Seguinos

Judiciales

Confirmaron prisión preventiva para De Piano

Desde el Tribunal valoraron la «alta probabilidad de una condena, y con ello la aplicación de una pena» que «podría no ser de ejecución condicional».

el

La Cámara Criminal Segunda de Roca resolvió confirmar el procesamiento con prisión preventiva del imputado Oscar Gabriel De Piano como presunto autor del delito de «homicidio simple con dolo eventual», a raíz del siniestro vial ocurrido el 17 de enero en Roca, del que resultó víctima la ciudadana Claudia Segura.

Al voto rector de la jueza María Evelina García adhirió su par Gastón Martín, mientras que en disidencia sobre la calificación legal -no sobre la detención- se pronunció el juez Oscar Gatti.

En la introducción de su voto la jueza aclaró que la resolución de Cámara sólo puede limitarse a definir si el procesamiento dictado oportunamente por el juez de Instrucción Rubén Norry «está debidamente fundado». Sostuvo en ese sentido que algunos elementos de análisis incorporados por la defensa en la audiencia de apelación, referidos a la imputabilidad o no del acusado, no pueden ser tenidos en cuenta en esta resolución porque su incorporación al expediente fue posterior al procesamiento y deberán, entonces, ser analizados en instancias venideras del proceso.

Calificación legal

La mayoría confirmó la calificación de «homicidio simple con dolo eventual» destacando que De Piano, al embestir con su auto a la moto de la víctima, habría «conducido alcoholizado», excediendo «groseramente» la velocidad máxima permitida. Invocaron a testigos presenciales que describieron «una maniobra temeraria, alocada e incontrolable» y citaron de la resolución de Norry que «teniendo en cuenta que por su condición de residente en ese sector de la ciudad (…) tiene conocimiento del intenso tránsito de vehículos, motocicletas, ciclistas y peatones», por lo que «necesariamente tuvo que representarse como posible el resultado producido, no obstante a lo cual actuó con indiferencia y tomó a su cargo lo que podía ocurrir, acometiendo la acción no por simple ligereza» sino «con dolo eventual, porque aún sin intención directa o indirecta de delinquir, fue consciente del riesgo».

El Tribunal valoró que con la prueba disponible, principalmente informes médicos y psicológicos, «pese a la cantidad de alcohol en sangre (el imputado) era capaz de comprender la criminalidad de sus actos y de dirigir sus acciones».

Sosteniendo esa posición, señalada en la audiencia de apelación por los abogados querellantes Jorge Crespo y Marcelo Hertzriken Velasco y por el fiscal de Cámara Andés Nelli, el voto rector citó jurisprudencia que indica: “A quien actúa sin perseguir como fin directo la muerte de otro, pero con plena voluntad, y conociendo la posibilidad del resultado muerte y asintiendo a él, debe imputársele homicidio por dolo eventual”.

«No otra cosa se puede deducir de un conductor alcoholizado, anímicamente afectado, mal dormido –según él mismo contó, y habiendo consumido cocaína, capaz penalmente desde ya- (…) que decide subir a su vehículo -un auto muy potente y de alta e inmediata reacción como es ese Volkswagen Vento-, conducirlo y circular a alta velocidad, sobrepasando otros también a muy alta velocidad –la permitida sería entre 40 y 60 km/h e iba aproximadamente a más de 100-. ¿Qué duda cabría sobre que se representó el resultado lesivo y/o mortal? ¿Qué duda sobre que no obstante ello decidió actuar? Era la situación, lógica y estadísticamente hablando, mucho más factible de terminar como terminó que de no hacerlo», estableció el voto rector.

En oposición, el juez Gatti sostuvo que las circunstancias del choque «si bien denotan un marcado e inusitado obrar imprudente, temerario y antirreglamentario (…) no implican ‘per-se’ poder aseverar que efectivamente el nombrado, luego de haberse representado la mecánica de producción del incidente de tránsito, lo hubiera aceptado, consentido o le hubiera sido indiferente la producción del mismo». Por eso propuso modificar la calificación legal a la figura de «homicidio culposo agravado» (nuevo art. 84 bis del Código Penal) y advirtió que esa figura también admite la aplicación de penas de prisión efectiva -la escala penal va de 3 a 6 años de prisión- si eventualmente así lo definiera el Tribunal de Juicio «evaluando para ello la gravedad y magnitud del injusto».

