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Empresa de transporte deberá indemnizar a conductores por «falta de descanso» obligatorio

Dos choferes denunciaron a Vía Bariloche por una gran cantidad de horas extras trabajadas mensualmente.

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La Sala I de la Cámara del Trabajo de General Roca hizo lugar parcialmente a las demandas laborales de dos conductores de colectivos de larga distancia y condenó a la empresa de Transporte de Pasajeros Vía Bariloche a indemnizarlos por varios rubros, entre los cuales figuran una gran cantidad de horas extras trabajadas mensualmente y la reiterada «falta de descanso» reglamentario entre viajes.

Finalizada la relación laboral, dos conductores demandaron el pago de «diferencias de haberes» por diversos rubros, como horas extras y horas nocturnas impagas, francos mensuales obligatorios no otorgados, horas restadas al descanso obligatorio entre jornada y jornada, errónea liquidación de viáticos, entre otros. Y en ambos casos la Cámara, con voto rector del juez Emilio Meheuech y adhesión de sus pares Nelson Walter Peña y Paula Inés Bisogni, hizo lugar a la mayoría de los reclamos, reconociendo en uno de los procesos una deuda de casi 58.000 pesos por horas extras adeudadas, incluyendo las que debían pagarse al 100% por tratarse de horas «restadas al descanso obligatorio».

Al igual que los demandantes, otros choferes jubilados o despedidos que declararon como testigos coincidieron en destacar en la habitualidad de las horas extras y una irregularidad sistemática en la confección de las Libretas de Trabajo de los conductores. Esas libretas, según explican los fallos, son de uso obligatorio. Una debe quedar en poder del empleador y otra en poder del trabajador, aunque en los casos analizados los choferes coincidieron en que siempre debieron entregar las suyas a la empresa. Un correcto uso de estos documentos permite llevar un doble control de los viajes realizados, horarios, mantenimiento de la unidad, etcétera. Según destacó la Cámara, la libreta debe ser «un instrumento útil para el control de las normas de seguridad», pues de allí se deducen, entre otros datos, las horas de descanso de los choferes entre viaje y viaje.

Reglamentariamente, debe ser una libreta «en doble ejemplar y un solo efecto», lo que implica que ambas deben coincidir plenamente», señaló el Tribunal. Sin embargo la Cámara verificó que «los asientos volcados en las mismas no son fiables», basándose en el cotejo de una libreta que pudo aportar uno de los demandantes con las libretas ofrecidas por la empresa como prueba.

«Respecto a la libreta de trabajo los testigos en general la descalificaron como instrumento que refleje la realidad», dijo el Tribunal, destacando testimonios como: «La empresa dibujaba la libreta y de acuerdo a eso dibujaban las horas extras», «La libreta no coincidía con la hoja de ruta», o «Generalmente no me daban los seis francos mensuales pero en la libreta se anotaban como que sí se los tomaba. La libreta no la llenábamos nosotros, lo hacía la empresa al gusto de ella». La empresa tampoco acompañó al juicio las hojas de ruta (novedades operativas), documentación también exigida por el Convenio, donde deben consignarse los datos de cada viaje.

La sobrecarga horaria de los conductores quedó claramente reflejada en los testimonios recibidos, que también mencionaron que inspectores de la CNRT (Comisión Nacional de Regulación del Transporte) en controles efectuados en terminales como Retiro y Neuquén, «no nos dejaba salir por falta de descanso», aunque en muchas otras ocasiones no se controlaba.

Resguardo de la salud y la seguridad vial

Las especiales condiciones en que se prestan los servicios de transporte de pasajeros, debido a exigencias de carácter físico y psicológico, requieren una protección especial de la legislación -y su control-, con el fin de preservar la salud de los trabajadores, evitar abusos, así como el correspondiente resguardo de la seguridad de los pasajeros transportados y de la seguridad vial, por la clara incidencia que los efectos que la fatiga del chofer puede acarrear en la ocurrencia de accidentes.

