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Río Negro

El STJ confirmó condenas a hermanos acusados de cobrar «peaje» a porteros de Roca

El abogado de Miriam y Pablo Quintreman había apelado el fallo de la Cámara Criminal Segunda de Roca de octubre pasado, pero el máximo órgano judicial de la provincia ratificó el mismo.

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El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de tres años de prisión en suspenso y una multa de $50.000 que la Cámara Criminal Segunda de Roca había impuesto en octubre pasado a dos personas como coautoras de los delitos de «exacciones ilegales agravadas, cuatro hechos en concurso real». Con voto rector del Dr. Sergio Barotto y adhesión de sus pares Dres. Ricardo Apcarian y Enrique Mansilla, el máximo tribunal provincial declaró mal concedido el recurso de casación interpuesto por la defensa de los imputados Miriam Graciela Quintreman y Roberto Pablo Quintreman y confirmó además, respecto del segundo, la inhabilitación absoluta perpetua que había impuesto la Cámara.

En la sentencia se tuvo por acreditado que «entre los años 2009 y 2010, siendo Miriam Quintreman encargada del área del personal no docente (porteros) de la Delegación de Educación del Alto Valle Este y su hermano empleado del Departamento Unidad de Gestión y del área de Salud de la misma Delegación, condicionaron el ingreso, permanencia y rotación de porteros escolares al pago injustificado de sumas de dinero por parte de éstos».

«En su condición de agentes públicos y abusando sistemáticamente de los cargos como de los roles confiados, violaron los deberes inherentes a sus funciones en tanto les exigieron a las víctimas la entrega de varias contribuciones indebidas. Se aprovecharon así de las necesidades de aquellas respecto del acceso a servicios temporarios en el Estado o su renovación y les impusieron pagar en su beneficio distintas sumas de dinero», indica el fallo.

Tras evaluar la sentencia de Cámara, el juez Barotto coincidió en que se acreditó, «más allá de toda duda razonable», que «los imputados, funcionarios públicos, en coautoría y abusando de su cargo, exigieron de modo arbitrario y violentamente a cuatro víctimas la entrega de dinero para ellos, como condición para obtener empleo público o lograr que no se rescindieran sus contratos».

La discusión técnica del fallo

En la casación, el defensor particular Dr. Jorge Crespo cuestionó el rechazo a su planteo de «atipicidad», con el cual había sostenido en el juicio que la conducta de los imputados no encuadraba técnicamente en ningún delito tipificado en el Código Penal. También reprochó la aplicación de la figura de «exacciones ilegales agravadas», considerándolo un delito de naturaleza distinta al delito de «concusión» reclamado por la Fiscalía.

Tras realizar un análisis minucioso de los «tipos penales» mencionados en el caso, el fallo del STJ concluyó que corresponde aplicar la figura de «concusión» cuando el provecho (sea dinero u otra dádiva) es para el funcionario que lo pidió o para otro particular, y que se trata del delito básico de «exacciones» cuando la destinataria de la suma indebida es la propia Administración Pública. Con ese posicionamiento, el STJ modificó y precisó el criterio de

tipificación que venía sosteniendo el STJ en sus fallos desde el año 2005.Se concluyó así que el delito «básico» de exacciones está previsto en el artículo 266 del Código Penal, que sanciona con prisión de 1 a 4 años e inhabilitación especial de 1 a 5 años al «funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por interpuesta persona, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden». Luego el artículo 267 agrava el delito «si se empleare intimidación o se invocare

orden superior, comisión, mandamiento judicial u otra autorización legítima».Y finalmente el artículo 268, que específicamente se refiere al delito de «concusión», define un segundo agravante elevando la pena de 2 a 6 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para «el funcionario público que convirtiere en provecho propio o de tercero las exacciones expresadas en los artículos anteriores».

En el caso juzgado fueron aplicados los tres artículos, utilizándose como equivalentes los términos «exacciones ilegales agravadas» y «concusión». Es por eso que la Cámara de Roca, al fundamentar su elección del tipo penal, señaló que el artículo 266 «contiene varios supuestos de exacciones ilegales, entre ellos la concusión, delito por el que han de responder los acusados en calidad de coautores».

Conforme el voto rector siempre se trató de un pedido ilegal de dinero en provecho propio; por tanto se trataba de una concusión ubicada en el artículo 268 del Código Penal, que debe remitirse al criterio general del 266 del mismo Código, en tanto éste último menciona las exacciones.

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Judiciales

Acordaron casi todo en el divorcio, pero el padre retuvo los pasaportes de sus hijos hasta que les prohibieran la salida del país

Conocé qué resolvió la Justicia.

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Aunque el divorcio se presentó con un acuerdo integral sobre alimentos y cuidado compartido, la discusión se desplazó hacia un punto inesperado: la entrega de los pasaportes de los hijos. El padre condicionó la entrega de los documentos a una prohibición judicial de salida del país ante el temor de que la madre se radicara en Chile.

El matrimonio, celebrado en España y con dos hijos menores de edad que también poseen ciudadanía española, había logrado ordenar casi todos los aspectos de la separación. En el convenio regulador fijaron la cuota alimentaria, el sistema de cuidado personal compartido y el régimen de comunicación. Incluso acordaron resolver en forma privada la liquidación de bienes. Sin embargo, en una de las cláusulas que dispuso el progenitor se estableció que los pasaportes serían entregados solo si antes una jueza dictaba una medida que impidiera a los niños salir de la Argentina.

La madre objetó esa condición cuando respondió la demanda de divorcio. Sostuvo que necesitaba contar con la documentación de sus hijos y que no existía ninguna orden judicial que justificara la retención. La Defensoría de Menores también cuestionó el punto y advirtió que la cláusula afectaba el derecho de los chicos a su documentación y a su identidad.

La jueza de Familia de Bariloche que intervino en el proceso decretó el divorcio, homologó el acuerdo en lo relativo a alimentos y cuidado, pero marcó un límite: si el padre pretendía una prohibición de salida del país, debía promover el trámite correspondiente. Mientras tanto, ordenó la entrega de los pasaportes en el plazo de tres días.

El padre apeló la decisión y sostuvo que el riesgo era concreto, ya que la madre gestionaba una autorización para radicarse en Chile. Con el recurso concedido con efecto suspensivo, la entrega quedó en pausa y el conflicto se trasladó a un nuevo expediente.

La madre inició una medida cautelar autónoma y denunció que los documentos permanecían retenidos. Señaló además que el padre trabaja en Europa con estadías prolongadas fuera del país, lo que dejaba a los niños sin documentación ante cualquier urgencia.

En ese trámite, el hombre finalmente presentó los pasaportes ante el juzgado y pidió que no fueran entregados hasta que se resolviera la prohibición de salida. Los documentos quedaron bajo resguardo judicial mientras avanzaban en paralelo el recurso en la Cámara de Apelaciones y un pedido de autorización para el eventual cambio de residencia de los chicos.

La Cámara cerró el debate principal. Señaló que ninguna cláusula acordada entre las partes puede obligar a un juez a dictar una medida cautelar y que la procedencia de una prohibición de salida depende de la evaluación judicial de sus requisitos legales. También remarcó que la documentación de los niños no puede quedar supeditada a un acuerdo condicionado a una decisión futura.

Con esos fundamentos, confirmó la orden de entrega y dejó en claro que cualquier restricción para salir del país deberá tramitarse en el expediente específico. La medida de prohibición aún no cuenta con una resolución definitiva y deberá resolverse junto con el planteo sobre el eventual cambio de radicación de los niños a Chile, que continúa en trámite.

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Río Negro

Mantenimiento escolar: Un verano a puro trabajo para la vuelta a clases

La ministra de Educación se reunió con los consejeros escolares de toda la provincia.

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La ministra de Educación y Derechos Humanos, Patricia Campos, encabeza en Viedma jornadas intensivas de trabajo junto a los 15 consejeros y consejeras escolares de la provincia, en las que se evalúan y analizan las tareas de mantenimiento iniciadas en diciembre y sostenidas durante el verano para garantizar que las escuelas estén en condiciones de cara al inicio del ciclo lectivo.

Estos encuentros son fundamentales para la gestión del Ministerio ya que cada consejero y consejera, comparten la realidad de su territorio y se trazan distintas estrategias en consecuencia.

«Hacemos una reflexión profunda, un análisis y una evaluación de cómo avanzamos en los trabajos que planificamos y cómo vamos a continuar de cara al inicio escolar», señaló la ministra Campos quien recordó que ni bien finalizó el ciclo 2025, se empezaron a ejecutar los trabajos de mantenimiento previamente planificados.

«Vamos a hacer una evaluación de los trabajos que se llevaron a cabo, de los trabajos que estamos realizando y los que falta concluir», indicó.

Asimismo destacó que en aquellos casos en que alguna obra o intervención no haya finalizado, se pone en marcha un trabajo coordinado por el correspondiente Consejo Escolar y las Direcciones de Educación «En esos casos se prevén dispositivos pedagógicos para que los estudiantes tengan un inicio al igual que el resto de los estudiantes de la provincia» comentó.

«El mantenimiento es algo que se realiza durante todo el periodo escolar. Lo que se diferencia en esta instancia es que durante el receso de verano o el receso invernal, los edificios no se encuentran poblados por estudiantes y docentes por lo que se puede hacer intervenciones más profundas», agregó Campos.

En ese sentido, la ministra explicó que se avanzó con tareas de sanitización que incluyeron desmalezamiento, fumigación y limpieza de tanques, además de trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo. También se revisaron las instalaciones eléctricas, sanitarias, de agua y de gas, con el objetivo de garantizar que todos los edificios cumplan con la normativa vigente.

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Río Negro

Río Negro garantiza 50% de descuento en el boleto interurbano estudiantil

El beneficio alcanza a quienes viajan de manera cotidiana entre distintas ciudades rionegrinas.

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La Secretaría de Transporte de Río Negro continúa con el beneficio del 50% de descuento en el boleto de transporte interurbano para estudiantes universitarios y terciarios que residan y cursen sus estudios dentro de la provincia.

En el marco de la Ley Provincial N 3831, el beneficio alcanza a quienes viajan de manera cotidiana entre distintas ciudades rionegrinas a través de las empresas Koko, Pehuenche, Las Grutas, Vía Bariloche, Amancay SRL y Transporte El Juncal, facilitando el acceso a la educación superior y acompañando el esfuerzo de miles de familias.

Con el objetivo de agilizar y transparentar el proceso de acreditación, la Secretaría de Transporte junto a la Unidad Provincial de Enlace con las Universidades habilitó un formulario de registro destinado a estudiantes universitarios y terciarios rionegrinos. A través de este sistema, se podrá certificar junto a las universidades e institutos de formación docente la condición de alumno regular, permitiendo acceder de manera directa al descuento correspondiente.

Las y los estudiantes interesados deben completar el siguiente formulario: https://bit.ly/4kN7cgW.

Es fundamental consignar correctamente el número de teléfono y correo electrónico, ya que a través de esos medios se informará cuando la condición de regularidad haya sido certificada ante la empresa de transporte correspondiente.

Además, recordaron la importancia de tramitar la Tarjeta Estudiantil, herramienta que permite un acceso más ágil, seguro y ordenado al beneficio.

«Garantizar el acceso al transporte para quienes estudian es una decisión estratégica que fortalece la igualdad de oportunidades en todo el territorio provincial, promueve el arraigo y acompaña la formación de los futuros profesionales rionegrinos. Con políticas concretas y sostenidas, Río Negro continúa consolidando un modelo que prioriza la educación y el desarrollo de su gente», destacaron desde el Gobierno.

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