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El STJ dio a conocer el fallo completo del caso Vera

Hace una semana el máximo órgano judicial de la provincia confirmó la condena de prisión perpetua al policía Jorge Villegas.

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El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia dictada el 10 de marzo pasado por la Cámara Criminal Tercera de Roca y convalidó la condena de prisión perpetua impuesta al sargento de la Policía Rionegrina Jorge Villegas por el homicidio calificado del que fue víctima el joven Pablo Vera.

El máximo tribunal provincial declaró «mal concedido» el recurso de casación interpuesto por la defensa, en una sentencia dictada el pasado 22 de diciembre, con voto rector del juez Ricardo Apcarián y la adhesión de sus pares Enrique Mansilla y Adriana Zaratiegui.

El imputado fue condenado «como autor del delito de homicidio calificado por la calidad de autor y por la utilización de arma de fuego» a la pena de prisión perpetua e inhabilitación especial para ejercer cargos en fuerzas públicas policiales y/o de seguridad.

En su casación, la defensa -ejercida por entonces por el defensor particular Juan Luis Vincenty- cuestionó parte de la prueba incorporada, sostuvo que existió un «absurdo en la valoración de la prueba» y repudió la desestimación de la hipótesis defensista, por la cual se afirmaba que el disparo que dio muerte a Vera «se produjo en el marco de un forcejeo entre ambos, provocado por el acometimiento de la ulterior víctima con intenciones de despojar del arma ya cargada que Villegas blandía”.

En otro tramo la defensa alegó «un actuar justificado -legítima defensa de la propia vida- y, a todo evento, un estado de necesidad exculpante (art. 34 inc. 2º del Código Penal)» y sostuvo que existió «un error de juicio» al aplicar «la agravante ligada al abuso de la función policial», dado que el policía se encontraba de licencia y que «lo súbito y sorpresivo del desenlace, hace que pierda toda razonabilidad la estimación de que habría obrado con conciencia de abusar de su función o cargo».

Finalmente, solicitó en el recurso que se absuelva al imputado por aplicación del beneficio de la duda (art. 4 del Código Procesal Penal) y subsidiariamente la aplicación de una figura atenuada equiparable con un homicidio «culposo» por exceso en la legítima defensa (art. 35 del Código Penal). El STJ, en su sentencia, analizó y rechazó uno por uno los agravios de la defensa.

«Es obvio que ninguna racionalidad en el medio empleado, estado de necesidad o legitimidad en el ejercicio de la autoridad o cargo podría pretenderse para el supuesto del disparo con el arma de fuego reglamentaria, a corta distancia, por la espalda, con orificio de entrada en la zona occipital, para evitar la huida de la víctima que había sido sorprendida metros atrás e instantes antes, intentando sustraer el vehículo particular del imputado», se sostuvo en el fallo.

Además, el STJ convalidó el razonamiento de la jueza Laura Pérez, autora del voto rector de la condena dictada por la Cámara roquense, quien manifestó: “La corrida encuentra corroboración en las distancias que se han dado por probadas (…) Claramente, la distancia en que cayó el cuerpo hasta el auto, donde fue encontrada la víctima por Villegas, desvirtúa y descarta la posible existencia de un forcejeo y corrobora la versión de la corrida y que fue seguido hasta el lugar conde cayó».

Finalmente, el máximo tribunal provincial recalcó que la correcta desestimación de las causales de legítima defensa o estado de necesidad llevan necesariamente a rechazar también un posible «exceso» en esas figuras, descartándose en consecuencia el pedido subsidiario de una pena atenuada formulado por la defensa.

Cabe señalar que la condena aún no se encuentra firme, pues la defensa técnica tiene la posibilidad de interponer un Recurso Extraordinario Federal y eventualmente un Recurso de Queja. Por tal motivo, la actual detención del imputado responde a la medida cautelar de prisión preventiva confirmada por el Superior Tribunal de Justicia en su sentencia del pasado 7 de julio.

El hecho

Al dictarse la condena se tuvo por acreditado que el 25 de septiembre de 2014, a las 06:50 hs. en la calle España de Roca, entre Isidro Lobo y Rohde, Villegas salió de su vivienda con su arma reglamentaria y «sorprendió en la calle a una persona (Pablo Vera) que se encontraba realizando actos ejecutivos a fin de robarle su automóvil». Al advertir la presencia del policía, Vera «sale corriendo, escapando del lugar, perseguido por Villegas, quien lo hacía con su arma reglamentaria en la mano y cargada, para aprehenderlo, ocasión en que a pocos metros, abusando de sus funciones, se produce un disparo por parte de Villegas». El disparo se produjo a una distancia no mayor a los 2,5 centímetros e impactó en la cabeza de Vera, «en zona occipital, de atrás hacia adelante, de izquierda a derecha y de abajo hacia arriba (…) provocándole la muerte».

También se acreditó que entre el auto de Villegas y el lugar donde se produjo el disparo y la caída de Vera existía una distancia de entre 15 y 16 metros.

