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Río Negro

Es ley el rechazo a las centrales nucleares extranjeras en Río Negro

Se debatió largo y tendido sobre el artículo 2 del proyecto enviado por Weretilneck, ya que implica la excepción a la instalación de plantas de diseño nacional. Por el primer artículo, sólo una legisladora votó en contra.

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La Legislatura de Río Negro acompañó mayoritariamente al Poder Ejecutivo en su decisión de prohibir por ley y de manera definitiva, cualquier posibilidad de instalar centrales nucleares para la generación de energía eléctrica en el territorio de Río Negro. Sobre 45 legisladores presentes, 44 de pronunciaron a favor del artículo que así lo establece de manera taxativa. Quien votó en contra fue Daniela Agostino, del Frente Progresista.

Esta determinación del Ejecutivo provincial, según queda expresado en la nota de elevación a la Legislatura, resulta “de los acontecimientos que surgieron de la propuesta del gobierno nacional de instalar la quinta usina nuclear de generación eléctrica en nuestro territorio”.

El debate de este expediente fue seguido desde las bandejas del recinto por representantes de la “Asamblea de Vecinos por el No a la Planta Nuclear” que siguieron atentamente su discusión y que se expresó a viva voz por el rechazo al segundo artículo del proyecto oficial que implica la excepción a la instalación de plantas de diseño nacional basadas en la tecnología CAREM (Central Argentina de Elementos Modulares) desarrollada por CNEA e INVAP. Esa misma postura fue posteriormente expresada por algunos legisladores de la oposición con el argumento de que “No es No” a la instalación de centrales nucleares en Río Negro, “sean chinas o argentinas”, sin que ello implique un rechazo a las actividades que realiza la empresa rionegrina INVAP.

La argumentación oficial también hace referencia a la legislación aprobada por el Congreso Nacional desde el año 2009 con el relanzamiento del Plan Nuclear Argentino, impulsado por la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner, con apoyo en ambas cámaras del Parlamento, cuando fue declarado “de interés nacional” la construcción de Atucha 3 y las tareas de “extensión de vida” de la Central de Embalse Río Tercero.

También alude a los diferentes “Convenios Marco” firmados en Buenos Aires en el año 2014 con la República Popular de China, en materias económica, financiera, infraestructura, energía, comercio, transporte y cultural, la modernización del ferrocarril Belgrano, y un acuerdo financiero de 11.000 millones de dólares, entre otros. Dichos convenios se complementaron posteriormente en el viaje realizado por la ex presidenta a China con la firma de 15 nuevos acuerdos además de un “memorandum de entendimiento” en diversos temas, entre ellos el que daba lugar a la posibilidad de una 5ta. Central Nuclear en Argentina, la primera en nuestro país del tipo de Agua Presurizada cuya operación se realiza con uranio enriquecido y agua liviana.

El debate legislativo

Alejandro Palmieri, presidente del bloque Juntos Somos Rio Negro, repasó este historial de acontecimientos y reconoció que “el solo anuncio formal generó (en Río Negro) una reacción que no pudimos desconocer y que fue motivo de discusiones en todos los ámbitos sociales” e hizo referencia a que la falta de “licencia social” de la comunidad para avanzar en esta idea “pudo apreciarse y fue respetada por el gobierno provincial”.

El miembro informante de la iniciativa oficial afirmó que “si en tan solo cuatro meses el tema generó tantas opiniones en contra, no pudimos desoír lo que la gente nos estaba expresando y esto concluye con la decisión de plasmar esa voluntad popular en una ley” y que interpretó “hará repensar a las autoridades nacionales sus intenciones de llevar adelante iniciativas como ésta en cualquier provincia argentina”.

Agregó Palmieri que esta decisión “no debe ser coyuntural” y “que mañana intentemos hacer o escribamos algo distinto a lo que hoy decidimos con esta ley. La licencia social la construimos entre todos y Río Negro fue clarísimo a la hora de expresarse por lo que este proyecto significa, sin lugar a dudas, que nuestro territorio queda expresamente prohibida la instalación de centrales nucleares para la generación de energía nucleoeléctrica”.

