Judiciales
Empresa de transporte deberá indemnizar a conductores por «falta de descanso» obligatorio
Dos choferes denunciaron a Vía Bariloche por una gran cantidad de horas extras trabajadas mensualmente.

La Sala I de la Cámara del Trabajo de General Roca hizo lugar parcialmente a las demandas laborales de dos conductores de colectivos de larga distancia y condenó a la empresa de Transporte de Pasajeros Vía Bariloche a indemnizarlos por varios rubros, entre los cuales figuran una gran cantidad de horas extras trabajadas mensualmente y la reiterada «falta de descanso» reglamentario entre viajes.
Finalizada la relación laboral, dos conductores demandaron el pago de «diferencias de haberes» por diversos rubros, como horas extras y horas nocturnas impagas, francos mensuales obligatorios no otorgados, horas restadas al descanso obligatorio entre jornada y jornada, errónea liquidación de viáticos, entre otros. Y en ambos casos la Cámara, con voto rector del juez Emilio Meheuech y adhesión de sus pares Nelson Walter Peña y Paula Inés Bisogni, hizo lugar a la mayoría de los reclamos, reconociendo en uno de los procesos una deuda de casi 58.000 pesos por horas extras adeudadas, incluyendo las que debían pagarse al 100% por tratarse de horas «restadas al descanso obligatorio».
Al igual que los demandantes, otros choferes jubilados o despedidos que declararon como testigos coincidieron en destacar en la habitualidad de las horas extras y una irregularidad sistemática en la confección de las Libretas de Trabajo de los conductores. Esas libretas, según explican los fallos, son de uso obligatorio. Una debe quedar en poder del empleador y otra en poder del trabajador, aunque en los casos analizados los choferes coincidieron en que siempre debieron entregar las suyas a la empresa. Un correcto uso de estos documentos permite llevar un doble control de los viajes realizados, horarios, mantenimiento de la unidad, etcétera. Según destacó la Cámara, la libreta debe ser «un instrumento útil para el control de las normas de seguridad», pues de allí se deducen, entre otros datos, las horas de descanso de los choferes entre viaje y viaje.
Reglamentariamente, debe ser una libreta «en doble ejemplar y un solo efecto», lo que implica que ambas deben coincidir plenamente», señaló el Tribunal. Sin embargo la Cámara verificó que «los asientos volcados en las mismas no son fiables», basándose en el cotejo de una libreta que pudo aportar uno de los demandantes con las libretas ofrecidas por la empresa como prueba.
«Respecto a la libreta de trabajo los testigos en general la descalificaron como instrumento que refleje la realidad», dijo el Tribunal, destacando testimonios como: «La empresa dibujaba la libreta y de acuerdo a eso dibujaban las horas extras», «La libreta no coincidía con la hoja de ruta», o «Generalmente no me daban los seis francos mensuales pero en la libreta se anotaban como que sí se los tomaba. La libreta no la llenábamos nosotros, lo hacía la empresa al gusto de ella». La empresa tampoco acompañó al juicio las hojas de ruta (novedades operativas), documentación también exigida por el Convenio, donde deben consignarse los datos de cada viaje.
La sobrecarga horaria de los conductores quedó claramente reflejada en los testimonios recibidos, que también mencionaron que inspectores de la CNRT (Comisión Nacional de Regulación del Transporte) en controles efectuados en terminales como Retiro y Neuquén, «no nos dejaba salir por falta de descanso», aunque en muchas otras ocasiones no se controlaba.
Resguardo de la salud y la seguridad vial
Las especiales condiciones en que se prestan los servicios de transporte de pasajeros, debido a exigencias de carácter físico y psicológico, requieren una protección especial de la legislación -y su control-, con el fin de preservar la salud de los trabajadores, evitar abusos, así como el correspondiente resguardo de la seguridad de los pasajeros transportados y de la seguridad vial, por la clara incidencia que los efectos que la fatiga del chofer puede acarrear en la ocurrencia de accidentes.
En el fallo se reseña, sobre la base de testimonios, la modalidad de pago salarial instrumentada por la empresa a sus choferes por «vuelta» de viaje completo trabajado, en la que muchas veces el conductor hacía «rebote»: llega a la localidad de destino, en trayectos de 8 y hasta 22 horas de duración, emprendiendo el viaje de regreso sin que se respeten las horas de descanso previstas en la legislación; mecanismo que estimulaba a los choferes a trabajar por encima de la jornada normal prevista.
Tanto el Convenio Colectivo como las reglamentaciones vigentes imponen un tope de 200 horas mensuales de trabajo y períodos mínimos de entre 10 y 12 horas de descanso entre la finalización de un circuito y el inicio del otro.
En los casos presentados ante la Cámara se verificó que en muchas ocasiones los choferes realizaban cerca de 300 horas en el mes, sumándose a ello las horas nocturnas y horas restadas al descanso, diferencia que debió abonarse como horas extras al 50 y al 100%, según el caso.
Judiciales
Allanaron la vivienda de la mujer denunciada por el Ministerio de Salud y quedó detenida
La investigación determinó que la acusada no registra antecedentes como graduada ni tiene título revalidado en la UNCo, y tampoco existen constancias del título invocado en la Universidad de los Andes de Venezuela.

