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Río Negro

Avalan proyecto para bajar los ingresos brutos en créditos hipotecarios

La iniciativa prevé una baja en la tasa de rige actualmente, que pasará del 5% al 1.5%, por lo cual se facilitará el acceso a la vivienda a través de créditos bancarios.

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La comisión plenaria de “Asuntos Constituciones y Legislación General” y de “Presupuesto y Hacienda” dio dictamen favorable a un proyecto de ley del Poder Ejecutivo que permitirá una baja sustancial en el impuesto a los ingresos brutos en materia de préstamos bancarios para vivienda única y de residencia permanente. Rafael Albornoz y Leandro Sferco, de la Agencia de Recaudación Tributaria, expusieron en la comisión sobre el proyecto que busca bajar los ingresos brutos sobre créditos hipotecarios.

En la oportunidad, el subdirector de Planificación de la Agencia de Recaudación, Rafael Albornoz, explicó ante la comisión que aunque para la provincia significará una pérdida en materia de recaudación “la medida tendrá el beneficio de incrementar el número de obras para la construcción y el movimiento inmobiliario”.

También por iniciativa del Poder Ejecutivo, la plenaria declaró de utilidad pública y sujetas a expropiación a parcelas de la localidad de Campo Grande, con el objetivo de ser destinadas a la implementación de proyectos productivos orientados al uso agrícola, ganadero e industrial. Además, recibieron dictamen favorables tres proyectos presentados por legisladores del Frente para la Victoria.

Uno ellos -autoría de Alejandro Marinao y Ariel Rivero- propone la regulación del ejercicio de la kinesiología a través del Ministerio de Salud, que habilitará únicamente a profesionales surgidos de universidad nacional, provincial, regional o privada, habilitadas por el Estado, conforme a la legislación universitaria.

Por otra parte, una iniciativa del legislador Javier Iud, propone agregar a la ley provincial conocida como “De los peatones” un inciso que exprese con claridad que los transeúntes tienen prioridad de paso en las calles sin semáforos y además expresa la necesidad de incorporar un nuevo apartado en el régimen de sanciones que considere como autor de “falta grave” al automovilista que no respete la norma citada anteriormente.

También recibió dictamente favorable el proyecto del legislador Alejandro Marinao para declarar Fiesta Provincial del Locro a una actividad de carácter regional que anualmente se realiza en la localidad de General Enrique Godoy.

Adhieren a la ley que beneficia a las personas electrodependientes

En la plenaria de las comisiones de “Asuntos Constitucionales y Legislación General” y de “Asuntos Sociales” se dio dictamen favorable a una iniciativa que propone la adhesión de Río Negro a la ley nacional que garantiza la gratuidad del servicio básico a las personas electrodependientes. La iniciativa de los legisladores Marta Bizzotto, María Inés Grandoso y Nicolás Rochás (todos del Frente para la Victoria) fue unificada con otro proyecto, presentado con anterioridad a la sanción de la ley nacional. El texto final faculta al Poder Ejecutivo para designar a la autoridad de aplicación.

También recibió dictamente favorable un proyecto de Jorge Vallazza (FPV) de adherir a la ley nacional de Certificado Único de Discapacidad. Se acordó que entre primera y segunda vuelta se dará forma a una cartilla de información que permita a las personas interiorizarse sobre sus derechos y beneficos, y lugares en cuales realizar diferentes trámites.

Por otra parte, recibió aprobación un proyecto de ley de las legisladoras Marta Milesi y Silvia Morales (ambas de Juntos Somos Río Negro) para declarar el 7 de abril de cada año el “Día del Payaso de Hospital”, en conmemoración a la fecha en que fue sancionada la norma provincial que regula la actividad.

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Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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