Sociedad
Seguirían rematando más chacras de la familia allense
La Justicia emitió un comunicado de prensa donde da mayores precisiones sobre el polémico remate que se dio hoy en Roca.

Con motivo del interés público suscitado por la subasta de una chacra ubicada en la ciudad de Allen, desde el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N° 1 de General Roca, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, informaron que el acto de remate fue concretado este martes en el marco del expediente N° 2319-C2014 «Univeg-Expofrut SA c/ Sur Natural SRL y Lustor S.A.C.I.A. s/ Ejecutivo».
Surge de las constancias del expediente que la demanda de ejecución hipotecaria fue iniciada el 25 de septiembre de 2012 por la acreedora Univeg Expofrut SA, en virtud de «un contrato fechado en diciembre de 2008, por el cual la demandada Lustor S.A.C.I.A puso voluntariamente en garantía hipotecaria a favor de la demandante cinco chacras con instalaciones, todas de su propiedad».
Asimismo, «el reconocimiento expreso de deuda fechado el 30 de noviembre de 2010 por parte de la codemandada Sur Natural SRL, por un monto cercano a los 600.000 dólares».
Verificado el incumplimiento de la obligación garantizada, la primera sentencia de ejecución fue dictada el 2 de octubre de 2012, tras lo cual se inició una serie de recursos presentados por la defensa, los cuales fueron resueltos tanto en primera instancia como ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Roca. Ratificada finalmente la sentencia inicial, el 16 agosto de 2016 se ordenó la subasta de los inmuebles hipotecados.
Sin embargo, se abrió entonces una nueva etapa de conciliación, en ambas instancias, materializada mediante audiencias en las que participaron activamente todas las partes involucradas. De ese proceso surgieron dos definiciones, según surge del expediente. Por un lado, el 30 de septiembre del 2016 se dictó la resolución que «adecuó» la ejecución en «salvaguarda de los derechos del deudor y su emprendimiento económico».
Se definió así que la subasta no sea cumplida en un único acto por el total de los inmuebles afectados, sino en remates individuales y sucesivos (siendo el realizado hoy el primero de ellas). Eso permitiría a las demandadas honrar la deuda asumida y al mismo tiempo mantener las restantes unidades productivas en funcionamiento.
Según ese acuerdo, de lograrse el cumplimiento de la obligación con el primero o los primeros remates, quedarían desafectadas de la ejecución las restantes unidades. Textualmente, aquella resolución indica: «…a fin de evitar abusos que puedan perjudicar al deudor como así también al acreedor, se impone en este caso concreto, pues se trata de cinco inmuebles con garantía hipotecaria y que los mismos están afectados a la producción frutícola, en salvaguarda no sólo de la fuente de trabajo sino también de no provocar daño innecesarios, ordenar la subasta en lo inmediato de una sola de las chacras a fin de poder determinar el valor de la misma en el mercado y con ello, luego de producida su venta y cobro por parte del acreedor, poder determinar los saldos pendientes, para de esa manera continuar o no con la liquidación de los bienes».
Por otro lado, el 19 de diciembre de 2017, ante la Cámara de Apelaciones, se alcanzó un segundo acuerdo mediante el cual las demandadas asumieron compromisos de pago en tres cuotas, pactadas para los meses de enero, junio y diciembre de este año. Verificado el incumplimiento de la primera cuota y no habiendo más excepciones para interponer por parte de la defensa, desde el Juzgado de Primera Instancia se avanzó -a pedido de parte- en el proceso de ejecución relacionado con la primera unidad productiva.
Finalmente, surge de las constancias que la titular del juzgado resolvió no hacer lugar a los pedidos de suspensión de subasta oportunamente formulados por distintos actores sociales ajenos al proceso, en virtud de que se trata de una ejecución hipotecaria entre particulares (no bancaria) y por una deuda contraída con posterioridad a diciembre de 2002, que por lo tanto no resulta alcanzada por el régimen de protección especial de unidades productivas regulado por la Ley N° 4856.
Por último, cabe señalar que por tratarse de un proceso no reservado, el trámite integral del expediente (historial de presentaciones, resoluciones, apelaciones y sentencias) está disponible en el sistema de «Búsqueda Expedientes y Listas de Despacho» de la página web del Poder Judicial de Río Negro.
Río Negro
EdERSA pidió un aumento del 45,9% en la tarifa eléctrica y generó fuerte rechazo en audiencia pública
El EPRE ahora deberá analizar técnicamente las exposiciones antes de definir la nueva tarifa.

