Seguinos

Judiciales

Una mirada interdisciplinar en la contención de víctimas de abuso sexual

Desde el año 2007, la Oficina de Atención a la Víctima funciona en General Roca. Las estadísticas marcan que se han denunciado un total de 299 casos de abuso sexual y 366 vinculados con la violencia y delitos.

el

Las Oficinas de Asistencia a la Víctima (OFAVI), dependientes del Ministerio Público Fiscal, surgen como un espacio dentro del ámbito judicial destinado a acompañar a las victimas de delitos, en el marco de la legislación que sostienen los principios de dignidad, libertad e igualdad de las personas. Su propósito es brindar una respuesta integral a la problemática que plantea cualquier ciudadano que está atravesando una situación de victimización, intentando que la persona reciba una asistencia jurídica, psicológica, social y psicopedagógica en las diferentes etapas del proceso penal.

Desde el año 2007, esta oficina funciona en la ciudad de General Roca, como órgano auxiliar del Ministerio Público Fiscal, desarrollando un papel innovador en el ámbito judicial. Esta conformada por un equipo interdisciplinario integrado por las Licenciadas: en Psicopedagogía, Graciela Hussein; en Trabajo Social Forense, Gladyz Gzain y en Psicología, Virginia Ansola.

La asistencia se dirige a todo tipo de víctimas de delito – tanto directas como indirectas- especialmente a quienes hayan padecido circunstancias violentas con resultado de muerte, amenazas, lesiones graves, delitos de integridad sexual; de violencia de género.

Para cumplir ésto interviene, desde instancias previas a la denuncia, colaborando en la toma de decisiones oportunas siempre en resguardo de las personas, acompañando en las diversas instancias procesales, como por ejemplo, en las revisaciones médicas, en las Cámara Gesell, en las ruedas de reconocimiento, y en las audiencias de debate oral, colaborando en la comprensión de las sentencias.

«Durante todo ese proceso informamos, orientamos, acompañamos y asistimos a la víctima y a su entorno familiar con la idea de poderlos sostener emocionalmente. Transitamos con las víctimas desde el momento de la denuncia y con posterioridad al dictado de la sentencia, ya sea absolutoria o condenatoria, porque no siempre las resultas judiciales van acompañadas de ese proceso personal que hace la víctima para reparar el daño sufrido”, destaca Gladys Gzain.

En los delitos de abuso sexual, la intervención de la oficina viene acompañada siempre del requerimiento del fiscal que solicita la intervención del equipo ante situaciones que considera de complejidad. El tratamiento posibilita también al equipo acompañar a las víctimas a un juicio y/o debate siempre desde la singularidad de la persona. El abordaje no solamente es penal, a partir de una denuncia sino también en organizar todo el dispositivo protector de la víctima.

Los informes de la Oficina en casos de abuso sexual constituyen una importante colaboración para los fiscales en las instancias del juicio oral, permitiendo realizar una valoración más acabada del estado de las personas. En este sentido Gzain aclara que «si bien los mismos no tienen la característica de pericial, aportan un valor científico desde un abordaje victimológico que implica la mirada de la víctima en el marco del proceso judicial y en su ámbito personal».

«Cuando un niño recurre a otras personas fuera de su ámbito familiar en búsqueda de ayuda, posiblemente es porque no encuentra a ningún adulto significativo que lo escuche en su propia familia, sobretodo cuando el que abusa es el propio padre y la madre no logra ubicarse en un lugar de contención, de protección. Eso para el niño, es desestructurante, desestabilizante, podría compararse como un «balazo en su psiquis», por las heridas que se producen y por el tiempo que llevará su cicatrización», remarca la psicóloga Ansola.

El creciente número de casos de abuso sexual que han sido judicializados y abordados desde la intervención del equipo de profesionales de la OFAVI, evidencia la trascendencia del trabajo desplegado por el organismo en los últimos años, logrando consolidar una fluida red de intercambio con otras instituciones que trabajan en la problemática y aportando a la justicia una mirada sensible y subjetiva en la atención a la víctima.

Desde enero de 2015 a la fecha han ingresado a la oficina un total de 299 causas de abuso sexual y 366 en casos vinculados con la violencia y delitos conexos muchas de ellas aún abiertas, mientras que otras ya han obtenido una sentencia.