En el fallo se reseña, sobre la base de testimonios, la modalidad de pago salarial instrumentada por la empresa a sus choferes por «vuelta» de viaje completo trabajado, en la que muchas veces el conductor hacía «rebote»: llega a la localidad de destino, en trayectos de 8 y hasta 22 horas de duración, emprendiendo el viaje de regreso sin que se respeten las horas de descanso previstas en la legislación; mecanismo que estimulaba a los choferes a trabajar por encima de la jornada normal prevista.

Tanto el Convenio Colectivo como las reglamentaciones vigentes imponen un tope de 200 horas mensuales de trabajo y períodos mínimos de entre 10 y 12 horas de descanso entre la finalización de un circuito y el inicio del otro.

En los casos presentados ante la Cámara se verificó que en muchas ocasiones los choferes realizaban cerca de 300 horas en el mes, sumándose a ello las horas nocturnas y horas restadas al descanso, diferencia que debió abonarse como horas extras al 50 y al 100%, según el caso.

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Judiciales

Violento ataque a tiros en una plaza de Roca: El acusado seguirá preso

Violento ataque a tiros en una plaza de Roca: el acusado seguirá preso

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre acusado de intentar matar a otro mediante el uso de un arma de fuego, en un violento episodio ocurrido a fines de noviembre en la ciudad de General Roca. La jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos y dispuso la prisión preventiva del imputado.

De acuerdo con la acusación fiscal, el hecho ocurrió el viernes 28 de noviembre del 2025, alrededor de las 16.30 horas, en la vía pública, en inmediaciones de la plaza ubicada en calles España y Los Cardenales. En ese contexto, el imputado, que portaba un arma de fuego sin autorización legal, mantuvo una discusión con la víctima y, con intención de causarle la muerte, le efectuó dos disparos dirigidos al cuerpo.

Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió lesiones graves en el hígado, el intestino grueso y el intestino delgado, lo que motivó su urgente traslado al Hospital Francisco López Lima.

Durante la audiencia se destacó que la intervención del sobrino de la víctima fue clave para evitar un desenlace fatal, ya que logró que el agresor se retirara del lugar y colaboró en el traslado del herido, junto a un hombre que pasaba circunstancialmente por el sector. Si bien el estado de salud se agravó durante la internación, el trabajo del personal médico permitió salvarle la vida.

La Fiscalía también atribuyó un segundo hecho, ocurrido inmediatamente después del ataque, cuando el imputado exhibió el arma de fuego al sobrino de la víctima, generándole temor, para luego darse a la fuga.

Como sustento probatorio, el Ministerio Público Fiscal mencionó testimonios de testigos presenciales, entre ellos el del sobrino, quien refirió conflictos previos entre las partes, además del proyectil secuestrado, las lesiones acreditadas, el traslado al hospital y demás constancias reunidas en la investigación.

La orden de detención había sido dispuesta el mismo viernes (28/11), en atención a la gravedad del hecho, aunque el imputado fue detenido recién el lunes (05/01).

La Defensa Penal se opuso a la formulación de cargos, al sostener que existió un supuesto amedrentamiento previo por parte de la víctima y que el acusado habría actuado en legítima defensa. No obstante, la jueza consideró que la evidencia reunida hasta el momento respalda la hipótesis fiscal, aclarando que la defensa podrá producir prueba durante la investigación.

Finalmente, se dispuso un plazo de dos meses de investigación penal preparatoria y la prisión preventiva del imputado por el mismo período, fundamentada en la falta de arraigo, el riesgo de fuga y los antecedentes penales del acusado.

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Dos sujetos seguirán presos por una seguidilla de robos con violencia

La jueza abrió la investigación penal preparatoria por cuatro meses. Los imputados cumplirán prisión preventiva.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra dos personas por una serie de hechos ocurridos en el transcurso de dos días consecutivos, que incluyeron agresiones físicas y robos, y la Justicia dispuso la prisión preventiva de ambos imputados.

Según la acusación fiscal, el primer hecho se produjo durante la madrugada del sábado (04/01), cuando una mujer se encontraba en la puerta de su domicilio. En ese contexto, uno de los imputados la habría golpeado, para luego ingresar a la vivienda y sustraer una mochila con pertenencias personales y un teléfono celular, dándose posteriormente a la fuga.

De acuerdo a lo expuesto en la audiencia, al día siguiente, domingo (05/01), se registró un segundo episodio en la vía pública, en el que el mismo imputado actuó junto a otra persona. Ambas habrían interceptado a una víctima, a quien lesionaron con un arma blanca para luego robarle sus pertenencias.

Fue la propia persona damnificada quien dio aviso a la Policía, indicando el lugar donde se encontraban los presuntos autores. Minutos después, el personal policial logró la detención de ambos, encontrando en su poder el teléfono celular sustraído instantes antes.

La Fiscalía detalló que el procedimiento quedó respaldado con actas policiales, secuestro de elementos y registros fotográficos, y que además uno de los detenidos vestía prendas que habían sido robadas durante el hecho del día anterior. Por estos acontecimientos, el Ministerio Público Fiscal imputó a ambas personas el delito de robo agravado por el uso de arma, en carácter de coautores.

Durante la audiencia, la defensa penal planteó una versión distinta, sosteniendo que el segundo episodio habría sido una pelea. Sin embargo, la jueza interviniente consideró que no resultaba claro cómo el teléfono celular terminó en poder de los imputados, cuestión que deberá ser esclarecida durante la investigación.

Finalmente, la magistrada tuvo por formulados los cargos, dispuso la apertura de la investigación penal preparatoria por el plazo de cuatro meses y ordenó la prisión preventiva de los imputados, al considerar la medida adecuada en función de la gravedad de los hechos y el estado inicial del proceso.

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Imputaron a 7 personas por el violento ataque armado y enfrentamiento con la Policía en Paso Córdoba

El hecho incluyó un disparo a una de las víctimas, resistencia frente a una intervención policial y la rotura de un móvil.

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Este mediodía (02/01), el Ministerio Público Fiscal imputó a 7 personas por un hecho ocurrido ayer luego de las 20.00 en la vía pública en la zona de Paso Córdoba, en General Roca.

Según la acusación fiscal, 3 de ellos habrían interrumpido con fines de robo la marcha de las dos víctimas que se movilizaban en una moto.

«Cuando derribaron a una de ellas, le habría efectuado un disparo mientras estaba en el piso, sin lesionarlo y se apoderaron del vehículo descripto», explicó el fiscal de turno.

«El otro hecho fue una hora después cuando las 7 personas se habrían resistido al accionar del personal policial que se presentó en la vivienda donde todos se encontraban. Las personas además profirieron insultos y arrojaban elementos contundentes, entre ellos piedras, contra los funcionarios», describió el Ministerio Público Fiscal.

Más adelante en la secuencia de hechos, «uno de ellos con la intención de causar daño arrojó una piedra que impactó en el móvil policial interno 2773, causando la rotura de uno de los cristales».

«Además uno de ellos tenía un arma de fuego tipo pistola sin contar con la debida autorización legal para ello, elemento que fue encontrado cuando la policía realizaba el procedimiento investigando el robo de moto mencionado», dijo la Fiscalía.

Entre el sustento probatorio mencionado para esta instancia, y a menos de 24 horas de transcurridos los hechos, el representante fiscal mencionó las actas múltiples de la intervención de la Unidades 48°, 177° y 69° de la Policía, la denuncia penal de una de las víctimas, las testimoniales recolectadas hasta el momento, el informe preliminar del Gabinete de Criminalística, el acta de inspección ocular y fotografías, el acta de toma de muestras de disparo, entre otra pruebas.

Las defensas tanto penal pública como particular se opusieron a la formulación de cargos fiscal.

Por su parte, la jueza de Garantías interviniente imputó los delitos de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, resistencia a la autoridad, resistencia a la autoridad en concurso real con daño calificado.

Como medida cautelar y en pos de resguardar a las víctimas mientras avanza la etapa penal preparatoria de cuatro meses se le colocará a 3 de estas personas dispositivo electrónico y se resolvió prohibición de acercamiento a las víctimas.

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