Río Negro
La provincia reglamentó la Ley que otorga reparación histórica a agentes cesanteados en la dictadura
Podrán acceder al beneficio todos los agentes de la Administración Pública Provincial que fueran declarados prescindibles o cesanteados entre abril de 1974 y el 10 de diciembre de 1983.

El Gobierno de Río Negro firmó la reglamentación de la Ley Nº 5042 que otorga la reparación histórica a empleados públicos rionegrinos que fueron perseguidos, prescindidos, cesanteados y/o forzados a renunciar, por motivos políticos, ideológicos o gremiales durante la dictadura cívico-militar de 1976. El Boletín Oficial publicó el decreto 799, que reconoce el derecho de todos los agentes del Estado provincial a un resarcimiento económico.
Desde la Secretaría de Derechos Humanos, se informó que podrán acceder al beneficio “todos los agentes de la Administración Pública Provincial que fueran declarados prescindibles o cesanteados, exonerados y/o forzados a renunciar por motivos políticos, ideológicos, gremiales o razones similares durante el período comprendido entre abril de 1974 y el 10 de diciembre de 1983″. También, aquellos causahabientes que presenten copia certificada de la declaratoria de herederos.
Entre los requisitos obligatorios a presentar para iniciar el expediente de incorporación al Registro Provincial de Reparación Histórica figuran: fotocopia de DNI y un formulario de solicitud, que se podrá solicitar al correo [email protected], con asunto “solicitud de formulario” o retirarlo personalmente en las sedes de la Secretaría de Derechos Humanos, en Viedma, calle Misiones Salesianas N° 20; en General Roca, Tres Arroyos N° 596; y en San Carlos de Bariloche, Frey N° 659 PB.
En el caso de causahabientes, para la acreditación del vínculo se deberá presentar partida de nacimiento o libreta de casamiento y el certificado de defunción.
De manera optativa, a fin de facilitar la documentación probatoria de la declaración jurada, los interesados podrán presentar documental que acredite condición de cesanteado, exonerado, forzado a renunciar o declarado prescindible de la administración pública provincial (decreto, resolución, boletín oficial, etc.) y/o certificación de servicios correspondiente al período en el artículo 1.
El formulario tendrá carácter de declaración jurada y deberá presentarse con todos los datos y firma en cada hoja por el peticionante. En caso de envío postal, recibirá acuse de recibo, la especificación de pasos a seguir y tiempos para la concreción de dicho trámite. El formulario será certificado por un Juez de Paz, ANSES; Registro Civil o Escribanía. Al enviarlo, se deberá consignar: Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Educación y Derechos Humanos de Río Negro, Misiones Salesianas 20. Viedma (CP (8500) Río Negro, “LEY 5042”.
Si se presentara de forma personal se le explicará el detalle del procedimiento. Cada hoja presentada será firmada frente a un agente público de la Secretaría. Deberá adjuntarse original y fotocopia para ser autenticada por agente público de la Secretaría. Los días y horarios de atención, serán de lunes a viernes, de 8 a 12. Para consultas, podrán comunicarse al 02920-428398.
Judiciales
Favoreció solo a un hijo en la herencia: Ordenan compensar al resto de los hermanos
Un padre cedió un predio a un sólo heredero y dejó afuera al resto.