Para mayor información y consultas acerca del funcionamiento y del trabajo que lleva a cabo la Oficina de Atención a la Víctima de la Segunda Circunscripción Judicial pueden dirigirse a la Calle San Luis 353, Planta Baja -en la ciudad de General Roca- o comunicarse al (0298) 4439900.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judiciales

Un perro suelto y amenazas de matarlo delante de la familia: Deberán cumplir con la tenencia responsable de mascotas

El conflicto terminó en un Juzgado de Paz.

el

Un conflicto entre dos vecinos de Sierra Grande, que tuvo como eje la tenencia responsable de un perro, terminó en el Juzgado de Paz luego de que las diferencias escalaran a discusiones, denuncias de amenazas y situaciones de hostigamiento.

Todo comenzó por la preocupación de un vecino, quien sostuvo que el animal permanecía suelto de manera habitual. Según relató, intentó hablar en varias oportunidades con sus propietarios para que modificaran esa situación, pero el desacuerdo derivó en un enfrentamiento entre ambas partes.

El vecino promovió una denuncia en el marco de la Ley Contravencional de Río Negro. Expuso que había sufrido actos de hostigamiento, intimidación y amenazas vinculados con el conflicto por la mascota.

Durante la audiencia, la pareja de la persona denunciada concurrió en su representación y solicitó la suspensión del proceso contravencional a prueba. Negó los hechos denunciados y afirmó, en cambio, que el denunciante había amenazado con matar al perro delante de la familia. También explicó que el animal siempre había permanecido suelto sin haber mordido a nadie y que Zoonosis municipal ya había intervenido para notificar sobre la tenencia responsable.

La jueza de Paz advirtió que, más allá de las versiones contrapuestas, existía un conflicto vecinal que había derivado en episodios de confrontación verbal y que podía afectar la convivencia entre las partes.

Por ese motivo, hizo lugar al pedido de suspensión del proceso contravencional a prueba por el plazo de seis meses. Como condición, impuso reglas de conducta para evitar nuevos enfrentamientos.

Entre esas reglas, ordenó que la persona beneficiaria se abstenga de realizar actos de hostigamiento, intimidación, amenazas o agresiones verbales. También dispuso que cualquier futura controversia relacionada con la tenencia responsable de la mascota se canalice exclusivamente por las vías legales, evitando toda confrontación directa.

Además, dio intervención a la Secretaría de Zoonosis de la Municipalidad de Sierra Grande para que controle el cumplimiento de las normas sobre tenencia responsable de animales, adopte las medidas preventivas que correspondan e informe al Juzgado sobre cualquier actuación relevante para prevenir nuevos conflictos. También se notificó a la Comisaría 13° para que informe únicamente si se registran nuevos episodios de conflicto o incumplimientos de las reglas impuestas.

Continuar leyendo

Judiciales

Era tractorista, lo registraban como peón y lo apartaron tras ser elegido dirigente sindical

Un fallo judicial determinó que la empresa modificó las condiciones laborales del trabajador luego de que asumiera un cargo en la UATRE.

el

Durante más de tres años un hombre trabajó en una empresa frutícola del Alto Valle. La mayor parte del tiempo condujo un tractor para realizar tareas de poda, pulverización, cosecha y mantenimiento de las chacras. Sin embargo, en los recibos de sueldo figuraba con otra categoría laboral.

La situación cambió después de que notificó a la empresa que había sido elegido con un cargo en la Seccional Roca de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE).

El hombre dejó de conducir el tractor y pasó a realizar tareas de peón general. También sufrió una reducción salarial y comenzó un conflicto que terminó con su alejamiento del trabajo.

El trabajador promovió una demanda laboral contra la empresa. Reclamó las indemnizaciones derivadas del despido, diferencias salariales, el reconocimiento de su verdadera categoría profesional y la indemnización prevista por la tutela sindical.

La Cámara Segunda del Trabajo de Roca hizo lugar a la demanda y condenó a la empleadora a pagar una indemnización.

Durante el juicio declararon compañeros de trabajo, representantes sindicales y otros testigos. Coincidieron en que el trabajador desempeñó durante casi toda la relación laboral tareas propias de tractorista, aunque la empresa lo registraba como peón general o trabajador temporario. También señalaron que, después de asumir el cargo gremial, fue apartado del tractor y destinado a otras tareas.

