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Río Negro

Aprueban regular el pago de deudas por multas a empleadores

Está destinado a la cancelación de multas aplicadas y planes de pago incumplidos hasta el primero de junio de 2016.

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El Parlamento rionegrino aprobó la creación de un régimen de facilidades de pago para el recupero de importes provenientes de multas por incumplimiento de la normativa de empleo vigente. El proyecto presentado por el Poder Ejecutivo provincial, fue votado en única vuelta por mayoría.

Con la presencia en el recinto del secretario de Trabajo, Lucas Picca, el legislador Rodolfo Cufré (JSRN) explicó que se trata de una moratoria por única vez para que puedan acogerse las empresas interesadas.

Explicó que el cambio de las condiciones socio económicas nivel nacional, provoca que muchos incumplimientos a la legislación por los empleadores se deba a razones de imposibilidad real, generando posteriormente incumplimientos del pago de las sanciones tipificadas y cuantificadas legalmente y que aplica la Secretaría de Trabajo, lo cual provoca un cúmulo de fondos a cobrar por parte de ese organismo.

“De hecho, muchos empleadores han manifestado su imposibilidad de cumplir con el pago de multas, peticionando el acompañamiento del Estado para determinar y aplicar nuevos sistemas o prácticas que los liberen de recaer en otros incumplimientos que a su vez generan nuevas sanciones”.

Para ello, afirmó que es necesario que el Estado disponga de herramientas que le posibiliten interactuar, no sólo a través del ofrecimiento de ayuda, como subsidios o planes sociales, sino redistribuyendo y exigiendo el aporte de los propios actores del mundo del trabajo, para fortalecer a aquellos del propio sector que lo necesiten.

En este marco, sostuvo que es conveniente dotar al Organismo de herramientas para redireccionar los fondos de las sanciones, implementando un régimen de facilidades de pago que incluya posibilidad de moratoria, quitas, adecuaciones y acuerdos, sin comprometer el patrimonio y/o continuidad del empleador que pueda en su caso alterar o degradar los intereses, derechos y fuentes de trabajo existentes.

Destacó además el rol que tendrá la Secretaría de Trabajo como autoridad de aplicación, que va a ser la encargada de determinar en qué casos y de qué manera se aplica la moratoria para las distintas empresas.

La propuesta estipula que las facilidades no estarán destinadas a los empleadores que hayan incurrido en las faltas tipificadas en la ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas y en la Ley de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente.

El bloque del Frente para la Victoria votó de manera negativa, aludiendo a la falta de conocimiento de las empresas que serían beneficiadas

El legislador Marcelo Mango afirmó que “esperamos que se trate de una mala herramienta de coyuntura y que esta ley no venga a instaurar una nueva relación legal e institucional en la provincia de Río Negro”.

Asimismo, se preguntó cuál es el mensaje que deja esta norma para los empresarios que cumplen y también para los que no cumplen, y cuestionó si el Estado puede premiar a los que debiera sancionar.

Nicolás Rochás, por su parte, coincidió con Mango en que esta propuesta es mala y peligrosa, y agregó que no se trata de temas tributarios, sino de la exención de multas por infracciones cometidas por precarización laboral.

En tanto, el oficialismo defendió la medida aludiendo a que la ley busca favorecer mayormente a las PYMES y mantener las fuentes de trabajo. Entre el pago de mulas y el pago de salarios, que opten por lo segundo.

Expropiaciones

Además, la Legislatura avaló en primera instancia la expropiación de inmuebles ubicados en la ciudad de Cervantes, que serán destinados a satisfacer necesidades sociales de acceso a la vivienda. El sujeto expropiante es la municipalidad de Cervantes.