Respecto del segundo artículo afirmó que “Río Negro ya tiene centrales nucleares. y cuando planteábamos las instalaciones que están en Bariloche quedó claro que no se pueden comparar los reactores que allí hay con uno de 1.150 megas; pero también es necesario proteger al INVAP que es de todos los rionegrinos, una de las empresas emblema en tecnología y en ciencia en Argentina y en el continente y de larga experiencia realizando trabajos de y con responsabilidad”.

Recordó sobre el particular que “esta misma Legislatura, hace menos de dos meses, firmó los avales para que el INVAP participe en una licitación para un reactor nuclear de investigación en Holanda”, y que “en este mismo recinto quedó plasmado por entonces el orgullo que todos sentimos por nuestra empresa a la que, de no aprobarse este segundo artículo, estaríamos hiriendo de muerte”.

Por el bloque del Frente para la Victoria, Nicolás Rochás adelantó el voto afirmativo en general y su “enérgico rechazo” al artículo 2, por considerarlo “malo, infundado y contradictorio”. Manifestó su oposición a la instalación de reactores nucleares de potencia en la provincia. Criticó la fundamentación del proyecto hecha por el bloque oficialista por decir “verdades y mentiras a medias”. Rochás sostuvo que el proyecto le pertenece al pueblo porque fue una construcción política colectiva. Finalmente, manifestó su oposición a la instalación de la planta, entre otros motivos, “por los desechos que genera, por los riesgos y peligros que implica, porque la energía que genera es cara y sucia, porque se instalaría en un área protegida y porque en la mayoría de los países del mundo este tipo de energía va en declive”.

Por la bancada de AFPIR, Jorge Ocampos y Daniela Agostino emitieron votos diferentes, Ocampos acompañó y Agostino se opuso, no obstante, ambos lamentaron que no se haya llamado a una consulta popular, a un plebiscito vinculante, para decidir sobre la instalación de la planta nuclear. La legisladora calificó al proyecto como “cuasi esquizofrénico” y expresó que no puede “apoyar algo que nace de la irresponsabilidad y el oportunismo”, aseguró que se trató de una “decisión unilateral”. Cuestionó la falta de tiempo para analizar el tema y asoció la medida adoptada a un “resultado electoral”. Ocampos consideró que una compulsa pública hubiera permitido que la gente respalde o no la decisión tomada por el gobierno provincial.

El legislador Facundo López (JSRN) señaló que “llegamos hasta la etapa de exploración. Decidimos conocer sobre la posibilidad de instalar una central nuclear porque pensamos que era una posibilidad de desarrollo económico para la provincia, no tuvo la licencia social, entonces no habrá central nuclear”.

Por su parte, el legislador Mario Sabbatella (FNyP) expresó que “hubiera sido necesario un debate, escuchar tanto los que están en contra como los que están a favor”. Asimismo, adelantó el acompañamiento al proyecto en general y no en particular, ya que “hay dudas con el articulo dos, pienso que es necesario debatirlo y convocar a los técnicos del INVAP”.

La presidente del bloque radical, Soraya Yauhar afirmó que este proceso estuvo cargado de contradicciones respecto a la política nuclear del país, afincada en la mirada local. A su vez, señaló que faltó información fiable y científica, y sobró opinión oportunista, “montada en la contienda electoral inmediata”. Por esto, consideró que Río Negro perdió la gran oportunidad de que la sociedad rionegrina pueda debatir seriamente este tema. La legisladora adelantó su acompañamiento a la iniciativa “con muchos interrogantes” porque consideró que “es la mejor que pudo encontrar el gobierno en este contexto”, y propuso que no se abandone el debate objetivo de la política energética y el paradigma ambiental “sobre bases sólidas, serias, científicas y objetivas”, y recordó que la región sur, zona a la que representa, necesita desarrollarse.

