Sociedad
Nación aportará casi 5 millones de pesos para potenciar el Complejo Agroindustrial de Fernández Oro
“Estamos dando respuestas a nuestros productores”, destacó el coordinador del Ministerio del Interior para Río Negro, Juan Martín, presente durante la firma del convenio.

El gobierno nacional aportará $4.800.000 para dotar de infraestructura y servicios al Complejo Agroindustrial de Fernández Oro, a partir de un convenio firmado el miércoles entre el intendente de la localidad, Mariano Lavin y el subsecretario de Desarrollo Territorial del Ministerio de Agroindustria de la Nación, Felipe Crespo.
Según explicó el coordinador del Ministerio del Interior para Río Negro, Juan Martín, la inversión “permitirá fortalecer al sector cooperativo de la región. Con esta y con otras inversiones y políticas, estamos dando respuestas a nuestros productores”, sostuvo el funcionario.
El aporte contribuirá a la diversificación productiva de tres grupos cooperativos, uno de apicultores, otro de elaboradoras de dulces y otro de productores de hierbas aromáticas, mediante la mejora de las condiciones de trabajo que le facilitarán elaborar y comercializar sus productos en dicho complejo.
Las obras edilicias del complejo incluyen la terminación de tres plantas de uso cooperativo: la planta de extracción y fraccionamiento de miel; la planta comunitaria de elaboración de dulces, mermeladas y conservas y la planta de procesado y fraccionado de hierbas aromáticas, medicinales y extracción de aceites esenciales.
Esta obra «constituye un paso muy importante que le dará otra potencialidad a la región y para el productor que quiera producir la respuesta regional va a estar», según indicó el intendente de Fernández Oro, Mariano Lavin.
Por su parte, el subsecretario de Desarrollo Territorial del Ministerio de Agroindustria, Felipe Crespo, destacó que este proyecto “es sustentable y estamos saliendo de unos galpones que estaban parados a un complejo con grandes perspectivas de desarrollo».
El Complejo
El Complejo Agroindustrial está ubicado sobre la Ruta Nacional N° 22, Km 1.205, perteneciente al Departamento de General Roca.
Los beneficiarios en esta etapa son la Cooperativa de Transformación, Industrialización, Consumo y Comercialización de Apicultores, Agricultores y Ganaderos del Comahue Ltda; Cooperativa Mujeres de Oro en Acción y Cooperativa Agropecuaria y de Consumo Aromáticas Alto Valle Ltda.
El complejo se enmarca en un Proyecto de Desarrollo Agroindustrial Integral, que tiene como objetivo general la incorporación del agregado de valor a las producciones primarias, fomentando la cooperación como política de desarrollo local y regional, así como también impulsar las alianzas estratégicas.
Resulta imprescindible destacar la potencialidad apícola de la región de Comahue, que involucra las provincias de Río Negro y Neuquén. Dentro de los productos que se elaborarán y comercializaran en el Complejo Agroindustrial, se pueden mencionar: mieles, propóleos y ceras. Asimismo, existe como iniciativa la diversificación de productos apícolas con agregado de valor, tales como miel con frutos secos, mieles saborizadas e hidromiel, entre otros. Otro de los proyectos que se suman al objetivo de fortalecer a los productores es la concreción de un banco de insumos, elementos básicos para el trabajo apícola general, para sus asociados a precios diferenciales y también para los que quieran obtener los productos de manera particular.
En cuanto al sector de dulces y conservas, sus actividades específicas son la elaboración de salsas, aderezos, mermeladas de variadas frutas y conservas. Sin embargo, tienen la posibilidad de elaborar y desarrollar otros productos con el equipamiento que poseen; por ejemplo frutas y verduras deshidratadas, encurtidos, berenjenas, escabeches, frutas al natural, licores, etc.
Por último, los productos elaborados por el sector de aromáticas incluyen hierbas aromáticas disecadas, a granel o fraccionadas (orégano, romero, menta, lavanda, estragón francés, tomillo, salvia, ají molido picante y dulce); hierbas medicinales: ajenjo, aquilea, caléndula, centella asiática, cedrón, cola de caballo, estigma de maíz, eucaliptus, ginkgo biloba, jarilla, tilo y ortiga, entre otras; así como también la obtención de aceites esenciales que luego se utilizarán para elaboración cosméticos (jabones, shampoo, cremas y emulsiones).
Cultura
La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026
Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.
Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.
El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.
La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.
El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.
Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.
Roca
Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites
Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.
Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.
También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.
Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.
Judiciales
Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital
La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.
Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.
La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.
En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.
El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.
En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.
En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.
En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.
Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.
Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.
Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.





