Río Negro
Ministros y legisladores de Juntos apuran detalles del «Plan Castello»
Buscan que se apruebe la Ley que permite conseguir el financiamiento de entre 500 y 600 millones de dólares.

Legisladores del oficialismo rionegrino se reunieron durante dos horas con miembros del gabinete provincial para avanzar en los detalles de la Ley que se prepara para poner en marcha el denominado «Plan Castello», buscando apurar los tiempos en la presentación de inquietudes e iniciativas, de modo tal de aprovechar los mejores momentos del mercado para conseguir el financiamiento.
Asistieron, además de los diputados provinciales de Juntos Somos Río Negro, el secretario de Obras Públicas, Alejandro Echarren, el ministro de Gobierno, Luis Di Giácomo, y el ministro de Economía, Isaías Kremer.
También se avanzó en la definición de que una porción del fondo que se obtenga, será distribuido de manera directa a los Municipios, aunque desde Economía aclararon que resta precisar el mecanismo de distribución y repago por parte de las comunas, en función a la capacidad financiera de cada uno.
En todo momento, reafirmaron los presentes que se «trata de un plan de desarrollo que está por encima de los localismos y que tiene como meta incrementar la actividad económica de la provincia», lo que para Kremer significará «mejorar nuestro producto bruto provincial». Acotó además que «ver crecer a la provincia es lo importante».
«La participación de todos los intendentes en las reuniones de la última semana, fue muy importante en la búsqueda de los consensos necesarios, por lo que ahora son tiempos para avanzar en aspectos técnico-operativos y que el Ejecutivo dé forma al proyecto de Ley que se enviará a la Legislatura», sostuvo el presidente del Bloque de JSRN, Alejandro Palmieri.
Se coincidió en orientar los esfuerzos a «mejorar la matriz productiva de la provincia», ya que según explicó el ministro Kremer «hay una carencia de 30 o 40 años de un plan de este tipo en Río Negro».
Por su parte, Di Giácomo indicó que «se trata de un proyecto integral para desarrollar la provincia y cada una de sus regiones».
También quedó claro que «se están dando los pasos finales en la definición de los proyectos, los que determinarán el monto preciso del financiamiento, pero las estimaciones iniciales indican que rondará entre los 500 y 600 millones de dólares», comentaron los funcionarios.
«No se trata de hipotecar el futuro, más bien lo contrario, de querer ir para adelante, de hacer crecer la provincia con una mirada estratégica a pesar de la crisis», expresó la legisladora de Catriel, Viviana Germanier, mientras que el barilochense Alfredo Martín resaltó que una de las metas «es poder diversificar el horizonte productivo de la provincia, aprovechando las ventajas comparativas que Río Negro hoy presenta, y potenciar actividades económicas en las que queda mucho por crecer, como el sector turístico, agrícola y ganadero, entre otros».
Con el compromiso de avanzar en las definiciones finales de proyectos y cuestiones operativas, se repasaron los plazos, y se estima que la gestión de la emisión de los bonos, una vez aprobada la Ley, insumirá unos 6 meses. Teniendo en cuenta esos tiempos, consideraron importante que tanto el gobierno provincial, como los intendentes en la parte que les corresponde, avancen en las definiciones de las obras prioritarias a ser incluidas en el proyecto de Ley que el Ejecutivo pretende enviar a la Legislatura en algunas semanas.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».





