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Confirmaron prisión preventiva para De Piano

Desde el Tribunal valoraron la «alta probabilidad de una condena, y con ello la aplicación de una pena» que «podría no ser de ejecución condicional».

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La Cámara Criminal Segunda de Roca resolvió confirmar el procesamiento con prisión preventiva del imputado Oscar Gabriel De Piano como presunto autor del delito de «homicidio simple con dolo eventual», a raíz del siniestro vial ocurrido el 17 de enero en Roca, del que resultó víctima la ciudadana Claudia Segura.

Al voto rector de la jueza María Evelina García adhirió su par Gastón Martín, mientras que en disidencia sobre la calificación legal -no sobre la detención- se pronunció el juez Oscar Gatti.

En la introducción de su voto la jueza aclaró que la resolución de Cámara sólo puede limitarse a definir si el procesamiento dictado oportunamente por el juez de Instrucción Rubén Norry «está debidamente fundado». Sostuvo en ese sentido que algunos elementos de análisis incorporados por la defensa en la audiencia de apelación, referidos a la imputabilidad o no del acusado, no pueden ser tenidos en cuenta en esta resolución porque su incorporación al expediente fue posterior al procesamiento y deberán, entonces, ser analizados en instancias venideras del proceso.

Calificación legal

La mayoría confirmó la calificación de «homicidio simple con dolo eventual» destacando que De Piano, al embestir con su auto a la moto de la víctima, habría «conducido alcoholizado», excediendo «groseramente» la velocidad máxima permitida. Invocaron a testigos presenciales que describieron «una maniobra temeraria, alocada e incontrolable» y citaron de la resolución de Norry que «teniendo en cuenta que por su condición de residente en ese sector de la ciudad (…) tiene conocimiento del intenso tránsito de vehículos, motocicletas, ciclistas y peatones», por lo que «necesariamente tuvo que representarse como posible el resultado producido, no obstante a lo cual actuó con indiferencia y tomó a su cargo lo que podía ocurrir, acometiendo la acción no por simple ligereza» sino «con dolo eventual, porque aún sin intención directa o indirecta de delinquir, fue consciente del riesgo».

El Tribunal valoró que con la prueba disponible, principalmente informes médicos y psicológicos, «pese a la cantidad de alcohol en sangre (el imputado) era capaz de comprender la criminalidad de sus actos y de dirigir sus acciones».

Sosteniendo esa posición, señalada en la audiencia de apelación por los abogados querellantes Jorge Crespo y Marcelo Hertzriken Velasco y por el fiscal de Cámara Andés Nelli, el voto rector citó jurisprudencia que indica: “A quien actúa sin perseguir como fin directo la muerte de otro, pero con plena voluntad, y conociendo la posibilidad del resultado muerte y asintiendo a él, debe imputársele homicidio por dolo eventual”.

«No otra cosa se puede deducir de un conductor alcoholizado, anímicamente afectado, mal dormido –según él mismo contó, y habiendo consumido cocaína, capaz penalmente desde ya- (…) que decide subir a su vehículo -un auto muy potente y de alta e inmediata reacción como es ese Volkswagen Vento-, conducirlo y circular a alta velocidad, sobrepasando otros también a muy alta velocidad –la permitida sería entre 40 y 60 km/h e iba aproximadamente a más de 100-. ¿Qué duda cabría sobre que se representó el resultado lesivo y/o mortal? ¿Qué duda sobre que no obstante ello decidió actuar? Era la situación, lógica y estadísticamente hablando, mucho más factible de terminar como terminó que de no hacerlo», estableció el voto rector.

En oposición, el juez Gatti sostuvo que las circunstancias del choque «si bien denotan un marcado e inusitado obrar imprudente, temerario y antirreglamentario (…) no implican ‘per-se’ poder aseverar que efectivamente el nombrado, luego de haberse representado la mecánica de producción del incidente de tránsito, lo hubiera aceptado, consentido o le hubiera sido indiferente la producción del mismo». Por eso propuso modificar la calificación legal a la figura de «homicidio culposo agravado» (nuevo art. 84 bis del Código Penal) y advirtió que esa figura también admite la aplicación de penas de prisión efectiva -la escala penal va de 3 a 6 años de prisión- si eventualmente así lo definiera el Tribunal de Juicio «evaluando para ello la gravedad y magnitud del injusto».

Prisión preventiva

Con respecto a la detención, en forma unánime el Tribunal ordenó mantenerla por considerar acreditados, al menos por el momento, los riesgos procesales de peligro de fuga y/o entorpecimiento de la acción de la justicia.

