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Feria de invierno en la Justicia: Magistrados y Personal que prestan servicio

Conocé en detalle como trabajará la Justicia durante el receso invernal.

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Por Resolución 535/17, se dispuso el funcionamiento de las diferentes áreas del Poder Judicial durante la Feria de Invierno, con el objetivo de garantizar la prestación del servicio de justicia. El presidente del STJ, Ricardo Apcarián, cumplirá funciones durante la segunda semana de la feria, junto a los vocales de Superior Tribunal, Adriana Zaratiegui y Sergio Barotto. Por su parte, los Jueces del STJ Enrique Mansilla y Liliana Piccinini estarán en la primera semana del receso.

Jueces penales, civiles y de Familia

En la Primera Circunscripción, los jueces penales de turno serán Ignacio Gandolfi en la primera semana y Carlos Mussi en la segunda. Por otra parte, los Jueces de Cámara que quedarán a cargo son: María Luján Ignazi en la primera semana y Ariel Gallinger en la segunda, ambos en el Fuero Civil. En Penal estará en funciones la Jueza Daniela Zágari durante la primera semana y la última estará el Juez Carlos Reussi. Por su parte, en Laboral quedará las dos semanas a cargo el Juez Carlos Marcelo Valverde. En Civil y Familia, los Jueces Vanessa Kozaczuk de SAO y Leandro Oyola de Viedma; estarán las dos semanas en funciones.

En General Roca, los Jueces de Instrucción-Penal que estarán a cargo será Juan Pablo Chirinos, en la primera semana y Julio Martinez Vivot en la segunda. En cuanto a los Jueces de Cámara del Fuero Laboral estará Edgardo Juan Albrieu la primera semana y Silvana Gadano, la segunda semana. En Civil estará Adriana Mariani, la primera semana u Gustavo Martinez, la segunda. Y en Penal estará Daniel Tobares, la primera semana y Veronica Rodriguez del 24 al 28 de julio. Mientras tanto, con respecto a los Jueces Civiles, María Del Carmen Villalba se quedará la primera semana y Andrea De La Iglesia lo hará la segunda. Mientras que la Jueza Moira Revsin de Familia estará en funciones las dos semanas.

En Bariloche, los Jueces de Instrucción de turno serán Juan Martín Arroyo, la primera semana y la segunda estará Marcos Burgos. En cuanto al foro Civil y de Familia estará las dos semanas la Jueza Erika Fontela de El Bolsón. Además también para el fuero de Familia estará la Jueza Marcela Trillini de Bariloche, las dos semanas. Y en Civil estará la primera semana Santiago Moran y la segunda Mariano Castro. Con respecto a los Jueces de Cámara estarán en funciones Jorge Serra en Laboral la primera semana y Edgardo Camperi en Civil la primera semana. Y en Penal estará Joos Gregor en la primera semana y Marcelo Barrutia en la segunda.

Por último, en Cipolletti, estará en funciones la Jueza de Instrucción Sonia Martin las dos semanas. Mientas que los Jueces de Cámara que estarán prestando servicio son: Raúl Santos en Laboral, la primera semana y Luis Mendez, la segunda. En Civil estará la Jueza Emilce Alvarez del 17 al 25 de julio y el Juez Marcelo Gutierrez del 26 al 28. En cuanto a la Cámara Criminal estarán a cargo los Jueces Pablo Repetto, la primera semana y César Elcaras Gutierrez, la segunda semana. En Familia está a cargo la Jueza Marissa Palacios del 17 al 19 de julio. Y los Jueces Civiles Federico Corsiglia estará del 20 al 26, mientras que Soledad Peruzzi prestará servicios el 27 y 28.

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Volcó el acoplado y perdió toda la fruta que iba al norte: Condenan parcialmente a la conductora que chocó al camión

El siniestro ocurrió en el cruce de la Ruta 22 y calle Félix Heredia.

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Foto: Archivo.

Un camión que transportaba 1.300 bultos de fruta transitaba por la Ruta Nacional N° 22 en sentido oeste en Roca, volcó y perdió todo su cargamento. El rodado, al llegar al cruce con la calle Félix Heredia, fue colisionado en el costado derecho por una camioneta que circulaba en sentido contrario.

El golpe provocó el vuelco del semirremolque y la pérdida total de la carga. El impacto generó un efecto tijera entre el acoplado y el camión, que terminó en un desagüe.

La empresa se dedica a la carga de peras y manzanas para abastecer el norte del país. Además, realiza el traslado de azúcar a los supermercados de la zona. Luego del siniestro, la firma inició una demanda por daños y perjuicios contra la conductora de la camioneta.

El fuero civil de Roca admitió parcialmente el reclamo. Reconoció el costo de reparación del camión y rechazó la indemnización por el semirremolque porque ya había sido cubierta por el seguro, lo que impedía un doble cobro. También desestimó los reclamos por el equipo de frío y la carga transportada por falta de pruebas.

Mediante una pericia técnica, el fallo consideró acreditada la mecánica del accidente. Así, concluyó que la conductora ingresó a la ruta sin las precauciones necesarias.

