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Judiciales

Imponen diez años de prisión a un hombre de Roca por abuso sexual y corrupción de menores

Los hechos que se le imputan ocurrieron entre febrero de 2013 y septiembre de 2014 en esta ciudad, cuando la víctima tenía entre 13 y 14 años.

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La Cámara Criminal Tercera de Roca condenó este viernes a un hombre a 10 años de prisión, al declararlo autor penalmente responsable de los delitos de «abuso sexual simple, reiterado en un número indeterminado de veces, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, todo en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores agravada por el uso de amenazas».

El Tribunal dispuso además que se asegure el tratamiento psicológico a la víctima, tal como solicitó la madre de la adolescente en la audiencia de juicio.

Sobre el imputado, la Cámara mantuvo las medidas restrictivas que pesaban sobre él desde la etapa de instrucción y agregó la prohibición de salida del país. El incumplimiento de cualquiera de esas pautas importará la orden de inmediata detención.

El Tribunal, por último, comunicó la decisión al Consejo de Educación de la Provincia, «a los efectos que correspondan» y «sin perjuicio de no estar firme el presente fallo, en atención al carácter de empleado público del condenado (portero de un colegio de la provincia) y a la naturaleza del delito reprochado, contra una menor víctima».

El imputado, E.G.M., tiene 55 años y domicilio en Roca. Los hechos que se le imputan ocurrieron entre febrero de 2013 y septiembre de 2014 en esta ciudad, cuando la víctima tenía entre 13 y 14 años. Los abusos fueron cometidos en la casa de la víctima y del imputado, ubicadas por entonces en domicilios vecinos. Además el hombre aprovechó su condición de padrino de la menor de edad y, de acuerdo con la acusación que sostuvo en el juicio el Fiscal de Cámara Andrés José Nelli, además de amenazar a la víctima, el imputado intentaba justificar sus actos afirmando que «le estaba enseñando a ella lo que tenía que hacer con su marido si se casaba».

La fiscalía solicitó 10 años de prisión en su alegato y a esa acusación adhirió la Defensora de Menores Alicia Terraza. Por su parte, el defensor particular Jorge Crespo solicitó la absolución plena del imputado, sosteniendo una versión alternativa sobre los hechos y una situación de conflicto previa entre el acusado y la familia de la menor de edad.

El Tribunal, con voto rector del juez Fernando Sánchez Freytes y adhesión de sus pares Laura Pérez y Verónica Rodríguez, concluyó que «los dichos exculpatorios del imputado carecen de asidero probatorio y jurídico» y que «ha quedado acreditado, con la certeza necesaria que reclama la instancia (…) la existencia de los hechos denunciados y la intervención en los mismos por parte de E.G.M.».

«La lógica, el sentido común y la experiencia en juzgar este tipo de delitos indican que todos estos comportamientos han sido idóneos para corromper a la menor víctima. En efecto, toda persona tiene derecho a poseer incólumne la normalidad del trato sexual y también el de optar qué conducta sexual tendrá en su vida»; es por eso que la Ley sanciona el delito de corrupción, como «toda interferencia en el camino de formación de la sexualidad o el regular desarrollo de ella en la persona de la víctima».

A la hora de graduar la pena en Tribunal valoró como agravantes «el conocimiento y compromiso personal» que tenía el imputado con la víctima, por ser su padrino; la edad de la misma y el daño causado, entre otros elementos.

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No hizo el trámite a tiempo y su concubino falleció: Reconocen el derecho de una mujer sobre el inmueble que construyeron juntos

Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.

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Un fallo reconoció el derecho de una mujer sobre el 50% de un inmueble ubicado en el balneario Las Grutas, tras un complejo proceso de usucapión. El terreno había sido cedido por la Municipalidad a un hombre. Cuando falleció, no se había concretado la adjudicación definitiva. Los hijos continuaron el trámite y la comuna, finalmente les otorgó el lote a su nombre.

Entonces, la concubina realizó una presentación contra la Municipalidad en el Juzgado Multifueros de San Antonio. La comuna argumentó que cumplió con el trámite y que la mujer no intervino en el momento y lugar que correspondía. Lo mismo argumentaron los herederos. En efecto, la señora debió haber realizado antes el procedimiento para ser co-titular.

En el expediente se probó que como pareja habían iniciado juntos la construcción de la vivienda en el 1992. Incluso ella amplió la casa luego de la muerte de su pareja.

En su demanda, la mujer relató que la vivienda fue edificada con sus ahorros personales -provenientes de la venta de una casa anterior y de su labor como enfermera-, además del esfuerzo conjunto con su pareja y albañiles contratados. La casa de dos plantas cuenta con living, cocina comedor, dormitorios, baños, paredones perimetrales y jardín.

El fallo valoró especialmente la participación activa y continua de la mujer en la construcción, mantenimiento y mejora del inmueble, así como el pago de tasas, impuestos y servicios durante más de tres décadas. También se destacó la ampliación de la vivienda realizada en 2017, ya fallecida su pareja.

