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Río Negro

El STJ confirmó condenas a hermanos acusados de cobrar «peaje» a porteros de Roca

El abogado de Miriam y Pablo Quintreman había apelado el fallo de la Cámara Criminal Segunda de Roca de octubre pasado, pero el máximo órgano judicial de la provincia ratificó el mismo.

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El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de tres años de prisión en suspenso y una multa de $50.000 que la Cámara Criminal Segunda de Roca había impuesto en octubre pasado a dos personas como coautoras de los delitos de «exacciones ilegales agravadas, cuatro hechos en concurso real». Con voto rector del Dr. Sergio Barotto y adhesión de sus pares Dres. Ricardo Apcarian y Enrique Mansilla, el máximo tribunal provincial declaró mal concedido el recurso de casación interpuesto por la defensa de los imputados Miriam Graciela Quintreman y Roberto Pablo Quintreman y confirmó además, respecto del segundo, la inhabilitación absoluta perpetua que había impuesto la Cámara.

En la sentencia se tuvo por acreditado que «entre los años 2009 y 2010, siendo Miriam Quintreman encargada del área del personal no docente (porteros) de la Delegación de Educación del Alto Valle Este y su hermano empleado del Departamento Unidad de Gestión y del área de Salud de la misma Delegación, condicionaron el ingreso, permanencia y rotación de porteros escolares al pago injustificado de sumas de dinero por parte de éstos».

«En su condición de agentes públicos y abusando sistemáticamente de los cargos como de los roles confiados, violaron los deberes inherentes a sus funciones en tanto les exigieron a las víctimas la entrega de varias contribuciones indebidas. Se aprovecharon así de las necesidades de aquellas respecto del acceso a servicios temporarios en el Estado o su renovación y les impusieron pagar en su beneficio distintas sumas de dinero», indica el fallo.

Tras evaluar la sentencia de Cámara, el juez Barotto coincidió en que se acreditó, «más allá de toda duda razonable», que «los imputados, funcionarios públicos, en coautoría y abusando de su cargo, exigieron de modo arbitrario y violentamente a cuatro víctimas la entrega de dinero para ellos, como condición para obtener empleo público o lograr que no se rescindieran sus contratos».

La discusión técnica del fallo

En la casación, el defensor particular Dr. Jorge Crespo cuestionó el rechazo a su planteo de «atipicidad», con el cual había sostenido en el juicio que la conducta de los imputados no encuadraba técnicamente en ningún delito tipificado en el Código Penal. También reprochó la aplicación de la figura de «exacciones ilegales agravadas», considerándolo un delito de naturaleza distinta al delito de «concusión» reclamado por la Fiscalía.

Tras realizar un análisis minucioso de los «tipos penales» mencionados en el caso, el fallo del STJ concluyó que corresponde aplicar la figura de «concusión» cuando el provecho (sea dinero u otra dádiva) es para el funcionario que lo pidió o para otro particular, y que se trata del delito básico de «exacciones» cuando la destinataria de la suma indebida es la propia Administración Pública. Con ese posicionamiento, el STJ modificó y precisó el criterio de

tipificación que venía sosteniendo el STJ en sus fallos desde el año 2005.Se concluyó así que el delito «básico» de exacciones está previsto en el artículo 266 del Código Penal, que sanciona con prisión de 1 a 4 años e inhabilitación especial de 1 a 5 años al «funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por interpuesta persona, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden». Luego el artículo 267 agrava el delito «si se empleare intimidación o se invocare

orden superior, comisión, mandamiento judicial u otra autorización legítima».Y finalmente el artículo 268, que específicamente se refiere al delito de «concusión», define un segundo agravante elevando la pena de 2 a 6 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para «el funcionario público que convirtiere en provecho propio o de tercero las exacciones expresadas en los artículos anteriores».

En el caso juzgado fueron aplicados los tres artículos, utilizándose como equivalentes los términos «exacciones ilegales agravadas» y «concusión». Es por eso que la Cámara de Roca, al fundamentar su elección del tipo penal, señaló que el artículo 266 «contiene varios supuestos de exacciones ilegales, entre ellos la concusión, delito por el que han de responder los acusados en calidad de coautores».

Conforme el voto rector siempre se trató de un pedido ilegal de dinero en provecho propio; por tanto se trataba de una concusión ubicada en el artículo 268 del Código Penal, que debe remitirse al criterio general del 266 del mismo Código, en tanto éste último menciona las exacciones.

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Agro

Banacloy cuestionó la decisión de Nación de permitir el ingreso de asado con hueso a la Patagonia

El ministro de Desarrollo Económico y Productivo de Río Negro advirtió sobre el impacto sanitario y económico que puede generar, y reclamó al Gobierno diálogo y planificación federal.

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La reciente habilitación del ingreso de asado con hueso plano a la Patagonia, dispuesta por el Gobierno nacional, continúa generando preocupación en la región. El ministro de Desarrollo Económico y Productivo de Río Negro, Carlos Banacloy, manifestó su disconformidad con la medida y criticó la ausencia de una estrategia sanitaria integral en el país. «Desde hace años venimos reclamando un plan sanitario nacional. No puede ser que, después de 24 años, aún no se haya unificado el estatus sanitario», cuestionó el funcionario, haciendo alusión a la tradicional barrera que resguardaba a la Patagonia de la fiebre aftosa.