Prisión preventiva

Con respecto a la detención, en forma unánime el Tribunal ordenó mantenerla por considerar acreditados, al menos por el momento, los riesgos procesales de peligro de fuga y/o entorpecimiento de la acción de la justicia.

El voto rector indica: «Es evidente (…) que el riesgo de ausentarse y desoír el llamado judicial está presente, en tanto tiene el Sr. De Piano la capacidad económica suficiente para irse -de la ciudad, de la provincia o del país- pero, principalmente, porque ya demostró que se fugaría (…) cuando no bien ocurrido el choque asciende intempestivamente al vehículo de la Sra. C., en la parte trasera, diciendo ‘…sacame de acá, me podés llevar…’, deseo y pedido que fue impedido por las personas presentes». Para el Tribunal, ese acto configuró «un ostensible intento de fuga».

También valoraron la «alta probabilidad de una condena, y con ello la aplicación de una pena» que «podría no ser de ejecución condicional».

«Motivos de prudencia y razonabilidad, analizando todo el panorama en su conjunto, nos llevan a pensar que no puede aguardar el juicio en libertad, porque como viene ocurriendo, lo más probable es que incumpla con su promesa de mantener el domicilio constituido y estar alerta al llamado judicial», concluyó la sentencia. Los tres jueces coincidieron, además, en la necesidad de «que llegue lo antes posible la causa a juicio para, de tal modo, satisfacer las expectativas y pretensiones de todos los integrantes del proceso».

Finalmente, el Tribunal indicó que la defensa puede reformular ante el juez de Instrucción sus pedidos sobre prisión domiciliaria, libertad bajo caución real o soluciones alternativas, por no ser la Cámara de Apelación la instancia apropiada para esos planteos.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judiciales

Solicitaron condenar a cuatro policías por torturas y otros delitos contra adolescentes

La Fiscalía solicitó que uno de los acusados sea considerado autor y los otros tres partícipes necesarios. Las defensas pidieron la absolución.

el

La Fiscalía solicitó que cuatro empleados policiales sean declarados responsables penalmente por los delitos de torturas en concurso ideal con lesiones leves calificadas por su carácter de funcionarios policiales, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma, en un hecho que tuvo como víctimas a adolescentes.

Durante los alegatos, el fiscal del caso, Gastón Ezequiel Britos Rubiolo, pidió que uno de los acusados sea considerado autor y que las dos mujeres y el otro hombre sean declarados partícipes necesarios. Las defensas penales y las dos defensas particulares solicitaron la absolución de los cuatro acusados.

La Fiscalía sostuvo durante su exposición que los cuatro policías habrían realizado distintas acciones posteriores al hecho destinadas a generar confusión respecto de quién había intervenido directamente. Entre ellas mencionó el pedido de documentación al Servicio Integral de Atención de Emergencias de Río Negro (SIARME) sobre la atención brindada a los adolescentes, cambios en las versiones previas a la formulación de cargos y una reunión realizada en forma reservada.

Britos Rubiolo sostuvo que los acusados formaban parte del aparato policial y que, desde esa función, tenían el deber de proteger a los adolescentes. También pidió que la valoración de la prueba se realizara desde la perspectiva de los derechos de niños y adolescentes.

El fiscal señaló que las declaraciones realizadas en Cámara Gesell resultaron concordantes con otros elementos incorporados durante el juicio, incluidos testimonios directos e indirectos y los aportados por trabajadoras del SIARME.

Uno de los puntos analizados estuvo relacionado con una escopeta y las distintas versiones brindadas por personal policial no imputado respecto de su utilización. Según la Fiscalía, existieron contradicciones sobre si el arma era utilizada preventivamente durante la noche, para situaciones de tumultos o por personal autorizado.

