Seguinos

Río Negro

La Legislatura sancionó los pliegos para llamar a licitación del agente financiero de la provincia

Por dos tercios, el oficialismo logró la aprobación del pliego para decidir quien será el agente financiero desde el año que viene. El FpV tuvo voto dividido.

el

La Legislatura de Río Negro sancionó, con modificaciones, el proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo por el que se aprueban los pliegos de bases y condiciones que regirán en la licitación pública nacional para seleccionar una entidad bancaria que actúe como Agente Financiero y Caja Obligada de la Provincia. La ley fue aprobada por 33 votos afirmativos contra 13 negativos, con voto dividido de la oposición.

En este sentido, la legisladora Arabela Carreras (JSRN), miembro informante del oficialismo, expresó que “en el pliego de licitación que estamos tratando, se implementaron fuertes exigencias para que la entidad bancaria que se convierta en el próximo Agente Financiero, sea un banco que actúe como herramienta financiera para el desarrollo de la Provincia.

El oferente ganador de la licitación, explicó Carreras, deberá instalar nuevas sucursales en todo el territorio de la Provincia y abrir cajeros automáticos en aquellas localidades que tengan más de 2000 rionegrinos. “Este gobierno está preocupado por llevar equidad e igualdad de servicios a toda la Provincia, por lo que hemos incluido cláusulas exigentes para resolver las quejas de ausencia de las entidades bancarias en distintos lugares de Río Negro.

Asimismo, explicó que “se le impondrá a la entidad bancaria algo inédito en la Provincia, como es el pago de un canon que nos parece justo y correcto en función de la defensa de los intereses de la provincia”.

“Se ha hecho un cálculo en el que la entidad bancaria hoy pagaría unos 18 millones de pesos anuales que ingresarán a las arcas provinciales a partir de el año próximo. Además, se dejará de pagar desde el Estado el mantenimiento de los cajeros automáticos, gasto que será afrontado por la entidad bancaria”, aseguró.

La miembro informante detalló que “entre el ahorro y los canon, se obtendrá un beneficio de unos 54 millones de pesos para las arcas del Estado, si a esto le sumamos los 206 millones de pesos que se volcarán en desarrollo, estamos imaginando que este podrá ser el principio de una Provincia distinta”.

Los agentes públicos, podrán acceder desde sus cuentas sueldos, a créditos diferenciales, y los que tengan deuda de créditos o en tarjetas, la entidad no podrá cobrarlas hasta que el empleado no perciba su sueldo, ya que actualmente esto genera intereses para los usuarios.

A su vez, en los pliegos se explícita que “aquellos municipios que opten por la entidad que actúe como Agente Financiero de la Provincia, contarán con los mismos beneficios, de descuentos, créditos, al igual que los empleados que gozarán del mismo beneficio que los estatales”.

“Sabemos que hay 9 o 10 entidades bancarias que cumplen con los requisitos para presentarse y esperamos que la que gane sea la que mayor beneficios traiga a los rionegrinos”, resaltó Carreras.

Por su parte, el legislador Alejandro Palmieri (JSRN) explicó que “se incorporaron modificaciones solicitadas por distintas bancadas para disminuir el plazo de colocación de sucursales y centros te atención, de esta manera durante los primeros 30 meses el adjudicatario deberá colocar al menos el 50 por ciento de las sucursales y centros de atención, y en los últimos 30 meses cumplir con el resto de las instalaciones”.

Aclaró además, que se trata sólo del pliego para abrir la licitación para elegir el agente financiero, “ni más ni menos”, es decir, que no incluye cuestiones internas del banco actual, normativa laboral o servicios.

La iniciativa prevé además, la creación de la comisión de Fiscalización de los Servicios Financieros y Bancarios para el Control, Fiscalización y Seguimiento de los servicios que se presten a la Provincia.

El contrato será por 10 años, con la posibilidad de prorrogar por 5 años más.

Bloque Juntos Somos Río Negro

Rodolfo Cufré destacó “el beneficio de que la Provincia pase de pagar a cobrar, algo que pocas provincias tienen”, además de la generación de sucursales y cajeros. Reivindicó el beneficio para que “los agentes públicos sean una vez más reconocidos por el gobierno provincial, ya que cuando se perdió el banco provincial, pasaron a ser clientes comunes”.