Finalizó la audiencia pública convocada por el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) en el marco de la 6ª Revisión Tarifaria Ordinaria de EdERSA, donde la distribuidora solicitó una actualización que implicaría una variación estimada del 45,9% en la tarifa media respecto de los valores vigentes.
La instancia se desarrolló de manera virtual y contó con la participación de 33 oradores, entre usuarios residenciales, cámaras empresariales, asociaciones intermedias y organismos públicos.
Durante la jornada, iniciada por el presidente del EPRE, Juan Justo, la empresa expuso los fundamentos técnicos de su requerimiento, detallando la metodología utilizada para el cálculo del Valor Agregado de Distribución (VAD), la base de capital adaptada, los costos proyectados y la tasa de costo de capital solicitada.
Asimismo, defendió la actualización periódica del VAD mediante un mecanismo automático de ajuste (FAV) y modificaciones en los coeficientes de demanda variable (KDV), puntos que generaron observaciones de varios expositores.
El defensor del Usuario, Guillermo Zeug, señaló que existe una «disociación estructural entre la factura abonada y la calidad del servicio», y advirtió sobre el impacto del incremento en sectores como el riego agrícola, galpones de empaque, frigoríficos y comercios.
Por su parte, la defensora del Pueblo, Adriana Santagati, cuestionó la razonabilidad del aumento pretendido y planteó reparos sobre el esquema de actualización automática y el posible traslado de ineficiencias al usuario.
Concluida la audiencia, el EPRE continuará con el análisis técnico de las presentaciones antes de adoptar una definición conforme al marco regulatorio vigente.
Policiales
Rápida intervención de los Bomberos evitó que el fuego consumiera una casa en calle Las Heras
Se incendió un vehículo y las llamas amenazaron con propagarse a una vivienda.

Minutos antes de las 13 horas de este martes (03/03) se registró un incendio en calle Las Heras al 1900, que generó preocupación entre vecinos del barrio.
Al lugar acudió una dotación de los Bomberos Voluntarios de General Roca, que al arribar constató que se trataba de un incendio generalizado en un vehículo estacionado en el interior de una propiedad.
Las llamas ya estaban alcanzando la vivienda donde se encontraba el rodado, lo que elevó el riesgo de propagación hacia el resto de la estructura.
Gracias al rápido accionar de los Bomberos, el fuego fue contenido y extinguido en pocos minutos, evitando que se extendiera a otros sectores de la casa.
Afortunadamente, no se registraron personas heridas ni daños estructurales de consideración, más allá de las pérdidas totales en el vehículo afectado. Las causas del incendio serán materia de pericias para determinar cómo se originó el foco ígneo.
Río Negro
Pago anual 2026: Un solo pago, todo el año saldado y hasta 20% de descuento
Quedan solo dos semanas para adherir a esta modalidad.

Con una importante adhesión por parte de los contribuyentes que eligen organizar sus obligaciones fiscales desde el inicio del año, el Pago Anual 2026 de Automotor e Inmobiliario continúa vigente.
Quedan solo dos semanas para adherir a esta modalidad cuyo vencimiento es el viernes 13 de marzo.
Adherir al Pago Anual no solo permite acceder a un descuento de hasta el 20% para quienes estén sin deuda o con su situación regularizada al 31/12/2025, sino también evitar las actualizaciones mensuales, reducir vencimientos a lo largo del año y dejar saldado el impuesto 2026 en un solo trámite.
Quienes aún no hayan optado por esta modalidad pueden generar su boleta actualizada en agencia.rionegro.gov.ar y abonar con todos los medios habilitados, incluyendo la posibilidad de pagar en hasta 3 cuotas sin interés con tarjetas Visa y Mastercard de Banco Patagonia. El viernes 13 de marzo es el último día.
Se recuerda que quienes no opten por esta modalidad deberán continuar abonando sus impuestos en el esquema mensual habitual de 12 cuotas anuales, sujetas a actualización. Las boletas mensuales se enviarán a los correos electrónicos declarados.