También fueron señaladas diferencias respecto de la confección de los partes diarios relacionados con el uso de determinadas armas.

En relación con las lesiones, la Fiscalía destacó que la familia de uno de los adolescentes aportó el perdigón extraído de su cuerpo y que fue esa familia la que se comunicó con la Fiscalía y realizó la denuncia penal al día siguiente.

Según explicó Britos Rubiolo, el perdigón encontrado en el muslo de uno de los adolescentes correspondía a la escopeta y el disparo se habría producido mediante un rebote contra el suelo, con una trayectoria de abajo hacia arriba.

Respecto de los cortes que presentaban los adolescentes, el fiscal sostuvo que fueron producidos de manera intencional y descartó que se hubieran originado por el contacto con vegetación.

Las defensas cuestionaron la reconstrucción fiscal. La defensora penal pública Flavia Rojas sostuvo que su asistida no colaboró con las acciones atribuidas a su compañero y que, por el contrario, le habría pedido que cesara.

Planteó además que la mujer se encontraba en una situación de desigualdad frente a su superior jerárquico y solicitó que el caso fuera analizado con perspectiva de género.

Por su parte, el defensor penal público Juan Pablo Chirinos cuestionó la extensión temporal atribuida al hecho y sostuvo que el procedimiento habría durado aproximadamente 30 minutos. También señaló que su asistido no fue quien descendió del patrullero con la escopeta. Las restantes defensas particulares también solicitaron la absolución de sus asistidos.

El Tribunal Colegiado dará a conocer su resolución el próximo jueves (24/09), a las 11, en los Tribunales de General Roca.

Continuar leyendo

Judiciales

Quedó imputado y detenido el hombre acusado de un violento ataque contra una joven de 20 años

El hecho ocurrió el sábado en un departamento de calle Brasil al 600. La víctima logró escapar y fue auxiliada por vecinas.

el

Un hombre fue imputado por tentativa de femicidio, privación ilegítima de la libertad y tentativa de abuso sexual con acceso carnal, por un violento episodio que habría tenido como víctima a una joven de 20 años el pasado sábado (19/09) en General Roca. La jueza de Garantías María Gadano dispuso que permanezca detenido con prisión preventiva hasta el 30 de diciembre.

Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió entre las 20 y las 21.30 en un departamento ubicado sobre calle Brasil al 600. El imputado se encontraba allí junto a la joven y, de acuerdo con la Fiscalía, la habría obligado a consumir marihuana.

Ante la negativa de la víctima, el hombre habría comenzado a golpearla con una madera en distintas partes del cuerpo. Además, mientras la agredía, le habría manifestado que iba a matarla y habría intentado ahorcarla, provocando que por algunos instantes perdiera el conocimiento.

Cuando recuperó la conciencia, la joven se habría encontrado con el imputado intentando abusar sexualmente de ella. Según la acusación, logró sacárselo de encima y escapar del departamento.

Ya en el exterior, el hombre la habría perseguido portando un cuchillo Tramontina, hasta que la joven fue auxiliada por vecinas del complejo, quienes dieron aviso a la Policía.

La Fiscalía, integrada por la fiscal jefa Graciela Echegaray, la fiscal del caso Celeste Benatti y la adjunta Gimena Ducca, sostuvo que la intervención de las vecinas y posteriormente de la Policía permitió evitar que el acusado concretara su objetivo.

Entre los elementos reunidos para la formulación de cargos se encuentran el acta del procedimiento realizado por la Comisaría 3° tras el llamado al 911, las entrevistas a las vecinas, la denuncia realizada por la víctima y el acta del allanamiento efectuado en la vivienda.

Durante ese procedimiento, el Gabinete de Criminalística secuestró distintos elementos considerados de interés para la investigación, entre ellos un teléfono celular, un cuchillo, prendas de vestir y ropa de cama con manchas de coloración rojiza.

También fueron incorporadas la historia clínica correspondiente a la atención recibida por la joven por parte del SIARME y en el hospital local, además del análisis realizado por el Cuerpo de Investigación Forense.

Al fundamentar el pedido de prisión preventiva, la Fiscalía destacó la gravedad de los hechos y el contexto de violencia de género. También planteó la existencia de riesgo de fuga y señaló que el imputado cuenta con un procesamiento dictado por la Justicia Federal el pasado 24 de agosto (vinculada con la muerte de Teo Vázquez) y que su arraigo sería endeble.

Respecto del rie.sgo de entorpecimiento, la Fiscalía sostuvo que es necesario garantizar que la víctima pueda declarar durante el juicio sin temor y recordó que intervino la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) debido a su situación de vulnerabilidad.

La acusación también señaló que todavía quedan medidas de prueba pendientes, entre ellas análisis que serán enviados al Laboratorio Regional de Genética Forense del Ministerio Público, con sede en Bariloche, y el peritaje del teléfono secuestrado, que será realizado por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) de Viedma.

La defensa particular cuestionó las calificaciones de tentativa de homicidio, tentativa de abuso sexual y privación ilegítima de la libertad. Además, pidió que la prisión preventiva fuera reemplazada por una prisión domiciliaria con pulsera electrónica.

Finalmente, la jueza Gadano tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por la Fiscalía y dispuso la prisión preventiva hasta el 30 de diciembre. El plazo de investigación penal preparatoria fue fijado en cuatro meses.

La magistrada solicitó expresamente que, en caso de difundirse información sobre el expediente, no se haga referencia al nombre de la víctima, tanto en medios de comunicación como en otras manifestaciones públicas.

Continuar leyendo

Judiciales

Violencia de género: Le formularán cargos al joven detenido en Roca

El joven, de 22 años, quedó a disposición de la Justicia provincial tras un episodio ocurrido en una vivienda de Brasil al 600. También se encuentra procesado en una causa federal vinculada con la muerte de Teo Vázquez.

el

Un joven de 22 años fue detenido en Roca tras un episodio de violencia de género y quedó a disposición de la Justicia provincial. Al mismo tiempo, se encuentra procesado en una causa que tramita ante la Justicia Federal de Roca y que está vinculada con la muerte de Teo Vázquez, ocurrida en enero de 2024.

En ese expediente, el juez federal Hugo Greca dispuso su procesamiento por su presunta responsabilidad en el suministro de sustancias que, de acuerdo con la hipótesis incorporada a la investigación, habrían contribuido al cuadro que provocó el fallecimiento de la joven.

Su situación procesal en esa investigación corresponde exclusivamente al ámbito de la Justicia Federal. Tanto el procesamiento como las medidas cautelares adoptadas y las condiciones establecidas para que continúe en libertad durante el avance de la causa son decisiones propias de ese fuero.

La nueva detención corresponde a un hecho diferente. Personal de la Comisaría 3° intervino luego de un llamado por violencia de género y encontró a una joven herida y en estado de shock, quien recibió asistencia del Sistema Integral de Atención Rionegrina de Medicina de Emergencia (SIARME).

Según los primeros testimonios reunidos, dos vecinas observaron que el hombre sacó por la fuerza a la víctima hacia la vereda de una vivienda ubicada en Brasil al 600. Posteriormente, el joven regresó al lugar y fue reducido luego de resistirse a la intervención policial. Durante el cacheo, los efectivos secuestraron un cuchillo.

El joven quedó detenido a disposición de la Justicia provincial, que deberá determinar las medidas correspondientes en esta nueva investigación, iniciada por lesiones calificadas agravadas en contexto de género, atentado y resistencia a la autoridad.

De esta manera, se trata de dos investigaciones diferentes y bajo jurisdicciones distintas: una causa federal que continúa su trámite conforme a las decisiones adoptadas por ese fuero y un nuevo procedimiento provincial originado por la intervención de la Policía de Río Negro ante una situación de violencia.

La audiencia de formulación de cargos está prevista para hoy (21/09) en la Sala 6 de la Oficina Judicial de General Roca. La acusación estará a cargo del fiscal Gastón Ezequiel Britos Rubiolo. La investigación está caratulada como torturas en concurso ideal con lesiones leves calificadas por función policial, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement