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Judiciales

Imponen diez años de prisión a un hombre de Roca por abuso sexual y corrupción de menores

Los hechos que se le imputan ocurrieron entre febrero de 2013 y septiembre de 2014 en esta ciudad, cuando la víctima tenía entre 13 y 14 años.

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La Cámara Criminal Tercera de Roca condenó este viernes a un hombre a 10 años de prisión, al declararlo autor penalmente responsable de los delitos de «abuso sexual simple, reiterado en un número indeterminado de veces, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, todo en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores agravada por el uso de amenazas».

El Tribunal dispuso además que se asegure el tratamiento psicológico a la víctima, tal como solicitó la madre de la adolescente en la audiencia de juicio.

Sobre el imputado, la Cámara mantuvo las medidas restrictivas que pesaban sobre él desde la etapa de instrucción y agregó la prohibición de salida del país. El incumplimiento de cualquiera de esas pautas importará la orden de inmediata detención.

El Tribunal, por último, comunicó la decisión al Consejo de Educación de la Provincia, «a los efectos que correspondan» y «sin perjuicio de no estar firme el presente fallo, en atención al carácter de empleado público del condenado (portero de un colegio de la provincia) y a la naturaleza del delito reprochado, contra una menor víctima».

El imputado, E.G.M., tiene 55 años y domicilio en Roca. Los hechos que se le imputan ocurrieron entre febrero de 2013 y septiembre de 2014 en esta ciudad, cuando la víctima tenía entre 13 y 14 años. Los abusos fueron cometidos en la casa de la víctima y del imputado, ubicadas por entonces en domicilios vecinos. Además el hombre aprovechó su condición de padrino de la menor de edad y, de acuerdo con la acusación que sostuvo en el juicio el Fiscal de Cámara Andrés José Nelli, además de amenazar a la víctima, el imputado intentaba justificar sus actos afirmando que «le estaba enseñando a ella lo que tenía que hacer con su marido si se casaba».

La fiscalía solicitó 10 años de prisión en su alegato y a esa acusación adhirió la Defensora de Menores Alicia Terraza. Por su parte, el defensor particular Jorge Crespo solicitó la absolución plena del imputado, sosteniendo una versión alternativa sobre los hechos y una situación de conflicto previa entre el acusado y la familia de la menor de edad.

El Tribunal, con voto rector del juez Fernando Sánchez Freytes y adhesión de sus pares Laura Pérez y Verónica Rodríguez, concluyó que «los dichos exculpatorios del imputado carecen de asidero probatorio y jurídico» y que «ha quedado acreditado, con la certeza necesaria que reclama la instancia (…) la existencia de los hechos denunciados y la intervención en los mismos por parte de E.G.M.».

«La lógica, el sentido común y la experiencia en juzgar este tipo de delitos indican que todos estos comportamientos han sido idóneos para corromper a la menor víctima. En efecto, toda persona tiene derecho a poseer incólumne la normalidad del trato sexual y también el de optar qué conducta sexual tendrá en su vida»; es por eso que la Ley sanciona el delito de corrupción, como «toda interferencia en el camino de formación de la sexualidad o el regular desarrollo de ella en la persona de la víctima».

A la hora de graduar la pena en Tribunal valoró como agravantes «el conocimiento y compromiso personal» que tenía el imputado con la víctima, por ser su padrino; la edad de la misma y el daño causado, entre otros elementos.

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Dictaron prisión preventiva para el camionero que manejaba con 4,20 g de alcohol en sangre, chocó en la Ruta 22 y se dio a la fuga

El imputado, oriundo de Salta, embistió a dos vehículos y terminó provocando que uno caiga a un desagüe. Además, un hombre sufrió heridas de gravedad.

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Foto: Archivo.

Un hombre oriundo de la provincia de Salta fue acusado este lunes (19/01) por el delito de lesiones graves culposas doblemente agravadas, tras protagonizar un grave siniestro vial mientras conducía con exceso de alcohol en sangre y posteriormente darse a la fuga. La jueza de Garantías dispuso su prisión preventiva por el plazo de 2 meses.

Según expuso la fiscal de feria durante la audiencia que se realizó esta mañana, el hecho ocurrió el pasado sábado (17/01), cerca de las 19 horas, sobre la Ruta Nacional N° 22 y calle Mendoza, en uno de los accesos principales a la ciudad de General Roca y donde funcionan semáforos.

El acusado circulaba en sentido este-oeste a bordo de un camión Mercedes Benz, perteneciente a una empresa de transporte, de manera imprudente y antirreglamentaria, cuando impactó desde atrás a un Chevrolet Meriva. Como consecuencia del choque, este vehículo colisionó por alcance a un Renault Kwid y terminó cayendo al interior de un desagüe.