FALLO COMPLETO CASACIÓN VILLEGAS SOBRE HOMICIDIO CALIFICADO

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Solicitaron condenar a cuatro policías por torturas y otros delitos contra adolescentes

La Fiscalía solicitó que uno de los acusados sea considerado autor y los otros tres partícipes necesarios. Las defensas pidieron la absolución.

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La Fiscalía solicitó que cuatro empleados policiales sean declarados responsables penalmente por los delitos de torturas en concurso ideal con lesiones leves calificadas por su carácter de funcionarios policiales, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma, en un hecho que tuvo como víctimas a adolescentes.

Durante los alegatos, el fiscal del caso, Gastón Ezequiel Britos Rubiolo, pidió que uno de los acusados sea considerado autor y que las dos mujeres y el otro hombre sean declarados partícipes necesarios. Las defensas penales y las dos defensas particulares solicitaron la absolución de los cuatro acusados.

La Fiscalía sostuvo durante su exposición que los cuatro policías habrían realizado distintas acciones posteriores al hecho destinadas a generar confusión respecto de quién había intervenido directamente. Entre ellas mencionó el pedido de documentación al Servicio Integral de Atención de Emergencias de Río Negro (SIARME) sobre la atención brindada a los adolescentes, cambios en las versiones previas a la formulación de cargos y una reunión realizada en forma reservada.

Britos Rubiolo sostuvo que los acusados formaban parte del aparato policial y que, desde esa función, tenían el deber de proteger a los adolescentes. También pidió que la valoración de la prueba se realizara desde la perspectiva de los derechos de niños y adolescentes.

El fiscal señaló que las declaraciones realizadas en Cámara Gesell resultaron concordantes con otros elementos incorporados durante el juicio, incluidos testimonios directos e indirectos y los aportados por trabajadoras del SIARME.

Uno de los puntos analizados estuvo relacionado con una escopeta y las distintas versiones brindadas por personal policial no imputado respecto de su utilización. Según la Fiscalía, existieron contradicciones sobre si el arma era utilizada preventivamente durante la noche, para situaciones de tumultos o por personal autorizado.

También fueron señaladas diferencias respecto de la confección de los partes diarios relacionados con el uso de determinadas armas.

En relación con las lesiones, la Fiscalía destacó que la familia de uno de los adolescentes aportó el perdigón extraído de su cuerpo y que fue esa familia la que se comunicó con la Fiscalía y realizó la denuncia penal al día siguiente.

Según explicó Britos Rubiolo, el perdigón encontrado en el muslo de uno de los adolescentes correspondía a la escopeta y el disparo se habría producido mediante un rebote contra el suelo, con una trayectoria de abajo hacia arriba.

Respecto de los cortes que presentaban los adolescentes, el fiscal sostuvo que fueron producidos de manera intencional y descartó que se hubieran originado por el contacto con vegetación.

Las defensas cuestionaron la reconstrucción fiscal. La defensora penal pública Flavia Rojas sostuvo que su asistida no colaboró con las acciones atribuidas a su compañero y que, por el contrario, le habría pedido que cesara.

Planteó además que la mujer se encontraba en una situación de desigualdad frente a su superior jerárquico y solicitó que el caso fuera analizado con perspectiva de género.

Por su parte, el defensor penal público Juan Pablo Chirinos cuestionó la extensión temporal atribuida al hecho y sostuvo que el procedimiento habría durado aproximadamente 30 minutos. También señaló que su asistido no fue quien descendió del patrullero con la escopeta. Las restantes defensas particulares también solicitaron la absolución de sus asistidos.

El Tribunal Colegiado dará a conocer su resolución el próximo jueves (24/09), a las 11, en los Tribunales de General Roca.

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Quedó imputado y detenido el hombre acusado de un violento ataque contra una joven de 20 años

El hecho ocurrió el sábado en un departamento de calle Brasil al 600. La víctima logró escapar y fue auxiliada por vecinas.

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Un hombre fue imputado por tentativa de femicidio, privación ilegítima de la libertad y tentativa de abuso sexual con acceso carnal, por un violento episodio que habría tenido como víctima a una joven de 20 años el pasado sábado (19/09) en General Roca. La jueza de Garantías María Gadano dispuso que permanezca detenido con prisión preventiva hasta el 30 de diciembre.

Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió entre las 20 y las 21.30 en un departamento ubicado sobre calle Brasil al 600. El imputado se encontraba allí junto a la joven y, de acuerdo con la Fiscalía, la habría obligado a consumir marihuana.

Ante la negativa de la víctima, el hombre habría comenzado a golpearla con una madera en distintas partes del cuerpo. Además, mientras la agredía, le habría manifestado que iba a matarla y habría intentado ahorcarla, provocando que por algunos instantes perdiera el conocimiento.

Cuando recuperó la conciencia, la joven se habría encontrado con el imputado intentando abusar sexualmente de ella. Según la acusación, logró sacárselo de encima y escapar del departamento.

Ya en el exterior, el hombre la habría perseguido portando un cuchillo Tramontina, hasta que la joven fue auxiliada por vecinas del complejo, quienes dieron aviso a la Policía.