El fuero laboral concluyó que la empresa no reflejó correctamente la realidad de la prestación laboral. Consideró acreditado que el trabajador desarrolló funciones de tractorista y que, por esa razón, correspondía reconocer esa categoría y liquidar las diferencias salariales conforme a las escalas aplicables al régimen agrario.

Los jueces también entendieron probado que el hombre mantenía una relación laboral permanente y continua, pese a que la empresa lo registró como trabajador discontinuo o temporario. Para llegar a esa conclusión valoraron la documentación incorporada al expediente y comprobaron que percibió remuneraciones durante todos los meses de la relación laboral.

La sentencia destacó además que el hombre había comunicado en forma fehaciente su candidatura y posterior elección en el gremio. La empresa recibió esas notificaciones y nunca cuestionó esa representación sindical. Por ese motivo, la Cámara concluyó que gozaba de la tutela prevista por la Ley de Asociaciones Sindicales.

El fallo sostuvo que la modificación de las tareas y de las condiciones laborales se produjo sin que existiera una autorización judicial para excluir al trabajador de esa protección especial. Consideró que el despido indirecto dispuesto por el empleado resultó legítimo y que tenía derecho, además de las indemnizaciones comunes, a percibir la reparación prevista para quienes cuentan con tutela sindical.

Continuar leyendo

Judiciales

Durante la feria judicial, casi el 80% de las sentencias estuvieron vinculadas a casos de violencia

Las estadísticas oficiales reflejan que la atención de casos urgentes por violencia continúa siendo una prioridad durante el receso judicial.

el

De las 560 sentencias que se dictaron en los primeros 8 días hábiles de la feria invernal judicial, 439 corresponden a casos de denuncias de violencia doméstica. Los datos surgen del buscador público de sentencias del Poder Judicial de Río Negro, que permite encontrar fallos utilizando distintas variables.

Del total de sentencias emitidas desde el lunes de la semana pasada hasta ayer miércoles (22/07), 253 fueron definitivas, 296 interlocutorias, se registraron 9 homologaciones y 2 monitorias.

En cuanto a las interlocutorias, el 79% tuvieron que ver con cuestiones de violencia. Otras se relacionaron con la protección de derechos de niños, niñas y adolescentes y disposiciones en el marco de procesos de capacidad de las personas.

En relación con las definitivas, más del 90% tuvieron que ver con situaciones de violencia. Las homologaciones de acuerdos estuvieron relacionadas con demandas laborales y de daños y perjuicios.

Estas cifras no incluyen al fuero Penal, que organiza su agenda a través de la Oficina Judicial y atiende casos urgentes todos los días del año. Las formulaciones de cargos, las entrevistas en Cámara Gesell y la revisión de medidas cautelares con vencimiento próximo fueron los tipos de audiencias más frecuentes en el ámbito penal.

Durante la feria judicial se suspenden los plazos de algunos procesos ordinarios. Sin embargo, el artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece cuáles son los casos urgentes que deben atenderse todos los días del año, incluidos el receso y los feriados.

Entre los casos urgentes se incluyen, entre otros, medidas cautelares, denuncias por delitos de acción pública y de instancia privada, concursos civiles, quiebras y convocatorias de acreedores, acciones y recursos vinculados con garantías individuales, como amparos, hábeas corpus y hábeas data, cuotas alimentarias y otros créditos de carácter alimentario, procesos electorales en curso, denuncias por violencia familiar o de género, acciones de derecho de familia que involucren a niñas, niños, adolescentes o personas con capacidad restringida, situaciones en las que exista riesgo de pérdida de un derecho o de un perjuicio grave y trámites vinculados con personas privadas de la libertad.

La página web del Poder Judicial permite consultar fallos de todos los organismos jurisdiccionales. Las sentencias del Superior Tribunal de Justicia se encuentran en el buscador Fallos del STJ y las de los tribunales inferiores de todos los fueros están disponibles en Fallos jurisdiccionales.

Las sentencias pueden localizarse mediante uno o más criterios de búsqueda, como palabras clave, carátula del expediente, número de sentencia o de expediente, organismo que la dictó y fecha de emisión. Una vez ubicada la sentencia, el texto completo puede imprimirse, descargarse en el dispositivo o compartirse desde el celular mediante el código QR disponible al final de cada fallo. También se incorporó la posibilidad de enviarlas por correo electrónico.

Desde diciembre de 2023, las sentencias de la totalidad de los fueros se encuentran disponibles como parte de una política de transparencia.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement