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El STJ rechazó el recurso extraordinario planteado por la defensa del policía Villegas

Ahora, a los nuevos abogados (Pineda e Iribarren) del detenido, le queda como último recurso presentar una queja directamente ante la Corte Suprema de Justicia para que se revea el fallo.

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El Superior Tribunal de Justicia denegó el recurso extraordinario federal planteado por la defensa del imputado Jorge Villegas, quien se encuentra condenado -sin sentencia firme- a la pena de prisión perpetua por el homicidio de Pablo Vera, ocurrido en Roca el 25 de septiembre de 2014.

El 10 de marzo de 2016, la Cámara Criminal Tercera de Roca condenó al imputado, quien por entonces era Sargento de la Policía provincial, a la pena de prisión perpetua como autor del delito de «homicidio calificado por la calidad de autor y por la utilización de arma de fuego». Contra esa sentencia la defensa planteó un recurso de casación, que fue declarado «mal concedido» por el Superior Tribunal de Justicia en diciembre del mismo año. Luego el imputado, tras haber designado como nuevos defensores a los abogados Oscar Pineda y Pablo Iribarren, planteó un recurso extraordinario federal, con el objetivo de llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Ese recurso fue ahora rechazado por el STJ, en un fallo que lleva los votos coincidentes de los jueces Sergio Barotto, Liliana Piccinini y Adriana Zaratiegui.

En su recurso los defensores sostuvieron, entre otros agravios, que la sentencia impugnada «resulta arbitraria». Cuestionaron que se «soslayó analizar la procedencia de una clara causal de justificación como es la legítima defensa» y reprocharon la inclusión de la agravante por «abuso de la función» policial.

Al analizar el planteo el Fiscal General advirtió que la presentación «no reúne los extremos requeridos en la Acordada Nº 4/2007 de la Corte Suprema» en cuanto a las formalidades del recurso y dictaminó que la sentencia del STJ que rechazó en diciembre la casación «cumple con los estándares internacionales y constitucionales» pues refleja «una revisión integral» del fallo condenatorio.

Por su parte, el abogado por la parte querellante coincidió en pedir que se «declare inadmisible» el recurso de la defensa.

En la sentencia que rechazó finalmente el planteo el STJ argumento que la defensa «insiste en denunciar una supuesta carencia de fundamentación por la absurda o arbitraria valoración de la prueba y por la incorrecta inclusión de la agravante relacionada con el abuso de la función o cargo. Ahora bien, este Superior Tribunal examinó la serie de razonamientos lógicos desarrollados en la sentencia que condenó al señor Villegas, los que han dado cuenta extensamente de la totalidad de la prueba pertinente producida en el expediente, tanto para desestimar los dichos exculpatorios del imputado como para corroborar la hipótesis de la acusación».

En cuanto a la alegada legítima defensa, el STJ avaló su rechazo porque se «desechó la existencia de un forcejeo y un ataque de la víctima». Por el contrario, la Cámara de Roca, al dictar su condena tuvo por acreditado que Vera recibió el disparo «desde atrás, a muy corta distancia, cuando escapaba corriendo tras ser sorprendida en un intento de robo».

Cabe señalar que el imputado se encuentra cumpliendo prisión preventiva desde el dictado de la sentencia de Cámara en 2016 y que la condena en su contra no está firme, pues la defensa tiene plazo para presentar como último recurso una queja directamente ante la Corte Suprema de Justicia.

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Dictaron prisión preventiva para el camionero que manejaba con 4,20 g de alcohol en sangre, chocó en la Ruta 22 y se dio a la fuga

El imputado, oriundo de Salta, embistió a dos vehículos y terminó provocando que uno caiga a un desagüe. Además, un hombre sufrió heridas de gravedad.

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Foto: Archivo.

Un hombre oriundo de la provincia de Salta fue acusado este lunes (19/01) por el delito de lesiones graves culposas doblemente agravadas, tras protagonizar un grave siniestro vial mientras conducía con exceso de alcohol en sangre y posteriormente darse a la fuga. La jueza de Garantías dispuso su prisión preventiva por el plazo de 2 meses.

Según expuso la fiscal de feria durante la audiencia que se realizó esta mañana, el hecho ocurrió el pasado sábado (17/01), cerca de las 19 horas, sobre la Ruta Nacional N° 22 y calle Mendoza, en uno de los accesos principales a la ciudad de General Roca y donde funcionan semáforos.

El acusado circulaba en sentido este-oeste a bordo de un camión Mercedes Benz, perteneciente a una empresa de transporte, de manera imprudente y antirreglamentaria, cuando impactó desde atrás a un Chevrolet Meriva. Como consecuencia del choque, este vehículo colisionó por alcance a un Renault Kwid y terminó cayendo al interior de un desagüe.