La Fiscalía, integrada por la fiscal jefa Graciela Echegaray, la fiscal del caso Celeste Benatti y la adjunta Gimena Ducca, sostuvo que la intervención de las vecinas y posteriormente de la Policía permitió evitar que el acusado concretara su objetivo.

Entre los elementos reunidos para la formulación de cargos se encuentran el acta del procedimiento realizado por la Comisaría 3° tras el llamado al 911, las entrevistas a las vecinas, la denuncia realizada por la víctima y el acta del allanamiento efectuado en la vivienda.

Durante ese procedimiento, el Gabinete de Criminalística secuestró distintos elementos considerados de interés para la investigación, entre ellos un teléfono celular, un cuchillo, prendas de vestir y ropa de cama con manchas de coloración rojiza.

También fueron incorporadas la historia clínica correspondiente a la atención recibida por la joven por parte del SIARME y en el hospital local, además del análisis realizado por el Cuerpo de Investigación Forense.

Al fundamentar el pedido de prisión preventiva, la Fiscalía destacó la gravedad de los hechos y el contexto de violencia de género. También planteó la existencia de riesgo de fuga y señaló que el imputado cuenta con un procesamiento dictado por la Justicia Federal el pasado 24 de agosto (vinculada con la muerte de Teo Vázquez) y que su arraigo sería endeble.

Respecto del rie.sgo de entorpecimiento, la Fiscalía sostuvo que es necesario garantizar que la víctima pueda declarar durante el juicio sin temor y recordó que intervino la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) debido a su situación de vulnerabilidad.

La acusación también señaló que todavía quedan medidas de prueba pendientes, entre ellas análisis que serán enviados al Laboratorio Regional de Genética Forense del Ministerio Público, con sede en Bariloche, y el peritaje del teléfono secuestrado, que será realizado por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) de Viedma.

La defensa particular cuestionó las calificaciones de tentativa de homicidio, tentativa de abuso sexual y privación ilegítima de la libertad. Además, pidió que la prisión preventiva fuera reemplazada por una prisión domiciliaria con pulsera electrónica.

Finalmente, la jueza Gadano tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por la Fiscalía y dispuso la prisión preventiva hasta el 30 de diciembre. El plazo de investigación penal preparatoria fue fijado en cuatro meses.

La magistrada solicitó expresamente que, en caso de difundirse información sobre el expediente, no se haga referencia al nombre de la víctima, tanto en medios de comunicación como en otras manifestaciones públicas.

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Violencia de género: Le formularán cargos al joven detenido en Roca

El joven, de 22 años, quedó a disposición de la Justicia provincial tras un episodio ocurrido en una vivienda de Brasil al 600. También se encuentra procesado en una causa federal vinculada con la muerte de Teo Vázquez.

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Un joven de 22 años fue detenido en Roca tras un episodio de violencia de género y quedó a disposición de la Justicia provincial. Al mismo tiempo, se encuentra procesado en una causa que tramita ante la Justicia Federal de Roca y que está vinculada con la muerte de Teo Vázquez, ocurrida en enero de 2024.

En ese expediente, el juez federal Hugo Greca dispuso su procesamiento por su presunta responsabilidad en el suministro de sustancias que, de acuerdo con la hipótesis incorporada a la investigación, habrían contribuido al cuadro que provocó el fallecimiento de la joven.

Su situación procesal en esa investigación corresponde exclusivamente al ámbito de la Justicia Federal. Tanto el procesamiento como las medidas cautelares adoptadas y las condiciones establecidas para que continúe en libertad durante el avance de la causa son decisiones propias de ese fuero.

La nueva detención corresponde a un hecho diferente. Personal de la Comisaría 3° intervino luego de un llamado por violencia de género y encontró a una joven herida y en estado de shock, quien recibió asistencia del Sistema Integral de Atención Rionegrina de Medicina de Emergencia (SIARME).

Según los primeros testimonios reunidos, dos vecinas observaron que el hombre sacó por la fuerza a la víctima hacia la vereda de una vivienda ubicada en Brasil al 600. Posteriormente, el joven regresó al lugar y fue reducido luego de resistirse a la intervención policial. Durante el cacheo, los efectivos secuestraron un cuchillo.

El joven quedó detenido a disposición de la Justicia provincial, que deberá determinar las medidas correspondientes en esta nueva investigación, iniciada por lesiones calificadas agravadas en contexto de género, atentado y resistencia a la autoridad.

De esta manera, se trata de dos investigaciones diferentes y bajo jurisdicciones distintas: una causa federal que continúa su trámite conforme a las decisiones adoptadas por ese fuero y un nuevo procedimiento provincial originado por la intervención de la Policía de Río Negro ante una situación de violencia.

La audiencia de formulación de cargos está prevista para hoy (21/09) en la Sala 6 de la Oficina Judicial de General Roca. La acusación estará a cargo del fiscal Gastón Ezequiel Britos Rubiolo. La investigación está caratulada como torturas en concurso ideal con lesiones leves calificadas por función policial, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma.

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