Río Negro
El STJ confirmó condenas a hermanos acusados de cobrar «peaje» a porteros de Roca
El abogado de Miriam y Pablo Quintreman había apelado el fallo de la Cámara Criminal Segunda de Roca de octubre pasado, pero el máximo órgano judicial de la provincia ratificó el mismo.

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de tres años de prisión en suspenso y una multa de $50.000 que la Cámara Criminal Segunda de Roca había impuesto en octubre pasado a dos personas como coautoras de los delitos de «exacciones ilegales agravadas, cuatro hechos en concurso real». Con voto rector del Dr. Sergio Barotto y adhesión de sus pares Dres. Ricardo Apcarian y Enrique Mansilla, el máximo tribunal provincial declaró mal concedido el recurso de casación interpuesto por la defensa de los imputados Miriam Graciela Quintreman y Roberto Pablo Quintreman y confirmó además, respecto del segundo, la inhabilitación absoluta perpetua que había impuesto la Cámara.
En la sentencia se tuvo por acreditado que «entre los años 2009 y 2010, siendo Miriam Quintreman encargada del área del personal no docente (porteros) de la Delegación de Educación del Alto Valle Este y su hermano empleado del Departamento Unidad de Gestión y del área de Salud de la misma Delegación, condicionaron el ingreso, permanencia y rotación de porteros escolares al pago injustificado de sumas de dinero por parte de éstos».
«En su condición de agentes públicos y abusando sistemáticamente de los cargos como de los roles confiados, violaron los deberes inherentes a sus funciones en tanto les exigieron a las víctimas la entrega de varias contribuciones indebidas. Se aprovecharon así de las necesidades de aquellas respecto del acceso a servicios temporarios en el Estado o su renovación y les impusieron pagar en su beneficio distintas sumas de dinero», indica el fallo.
Tras evaluar la sentencia de Cámara, el juez Barotto coincidió en que se acreditó, «más allá de toda duda razonable», que «los imputados, funcionarios públicos, en coautoría y abusando de su cargo, exigieron de modo arbitrario y violentamente a cuatro víctimas la entrega de dinero para ellos, como condición para obtener empleo público o lograr que no se rescindieran sus contratos».
La discusión técnica del fallo
En la casación, el defensor particular Dr. Jorge Crespo cuestionó el rechazo a su planteo de «atipicidad», con el cual había sostenido en el juicio que la conducta de los imputados no encuadraba técnicamente en ningún delito tipificado en el Código Penal. También reprochó la aplicación de la figura de «exacciones ilegales agravadas», considerándolo un delito de naturaleza distinta al delito de «concusión» reclamado por la Fiscalía.
Tras realizar un análisis minucioso de los «tipos penales» mencionados en el caso, el fallo del STJ concluyó que corresponde aplicar la figura de «concusión» cuando el provecho (sea dinero u otra dádiva) es para el funcionario que lo pidió o para otro particular, y que se trata del delito básico de «exacciones» cuando la destinataria de la suma indebida es la propia Administración Pública. Con ese posicionamiento, el STJ modificó y precisó el criterio de
tipificación que venía sosteniendo el STJ en sus fallos desde el año 2005.Se concluyó así que el delito «básico» de exacciones está previsto en el artículo 266 del Código Penal, que sanciona con prisión de 1 a 4 años e inhabilitación especial de 1 a 5 años al «funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por interpuesta persona, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden». Luego el artículo 267 agrava el delito «si se empleare intimidación o se invocare
orden superior, comisión, mandamiento judicial u otra autorización legítima».Y finalmente el artículo 268, que específicamente se refiere al delito de «concusión», define un segundo agravante elevando la pena de 2 a 6 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para «el funcionario público que convirtiere en provecho propio o de tercero las exacciones expresadas en los artículos anteriores».
En el caso juzgado fueron aplicados los tres artículos, utilizándose como equivalentes los términos «exacciones ilegales agravadas» y «concusión». Es por eso que la Cámara de Roca, al fundamentar su elección del tipo penal, señaló que el artículo 266 «contiene varios supuestos de exacciones ilegales, entre ellos la concusión, delito por el que han de responder los acusados en calidad de coautores».
Conforme el voto rector siempre se trató de un pedido ilegal de dinero en provecho propio; por tanto se trataba de una concusión ubicada en el artículo 268 del Código Penal, que debe remitirse al criterio general del 266 del mismo Código, en tanto éste último menciona las exacciones.
Política
Weretilneck y Soria juntos en Roca: La Provincia culminará una obra de agua paralizada por Nación
Beneficiará a 286 familias del barrio Fiske Menuco.

El gobernador Alberto Weretilneck y la intendenta de Roca, María Emilia Soria, anunciaron que el Gobierno de Río Negro se hará cargo de culminar la obra de agua potable en el barrio Fiske Menuco, beneficiando a 286 familias, tras la paralización de los trabajos dispuesta por el Gobierno Nacional. La novedad se confirmó en el marco de la visita del mandatario a la ciudad, donde encabezó un acto oficial.
La continuación de la obra será posible gracias a un aporte del Gobierno Provincial, superior a los $313 millones y se ejecutará bajo la modalidad delegada en el marco del programa Junto al Municipio, que lleva adelante el Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
Cabe recordar que en el barrio Fiske Menuco se desarrollaba una importante obra de urbanización integral que contemplaba todas las necesidades de los vecinos del sector, con la provisión de agua, cloacas, electricidad, alumbrado y cordón cuneta, entre otros. Había sido iniciada años atrás por el Estado Nacional -a través de la Subsecretaría Integración Socio Urbana (SISU)- pero luego del cambio de Gobierno quedó paralizada.
El gobernador Weretilneck destacó la importancia de garantizar estas obras claves para la comunidad. «En Río Negro, la inversión en infraestructura no se detiene; con fondos propios y sin depender de nadie seguimos construyendo el futuro de nuestra provincia», indicó.
La intendenta de Roca, María Emilia Soria, agradeció a la Provincia por el aporte y destacó su compromiso para culminar esta obra tan fundamental para las familias del barrio. «La obra quedó abandonada por decisión el Gobierno Nacional y acordamos con el gobernador Weretilneck la continuidad, es complejo gobernar en este contexto, pero siempre es mejor cuando contamos con este apoyo. Es la única forma», agregó.
En el acto también se entregaron más de 100 tarjetas del programa Río Negro Presente Salud, que garantizan el acceso a medicamentos gratuitos para personas con enfermedades crónicas no transmisibles, atendidas en el sistema de salud y que no cuentan con cobertura médica. Con esta herramienta, cada beneficiario puede adquirir sus remedios en farmacias locales.
La entrega de esta tarjeta es posible gracias al trabajo articulado entre los Ministerios de Salud y de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte de la provincia, junto con el Colegio de Farmacéuticos de Río Negro.
Por otro lado, la Provincia entregó escrituras tramitadas a través de la Ley Pierri y del IPPV, en conjunto con el Colegio de Escribanos. De esta manera, más familias roquenses ya cuentan con su título de propiedad, lo que les brinda estabilidad y seguridad, permitiendo proyectar un mejor futuro.
El mandatario felicitó a quienes obtuvieron sus escrituras y les agradeció por su aporte. «Es muy importante que hayan pagado la totalidad de las cuotas, porque esto es un fin solidario, con ese dinero el IPPV construye otras viviendas y avanza en obras», sostuvo.
El deporte también fue protagonista
Durante la jornada, el gobernador Weretilneck entregó un aporte de $6.000.000 al Club Del Progreso, destinado a la colocación del piso flotante de la cancha donde se llevará adelante la Liga Federal 2025 de básquet.
Asimismo, en el marco de la Ley 5245, de Patrocinio y Tutoría del Deporte; el Gobierno Provincial, a través del Ministerio de Desarrollo Humano, Deporte y Cultura, firmó un convenio con la Asociación Civil Taekwon-do del Sur, con el objetivo de fortalecer las tareas que la institución realiza para la comunidad, a través de un importante aporte económico.
Judiciales
Confirman condenas a instructores del COER por la muerte de Gabriel Mandagaray
La Justicia ratificó la responsabilidad penal de los imputados, al considerar que las condiciones inhumanas a las que fue sometido el joven aspirante.

El Tribunal de Impugnación de Río Negro confirmó las condenas contra cuatro integrantes del Cuerpo de Operaciones Especiales y Rescate (COER) por la muerte de Gabriel Mandagaray, ocurrida durante un curso de capacitación en abril de 2021.