El legislador Ariel Rivero (FpV) solicitó el acompañamiento a la iniciativa ante la importancia de dichas tierras para el desarrollo habitacional y urbanístico de la localidad. Actualmente está en cuestionamiento el cumplimiento de los plazos estipulados en la ley A Nº 1015, lo que pone en riego la finalización de un plan de 43 viviendas del Programa Habitacional Federal Techo Digno y otras inversiones estatales realizadas en cumplimiento de la finalidad pública, por lo cual resulta necesario, ante el requerimiento del Concejo Municipal de Cervantes, la sanción de una nueva ley.

De la misma manera, aprobó la iniciativa para declarar de utilidad pública y sujetas a expropiación dos parcelas ubicadas en San Carlos de Bariloche. La iniciativa del Poder Ejecutivo designa como sujeto expropiante a la Provincia, la que destinará los bienes a la construcción de un nuevo establecimiento penal para esta localidad.

La legisladora Arabela Carreras (JSRN) explicó que la actual cárcel presenta muchas dificultades y es la menos favorecida de la provincia. Detalló que la misma funciona en un edificio que fue construido par que funcione un hogar de ancianos y cuenta con tan sólo 5 mil metros cuadrados.

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Policiales

Desapareció un hombre de 35 años y creen que podría estar en Bariloche

El último contacto telefónico se registró el pasado 7 de mayo.

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La Policía de Río Negro solicitó la colaboración de la comunidad para dar con el paradero de Iván Ezequiel De La Canal, un hombre de 35 años que es intensamente buscado en la provincia.

Según informaron fuentes policiales, fue visto por última vez durante el mes de abril y el último contacto telefónico con él se registró el pasado 7 de mayo a las 13.07.

De acuerdo a los datos aportados, presuntamente podría encontrarse residiendo en la ciudad de San Carlos de Bariloche.

Iván De La Canal es de nacionalidad argentina, contextura delgada, tez blanca, mide aproximadamente 1,75 metros, tiene cabello oscuro ondulado y ojos marrones.

Ante cualquier información que permita localizarlo, se solicita comunicarse de inmediato con la Unidad 42° de San Carlos de Bariloche o al sistema de emergencias 911.

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Judiciales

Un divorcio y una fotografía patrimonial incompleta fue determinante para rechazar la compensación económica

La jueza consideró que ambos integrantes de la pareja trabajaron durante toda la relación y compartieron las dificultades financieras.

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La pareja se conoció mientras trabajaba en un galpón de empaque. Ella buscaba empleo y una oportunidad mejor para su hija. Él realizaba tareas rurales junto a su padre. Entre cajones de fruta y largas temporadas laborales comenzó la relación.

Los comienzos fueron difíciles. No tenían vivienda propia ni estabilidad económica. Vivían en un monoambiente alquilado y trataban de sostenerse con trabajos temporarios. En ese contexto nació el primer hijo de la pareja. La situación económica era frágil y las discusiones comenzaron temprano.

Finalmente se casaron y la vida continuó siendo trabajosa. Ella hizo temporadas en empaque, tareas rurales y pequeños emprendimientos. Más adelante vendió ropa  y luego estudió un oficio. Él continuó vinculado al trabajo rural y a las actividades de la chacra familiar.

Con el paso de los años la relación se deterioró. Finalmente se divorciaron. Para entonces, la dinámica familiar ya había cambiado mucho. El hijo menor eligió vivir con el padre y los abuelos paternos.

Luego de la separación, la mujer inició una demanda de compensación económica. Sostuvo que había dedicado gran parte de su vida al cuidado familiar y que terminó en una situación de desventaja económica. Él respondió que ambos siempre trabajaron y que ninguno construyó riqueza a costa del otro.

El fuero de Familia de Luis Beltrán rechazó la demanda. La jueza consideró que la historia de la pareja reflejaba años de esfuerzo compartido. También entendió que no existió una situación en la que uno hubiera sacrificado su desarrollo personal para que el otro prosperara económicamente.

La sentencia concluyó que no se acreditó un desequilibrio económico actual, manifiesto y directamente derivado del matrimonio y de su ruptura.