El voto rector indica: «Es evidente (…) que el riesgo de ausentarse y desoír el llamado judicial está presente, en tanto tiene el Sr. De Piano la capacidad económica suficiente para irse -de la ciudad, de la provincia o del país- pero, principalmente, porque ya demostró que se fugaría (…) cuando no bien ocurrido el choque asciende intempestivamente al vehículo de la Sra. C., en la parte trasera, diciendo ‘…sacame de acá, me podés llevar…’, deseo y pedido que fue impedido por las personas presentes». Para el Tribunal, ese acto configuró «un ostensible intento de fuga».

También valoraron la «alta probabilidad de una condena, y con ello la aplicación de una pena» que «podría no ser de ejecución condicional».

«Motivos de prudencia y razonabilidad, analizando todo el panorama en su conjunto, nos llevan a pensar que no puede aguardar el juicio en libertad, porque como viene ocurriendo, lo más probable es que incumpla con su promesa de mantener el domicilio constituido y estar alerta al llamado judicial», concluyó la sentencia. Los tres jueces coincidieron, además, en la necesidad de «que llegue lo antes posible la causa a juicio para, de tal modo, satisfacer las expectativas y pretensiones de todos los integrantes del proceso».

Finalmente, el Tribunal indicó que la defensa puede reformular ante el juez de Instrucción sus pedidos sobre prisión domiciliaria, libertad bajo caución real o soluciones alternativas, por no ser la Cámara de Apelación la instancia apropiada para esos planteos.

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Quisieron robar un auto a la madrugada y terminaron detenidos

La dueña escuchó ruidos extraños fuera de su domicilio y se comunicó con la Policía.

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Este mediodía (30/06), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre y a una mujer por un intento de robo ocurrido ayer (29/06) a la madrugada en General Roca. Además solicitó la prohibición de acercamiento a dos domicilios y a dos personas.

Según la acusación fiscal, «alrededor de las 7 de la mañana del domingo, la pareja aprovechó que la víctima había dejado su auto en la vía pública, y actuando con un plan en común, habrían violentado el tambor de la cerradura de la puerta del conductor».

«Luego, se subieron al vehículo pero no terminaron de concretar su accionar ya que una de las damnificadas abrió la ventana de su casa que daba a la calle, verificó las cámaras de seguridad y dio aviso al personal policial», explicó la fiscal del caso.

Los dos sospechosos fueron reducidos por el personal de la Comisaría 3°, que tomó intervención en el hecho.

Forman parte del sustento probatorio de esta imputación el acta de procedimiento policial, la denuncia penal, las entrevistas, informes del Gabinete de Criminalística, el análisis de las cámaras de seguridad.

La Fiscalía solicitó además de la imputación, que ambos se abstengan de acercarse a las víctimas, como a dos domicilios.

Por su parte, el defensor público que asistió tanto a la mujer como al hombre no se opuso a la formulación de cargos como tampoco a la medida cautelar.

De esta manera, y tras escuchar a ambas personas imputadas, la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el delito de «tentativa de robo de vehículo dejado en la vía pública y amenazas», imputados por ser co-autores, y ordenó la prohibición de acercamiento.

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El acusado de dispararle a un joven en la zona norte, quedará 4 meses en prisión preventiva

Es mientras continúa la investigación. Es el único detenido por el hecho. La víctima continúa internada en el Hospital.

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Este mediodía (30/06), el equipo fiscal de turno formuló cargos a un hombre de 24 años por un hecho ocurrido el pasado viernes (27/06), alrededor de las 21.00 horas, cuando el imputado le habría disparado desde una motocicleta a la víctima. Además, tras el pedido fiscal, el sujeto quedó detenido cumpliendo prisión preventiva por el plazo de 4 meses.

Según la acusación fiscal, «el imputado se movilizaba en una moto junto a un menor de edad y en la esquina de O`Higgins y Kennedy habrían interceptado a la víctima que iba caminando junto con dos jóvenes más».

«El imputado, que iría de acompañante, utilizando un arma de fuego tipo revolver, que portaba sin la debida autorización legal, le habría efectuado a la víctima al menos cinco disparos con la finalidad de ultimarlo. Dos impactaron en el cuerpo del joven herido, otro en el codo del brazo derecho y el otro en el rostro sector infraorbitario izquierdo, causándole lesiones de carácter graves«, describió la fiscal del caso. Luego de los disparos, el imputado y su acompañante se dieron a la fuga.

La calificación legal por la cual se tuvieron por formulados los cargos es la de «tentativa de homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de un menor de edad en concurso real con portación ilegal de arma de fuego de uso civil», según los Artículos 79, 41 bis, 41 quáter, Art. 189 Bis 2º apartado 3º supuesto, 42, 55 y 45 del Código Penal.