La prueba producida no confirmó la existencia de pérdidas económicas derivadas del accidente ni la interrupción de contratos comerciales. La sentencia destacó la ausencia de una pericia contable que respaldara ese perjuicio.

En cambio, sí admitió la indemnización por privación de uso del vehículo. Consideró que la imposibilidad de utilizar el camión genera un daño en sí mismo, por la afectación a la actividad normal de la empresa. Fijó este concepto en el monto reclamado.

Finalmente, la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la conductora a pagar una indemnización. También extendió la condena a la aseguradora según la póliza vigente.

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Los gatos no lo dejaban dormir y ahuyentaron a sus inquilinos: Condenan a vecinos por los daños

Además del pago de una indemnización, la sentencia impone la obligación de prevenir y terminar toda fuente de molestias injustificadas.

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Un hombre buscaba tranquilidad en su casa de Ingeniero Huergo, pero las noches se volvieron un mal sueño. El silencio se rompía cada madrugada con golpes secos sobre las chapas. Varios gatos saltaban, peleaban y corrían sobre su techo.

Esta situación afectó su salud y también su bolsillo. Sus inquilinos no soportaron el ruido y abandonaron el departamento que él alquila. Un joven que estudiaba y trabajaba fue uno de los más afectados. Nunca lograba el descanso adecuado.

Así, el hombre bajó el precio del alquiler para que el lugar no quedara vacío. Mientras los desechos de los animales se acumulaban sobre su vivienda.

El Juzgado de Paz de Ingeniero Huergo hizo lugar a la demanda de menor cuantía iniciada por el dueño de la casa. La acción fue por los daños y perjuicios derivados de ruidos molestos e inmisiones producidas por animales.

Además del pago de una indemnización, la sentencia impone a los vecinos la obligación de prevenir y terminar toda fuente de molestias injustificadas.

El hombre sostuvo que desde 2023 sufre perturbaciones constantes por la presencia de gatos provenientes de la vivienda vecina. Indicó que los animales circulan por los techos, generan ruidos nocturnos, se pelean y dejan excrementos en su propiedad.

También señaló que existieron denuncias previas en el Juzgado de Faltas Municipal, con sanciones que no fueron cumplidas por los vecinos.

Las personas negaron los hechos. Declararon ejercer una tenencia responsable de sus animales. Dijeron que los gatos se encuentran castrados. En su defensa, señalaron que existe sobrepoblación de animales y que no puede atribuirse a ellos la conducta denunciada. Además, acusaron al hombre de hostigar a vecinos y de exagerar los perjuicios.

Durante el proceso se produjeron pruebas documentales y testimoniales. Un testigo que alquilaba al actor confirmó que los ruidos de los gatos eran diarios y nocturnos, y que le impedían descansar, lo que motivó su mudanza. El tribunal consideró relevante la ubicación de los inmuebles, que facilita el tránsito de animales entre ambos fondos.

El juez analizó el caso bajo el Código Civil y Comercial, que regula las inmisiones entre vecinos. Concluyó que las molestias superaron el umbral de tolerancia normal debido a su frecuencia, horario y duración. También valoró el incumplimiento previo de la normativa municipal y de decisiones del Juez de Faltas.

Se consideró acreditada la conducta ilegal por omisión; esto quiere decir que, ante las advertencias y los llamados de atención, los vecinos no actuaron y tomaron una actitud pasiva. Además, se dio por probado el daño moral sufrido por el propietario.

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Condenaron a un policía por dispararle a su ex pareja: Le hirió el pie con su arma reglamentaria

El juez subrayó que el disparo podría haber tenido consecuencias más graves si hubiera impactado en otra parte del cuerpo.

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Un empleado policial fue declarado penalmente responsable por unanimidad del delito de lesiones graves agravadas por violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de arma de fuego, luego de que el Tribunal Colegiado interviniente tuviera por acreditado que disparó contra su ex pareja hiriéndola en el pie con su arma reglamentaria.

El hecho ocurrió el 18 de mayo pasado en el domicilio de la víctima. El presidente del Tribunal destacó la solidez del testimonio de la damnificada, quien mantuvo su declaración sin variaciones desde la denuncia inicial hasta el debate oral. «Pudo describir tanto las situaciones previas como lo ocurrido el 18 de mayo pasado en su domicilio, con precisión y detalle», señaló el magistrado.

El Tribunal también descartó de manera categórica el carácter accidental del episodio. «La consecuencia de este episodio pudo haber sido más grave si el disparo efectuado por el imputado hubiese impactado en otra parte del cuerpo de la víctima. No cabe duda de que no fue un hecho accidental, sino doloso», expresó el presidente del cuerpo judicial.

En la misma audiencia, la Fiscalía solicitó la prórroga de las medidas cautelares hasta la firmeza del fallo para resguardar a la víctima, quien deberá declarar en la próxima audiencia de cesura de la pena.

La defensa penal pública no formuló oposición y el Tribunal resolvió prorrogar la prohibición de acercamiento en un radio de 100 metros y de todo tipo de contacto, tanto directo como a través de terceros o medios electrónicos.

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