Todo empezó mucho antes del expediente judicial. Empezó en un predio fiscal de Fernández Oro, en una porción de tierra ocupada por una familia desde comienzos de la década del setenta. Allí se levantaron construcciones, se hicieron cerramientos, se abrió una perforación para extraer agua y se plantaron árboles. Durante años, ese espacio funcionó como lugar de vivienda y de trabajo para varios integrantes del grupo familiar.
Con el paso del tiempo, esa historia común tomó otro rumbo. En 1996, el padre de la familia firmó una cesión gratuita a favor de uno de sus hijos. El trámite se hizo dentro de un expediente administrativo de la Dirección de Tierras de Río Negro. No se trató de una escritura sobre el dominio del inmueble, porque la tierra seguía bajo órbita provincial. Pero sí incluyó algo con valor concreto: la posición de permisionario y, sobre todo, las mejoras y adelantos existentes en el lugar.
Años después, tras la muerte del padre, esa decisión volvió al centro de la escena. Tres coherederos acudieron al Poder Judicial con un planteo preciso. Sostuvieron que aquella cesión benefició a un solo heredero y dejó afuera al resto en el reparto de un patrimonio que, según afirmaron, no contaba con otros bienes de peso. El reclamo apuntó a que esa ventaja patrimonial ingresara al cálculo de la sucesión.
Del otro lado, el heredero demandado sostuvo una posición distinta. Señaló que el terreno nunca perteneció al padre como dueño, porque se trataba de tierras fiscales. En esa línea, afirmó que nadie podía heredar una propiedad que nunca integró el patrimonio en calidad de dominio. También defendió la validez de la cesión administrativa que lo colocó como ocupante reconocido del predio.
El caso llegó a sentencia en el fuero Civil de Cipolletti. El Juzgado reconstruyó la historia, revisó el expediente administrativo y analizó cuál era la naturaleza de lo transferido. La respuesta no pasó por la propiedad del suelo, sino por el valor patrimonial de lo cedido. La resolución indicó que, aunque el muerto no era titular del dominio, sí transfirió de forma gratuita una ventaja económica concreta a uno de sus hijos: un conjunto identificable de mejoras y adelantos asentados sobre la parcela fiscal.
Ese punto resultó decisivo. Para el Juzgado, la discusión no exigió anular el acto ni quitarle al demandado su situación administrativa frente a la Provincia. El eje estuvo en otro lado: determinar si esa cesión debía computarse al momento de partir la herencia. Y la respuesta fue afirmativa.
La sentencia resolvió que el heredero beneficiado deberá colacionar en la sucesión el valor total de esas mejoras y adelantos. Es decir, ese beneficio deberá ser incorporado a la cuenta particionaria como anticipo de herencia. El fallo aclaró además que no entran en ese cálculo las mejoras posteriores ni los frutos obtenidos después, porque el objeto de análisis quedó limitado a lo que existía al momento de la cesión de 1996.
¿Qué es la colación?
La colación es una regla del derecho sucesorio que busca mantener la igualdad entre los herederos. En términos simples, significa que si uno de los hijos recibió un beneficio económico del padre o de la madre mientras estaban con vida, ese beneficio debe tenerse en cuenta cuando se reparte la herencia.
No implica devolver el bien recibido. Lo que se hace es sumar su valor a la herencia para calcular el reparto de manera equitativa.
Policiales
Del 20 al 27 se abonará la zona desfavorable a retirados y pensionados
Alcanza a más de 3.000 policías retirados y pensionados.

Del viernes 20 al 27 de marzo, el Gobierno Provincial abonará una nueva cuota de la reparación histórica por zona desfavorable a 3.037 policías retirados y pensionados, destinando $1.470 millones a este reconocimiento.
El cronograma se organiza por edades, de la siguiente forma:
- Viernes 20 de marzo: cobrarán las personas entre 76 y 79 años, y entre 71 y 75 años.
- Miércoles 25 de marzo: cobrarán las personas entre 66 y 70 años.
- Jueves 26 de marzo: cobrarán las personas entre 61 y 65 años.
- Viernes 27 de marzo: cobrarán las personas de hasta 60 años.
Policiales
Descubrieron una plantación de marihuana en una isla del río Negro
La Policía encontró plantas que alcanzaban casi los 3 metros de altura.

Un efectivo operativo policial permitió desarticular una plantación ilegal de cannabis sativa en una isla del río Negro, a unos 7 kilómetros de Lamarque. El procedimiento, llevado adelante por la Brigada Motorizada de Apoyo (BMA), culminó con el secuestro de 55 plantas de gran tamaño y casi 16 kilos de flores de marihuana, además de otros elementos clave para la investigación.
El hallazgo se produjo durante tareas de reconocimiento del área en sectores rurales de difícil acceso. En ese contexto, los efectivos de la BMA llegaron hasta un islote ubicado en la margen sur del río, donde detectaron, camuflado entre álamos y sauces, un cultivo montado de manera estratégica para pasar desapercibido y aprovechar el aislamiento natural del terreno.
Allí, los uniformados encontraron plantas que alcanzaban casi los 3 metros de altura, lo que evidencia un desarrollo prolongado y cuidado. Pero además, se identificaron tres sectores acondicionados para el secado de cogollos, donde había flores ya recolectadas, con un peso total que rondaba los 16 kilos, listas para su procesamiento.
Asimismo, el lugar presentaba signos claros de actividad reciente. Por un lado, había una estructura precaria tipo garita, que sería utilizada como resguardo o punto de vigilancia. Por otro, se detectó un arma de fabricación casera, ubicada en una de las paredes, lo que sugiere la existencia de un sistema rudimentario de seguridad para proteger la plantación.
En medio del procedimiento, un hombre de 55 años se hizo presente y al ver tamaña presencia policial, intentó fugarse. De todas maneras fue alcanzado y detenido por orden de la Justicia.
Una vez confirmado el hallazgo, se dio inmediata intervención a la fiscal federal de General Roca, Paula Perfetti, quien dispuso las medidas correspondientes. En paralelo, se desplegó un operativo integral que incluyó registro fotográfico, filmaciones con drone y la participación de personal del Gabinete de Criminalística para asegurar cada uno de los elementos encontrados.
Finalmente, todo lo secuestrado fue trasladado a dependencias policiales, mientras avanza la causa por infracción a la ley de drogas.





