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Juraron profesionales de los Equipos Técnicos para el Juzgados de Familia de Roca

Además, también lo hicieron otros profesionales para los Juzgados de Villa Regina y Luis Beltrán.

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El juez del Superior Tribunal de Justicia Sergio Barotto recibió juramento este mediodía a los 11 profesionales que integrarán los Equipos Técnicos Interdisciplinarios en los Juzgados de Familia de la Segunda Circunscripción. Ante un salón Auditorio colmado por funcionarios y empleados judiciales y familiares de los profesionales designados, el juez Barotto les dio la bienvenida al Poder Judicial y destacó la importante labor que desempeñarán para seguir optimizando el servicio de justicia en el fuero de Familia.

«Es un momento realmente especial para el Poder Judicial de Río Negro», destacó el magistrado, por la expectativa puesta en el trabajo de los equipos técnicos «para que toda la gente que tiene que venir, lamentablemente, a mostrar aspectos tan difíciles de su vida tenga la mejor atención posible».

Prestaron juramento la licenciada en Psicología Gabriela Polzinetti y la licenciada en Psicopedagogía Gabriela Fabiola Santarelli para el Equipo Técnico Interdisciplinario del Juzgado de Familia N° 11 de Roca y la licenciada en Psicología Gabriela Anahí Tejerina, la licenciada en Servicio Social Mirta Noemí Lacuenteguy y la licenciada en Psicopedagogía Clelia Norma Seidedos para el Equipo Técnico Interdisciplinario del Juzgado de Familia N° 16 de Roca.

Para el Equipo Técnico del Juzgado de Familia de Villa Regina juraron la licenciada en Psicología Silvina Alejandra Romiti, la licenciada en Servicio Social Silvia Andrea Mirales y la licenciada en Psicopedagogía Mariela Evangelina Fuentes.

En tanto que el licenciado en Psicología Agustín Sordo asumirá sus funciones en el Equipo Técnico del Juzgado de Familia de Luis Beltrán junto con el licenciado en Servicio Social Eduardo Rubén Delgado y la licenciada en Psicopedagogía Laura Karina Bustos.

Todos comenzarán a ejercer sus funciones el próximo 24 de octubre.

Barotto habló de la necesidad creciente -destacada por las juezas y defensoras del fuero- de articular estos grupos de abordaje interdisciplinario como consecuencia de que «esta sociedad cada vez más difícil en la que vivimos hace que los temas de familia terminen repercutiendo en una gran cantidad de casos en los Tribunales».

Finalmente el magistrado ponderó la gran cantidad de inscriptos que tuvo el concurso e hizo una mención y agradecimiento especial a los Consejeros de Familia que ya venían prestando funciones en los juzgados bajo un régimen menos formal y que ahora, mediante el concurso y las designaciones, han logrado «legitimarse en forma pública, ante el Poder Judicial y ante sus compañeros de ciencia y saber».

Acompañaron a Barotto en el acto de juramento los vocales de la Cámara Civil de Apelaciones, Adriana Mariani, Gustavo Martínez y Víctor Soto, y las juezas de Familia de Roca Andrea Tormena y Moira Revsin.

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No siempre tiene prioridad quien circula por la derecha: Condenan a conductor que no respetó la señal de Pare

Un juez hizo lugar parcialmente a una demanda por daños y perjuicios presentada por una conductora que fue embestida en una intersección, pese a haber ingresado con prioridad de paso.

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Un fallo del fuero civil de Bariloche resolvió que la prioridad de paso cede cuando existe una señal clara que la contradice. Con ese criterio, un juez hizo lugar parcialmente a una demanda por daños y perjuicios presentada por una conductora que fue embestida en una intersección, pese a haber ingresado con prioridad de paso. La colisión ocurrió en una esquina señalizada con un cartel de Pare que el otro conductor no respetó.

El incidente ocurrió cuando un automóvil que circulaba por la calle Villegas, en sentido norte-sur, fue impactado en su lateral derecho por otro vehículo que se desplazaba por Tiscornia en sentido oeste-este. En dicha esquina existe señalización vial que impone la detención total para quienes transitan por Tiscornia.

La presencia del cartel fue confirmada por la Oficina de Tránsito de la Municipalidad y por una testigo que se encontraba justo detrás del vehículo embestido. La prueba pericial también coincidió en la mecánica del hecho, al ubicar el daño en la parte media del lateral derecho del rodado.

El juez interviniente aplicó el artículo 41 de la Ley Nacional de Tránsito, que establece que la prioridad de paso corresponde a quien circula por la derecha, salvo que una señal indique lo contrario. En este caso, la existencia del cartel de Pare desplazaba la regla general. El fallo recordó que dicha señal no permite interpretaciones: impone la detención absoluta del vehículo y no una simple reducción de velocidad.