Dos allanamientos realizados esta mañana (07/04) en General Roca culminaron con la detención de una mujer acusada de ejercer ilegalmente la medicina.
La investigación, iniciada a partir de una denuncia del Ministerio de Salud de Río Negro, determinó que la imputada habría presentado documentación apócrifa para obtener la matrícula habilitante y ejercido funciones como médica cirujana e incluso como coordinadora de terapia intensiva en una clínica de la ciudad.
Las averiguaciones internas de la propia cartera sanitaria verificaron que la mujer no registra antecedentes como graduada, no tiene el título revalidado en la Universidad Nacional del Comahue y tampoco existen constancias del título que invocó en la Universidad de los Andes de Venezuela.
Los procedimientos se concretaron en el domicilio de la imputada y en el de sus progenitores. En ambos se secuestró documentación como título, sellos, recetarios, medicación, dispositivos electrónicos y registros vinculados a la actividad médica, que serán sometidos a pericias. La Fiscalía de turno también realizó requisas personales y vehiculares.
El jueves próximo (09/04) se prevé la realización de una audiencia de medidas cautelares, en atención al volumen de documentación que debe ser analizada antes de una eventual formulación de cargos.
Judiciales
Denuncian a falsa médica por ejercicio ilegal de la medicina
Una mujer que habría ejercido en instituciones privadas de Roca y Regina el presunto ejercicio ilegal de la medicina y falsificación de documentos públicos.

El Ministerio de Salud de Río Negro, a través de la Secretaría de Asuntos Jurídicos, presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General contra una mujer que habría ejercido en instituciones privadas de General Roca y Villa Regina por presunto ejercicio ilegal de la medicina y falsificación de documentos públicos.
La medida se fundamenta en la detección de irregularidades en la documentación que la mujer presentó ante la Coordinación Provincial de Fiscalización Sanitaria para obtener su registro profesional.
Salud ya había procedido a la suspensión preventiva de la matrícula provincial en marzo. Esta acción se tomó luego de que se iniciara una investigación al detectar inconsistencias en el título de Médico Cirujano y la correspondiente convalidación, supuestamente otorgados por la Universidad de Los Andes (ULA), en Mérida, Venezuela.
«El Ministerio continuará colaborando con la Justicia aportando toda la documentación del legajo personal para que se determinen las responsabilidades penales correspondientes», destacaron desde la cartera de Salud rionegrina.
Judiciales
Incineraron 43 kilos de cannabis y casi 900 plantas de marihuana en Roca
La quema se realizó en la Planta de Residuos II y corresponde a droga incautada en el marco de 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras avanzadas.

La Unidad Fiscal de General Roca llevó adelante ayer por la mañana la quema de estupefacientes en la Planta de Residuos II de la ciudad. El procedimiento se realizó en el marco de la Ley Nacional de Estupefacientes N° 23.737.
Según informó el Ministerio Público Fiscal, el material destruido corresponde a 43 kilos de cannabis entre cogollos y picadura de marihuana, y 874 plantas y plantines de marihuana.
La quema abarcó elementos incautados en 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras en etapa avanzada.





