciones, pero al no ser un órgano multidisciplinario con una capacidad propia de operatividad. Ahora estamos apostando fuertemente al armado de una agencia que tenga un trabajo, donde no sólo va a estar el trabajo propio del Estado, a través de Salud, Desarrollo Social y Educación, sino que además esta Agencia está integrada por representantes de organizaciones no gubernamentales que son tan importantes en la lucha contra la problemática”, indicó a Radio Nacional Viedma.

Explicó que “la idea es que se conforme esta Agencia con un especialista en la temática, que tenga representación de Salud, Educación, Seguridad y de las organizaciones de Gobierno porque hay un trabajo que se está haciendo directamente con los Municipios y las organizaciones no gubernamentales. Venimos trabajando hace unos meses en este tema, hemos adscripto personal de otras reparticiones con aprobada capacidad en esta problemática”.

Agregó que “proponemos que esta agencia fije las políticas estrategias de materia de trabajo con las sustancias. Cuando hablamos de sustancias estamos hablando de las legales y las ilegales, del principal problema que tenemos en la Provincia con el alcohol, de tabaco, marihuana, cocaína y psicofármacos. Todo aquello que mal usado o abusado se transforma en un problema de salud colectiva y que hay que atender desde varios ángulos”.

“Muchas de estas sustancias culturalmente están aceptadas y se utilizan, por eso no vamos a un esquema prohibicionista. Estamos hablando de controlar, fiscalizar y realizar la suficiente información para que la sociedad conozca el daño que producen estas sustancias”, sostuvo Di Giácomo.

Explicó que “por eso hablamos de una agencia que tiene una conformación interdisciplinaria, que no es simplemente un servicio de salud o una asistencia de Desarrollo Social, sino un espacio donde se decidan lineamientos políticos. Las políticas que se le debe dar a la información, a la asistencia y a la prevención tienen que ser decididas por gente que sepa de la temática”.

“En líneas generales se está tratando de separar lo que significa la persecución al narcotráfico de lo que significa el consumidor que no es traficante o no ha cometido delito grave y que merece otro tipo de tratamiento distinto”, manifestó finalmente el Ministro de Gobierno.

Algunas funciones

Esta agencia será la encargada, entre otras acciones, de coordinar con los distintos organismos gubernamentales y no gubernamentales nacionales, provinciales y municipales, la actuación en forma conjunta, en la implementación de programas de tratamiento, rehabilitación y reinserción social, para la recuperación de las personas con problemas de abuso de sustancias y adicciones.

Apuntará también a procurar la cobertura progresiva de la atención de la demanda en todas las localidades de la provincia de Rio Negro promoviendo la creación de Servicios multidisciplinarios de Adicciones acordes a los distintos niveles de complejidad, tanto en el ámbito hospitalario como fuera de él.

Promoverá además la formación y capacitación continua de operadores, docentes técnicos y profesionales, como agentes de intervención psicosocial (promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación) a fin de facilitar la inclusión psicosocial de los sujetos afectados.

Propondrá asimismo indicadores que permitan diseñar un sistema de monitoreo de la incidencia del abuso de sustancias y las adicciones en las distintas franjas etarias, niveles socioeconómicos, regiones geográficas, tipo y condiciones de trabajo y toda otra variable que permita dimensionar la magnitud de la problemática y operar sobre cada caso con la mayor efectividad.

Plan provincial

El Consejo Ejecutivo elaborará dentro de los tres meses a partir de la constitución de la Agencia, un plan provincial con una fuerte orientación de promoción, prevención de la salud, tratamiento y reinserción sociolaboral, que contendrá los programas y acciones específicos que se aplicarán en todo el territorio provincial.

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Judiciales

El STJ confirmó un amparo y ordenó agilizar la entrega de una silla de ruedas y pañales para un niño con discapacidad

La obra social argumentó que los trámites administrativos seguían su curso, pero el STJ entendió que ello no justificaba las demoras.

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Un niño con discapacidad necesitaba una silla de ruedas especial. La obra social nunca negó la cobertura, pero ante los reclamos sostenía que el trámite seguía su curso. Algo similar ocurría con los pañales: la familia reclamaba que no respondían a las indicaciones médicas ni a las necesidades concretas del menor.

