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Río Negro

La provincia reglamentó la Ley que otorga reparación histórica a agentes cesanteados en la dictadura

Podrán acceder al beneficio todos los agentes de la Administración Pública Provincial que fueran declarados prescindibles o cesanteados entre abril de 1974 y el 10 de diciembre de 1983.

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El Gobierno de Río Negro firmó la reglamentación de la Ley Nº 5042 que otorga la reparación histórica a empleados públicos rionegrinos que fueron perseguidos, prescindidos, cesanteados y/o forzados a renunciar, por motivos políticos, ideológicos o gremiales durante la dictadura cívico-militar de 1976. El Boletín Oficial publicó el decreto 799, que reconoce el derecho de todos los agentes del Estado provincial a un resarcimiento económico.

Desde la Secretaría de Derechos Humanos, se informó que podrán acceder al beneficio “todos los agentes de la Administración Pública Provincial que fueran declarados prescindibles o cesanteados, exonerados y/o forzados a renunciar por motivos políticos, ideológicos, gremiales o razones similares durante el período comprendido entre abril de 1974 y el 10 de diciembre de 1983″. También, aquellos causahabientes que presenten copia certificada de la declaratoria de herederos.

Entre los requisitos obligatorios a presentar para iniciar el expediente de incorporación al Registro Provincial de Reparación Histórica figuran: fotocopia de DNI y un formulario de solicitud, que se podrá solicitar al correo [email protected], con asunto “solicitud de formulario” o retirarlo personalmente en las sedes de la Secretaría de Derechos Humanos, en Viedma, calle Misiones Salesianas N° 20; en General Roca, Tres Arroyos N° 596; y en San Carlos de Bariloche, Frey N° 659 PB.

En el caso de causahabientes, para la acreditación del vínculo se deberá presentar partida de nacimiento o libreta de casamiento y el certificado de defunción.

De manera optativa, a fin de facilitar la documentación probatoria de la declaración jurada, los interesados podrán presentar documental que acredite condición de cesanteado, exonerado, forzado a renunciar o declarado prescindible de la administración pública provincial (decreto, resolución, boletín oficial, etc.) y/o certificación de servicios correspondiente al período en el artículo 1.

El formulario tendrá carácter de declaración jurada y deberá presentarse con todos los datos y firma en cada hoja por el peticionante. En caso de envío postal, recibirá acuse de recibo, la especificación de pasos a seguir y tiempos para la concreción de dicho trámite. El formulario será certificado por un Juez de Paz, ANSES; Registro Civil o Escribanía. Al enviarlo, se deberá consignar: Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Educación y Derechos Humanos de Río Negro, Misiones Salesianas 20. Viedma (CP (8500) Río Negro, “LEY 5042”.

Si se presentara de forma personal se le explicará el detalle del procedimiento. Cada hoja presentada será firmada frente a un agente público de la Secretaría. Deberá adjuntarse original y fotocopia para ser autenticada por agente público de la Secretaría. Los días y horarios de atención, serán de lunes a viernes, de 8 a 12. Para consultas, podrán comunicarse al 02920-428398.

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Río Negro

Río Negro inicia la Vacunación Antigripal en todo el territorio provincial

La vacuna es totalmente gratuita, voluntaria y puede aplicarse en vacunatorios y centros de salud rionegrinos.

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Río Negro se suma al lanzamiento nacional de vacunación antigripal, dirigida a la población objetivo, definida por el Calendario Nacional de Vacunación. La decisión de adelantar su inicio responde al comportamiento epidemiológico observado en la región, con circulación temprana de virus respiratorios y la presencia de una nueva variante de influenza A (H3N2).

Es importante señalar que, como todos los años, los grupos priorizados son el personal de salud, las personas gestantes en cualquier momento del embarazo, personas puérperas, población general a partir de los 65 años, niñas y niños de 6 a 24 meses de edad, y quienes tengan entre 2 y 64 años con factores de riesgo.

La vacunación tiene por objetivo reducir las complicaciones, hospitalizaciones, muertes y secuelas ocasionadas por la infección por el virus influenza en la población de riesgo en Argentina y la provincia.

Cabe remarcar que la vacuna es gratuita, voluntaria y se puede aplicar junto con cualquier otra vacuna en todos los vacunatorios y centros de salud de la Provincia.

El ministro de Salud de Río Negro, Demetrio Thalasselis, destacó que «las inmunizaciones son importante para prevenir las complicaciones de la gripe, estar vacunados previene internaciones, neumonías, y otras complicaciones que pueden traer estos virus de la gripe».