Producto del impacto, el conductor del Chevrolet Meriva sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura de pelvis.

Tras el siniestro, el conductor del camión fue trasladado a la Unidad del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca, pero se dio a la fuga mientras el personal policial realizaba las actas correspondientes. Al día siguiente se presentó de forma voluntaria en la unidad policial y quedó detenido.

El test de alcoholemia practicado en el lugar del hecho arrojó un resultado de 4,20 mililitros de alcohol en sangre.

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La Justicia de Roca otorgó a un padre el cuidado exclusivo de su hija tras episodios de abandono de su madre

La mujer dejó a la niña sola en un taxi y luego en una terminal de ómnibus.

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El fuero de Familia de General Roca resolvió otorgar el cuidado personal unilateral de una niña a su padre, luego de acreditarse reiteradas situaciones de desprotección y negligencia por parte de la madre, que pusieron en riesgo su bienestar.

Según se desprende del expediente, cuando la niña tenía apenas un año, su madre la subió sola a un taxi y la envió al lugar de trabajo del padre. Al llegar, el hombre no se encontraba allí, lo que expuso a la menor a una grave situación de vulnerabilidad. Años más tarde, el episodio se repitió cuando la mujer dejó nuevamente sola a la niña, esta vez en una terminal de ómnibus.

En ambas oportunidades fue el padre quien asumió de manera inmediata el cuidado de su hija. Frente a estos antecedentes, y con el objetivo de garantizarle un entorno estable, seguro y afectivo, el hombre recurrió a la Justicia y solicitó el cuidado exclusivo de la menor.

Durante el proceso judicial se incorporó un informe socioambiental, que describió un hogar monoparental en el cual el padre organiza su actividad laboral en función de las necesidades de la niña. Si bien se señalaron carencias materiales en la vivienda, el informe concluyó que el entorno resulta apto para la crianza, destacando además que la menor asiste regularmente a la escuela y recibe atención psicológica.

La Defensora de Menores dictaminó a favor del otorgamiento del cuidado personal unilateral al padre, en atención al interés superior de la niña, valorando también la ausencia procesal de la madre y las pruebas que acreditaron conductas negligentes.

En su resolución, la jueza subrayó que la madre, pese a haber sido debidamente notificada del inicio de la demanda y de las audiencias fijadas, no compareció en ninguna instancia del proceso, lo que fue interpretado como un claro desinterés por la situación de su hija.

«El interés superior del niño es el lineamiento rector en todas las cuestiones en que este se halle afectado; la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos», sostuvo la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El fallo remarcó que, si bien ambos progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, el cuidado personal puede ser atribuido de forma unilateral cuando existen razones fundadas que lo justifiquen, como ocurrió en este caso. Además, se recomendó la continuidad de un abordaje terapéutico integral y el acompañamiento profesional para la niña.

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Violencia de género en el barrio Malvinas: Un hombre quedó detenido tras una brutal agresión

El ataque ocurrió en una vivienda del barrio Malvinas y fue frenado por la intervención policial.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por un grave hecho de violencia de género ocurrido el pasado martes (13/01) en una vivienda del barrio Malvinas, en General Roca, donde una mujer fue agredida física y verbalmente en presencia de los tres hijos que ambos tienen en común.

Según se expuso en la audiencia, el imputado llegó al domicilio y comenzó a increpar e insultar a la víctima, para luego golpearla violentamente en distintas partes del cuerpo. En la vivienda se encontraban los hijos de la mujer, quienes presenciaron el ataque. La hija mayor, de 14 años, intentó proteger a sus hermanos menores mientras daba aviso a su abuelo. Al mismo tiempo, un vecino que escuchó los gritos alertó al sistema de emergencias 911.

La rápida llegada de personal policial, junto con el padre de la mujer, permitió frenar la agresión. Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió múltiples lesiones que incluso le impidieron desplazarse por sus propios medios.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía se incluyeron el registro de la llamada al 911, el acta de denuncia penal, certificados médicos que acreditan lesiones múltiples -calificadas como leves según el tiempo de curación- y el resultado del test de alcoholemia practicado al imputado. Además, se informó que se dio intervención a la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).

Durante la audiencia, la defensa se opuso al pedido de prisión preventiva y propuso medidas alternativas, como prohibición de acercamiento, dispositivos duales y acciones vinculadas al tratamiento por consumo problemático de alcohol, con el objetivo de que el imputado pudiera continuar con su actividad laboral.

La Fiscalía, en tanto, sostuvo la necesidad de la prisión preventiva debido a la gravedad del hecho, el riesgo para la víctima y la necesidad de garantizar el normal desarrollo del proceso penal.

Finalmente, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y resolvió dictar la prisión preventiva del imputado, además de prohibir todo tipo de contacto con la víctima.

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