Votación final

Las discusiones se prolongaron durante varias horas con las posturas y argumentaciones planteadas desde el comienzo del tratamiento de la iniciativa oficial y concluyeron con algunas consideraciones finales del titular del bloque oficialista Alejandro Palmieri, tras lo cual se procedió a la votación del proyecto. Con 45 legisladores presentes, el Artículo 1 fue votado favorablemente por 44 legisladores y 1 voto en contra. El Artículo 2 tuvo 27 votos favorables y 18 por la negativa.

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Judiciales

Confirman sentencia contra administradora de plan de ahorro por no dar información clara y precisa

El consumidor reclamó tras recibir una cuota 84 con un valor elevado y sin explicación.

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Un fallo de segunda instancia confirmó una sentencia que había condenado, de manera solidaria, a una administradora de planes de ahorro y a una terminal automotriz, por incumplimientos al deber de información hacia un consumidor de Viedma.

El caso se originó a partir del reclamo de un hombre que había suscripto un plan de ahorro a 7 años y que, al llegar a la cuota final número 84, recibió un monto considerablemente más alto de lo esperado, sin una explicación clara ni detallada sobre su conformación.

En primera instancia, el juez tuvo por acreditado que existía un saldo deudor, pero consideró que la administradora no logró explicar de manera razonada cómo se había arribado a ese monto. En el análisis también se tuvo en cuenta la aplicación de una medida cautelar dictada en el marco de un amparo colectivo, que luego fue revocada, sin que ello fuera debidamente informado al consumidor.

El Juzgado entendió que la empresa incumplió el deber de información, al no brindar precisiones sobre la composición del valor móvil, los rubros incluidos en los cupones de pago ni el impacto de la medida cautelar en la cuota final. Esa conducta fue considerada un incumplimiento relevante dentro de una relación de consumo, por lo que se ordenó el pago de una indemnización por daño moral y la aplicación de un daño punitivo.

Al analizar el recurso, la Cámara confirmó el fallo y sostuvo que no resultaba suficiente consignar el valor móvil en los cupones, sino que era exigible una conducta activa y transparente por parte de la administradora, conforme a la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial.

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Judiciales

Responsabilizan a la dueña de un perro por un ataque en la vía pública: La víctima sufrió lesiones estéticas permanente

Las marcas quedaron visibles y a eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada.

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Una mujer sufrió lesiones de consideración y secuelas estéticas permanentes tras el ataque de un perro en plena vía pública. Eran cerca de las 9 de la mañana cuando caminaba hacia su trabajo y, al pasar frente a una vivienda, el animal se lanzó sobre ella sin advertencia previa. La mordió reiteradamente en un brazo y recién se separó tras varios intentos. El episodio ocurrió en Bariloche y un fallo civil condenó a la dueña del can a pagar una suma millonaria.

El ataque no fue un hecho menor ni aislado en sus consecuencias. La mujer recibió atención médica de urgencia y continuó con tratamientos posteriores por las lesiones provocadas por la mordedura. Las marcas quedaron visibles y permanentes. A eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada en un espacio que, por definición, debería ser seguro: la vereda de una calle residencial.

Durante el juicio, el juez civil interviniente dio por acreditado que el ataque ocurrió sin provocación alguna por parte de la víctima y que el perro se encontraba bajo la guarda de su propietaria. Para reconstruir lo sucedido, el magistrado valoró actas policiales, registros de sanidad animal, documentación médica, fotografías y testimonios producidos en el expediente. Ese conjunto probatorio permitió descartar cualquier versión alternativa de los hechos.

El fallo se apoyó en un principio jurídico central: los daños causados por animales se rigen por el régimen de responsabilidad objetiva previsto en el Código Civil y Comercial. Bajo este sistema, no resulta necesario demostrar negligencia, descuido o intención. El dueño responde por el solo hecho de tener al animal bajo su control. La ley solo admite la eximición de responsabilidad si se prueba culpa de la víctima, intervención de un tercero ajeno o un hecho imprevisible e inevitable. Ninguna de esas circunstancias fue acreditada en el caso.