«Nosotros estamos distribuyendo en toda la provincia las vacunas que llegaron desde el Ministerio de Salud de la Nación, el año pasado superamos las 100.000 personas vacunadas en Río Negro, los alentamos y les pedimos que se acerquen a los vacunatorios de los hospitales y a los Centros de Salud de toda la provincia», indicó.

Por su parte la referente del Departamento de Inmunización, Marcela González, indicó que «Nación nos envió más de 37.000 dosis, que nos permitió vacunar a importante porcentaje del personal de salud y a más de 4.500 adultos mayores, que es nuestro objetivo y ya comenzamos a vacunar en menores cantidades, al resto de los grupos priorizados».

Además destacó que este año «Nación adelantó el envío de vacunas, y eso es muy bueno, nos va a permitir tener vacunado a un porcentaje muy alta de la población de riesgo antes de que comiencen a circular los virus en el invierno».

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Política

Plan Castello: Río Negro realizó un nuevo pago y redujo su deuda 55%

El saldo del bono se redujo de U$S 320 millones a U$S 142 millones.

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El Gobierno de Río Negro realizó un nuevo pago del Plan Castello por más de U$S 41 millones, avanzando en el proceso de desendeudamiento iniciado en diciembre de 2023. De esta manera, la Provincia redujo en un 55% el saldo del financiamiento del plan.

Con el pago de U$S 41.694.412 correspondiente a la quinta cuota del Plan Castello -entre capital e intereses- el saldo del bono se redujo de U$S 320 millones a U$S 142 millones. Esto representa una disminución del 55% desde el inicio del proceso de cancelación.

Entre diciembre de 2023 y marzo de 2026, Río Negro redujo su deuda total en dólares de U$S 413 millones a U$S 302 millones, es decir, U$S 111 millones menos (-27%). En paralelo, el peso de la deuda sobre los ingresos corrientes cayó del 71% al 15%, lo que representa una mejora histórica del 79% en los indicadores de sostenibilidad fiscal.

«Este proceso de ordenamiento financiero fortalece la solvencia de la Provincia y mejora su posicionamiento ante organismos internacionales de financiamiento como el BID, la CAF y la AFD. De esta manera, Río Negro consolida su capacidad para acceder a financiamiento destinado a obras de infraestructura y proyectos estratégicos que acompañen el desarrollo productivo y el crecimiento de la provincia», indicaron desde el Ejecutivo rionegrino.

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Judiciales

Fallo contempló el cuidado exclusivo de una madre y fijó una cuota de siete salarios mínimos

El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior.

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El cuidado cotidiano que la madre ejerce de manera exclusiva sobre su hija fue uno de los factores centrales para fijar una cuota alimentaria equivalente a siete Salarios Mínimos Vitales y Móviles. La sentencia, dictada en Bariloche, también dispuso que el padre deberá afrontar el 50% de los gastos extraordinarios vinculados con la crianza.

La demanda fue presentada por la madre en representación de su hija de 8 años. Señaló que el progenitor reside en Buenos Aires y que el contacto con la niña es esporádico, ya que se ven una o dos veces al año. También explicó que las tareas de cuidado recaen exclusivamente sobre ella.

Según la presentación, el padre pagaba de manera directa un colegio privado, el comedor y algunas actividades. Además, hasta septiembre de 2023 realizaba depósitos mensuales, que luego dejó de efectuar. La madre sostuvo que ese aporte resultaba insuficiente frente al conjunto de gastos de crianza.

El progenitor respondió que no estaba en condiciones de afrontar el monto solicitado. Indicó que se dedica a la intermediación en la venta de caballos, con ingresos irregulares, y afirmó encontrarse desocupado. Durante una audiencia ofreció una suma menor junto con algunos pagos directos, pero no hubo acuerdo.

En el expediente se incorporaron informes sobre los gastos de la niña, vinculados con educación, cobertura médica, actividades extracurriculares y tratamientos médicos. También se realizó una pericia social en el domicilio materno que describió condiciones habitacionales adecuadas y señaló que el hogar se sostiene con el salario de la madre.

Al analizar el caso, la sentencia destacó que las tareas de cuidado tienen un valor económico que debe considerarse al fijar la cuota alimentaria. En este caso, se acreditó que esas responsabilidades recaen casi en su totalidad sobre la progenitora.

El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior. En ese contexto, el juzgado indicó que, ante ingresos informales, es el propio alimentante quien se encuentra en mejores condiciones de acreditarlos.

Con base en las necesidades de la niña y las circunstancias acreditadas en el proceso, la sentencia hizo lugar a la demanda y fijó la cuota alimentaria en siete salarios mínimos vitales y móviles, además del pago compartido de los gastos extraordinarios.

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