El fallo aclara que la compensación económica prevista el Código Civil y Comercial no es automática, sino una herramienta para equilibrar. El divorcio, por sí solo, no genera derecho a cobrar una compensación. La persona que la reclama debe probar cómo era su situación antes y durante el matrimonio, qué sacrificios o postergaciones realizó, de qué manera eso favoreció el crecimiento del otro cónyuge y cuál es el desequilibrio económico manifiesto que sufrió la persona tras la separación.

La jueza utilizó la «metáfora de la fotografía» para explicar cómo debe analizarse una compensación económica después del divorcio. Señaló que no basta con afirmar que una persona quedó en peor situación económica, sino que resulta necesario comparar dos momentos concretos de la vida de la pareja.

La metáfora consiste en tomar dos «fotografías» patrimoniales: una al inicio de la convivencia o del matrimonio y otra al momento de la ruptura. A partir de esa comparación, se determina si existe un desequilibrio económico relevante provocado por la relación y su finalización.

En este caso, la jueza valoró que esa «fotografía inicial» no pudo reconstruirse porque la actora no aportó pruebas suficientes sobre cuál era su situación económica al comienzo de la relación. Ese punto resultó central para rechazar la demanda.

Según la sentencia, si no se conoce la situación económica inicial de la actora, no es posible establecer si realmente empeoró como consecuencia del matrimonio o si las diferencias actuales ya existían antes.

Respecto del hombre, el fallo señaló que tampoco se comprobó que tuviera una posición económica significativamente superior. Los informes oficiales indicaron que no registraba actividad económica formal relevante, bienes rurales propios ni cuentas bancarias importantes. La explotación agropecuaria mencionada por la mujer figuraba registrada a nombre de su padre.

La sentencia también destacó que, tras la separación, el hijo menor quedó bajo el cuidado cotidiano del padre, con residencia principal junto a los abuelos paternos, y que incluso la madre asumió una cuota alimentaria. Esa circunstancia fue considerada relevante porque modificó la organización familiar.

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Río Negro

Comenzó la inscripción para las becas terciarias y universitarias

Hay tiempo de inscribirse hasta el 25 de mayo.

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A partir de ayer lunes (11/05) y hasta el 25 de mayo está abierta la inscripción para que estudiantes de la provincia puedan inscribirse en el Programa de Becas para Carreras Terciarias y Universitarias.

Se trata de una política del Gobierno de Río Negro que a través del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, acompaña a las y los estudiantes en su formación y que en este caso brinda la posibilidad de asignar una beca a quienes precisen de ese recurso para poder continuar con sus estudios.

Las inscripciones se reciben en la página del Ministerio de Educación en el botón Becas mientras que también se pueden realizar consultas en el correo [email protected].

Luego, habrá una instancia de entrega de la documentación correspondiente (digital y/o presencial) la cual estará vigente desde el 25 de mayo hasta el 8 de junio en los Consejos Escolares correspondientes al lugar de residencia.

De acuerdo a los establecido por el Consejo Provincial de Becas, las mismas están destinadas a estudiantes terciarios y universitarios de gestión pública o privada, que cursen sus estudios dentro o fuera de la provincia.

Un aspecto importante reside en que aquellos estudiantes que hoy cuenten con alguna beca de otra institución o entidad educativa, también podrán inscribirse en este programa.

Quienes quieran anotarse deberán presentar Documento Nacional de Identidad del solicitante y de su grupo familiar; título de Nivel Medio y título analítico o su constancia en trámite, sin adeudar materias al momento de la entrega de la documentación; constancia de inscripción a una carrera de grado de universidades e institutos terciarios de gestión pública y/o privada, y acreditar Plan de Estudios.

También se solicitará constancia de CBU como titular de cuenta; recibos de sueldos del grupo familiar, constancia de inscripción al monotributo o como responsable inscripto, según correspondiera; rendimiento académico con la cursada y finales de materias; Certificado Único de Discapacidad (CUD), si lo hubiera; Certificación Negativa de Anses de los miembros del grupo familiar, si los hubiera y Declaración Jurada de domicilio.

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