La sentencia fijó una suma superior a los 6 millones y medio de pesos. El monto reconoció, en primer lugar, el daño estético derivado de la cicatriz que dejó la mordedura, considerada una alteración permanente de la apariencia física. El juez entendió que esa secuela debía ser reparada de manera autónoma, aun cuando no afectara de forma directa la capacidad laboral de la mujer.

También se reconoció el daño moral. El fallo destacó el carácter traumático del ataque, el miedo experimentado, la alteración de la tranquilidad personal y las limitaciones que el hecho impuso en la vida cotidiana de la víctima. La agresión, ocurrida de manera súbita y violenta, fue considerada suficiente para justificar una reparación económica relevante por la afectación espiritual sufrida. Además, se admitieron gastos médicos posteriores al episodio, vinculados a curaciones, medicamentos y atenciones necesarias como consecuencia directa del ataque.

El tribunal rechazó, en cambio, el reclamo por daño psicológico permanente. Un informe pericial concluyó que la mujer no presenta una patología psíquica ni una incapacidad duradera, sino reacciones esperables frente a un evento violento. Si bien se reconoció la existencia de angustia y conductas de evitación, estas no alcanzaron el umbral de una afección psicológica indemnizable como incapacidad. La sentencia no está firme porque puede ser apelada.

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Gremios

El Gobierno propuso suma compensatoria y actualizar salarios por IPC

ATE analizará la oferta, mientras que UPCN ya adelantó su rechazo asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

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El Gobierno de Río Negro retomó las negociaciones paritarias con los gremios ATE y UPCN, en el ámbito de la Mesa de la Función Pública. Se presentó una propuesta superadora que combina una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, con un esquema de actualización automática por IPC para los primeros 4 meses de 2026.

Los representantes de ATE adelantaron que «la decisión final la van a tomar las instancias orgánicas del sindicato», mientras que UPCN rechazó la propuesta asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

La oferta oficial consta de 4 ejes. En primer lugar, incluye una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025 por un total de $250.000. El monto se abonará por planilla complementaria en 2 cuotas iguales: la primera el 20 de febrero y la segunda el 20 de marzo.

Para la pauta salarial 2026, el Ejecutivo propuso un mecanismo de actualización automática bimestral basado en la evolución del IPC, que cubre los primeros 4 meses del año. Los haberes de febrero se ajustarán según el IPC de diciembre y enero, mientras que los de abril lo harán con los índices de febrero y marzo. A pedido de los gremios, el cálculo surgirá del promedio entre el IPC Nacional y el IPC Viedma.

Además, en marzo se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100% respecto del año anterior, alcanzando los $80.000 y los $160.000 en el caso de familias con hijos con discapacidad.

Por último, se confirmó el pago del concepto Indumentaria con un incremento interanual, que alcanzará los $250.000. El monto se depositará en 2 cuotas, el 17 abril y el 17 mayo.

«Estamos haciendo un gran esfuerzo, pero siempre con los pies sobre la tierra. No vamos a sacrificar la responsabilidad fiscal, porque el orden de las cuentas es lo único que nos permite garantizar el pago en tiempo y forma, un compromiso que esta gestión ha cumplido siempre», explicó la secretaria de la Función Pública.

Esquema de pagos y actualizaciones mes a mes

Con la propuesta de Gobierno, en febrero se abonaría la primera cuota de la compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, por un monto de $125.000, y se aplicará el aumento salarial correspondiente por IPC.

En marzo, se pagará la segunda cuota de la compensación extraordinaria, también por $125.000, y se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100%, que alcanzará los $80.000 por hijo y los $160.000 en el caso de hijos con discapacidad.

En abril se aplicará un nuevo aumento salarial por IPC y se abonará la primera cuota del concepto Indumentaria, por un monto de $125.000.

En mayo se completará el pago del concepto Indumentaria con la segunda cuota, también por $125.000.

La reunión fue encabezada por la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra, junto a sus pares de Hacienda, Natalia Crociati, y de Gobierno, Natalia Almonacid. Por los gremios participaron Mónica Miranda (UPCN) y Rodrigo Vicente (ATE).

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