Frente a esa situación, la madre promovió una acción de amparo. Un juzgado hizo lugar parcialmente al planteo y ordenó a la obra social estatal entregar la silla de ruedas y los pañales con las características y el talle prescriptos por los profesionales tratantes. La Fiscalía de Estado apeló esa decisión en representación de la obra social, pero el Superior Tribunal de Justicia confirmó el fallo.

En la apelación, la provincia sostuvo que nunca había negado las prestaciones. Explicó que la discusión estaba vinculada con «los plazos propios del régimen de contrataciones públicas y los requerimientos de auditoría médica», y no con un rechazo de la cobertura. También señaló que la silla de ruedas se encontraba en trámite y que las prestaciones habían sido autorizadas.

El Superior Tribunal entendió que esos argumentos no alcanzaban para modificar la sentencia. Señaló que la obra social puso el acento en los procedimientos administrativos, pero no logró rebatir los fundamentos centrales del fallo de primera instancia.

En relación con los pañales, el STJ advirtió que el informe presentado por la auditoría médica describía las características generales del producto que entregaba la obra social, pero no analizaba la situación específica del niño. Además, observó que la propia auditoría reconocía que el cambio de talle todavía estaba pendiente.

La sentencia también valoró que la madre había informado una mejoría en el cuadro de dermatitis de su hijo luego del cambio de marca y remarcó que esa circunstancia «no fue rebatida con un examen médico propio y específico de la demandada». En ese contexto, concluyó que una evaluación técnica general no era suficiente para desplazar las necesidades concretas acreditadas en el expediente.

El STJ descartó que la sentencia implicara una intromisión en el funcionamiento de la obra social. Explicó que la exhortación para que la obra social actúe «en forma diligente, rápida y oportuna» no modifica el régimen de contrataciones ni los procedimientos de auditoría interna, sino que «se limita a instar una mayor diligencia administrativa, sin imponer modalidad, plazo ni procedimiento específico». Esa medida, concluyó, no representa una extralimitación de las competencias judiciales.

La sentencia recordó que los niños y las personas con discapacidad se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad y que el Estado debe brindarles una protección reforzada. En ese sentido, afirmó que las políticas públicas deben garantizar «el nivel de vida más alto posible», especialmente en materia de salud, rehabilitación e integración social.

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Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

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¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

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Río Negro

Río Negro abre cursos digitales gratuitos junto a Fundación YPF

Las propuestas son Data Analytics + IA y Project Management + IA. Ambas son de nivel inicial.

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El Gobierno de Río Negro abrió la inscripción a dos cursos digitales gratuitos, junto a Fundación YPF, para mayores de 18 años de Sierra Grande, Valcheta y San Antonio Oeste, con foco en las habilidades del futuro laboral.

Las propuestas son Data Analytics + IA y Project Management + IA. Ambas son de nivel inicial y se dictarán a través del programa Energía Digital de Fundación YPF a partir del 18 de agosto.

Formación para ser protagonistas del futuro

Las capacitaciones brindarán herramientas vinculadas con el análisis de datos, la Inteligencia Artificial y la gestión de proyectos, competencias que adquieren un papel cada vez más relevante en el mundo del trabajo.

La iniciativa forma parte del rumbo de desarrollo productivo y energético que impulsa la Provincia, con el objetivo de que el crecimiento de Río Negro se traduzca en más conocimientos, oportunidades y preparación para sus habitantes.

En esta etapa, la convocatoria está destinada a personas mayores de 18 años con residencia en Sierra Grande, Valcheta y San Antonio Oeste, tres localidades estratégicas de la región Atlántica.

Una agenda conjunta de formación y desarrollo

La propuesta profundiza el trabajo articulado entre el Gobierno de Río Negro y Fundación YPF, que sostienen una agenda común orientada a la capacitación, el empleo y el desarrollo territorial.

Con estas herramientas, la Provincia busca acompañar a las comunidades y preparar a las y los rionegrinos para que puedan ser protagonistas de las transformaciones productivas y tecnológicas que ya están en marcha.

Cómo inscribirse

Las personas interesadas pueden completar la inscripción a través de los siguientes enlaces:

Data Analytics + IA: https://lab.fundacionypf.org/formacion-digital/energia-digital/data-analytics–ia

Project Management + IAhttps://lab.fundacionypf.org/formacion-digital/energia-digital/project-management–ia

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