Entre el sustento probatorio presentado por la Fiscalía para esta instancia se encuentra: la intervención de la Comisaría 21º, las entrevistas, actas de allanamientos concretados en el marco de este legajo, intervención del Gabinete de Criminalística y del Cuerpo de Investigaciones Judiciales, certificado del médico policial que constató que la víctima presentaba al momento del examen lesiones graves, historia clínica del joven que resultó herido, proporcionada por el área de salud pública, entre otros.

Luego la Fiscalía solicitó la prisión preventiva teniendo presente que «existen elementos de convicción suficiente para entender que el imputado es el autor del hecho, además sostenemos como peligro procesal el posible entorpecimiento a la investigación. Hay varios testigos que expresaron temor para prestar sus declaraciones, además que resta prueba por producir, entre ellas entrevistas, Cámara Gesell, análisis de cámaras, y de los proyectiles levantados en el lugar del hecho».

Por su parte, el defensor particular negó la autoría de su defendido en el hecho mencionado y se opuso a la aplicación de la medida cautelar, proponiendo una menos gravosa.

Finalmente, la jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos esgrimidos por la Fiscalía. En el mismo sentido lo hizo con la prisión preventiva. De esta manera, el imputado deberá cumplir con la medida cautelar por el plazo de 4 meses.

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Acuchilló a su pareja en medio de una discusión y quedó detenida

El hombre se encuentra internado en terapia intensiva. La herida fue a la altura del pulmón.

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Este mediodía (26/06) el Ministerio Público Fiscal formuló cargos y solicitó la prisión preventiva de una mujer de 52 años por el delito de lesiones graves agravadas por el vínculo. Pese a que el defensor público se opuso a la cautelar, la acusada continuará detenida por el plazo de un mes.

Según la acusación fiscal, el hecho habría ocurrido el pasado martes alrededor de las 2 de la tarde, en un domicilio ubicado en Rosario de Santa Fe al 3200 de General Roca.

«Previo mantener una discusión por celos, la imputada habría tomado un cuchillo de 33 centímetros de largo, con el fin de herir a su pareja, y le habría ocasionado una herida cortopunzante a la altura del pulmón», explicó la representante fiscal.

Tras el ataque, el hombre fue intervenido quirúrgicamente y «se encuentra en estado reservado en la Unidad de Terapia Intensiva», agregó la Fiscalía.

Entre el sustento probatorio mencionado se encuentra el acta de procedimiento confeccionado por la Comisaría 21° tras un llamado al 911, el croquis referencial del lugar del hecho, el acta de entrevistas a allegados de la señora y otras personas, a personal policial.

«Hemos consultado también los legajos obrantes en el fuero de Familia, donde pudimos advertir que la relación tenía historicidad de violencia», dijo la fiscal del caso.

Intervino el Gabinete de Criminalística, se secuestraron el cuchillo, ropa con manchas símil sangre, celulares tanto en el lugar del hecho como en el lugar donde el hombre se encuentra internado, se suma a la prueba el relevamiento fotográfico, la historia clínica del paciente, la intervención del Cuerpo de Investigación Forense (CIF) de la Segunda Circunscripción.

El defensor público explicó que, tras asistir a la mujer, no iba a prestar declaración.

En relación al pedido de la medida cautelar por un mes, la fiscal argumentó que «hay elementos de convicción suficientes sobre quien fue la autora del hecho, si bien la señora no tiene antecedentes penales la calificación legal por la que hoy formulamos los cargos dependerá del avance o no del estado de salud del hombre», aclaró.

«El peligro procesal invocado es el de posible entorpecimiento a la investigación, basándonos en los dichos de la mujer que referenciaron los policías. Además, en caso de mejorar la víctima, necesitamos que él pueda prestar su testimonio con tranquilidad sin temor a ser amedrentado por la señora», agregó la representante fiscal.

El defensor penal público se opuso al pedido fiscal, «toda la prueba está preservada, se realizaron los secuestros pertinentes, la víctima está internada, ¿qué es lo que podría condicionar mi asistida?. Para esta parte, ese riesgo no está del todo presente en este caso. Por eso solicitamos que recupere inmediatamente la libertad y propongo que se le otorgue prisión domiciliaria con dispositivo electrónico».

La jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos esgrimidos por la fiscalía. En relación a la medida cautelar explicó que «tal lo expuesto por el Ministerio Público Fiscal habría ocultamiento de prueba, el señor además se habría negado a denunciar el hecho, sin embargo la Fiscalía continúo con la acusación teniendo presente la gravedad del hecho y como dijo la representante el delito imputado no podrá ser menor al que hoy se le ha descripto». Por todo lo anterior, la magistrada resolvió que la preventiva sea de un mes.

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