La jueza interviniente subrayó la histórica invisibilización de los derechos patrimoniales de las mujeres, particularmente en el ámbito de la vivienda. Recordó que en décadas anteriores era frecuente que los bienes se inscribieran a nombre del varón, incluso cuando las mujeres habían contribuido significativamente a su adquisición o construcción.

Citó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), incorporada a la Constitución Nacional. La magistrada sostuvo que los actos realizados por la actora no fueron gestos simbólicos, sino intervenciones materiales que demuestran una clara intención de poseer como dueña, con base en el esfuerzo propio y una relación activa y sostenida con el inmueble.

En consecuencia, se resolvió admitir parcialmente la demanda. Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.

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El Poder Judicial convocó a concurso para cubrir cargos administrativos en Roca

Los postulantes aprobados podrán ser convocados para cubrir vacantes que se generen durante los próximos dos años, en función de las necesidades de cada organismo.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) llamó a un concurso público externo para el ingreso de personal administrativo en la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la localidad de Roca. La decisión se adoptó mediante la Resolución STJ N° 320/2025.

El nuevo llamado responde al agotamiento del orden de mérito vigente correspondiente al anterior proceso de selección. La convocatoria se enmarca en el rediseño de los esquemas de ingreso establecidos en el Plan Estratégico Consensuado del Poder Judicial, que modificó varios artículos del Reglamento Judicial a través de sucesivas acordadas.

Según lo dispuesto, las personas interesadas podrán inscribirse únicamente a través del sitio web oficial del Poder Judicial entre el 12 y el 23 de mayo. Para ello, deberán completar un formulario digital y cumplir con los requisitos establecidos, entre ellos, tener nacionalidad argentina o residencia permanente, ser mayores de edad, contar con estudios secundarios completos y no registrar sanciones recientes dentro del Poder Judicial provincial.

El proceso de selección estará compuesto por tres etapas diferenciadas. En primer lugar, una etapa clasificatoria que incluirá inscripción, examen virtual de saberes generales y evaluación presencial de resolución de problemas y comprensión de textos. Luego, una etapa evaluativa abarcará exámenes sobre el funcionamiento del Poder Judicial y contenidos específicos según ejes temáticos, análisis de antecedentes, dinámica grupal y entrevista individual. Finalmente, se conformarán los órdenes de mérito por cada eje temático, con base en calificaciones iguales o superiores a 70 puntos.

Los postulantes aprobados podrán ser convocados para cubrir vacantes que se generen durante los próximos dos años, en función de las necesidades de cada organismo. La aprobación del concurso en uno de los ejes temáticos no implicará aprobación automática en los restantes.

El jurado examinador estará integrado por profesionales designados por la presidencia del Tribunal, quienes también definirán los temarios, fechas de exámenes y criterios de evaluación. Además, un equipo técnico supervisará la dinámica grupal, y un representante del sindicato podrá intervenir como veedor del proceso.

Las personas seleccionadas accederán a la estabilidad en el cargo tras seis meses de desempeño efectivo. La difusión y notificación del concurso se realizará principalmente a través del portal institucional, con publicaciones complementarias en medios oficiales.

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Crimen de Julián Dobra: Hay cuatro sospechosos detenidos

Se realizaron 20 allanamientos en simultáneo en diferentes puntos de Roca. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

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El Ministerio Público Fiscal encabezó en la mañana de hoy (08/05) 20 allanamientos simultáneos que la Policía de Río Negro realizó en diversos domicilios de la ciudad de General Roca. Hay cuatro personas detenidas, por su presunta implicancia en la desaparición y posterior homicidio de Julián Dobra de la Canal.

Durante las próximas horas el equipo de la Fiscalía analizara evidencia para precisar el contenido de futuras instancias procesales. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

En la solicitud de allanamientos que el Juez en turno autorizó el martes, también habilitó que sean requisadas de aquellas personas mayores de edad que se encontraban en los domicilios y los vehículos. Los operativos se desarrollaron en los barrios 36 viviendas, Fiske Menuco, barrio Nuevo, Quinta 25, Malvinas, el radio céntrico y diversas tomas de la ciudad.

El pedido realizado en el marco de la investigación preliminar iniciada con la Brigada de Investigaciones al momento de denunciarse la desaparición del hombre, tuvo como objetivo el secuestro de teléfonos celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, calzados y cualquier tipo de elemento que hubieran podido pertenecer a la víctima o a su vehículo. La medida fue solicitada por la Fiscalía y su gestión se realizó en absoluta reserva para evitar cualquier entorpecimiento.

Como resultante a las personas que fueron demoradas, previa autorización jurisdiccional, se le realizó la extracción de muestras de ADN mediante hisopado, muestra odoríferas y se secuestraron sus prendas de vestir. Todos esos elementos, así como los celulares, serán peritados y cotejados con aquellos rastros obtenidos en el marco de la investigación en curso buscando evidencia que permita su vinculación al homicidio.

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