A la conducta del conductor que no respetó la señal se sumó la falta de prueba sobre la existencia de algún factor externo o culpa de la víctima que pudiera haber interrumpido el nexo causal. En consecuencia, la sentencia lo declaró responsable como guardián del vehículo, y también incluyó en la condena a la titular registral por la responsabilidad concurrente prevista en el artículo 1758 del Código Civil y Comercial de la Nación.

El fallo incluyó los daños materiales comprobados y la privación de uso del vehículo. Se rechazaron los rubros por desvalorización, daño psicológico y daño moral por ausencia de pruebas suficientes. La aseguradora fue alcanzada por la condena conforme a los límites previstos en la póliza y dentro del marco legal aplicable.

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Un juez rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley de reiterancia: Un detenido por lesiones seguirá con prisión preventiva

El hecho ocurrió cuando una vecina denunció ruidos molestos y el acusado agredió a efectivos policiales.

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Un hombre de General Godoy que ya tenía una formulación de cargos firme y ahora fue imputado permanecerá en prisión preventiva durante dos meses. El caso toma relevancia porque se enmarcó en la Ley de Reiterancia y el juez debió resolver un planteo de inconstitucionalidad de la flamante ley.

En efecto, el hombre recibió una nueva formulación de cargos, en este caso por atentado y resistencia a la autoridad, evasión y lesiones agravadas contra un miembro de la fuerza de seguridad.

De esta manera, la Fiscalía planteó la prisión preventiva en el marco de la Ley de Reiterancia. La defensa pública, por su parte, consideró que la norma vulnera el principio de inocencia. Argumentó que la legislación se basa en la sospecha de que el imputado cometerá nuevos delitos.

El juez consideró que el planteo de inconstitucionalidad formulado por la defensa pública no estuvo acompañado por antecedentes claros ni concretos.

Al rechazar este planteo, el juez Pierroni explicó que en principio la reiterancia no equivale a castigar por delitos futuros, sino que evita un riesgo procesal concreto. Agregó que la prisión preventiva no anticipa una pena, sino que asegura el desarrollo del proceso.

El juez remarcó que la declaración de inconstitucionalidad representa un acto de máxima gravedad en el sistema judicial. Solo debe recurrirse a ella conforme a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia y de la Corte Suprema, cuando no exista posibilidad de una solución adecuada.

La ley rionegrina considera que la acumulación de procesos penales, incluso sin condenas previas, puede indicar una mayor probabilidad de que el imputado evada la justicia o interfiera en el proceso.

El juez afirmó que en este caso existen datos objetivos que evidencian un patrón de conducta en el comportamiento del imputado. «Esa es la base de demostración directa de un riesgo concreto, real y actual, por parte de la Fiscalía, en el sentido de influir sobre los testigos para que se comporten de manera desleal o reticente al momento de declarar en juicio», indicó.

El hecho ocurrió cuando una vecina denunció ruidos molestos. La policía llegó al lugar y según la acusación fiscal se produjo una agresión contra los efectivos. Otras personas rodearon el móvil, lanzaron objetos y atacaron a los policías. Minutos después acudió un refuerzo de la Comisaría N° 35 de Huergo.

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Quisieron robar un auto a la madrugada y terminaron detenidos

La dueña escuchó ruidos extraños fuera de su domicilio y se comunicó con la Policía.

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Este mediodía (30/06), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre y a una mujer por un intento de robo ocurrido ayer (29/06) a la madrugada en General Roca. Además solicitó la prohibición de acercamiento a dos domicilios y a dos personas.

Según la acusación fiscal, «alrededor de las 7 de la mañana del domingo, la pareja aprovechó que la víctima había dejado su auto en la vía pública, y actuando con un plan en común, habrían violentado el tambor de la cerradura de la puerta del conductor».

«Luego, se subieron al vehículo pero no terminaron de concretar su accionar ya que una de las damnificadas abrió la ventana de su casa que daba a la calle, verificó las cámaras de seguridad y dio aviso al personal policial», explicó la fiscal del caso.

Los dos sospechosos fueron reducidos por el personal de la Comisaría 3°, que tomó intervención en el hecho.

Forman parte del sustento probatorio de esta imputación el acta de procedimiento policial, la denuncia penal, las entrevistas, informes del Gabinete de Criminalística, el análisis de las cámaras de seguridad.

La Fiscalía solicitó además de la imputación, que ambos se abstengan de acercarse a las víctimas, como a dos domicilios.

Por su parte, el defensor público que asistió tanto a la mujer como al hombre no se opuso a la formulación de cargos como tampoco a la medida cautelar.

De esta manera, y tras escuchar a ambas personas imputadas, la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el delito de «tentativa de robo de vehículo dejado en la vía pública y amenazas», imputados por ser co-autores, y ordenó la prohibición de acercamiento.

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