Producto del impacto, el conductor del Chevrolet Meriva sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura de pelvis.

Tras el siniestro, el conductor del camión fue trasladado a la Unidad del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca, pero se dio a la fuga mientras el personal policial realizaba las actas correspondientes. Al día siguiente se presentó de forma voluntaria en la unidad policial y quedó detenido.

El test de alcoholemia practicado en el lugar del hecho arrojó un resultado de 4,20 mililitros de alcohol en sangre.

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La Justicia de Roca otorgó a un padre el cuidado exclusivo de su hija tras episodios de abandono de su madre

La mujer dejó a la niña sola en un taxi y luego en una terminal de ómnibus.

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El fuero de Familia de General Roca resolvió otorgar el cuidado personal unilateral de una niña a su padre, luego de acreditarse reiteradas situaciones de desprotección y negligencia por parte de la madre, que pusieron en riesgo su bienestar.

Según se desprende del expediente, cuando la niña tenía apenas un año, su madre la subió sola a un taxi y la envió al lugar de trabajo del padre. Al llegar, el hombre no se encontraba allí, lo que expuso a la menor a una grave situación de vulnerabilidad. Años más tarde, el episodio se repitió cuando la mujer dejó nuevamente sola a la niña, esta vez en una terminal de ómnibus.

En ambas oportunidades fue el padre quien asumió de manera inmediata el cuidado de su hija. Frente a estos antecedentes, y con el objetivo de garantizarle un entorno estable, seguro y afectivo, el hombre recurrió a la Justicia y solicitó el cuidado exclusivo de la menor.

Durante el proceso judicial se incorporó un informe socioambiental, que describió un hogar monoparental en el cual el padre organiza su actividad laboral en función de las necesidades de la niña. Si bien se señalaron carencias materiales en la vivienda, el informe concluyó que el entorno resulta apto para la crianza, destacando además que la menor asiste regularmente a la escuela y recibe atención psicológica.

La Defensora de Menores dictaminó a favor del otorgamiento del cuidado personal unilateral al padre, en atención al interés superior de la niña, valorando también la ausencia procesal de la madre y las pruebas que acreditaron conductas negligentes.

En su resolución, la jueza subrayó que la madre, pese a haber sido debidamente notificada del inicio de la demanda y de las audiencias fijadas, no compareció en ninguna instancia del proceso, lo que fue interpretado como un claro desinterés por la situación de su hija.

«El interés superior del niño es el lineamiento rector en todas las cuestiones en que este se halle afectado; la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos», sostuvo la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El fallo remarcó que, si bien ambos progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, el cuidado personal puede ser atribuido de forma unilateral cuando existen razones fundadas que lo justifiquen, como ocurrió en este caso. Además, se recomendó la continuidad de un abordaje terapéutico integral y el acompañamiento profesional para la niña.

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Violencia de género en el barrio Malvinas: Un hombre quedó detenido tras una brutal agresión

El ataque ocurrió en una vivienda del barrio Malvinas y fue frenado por la intervención policial.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por un grave hecho de violencia de género ocurrido el pasado martes (13/01) en una vivienda del barrio Malvinas, en General Roca, donde una mujer fue agredida física y verbalmente en presencia de los tres hijos que ambos tienen en común.

Según se expuso en la audiencia, el imputado llegó al domicilio y comenzó a increpar e insultar a la víctima, para luego golpearla violentamente en distintas partes del cuerpo. En la vivienda se encontraban los hijos de la mujer, quienes presenciaron el ataque. La hija mayor, de 14 años, intentó proteger a sus hermanos menores mientras daba aviso a su abuelo. Al mismo tiempo, un vecino que escuchó los gritos alertó al sistema de emergencias 911.

La rápida llegada de personal policial, junto con el padre de la mujer, permitió frenar la agresión. Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió múltiples lesiones que incluso le impidieron desplazarse por sus propios medios.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía se incluyeron el registro de la llamada al 911, el acta de denuncia penal, certificados médicos que acreditan lesiones múltiples -calificadas como leves según el tiempo de curación- y el resultado del test de alcoholemia practicado al imputado. Además, se informó que se dio intervención a la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).

Durante la audiencia, la defensa se opuso al pedido de prisión preventiva y propuso medidas alternativas, como prohibición de acercamiento, dispositivos duales y acciones vinculadas al tratamiento por consumo problemático de alcohol, con el objetivo de que el imputado pudiera continuar con su actividad laboral.

La Fiscalía, en tanto, sostuvo la necesidad de la prisión preventiva debido a la gravedad del hecho, el riesgo para la víctima y la necesidad de garantizar el normal desarrollo del proceso penal.

Finalmente, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y resolvió dictar la prisión preventiva del imputado, además de prohibir todo tipo de contacto con la víctima.

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