Viviana Germanier valoró el apoyo a empleados públicos que tendrán beneficios, al igual que el sector productivo en cuanto a créditos blandos.

Facundo López repasó los beneficios que incorpora el actual pliego y señaló que hoy “la provincia pierde dinero y los rionegrinos pierden sucursales y cajeros, pero la premura de esta gestión es mejorar día a día la vida de todos los rionegrinos por igual, estén donde estén, y sin importar el tamaño de la ciudad donde vivan”.

Juan Carlos Apud y Oscar Díaz manifestaron su gratificación, consideraron que incluye una mirada integradora que permitirá integrar a la Provincia, a partir del cambio en las exigencias para instalar sucursales y cajeros.

Ricardo Arroyo destacó lo referido a la territorialidad que aporta el proyecto y puso como ejemplo la ciudad de Lamarque, que cuando se perdió el banco de la provincia se perdió la herramienta financiera, se retrocedió y la gente tuvo que viajar en taxi hasta Choele Choel para cobrar su sueldo.

Bloque del Frente para la Victoria

María del Carmen Maldonado destacó el ahorro que podrá hacer la Provincia al recibir un canon y dejar de pagar el mantenimiento de los cajeros. Asimismo, recordó la pérdida del banco provincia que se encontraba destinado al desarrollo y a la producción de la Provincia y solicitó el trabajo para recuperar una entidad bancaria que sea de la Provincia.

Nicolás Rochas manifestó su oposición a la iniciativa y solicitó modificaciones en la conformación de la comisión fiscalizadora ya que “debería contar con una representación real de los empleados para que sea mas democrática y plural, con misiones y visiones especificas, atribuciones y una reunión cada 30 días”.

Mario Sabattella anticipó el voto negativo y se refirió al pliego, indicó que si bien incluye mejoras, no significa que sea un buen contrato si se tiene en cuenta las ganancias significativas que se va a llevar la entidad bancaria”.

Luis Albrieu se refirió al pliego que “es mejor y podría ser mucho mejor” si se incorporaran las propuestas de su bloque. Con respecto a la comisión fiscalizadora, se preguntó porqué se la convocaría ahora si antes no se lo hacía.

Marcelo Mango indicó que “podríamos haber aprovechado el pliego para darle más participación democrática, y para que frente a los avances del Estado, tenga nuestro pueblo mayores herramientas para defenderse. Además, criticó la cantidad de años que se establecen en el pliego para la contratación.

Graciela Holtz, Ariel Rivero y Elvis Williams adelantaron su voto favorable, valoraron que “el pliego, a diferencia del anterior, comprende la territorialidad” e incorpora sucursales y cajeros en lugares que hoy se encuentran alejados y desprotegidos. Finalmente, agradecieron al bloque del Frente para la Victoria por permitir la libertad de cada legislador a la hora de votar.

Alejandro Marinao criticó los plazos de concesión, cuestionó que sean 15 años incluida la prórroga, “si en los primeros 30 meses se harán seis sucursales y en los siguientes 30 meses los cinco restantes”, por lo que en los primeros cinco años se concluirán las exigencias.

Bloque ARI

Por su parte, Jorge Ocampos repasó aspectos que le generaban dudas y solicitó que se vuelvan a explicar algunos artículos modificados.

Bloque UCR

Soraya Yahuar destacó que “el pliego no describe al agente financiero que tenemos sino al que aspiramos”. La legisladora destacó los beneficios económicos que traerá el cobro de un canon, los créditos que se otorgarán a sectores productivos a tasas beneficiosas y las soluciones que se le podrán dar a los sectores productivos, económicos y comerciales. Asimismo, agradeció que se incorpore la modificación solicitada por su bloque para reducir la cantidad de años en que el oferente deberá instalar bancos y cajeros.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judiciales

El STJ confirmó un amparo y ordenó agilizar la entrega de una silla de ruedas y pañales para un niño con discapacidad

La obra social argumentó que los trámites administrativos seguían su curso, pero el STJ entendió que ello no justificaba las demoras.

el

Un niño con discapacidad necesitaba una silla de ruedas especial. La obra social nunca negó la cobertura, pero ante los reclamos sostenía que el trámite seguía su curso. Algo similar ocurría con los pañales: la familia reclamaba que no respondían a las indicaciones médicas ni a las necesidades concretas del menor.

