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Reforma Procesal Penal: Más de 650 personas capacitadas en lo que va del año

Todavía se prevén actividades hasta diciembre, incrementando así el número de funcionarios judiciales que se capacitarán.

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Más de 650 personas ya se capacitaron en lo que va del año en distintos aspectos de la Reforma Procesal Penal. La cifra se duplica si se toma en cuenta la cantidad de asistentes a los más de 40 talleres y charlas, ya que en muchos casos los agentes, funcionarios y magistrados participaron en más de una capacitación. Los datos se consignan en un informe de la Escuela de Capacitación Judicial y recopila la participación de personal del Poder Judicial y también externos relacionados, como abogados y periodistas. El período compilado se extiende desde febrero a la fecha en las cuatro circunscripciones judiciales.

El nutrido plan de capacitación formulado por la Escuela prevé actividades hasta diciembre, por lo que la cantidad de funcionarios, magistrados, empleados, fiscales, defensores, abogados y periodistas que se interiorizarán sobre los aspectos del cambio de paradigma se incrementará.

De los jueces ligados al fuero penal, 41 asistieron al menos a una capacitación, lo que cual representa el 92 por ciento de los magistrados. La primera circunscripción cuenta con 7 jueces, la segunda con 18, y la tercera y cuarta con una decena cada una.

El cronograma anual de capacitación incluyó para los magistrados una amplia oferta de capacitación en el marco de la Reforma Procesal Penal. Comenzó el 29 de febrero y 1 de marzo en Viedma, con el curso “La lógica y valoración de la prueba en un proceso penal acusatorio”. Siguió con el curso intensivo de “Litigación Oral”, que se dio en marzo en Bariloche, en abril en Roca, durante mayo en Cipolletti y se completó en el mes de junio en Viedma. Luego se llevó a cabo en la capital provincial el curso introductorio a la “Litigación oral en los sistemas acusatorios”, el 11 y 12 de abril.

Por otro lado, ya se iniciaron en diferentes circunscripciones y continuarán hasta fin de año las capacitaciones sobre “Conducciones de audiencias preliminares”, “Manejo de audiencias y toma de decisiones” y de “Medidas cautelares en el nuevo Código Procesal Penal de Río Negro”. Asimismo, entre octubre y diciembre, en Viedma, Bariloche y Roca se brindará el curso “Sistemas de recursos en el nuevo Código Procesal Penal”, también dirigido a jueces.

La Escuela de Capacitación, en su planificación anual, también previó la realización de jornadas de observación de audiencias en el nuevo sistema acusatorio en las Jurisdicciones que ya funcionan bajo el nuevo sistema penal: provincias de Neuquén, Chubut y La Pampa, con el objetivo de presenciar distintos tipos de audiencias orales de modo directo para interiorizarse sobre la metodología organizacional, su desarrollo y forma de resolución, en el marco de los roles que habrán de ser desempeñados en el nuevo proceso penal previsto por Ley N° 5020.

También se organizarán en cada una de las cabeceras circunscripcionales talleres a fin de reproducir en términos lo más cercanos a la realidad, la dinámica de una audiencia, con el objetivo que cada uno de los participantes en la capacitación (Jueces, Fiscales y Defensores) tenga la oportunidad de realizar un alto número de actuaciones simuladas para entrenar las destrezas básicas para su desempeño en el proceso

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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Judiciales

Ordenaron la captura nacional e internacional de uno de los fugados de la Comisaría 3° de Roca

Se trata de Luca Nicolás Torres, uno de los acusados del crimen de Julián Dobra.

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Este mediodía (04/12), tras la notificación de la fuga de la Unidad Policial de uno de los imputados que cumplía prisión preventiva en el legajo donde se investiga el homicidio de Julián Dobra, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se ordene su captura nacional e internacional. Se trata de  Luca Nicolás Torres, de 18 años de edad.

«Alrededor de las 2.05 de la madrugada recibimos la información del personal de la Comisaria que dos personas se habían dado a la fuga. Una de ellas es este imputado, que inmediatamente se dispuso la búsqueda con la Brigada Judicial de investigación y con canes», explicó el fiscal del caso.

El otro fugado es Ramiro Ezequiel Sosa, quien se encontraba cumpliendo una pena efectiva desde el 20 de octubre de este año, tras haber sido detenido por una causa de robo.

«Solicitamos que se libren los oficios pertinentes tanto a la Policía Federal, a Interpol, a Gendarmería Nacional, policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Nacional y Jefatura de Policía de Río Negro», detalló la Fiscalía.

La querella adhirió al pedido, no hubo objeciones por parte de la defensa penal pública. El juez de Garantías resolvió en el mismo sentido que lo solicitado.

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