En diálogo con Ahí Vamos (de lunes a viernes de 7 a 9 por La Super FM 96.3), Banacloy señaló que los cortes que comenzarán a arribar «son excedentes de exportación, provenientes de animales más pesados, con mayor grasa, cortes que el mercado internacional no demanda y que acá terminan vendiéndose como si fueran de alta calidad». En esa línea, subrayó que «no es cierto que el precio va a bajar» y denunció que «se trata de carne descartada que se comercializa a un valor elevado».

Además, criticó la falta de diálogo con las provincias al momento de tomar la decisión. «Se sigue actuando con centralismo, como ocurre con las rutas. No hay comunicación ni consulta previa, y recién ahora se acuerdan de Río Negro», agregó.

El ministro también relacionó la resolución con el contexto social y climático que atraviesa el país. «Se eliminan subsidios al gas en medio de una ola polar, y no es lo mismo el invierno en el norte que en la Patagonia. Las decisiones se toman sin una noción real de lo que vivimos acá», indicó. A su vez, insistió en que la provincia no se opone al comercio interno, pero sí exige igualdad en las condiciones sanitarias para todas las regiones. «Si realmente no hay riesgo, no entendemos por qué se continúa vacunando en el resto del país. Necesitamos reglas claras para todos», remarcó.

La Resolución 460/2025 del Senasa, publicada el pasado viernes (27/06), autoriza el ingreso a la Patagonia de cortes con hueso plano -como costilla, asado y esternón- provenientes de zonas consideradas libres de fiebre aftosa con vacunación. Estas carnes llegarán a una región que mantiene su estatus libre sin vacunación. Aunque el Gobierno nacional sostiene que la medida no compromete los acuerdos internacionales ni los estándares sanitarios, en Río Negro y otras provincias patagónicas persiste la preocupación por las consecuencias comerciales y sanitarias que puede acarrear esta flexibilización.

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Gremios

Para ATE, la medida por bajas temperaturas debería ser la suspensión de clases

El sindicato advierte que el Ministerio no preserva la seguridad de toda la comunidad educativa.

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La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) denunció que el Ministerio de Educación discrimina a los porteros de escuela al obligarlos a ingresar a las 7.00 a los establecimientos escolares, cuando el resto de la comunidad educativa lo hará 9.30 horas.

Es que la cartera educativa decidió «preservar a toda la comunidad» de los pronósticos de baja temperatura, pero desde ATE alertaron que «en muchos Consejos Escolares se excluyeron a los porteros».

En este sentido, desde el gremio sugieren suspender las clases como determinaron varias provincias de la Argentina con pronósticos de temperatura por encima de las previstas en Río Negro.

Para la entidad sindical «es inadmisible que algunos Consejos Escolares sigan considerando la existencia de trabajadores de primera y de segunda». Asimismo, adelantaron que «la discriminación nos impulsa a evaluar medidas de acción para los próximos días», concluyeron.

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Río Negro

Más tiempo para anotarse en el Plan Fines 2025

El plan está destinado a jóvenes y adultos y adultas mayores de 18 años.

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El Ministerio de Educación y Derechos Humanos de Río Negro extendió la confirmación de inscripción para la modalidad presencial del Plan Fines en Cipolletti, Bariloche, General Roca y Viedma y las preinscripciones para la modalidad virtual, en la línea deudores de materias.

En este sentido, para quienes quieran confirmar su inscripción de manera presencial en Cipolletti podrán llevar la documentación al CEM 74 el 1 y 3 de julio; en Bariloche en el CEM 77 el 1 y 2 de julio; en General Roca será en el CEM 73 el 1 y 2 de julio; y en Viedma en el CEM 91 los días 1 y 2 de julio. En todos los casos el horario de recepción será de 19 a 21 horas.

Asimismo, para la modalidad virtual se extendió la preinscripción hasta el 30 de junio. Para anotarse, las y los interesados podrán hacerlo ingresando en el formulario: https://forms.gle/ 3pJRWGXrU8sXXfdD7. Recibirán la confirmación entre el 14 y 20 de julio por email. Si no la reciben, es porque no quedaron dentro de las vacantes disponibles.

El plan está destinado a jóvenes y adultos y adultas mayores de 18 años que hayan cursado hasta el último año de la Educación Secundaria como estudiantes regulares y que adeuden materias.

Podrán participar de esta línea quienes terminaron de cursar el último año de la escuela secundaria, hasta el mes de diciembre de 2024 inclusive. Se podrán acreditar hasta cinco materias por cohorte.

Este año tendrán prioridad en primer lugar las y los estudiantes que hayan culminado sus estudios en Escuelas de la Modalidad de Jóvenes y Adultos/as.

En el caso de quedar vacantes disponibles se tendrá en cuenta a quienes hayan terminado sus estudios en Escuelas Técnicas. En ese caso solo podrán inscribirse quienes adeuden hasta cinco espacios curriculares en total de la Formación General. Y quienes hayan culminado sus estudios en la ESRN y adeuden hasta cinco espacios curriculares en total del Ciclo Orientado.

Las y los estudiantes que elijan la modalidad virtual deben contar con la documentación en formato digital que sea legible para cargarla al formulario de preinscripción, de lo contrario no se podrá acceder a la inscripción.

Confirmación de inscripción

En tanto, para la modalidad presencial la inscripción quedará confirmada con la presentación de la documentación respaldatoria: Fotocopia de DNI (dorso y reverso), Constancia de CUIL y Certificación de materias adeudadas de la escuela donde se finalizó de cursar los estudios secundario en las Escuelas Sedes de cada localidad desde la fecha y hasta el 3 de julio como se mencionó en los días y horarios por escuela.

Para mayor información comunicarse a: [email protected].

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