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Notificaciones electrónicas: Ya se libraron más de 25.000 cédulas digitales en Río Negro

La utilización del sistema por parte de todos los abogados matriculados de la provincia será obligatoria desde agosto.

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El sistema de notificaciones digitales diseñado por el Poder Judicial de Río Negro superó esta semana las 25.000 cédulas tramitadas y sigue incorporando como usuarios a los abogados matriculados de toda la provincia, de cara a la utilización obligatoria del servicio que está pautada para el 1 de agosto próximo.

Más de 300 cédulas libradas a los domicilios electrónicos de los abogados litigantes se sumaron en abril a las 24.700 notificaciones digitales que ya se habían diligenciado mediante las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones del Poder Judicial desde la implementación voluntaria del sistema. Junto con las cédulas electrónicas a los abogados también se remitió, en muchos casos, la documental adjunta en formato digital, evitándose el uso de documentos impresos.

Ya son 50 los organismos judiciales que están utilizando las cédulas electrónicas, incluidas las Cámaras Laborales y de Apelaciones en lo Civil y Comercial, los Juzgados Civiles de Primera Instancia y los Juzgados de Familia, así como también los Juzgados de Paz de varias ciudades. El próximo objetivo es afianzar, a partir de agosto, la incorporación del fuero Penal.

La utilización de cédulas digitales acorta notablemente el tiempo de gestión de los expedientes, reduce costos económicos y permite optimizar el trabajo en las Oficinas de Notificaciones del Poder Judicial, al tiempo que contribuye a la conservación ambiental por la importante disminución del uso de papel.

Según dispuso el Superior Tribunal de Justicia en la Acordada 2/17, a partir de agosto dejará de funcionar el sistema tradicional de notificaciones en papel, por lo que resulta necesario que los abogados y otros operadores judiciales que aún no están utilizando el servicio digital completen su trámite de inscripción y gestionen su nombre de usuario, clave y tarjeta de coordenadas, herramientas que les permitirán utilizar todas las prestaciones del programa. Ello resulta imprescindible porque a partir de esa fecha el Poder Judicial ya no diligenciará notificaciones en papel a los domicilios constituidos, como por ejemplo los estudios jurídicos de los abogados, quienes quedarán notificados de las providencias, resoluciones y/o sentencias a través del sistema informático, únicamente.

Hasta el momento, el sistema tiene más de 1.200 usuarios registrados, incluyendo organismos, funcionarios, empleados y cuerpos técnicos judiciales, abogados particulares y peritos.

El programa permite a los operadores externos elaborar sus cédulas y notificarse de los movimientos de sus expedientes desde cualquier computadora con acceso a Internet. La registración automática de cada movimiento permite, por su parte, al Poder Judicial llevar un control centralizado y de permanente auditoría sobre las notificaciones en toda la provincia. También los abogados, peritos o integrantes de Organismos Jurisdiccionales pueden hacer un seguimiento de las cédulas destinadas a domicilios reales, sabiendo con precisión la fecha, hora y operador que ha intervenido en la recepción y diligenciamiento de cada cédula y conociendo el resultado del trámite sin necesidad de que el papel haya sido incorporado al expediente.

Domicilios reales

La ley exige que algunas notificaciones -generalmente cruciales en un proceso- sean cursadas al domicilio real de la persona alcanzada por una determinada decisión judicial. A partir de la digitalización del sistema, esas cédulas deben elaborarse en la misma página web del Poder Judicial e imprimirse, para que la comunicación sea cursada a través de las Oficinas de Mandamientos. Para estos casos, el uso del sistema digital comenzó a ser obligatorio a partir de abril. De este modo, las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones del Poder Judicial sólo reciben las cédulas de papel generadas mediante el sistema oficial, que respetan un formato específico y que son identificadas con códigos de barra.

Estadísticas

Los juzgados de Familia y las Cámaras del Trabajo son, hasta ahora, los usuarios que más cédulas electrónicas han emitido a domicilios reales y a domicilios constituidos. El Juzgado de Familia N° 5 de Viedma había librado, al 24 de abril, más de 1.200 notificaciones digitales. Le siguen las dos secretarías de la Cámara del Trabajo de Cipolletti, su par de Viedma y los juzgados de Familia de Cipolletti, Roca y El Bolsón, con la emisión de entre 550 y 750 cédulas cada uno.

Los Juzgados de Familia de Roca, Viedma, Cipolletti y Bariloche son, por otra parte, los organismos con mayor cantidad de expedientes en los que se han utilizado este tipo de notificaciones por parte del propio tribunal o de los abogados que intervienen. También existen abogados particulares en la lista de principales usuarios del sistema, algunos de ellos con más de 600 cédulas electrónicas emitidas a través del sistema.

En tanto que la Oficina de Mandamientos de Roca lidera la lista de notificaciones a domicilios reales, con más de 6.000 cédulas tramitadas desde la implementación del sistema. Le siguen las Oficinas de Viedma, Cipolletti y Bariloche. En total, hasta el 24 de abril, se habían canalizado desde esos organismos más de 24.700 notificaciones digitales.

Los Juzgados de Paz también se están incorporando a los beneficios de la digitalización de cédulas, con unas 200 emisiones y una notable utilización del sistema por parte del Juzgado de Roca y Villa Regina.

udad

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Declararon culpables a los cuatro imputados por el homicidio de Otoño Uriarte

El proceso judicial entra ahora en la etapa de cesura, en la que se definirá la pena que recibirán los condenados.

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Un Tribunal de juicio de Cipolletti declaró culpables a Ángel Germán Antilaf, José Hiram Jafri, Ricardo Néstor Cau y Maximiliano Manuel Lagos por el homicidio de Otoño Uriarte. La resolución se dio a conocer luego de 13 audiencias realizadas en doble jornada entre noviembre y diciembre del año pasado.

La jueza María Florencia Caruso, junto a los vocales Amorina Sánchez Merlo y Juan Puntel, conformaron el Tribunal que evaluó las pruebas presentadas por la fiscal jefa Teresa Giuffrida y la abogada querellante Gabriela Prokopiw, quien representó a Roberto Uriarte, padre de la víctima. Por su parte, los imputados fueron defendidos por distintos abogados: Carlos Vila asistió a Antilaf, Gustavo Lucero y Manuela Lagos a Maximiliano Lagos, Rubén Antiguala a Jafri, mientras que Marcelo Caraballo y Patricia Fernández representaron a Cau.

Los hechos probados en el juicio

El Tribunal consideró acreditado que el 23 de octubre de 2006, en Fernández Oro, los cuatro imputados llevaron a cabo un plan para privar de la libertad a Otoño Uriarte, de 16 años. Para ello, sustrajeron su bicicleta con el fin de forzarla a regresar caminando por una zona oscura y poco transitada. Fue en ese contexto cuando fue interceptada y retenida contra su voluntad.

Luego trasladaron a la víctima donde sufrió agresiones físicas y un ataque con un objeto punzocortante en la zona del hemitórax izquierdo y la axila. Estas lesiones le causaron la muerte. Posteriormente, su cuerpo fue ocultado y arrojado al Canal Principal de Riego, donde fue encontrado el 24 de abril de 2007.

Las pruebas testimoniales y periciales determinaron que el cadáver permaneció sumergido entre 5 meses y 3 semanas. Se concluyó que Otoño fue asesinada antes de ser arrojada al agua y que los responsables intentaron deshacerse del cuerpo. Para eso le colocaron peso en sus extremidades inferiores. Esta conducta descartó otras hipótesis, como el suicidio.

Fundamentos del veredicto

El Tribunal destacó que la investigación se vio demorada por el paso del tiempo, pero que las pruebas reunidas en el debate oral y público permitieron reconstruir lo sucedido. Se estableció que la última vez que Otoño fue vista con vida caminaba sola por la circunvalación de Cipolletti, cerca de la medianoche del 23 de octubre de 2006.

Entre los testimonios más determinantes, un matrimonio observó una camioneta blanca detenida en la zona con las luces bajas. Aunque no se pudo identificar con certeza que la víctima estuviera en el vehículo, sí se corroboró que la escena coincidía con el lugar donde se produjo la desaparición de la joven de Fernández Oro.

Otro elemento clave de la sentencia fue el testimonio de varios testigos que relataron un patrón de hostigamiento hacia Otoño por parte de Antilaf y los hermanos Cau y Jafri, antes de los hechos. Además, se verificó que la bicicleta de la víctima había sido sustraída y luego devuelta, lo que refuerza la hipótesis de un plan premeditado.

Los magistrados concluyeron que los cuatro imputados conocían los movimientos de la víctima y que coordinaron sus acciones para interceptarla en un tramo donde no pudiera pedir ayuda. Aunque no se acreditó que la hayan subido a un vehículo, sí se demostró que fue retenida contra su voluntad y privada de sus pertenencias, incluido su celular, que apareció quemado.

Finalmente, el Tribunal afirmó que la responsabilidad de los acusados no se basa exclusivamente en pruebas científicas, sino en una sólida combinación de testimonios, pericias y análisis indiciarios. Se determinó que todos actuaron en coautoría y que no era necesario que cada uno de ellos hubiera participado en todas las etapas del crimen para ser considerados culpables.

Con este veredicto, el proceso entra en la etapa de cesura, en la que se definirá la pena que recibirán los condenados.

El uso de la odorología, una de los fundamentos de la sentencia

Uno de los puntos centrales en la resolución del Tribunal fue la pericia odorológica, que incriminó a los imputados por el crimen de la joven de Fernández Oro. Mario Rocillo, médico veterinario y especialista en adiestramiento canino con formación en la Policía de Canadá, supervisó las pruebas con perros rastreadores y explicó la odorología como método científico. Los análisis se realizaron en presencia de las defensas, sin que se presentaran impugnaciones ni pedidos de nulidad.

El procedimiento incluyó un rastrillaje en la zona del canal El Treinta, donde la policía encontró un trozo de nylon negro. Los perros rastreadores detectaron olor en el material y siguieron el rastro hasta el domicilio de los hermanos Jafri y Cau, dos de los acusados. En una primera prueba, la pericia odorológica arrojó coincidencias con la víctima y con uno de los sospechosos. Un segundo análisis vinculó a otros dos imputados.

Las pruebas permitieron determinar que la víctima estuvo en la vivienda de los hermanos antes de su fallecimiento. Se estableció que sufrió una herida provocada con un arma blanca y que luego fue trasladada y arrojada al agua cuando ya se encontraba sin vida. El hallazgo del nylon negro cerca de una usina fue considerado un elemento decisivo en la investigación, ya que reforzó la hipótesis de que los cuatro acusados participaron en la eliminación del cuerpo. Además, los análisis genéticos indicaron una alta compatibilidad entre el perfil de uno de los imputados y las muestras recogidas en la escena del crimen.

Con esta prueba, entre otras, el Tribunal concluyó que los acusados conocían a la víctima y sus movimientos. Se estableció que su bicicleta fue sustraída y que la obligaron a regresar caminando por una calle oscura para luego cometer el homicidio y deshacerse del cuerpo.

La Fiscalía y la querella, una vez conocido el veredicto, solicitaron la prisión preventiva de los cuatro imputados. Las defensas requirieron un cuarto intermedio para definir su estrategia de cara a la medida cautelar.

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Le suspendieron un vuelo a Europa por la pandemia y nunca le devolvieron el dinero: Ahora deberán indemnizarla

Una vecina de Roca acudió a la Justicia porque una compañía aérea alemana le canceló su viaje y nunca le reintegró e dinero.

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Una mujer de Roca demandó a una aerolínea por trato indigno e incumplimiento de los deberes de información. Tras un fallo civil, la compañía deberá pagarle más de cuatro millones de pesos a la clienta. La clienta adquirió pasajes para ir primero a Alemania, luego a Países Bajos, y finalmente regresar al país.

El Juzgado de la Unidad Jurisdiccional N° 5 hizo lugar a la demanda por los daños y perjuicios ocasionados ante la falta de devolución del dinero por pasajes cancelados debido a la pandemia de COVID-19.

La demanda fue promovida por una pasajera que había adquirido en marzo de 2020 pasajes aéreos para viajar por Europa a través de una agencia de viajes. Sin embargo, debido a las restricciones sanitarias, los vuelos fueron cancelados. A pesar de reiterados reclamos, la empresa no le brindó una solución ni procedió a la devolución del dinero abonado.

La mujer dijo que tuvo «respuestas evasivas a los pedidos de solución que de forma personal, telefónica y virtual» a los fines de poder cambiar los pasajes o, en su defecto, que le reintegren el dinero abonado.

El fallo consideró probado que existió una relación de consumo y que la demandada no cumplió con su obligación de restituir el monto abonado por un servicio no prestado. El magistrado interviniente subrayó que si bien la pandemia fue un caso fortuito que eximió a las empresas de cumplir con los vuelos, no las liberó del deber de devolución del dinero.

Asimismo, se determinó que la aerolínea vulneró los derechos de la pasajera al no brindarle información clara y suficiente sobre su situación, lo que configuró un trato indigno. Testimonios presentados en el juicio evidenciaron el perjuicio emocional sufrido por la actora, quien manifestó haber atravesado un período de angustia e incertidumbre por la falta de respuestas de la empresa.

En cuanto al daño punitivo, el juez resaltó que la aerolínea mantuvo una actitud dilatoria y evasiva durante todo el proceso, sin presentar una solución concreta a la afectada. En consecuencia, se impuso a Lufthansa el pago de $2.500.000 por ese concepto.

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Robó una cerveza y atacó al dueño de un supermercado: Quedó imputado y en prisión preventiva

Ocurrió el domingo pasado y el propietario del comercio terminó con una herida en su mano, producto de un cuchillazo.

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En la tarde del domingo pasado (02/02), alrededor de las 19.00 horas, se registró un incidente en un supermercado de Jujuy y Los Pinos en General Roca, tras la detención de dos hombres. La Fiscalía formuló cargos y solicitó medidas cautelares.

Según la acusación fiscal, «primero ingresó el sujeto que se habría apoderado ilegítimamente de una botella de cerveza, la habría abierto en la vereda del local y el dueño, la reclamó que la devolviera. El imputado esgrimió un cuchillo, y tras un forcejeo le provocó un corte en la mano. Lesiones que fueron calificadas por el médico policial como leves», explicó la fiscal interviniente.

«Además, se hizo presente el otro imputado, que al observar la situación, le habría pegado en la cara al denunciante», agregó la representante fiscal.

«Los hombres fueron interceptados y aprehendidos por personal policial de la Comisaría 31° que se encontraban realizando tareas de prevención», concluyó.

La calificación legal por la cual quedaron imputados es la de «robo agravado por el uso de arma blanca» para uno de ellos, y para el otro, lesiones leves.

Entre el sustento probatorio para esta instancia el Ministerio Público Fiscal enumeró el acta de procedimiento policial, croquis ilustrativo, acta de la denuncia realizada por la víctima, los certificados médicos, entrevistas, informe preliminar del Gabinete de Criminalística.

Los dos imputados arribaron a la audiencia en calidad de detenidos, por ello la fiscal solicitó la prisión preventiva para quien fue imputado por el robo agravado, teniendo presente «la gravedad del hecho, las condenas previas que tiene ese hombre, y los peligros procesales de fuga -no cuenta con arraigo-, y el posible entorpecimiento de la investigación», expresó.

Mientras que para el otro hombre, pidió que cumpla con una prohibición de acercamiento tanto al local comercial como a la víctima.

Ambos imputados fueron asistidos por el defensor penal público que se opuso a la formulación de cargos, a la calificación legal y propuso otras medidas cautelares.

Finalmente, la jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos y disponer las medidas cautelares tal como fueron solicitadas por el Ministerio Público Fiscal.

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