La resolución se da luego que el STJ anulara las condenas iniciales y ordenara una nueva revisión por parte del TI, pero con una conformación distinta, para analizar de manera integral y exhaustiva cada una de las responsabilidades.
La sentencia de este segundo Tribunal de Impugnación ratificó la responsabilidad penal de los imputados, al considerar que las condiciones inhumanas a las que fue sometido el joven aspirante, sumadas a la negligencia y la imprudencia de sus superiores, fueron determinantes en el desenlace fatal.
El fallo rechazó los recursos de impugnación presentados por las defensas de Maximiliano Vitali Méndez, Alejandro Gabriel Gattoni y Alfredo Roberto Nahuelcheo, quienes fueron condenados por abuso de autoridad y homicidio culposo. Sin embargo, en el caso de Marcelo Ariel Contreras, el Tribunal hizo lugar parcialmente a su pedido y redujo su pena a tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para el desempeño de funciones policiales.
La investigación judicial y el juicio acreditaron que la muerte de Gabriel Mandagaray no fue un hecho aislado ni un accidente fortuito, sino el resultado de una serie de decisiones y conductas irresponsables por parte de los instructores y del coordinador del curso.
En primer término se preguntó si era necesario analizar todos los días de entrenamiento en condiciones extremas y de maltrato para entender el desenlace o bien, como expusieron las defensas, solo el ejercicio final.
Testigos del hecho declararon que, en el momento del ejercicio, Mandagaray se encontraba visiblemente agotado y desesperado, tragando agua y hundiéndose debido al peso del equipo. A pesar de los pedidos de auxilio de sus compañeros, la asistencia tardó en llegar y finalmente el joven murió ahogado.
El Tribunal concluyó que los imputados tenían pleno conocimiento de las condiciones extremas a las que estaban sometiendo a los aspirantes, y que el desenlace fatal era previsible y evitable. Además, la sentencia destaca que el ingreso al mar sin medidas de seguridad representó un riesgo innecesario y contrario a los protocolos.
Uno de los puntos clave del fallo es la consideración de que no se trató de una sola acción negligente, sino de una cadena de decisiones erradas que fueron acumulando factores de riesgo. Se menciona que el coordinador del curso, Alejandro Gabriel Gattoni, incumplió la normativa al cambiar el lugar del entrenamiento sin autorización, lo que generó un contexto aún más adverso para los cursantes.
Los jueces destacaron también la responsabilidad de los instructores Maximiliano Vitali Méndez y Alfredo Roberto Nahuelcheo, quienes participaron activamente en la dinámica de maltrato y sometimiento a los aspirantes. Entre otras conductas humillantes, se acreditó que hicieron orinar a Mandagaray en la espalda y obligaron a los cursantes a untarse excremento de animales en el rostro.
Por su parte, Marcelo Ariel Contreras, aunque menos involucrado en las decisiones críticas, también fue señalado como partícipe del esquema de abuso de autoridad y negligencia generalizada. No obstante, su condena fue atenuada, dado que intentó auxiliar a Mandagaray cuando la situación se volvió desesperante.
Río Negro
El Registro Civil Móvil atenderá en Roca: Conocé donde se instalará
Se realizarán renovaciones y actualizaciones de DNI para menores de entre 5 y 8 y 14 años.

Con el objetivo de seguir acercándose a los rionegrinos y facilitarles el acceso a diferentes trámites, el organismo provincial llevará adelante este viernes (14/03) un nuevo dispositivo móvil en la localidad valletana.
En esta oportunidad, el Registro Civil Móvil llegará a la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Comahue (UNCo), en donde se realizarán renovaciones y actualizaciones del DNI para menores de entre 5 y 8 y 14 años.
Quienes deseen realizar los trámites pertinentes podrán acercarse a la casa de estudios, ubicada en Mendoza 2151, donde la atención al público se llevará adelante entre las 9 y las 17 horas.
De esta manera, el Registro Civil continúa llevando adelante una misión itinerante por los distintos puntos de la provincia, a fin de facilitar la gestión de documentación de manera rápida y sencilla, sin que las y los vecinos deban trasladarse hacia una delegación.