Frente a esa situación, la madre promovió una acción de amparo. Un juzgado hizo lugar parcialmente al planteo y ordenó a la obra social estatal entregar la silla de ruedas y los pañales con las características y el talle prescriptos por los profesionales tratantes. La Fiscalía de Estado apeló esa decisión en representación de la obra social, pero el Superior Tribunal de Justicia confirmó el fallo.

En la apelación, la provincia sostuvo que nunca había negado las prestaciones. Explicó que la discusión estaba vinculada con «los plazos propios del régimen de contrataciones públicas y los requerimientos de auditoría médica», y no con un rechazo de la cobertura. También señaló que la silla de ruedas se encontraba en trámite y que las prestaciones habían sido autorizadas.

El Superior Tribunal entendió que esos argumentos no alcanzaban para modificar la sentencia. Señaló que la obra social puso el acento en los procedimientos administrativos, pero no logró rebatir los fundamentos centrales del fallo de primera instancia.

En relación con los pañales, el STJ advirtió que el informe presentado por la auditoría médica describía las características generales del producto que entregaba la obra social, pero no analizaba la situación específica del niño. Además, observó que la propia auditoría reconocía que el cambio de talle todavía estaba pendiente.

La sentencia también valoró que la madre había informado una mejoría en el cuadro de dermatitis de su hijo luego del cambio de marca y remarcó que esa circunstancia «no fue rebatida con un examen médico propio y específico de la demandada». En ese contexto, concluyó que una evaluación técnica general no era suficiente para desplazar las necesidades concretas acreditadas en el expediente.

El STJ descartó que la sentencia implicara una intromisión en el funcionamiento de la obra social. Explicó que la exhortación para que la obra social actúe «en forma diligente, rápida y oportuna» no modifica el régimen de contrataciones ni los procedimientos de auditoría interna, sino que «se limita a instar una mayor diligencia administrativa, sin imponer modalidad, plazo ni procedimiento específico». Esa medida, concluyó, no representa una extralimitación de las competencias judiciales.

La sentencia recordó que los niños y las personas con discapacidad se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad y que el Estado debe brindarles una protección reforzada. En ese sentido, afirmó que las políticas públicas deben garantizar «el nivel de vida más alto posible», especialmente en materia de salud, rehabilitación e integración social.

Continuar leyendo

Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

el

¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

Continuar leyendo

Río Negro

Río Negro abre cursos digitales gratuitos junto a Fundación YPF

Las propuestas son Data Analytics + IA y Project Management + IA. Ambas son de nivel inicial.

el

El Gobierno de Río Negro abrió la inscripción a dos cursos digitales gratuitos, junto a Fundación YPF, para mayores de 18 años de Sierra Grande, Valcheta y San Antonio Oeste, con foco en las habilidades del futuro laboral.

Las propuestas son Data Analytics + IA y Project Management + IA. Ambas son de nivel inicial y se dictarán a través del programa Energía Digital de Fundación YPF a partir del 18 de agosto.

Formación para ser protagonistas del futuro

Las capacitaciones brindarán herramientas vinculadas con el análisis de datos, la Inteligencia Artificial y la gestión de proyectos, competencias que adquieren un papel cada vez más relevante en el mundo del trabajo.

La iniciativa forma parte del rumbo de desarrollo productivo y energético que impulsa la Provincia, con el objetivo de que el crecimiento de Río Negro se traduzca en más conocimientos, oportunidades y preparación para sus habitantes.

En esta etapa, la convocatoria está destinada a personas mayores de 18 años con residencia en Sierra Grande, Valcheta y San Antonio Oeste, tres localidades estratégicas de la región Atlántica.

Una agenda conjunta de formación y desarrollo

La propuesta profundiza el trabajo articulado entre el Gobierno de Río Negro y Fundación YPF, que sostienen una agenda común orientada a la capacitación, el empleo y el desarrollo territorial.

Con estas herramientas, la Provincia busca acompañar a las comunidades y preparar a las y los rionegrinos para que puedan ser protagonistas de las transformaciones productivas y tecnológicas que ya están en marcha.

Cómo inscribirse

Las personas interesadas pueden completar la inscripción a través de los siguientes enlaces:

Data Analytics + IA: https://lab.fundacionypf.org/formacion-digital/energia-digital/data-analytics–ia

Project Management + IAhttps://lab.fundacionypf.org/formacion-digital/energia-digital/project-management–ia

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement