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Judiciales

Piden 16 años de prisión para co-autores de homicidio en El Cuy

Los dos imputados confesaron que participaron del hecho ocurrido el 26 de abril del año pasado. También hay dos sujetos más implicados en la causa que todavía no fueron identificados.

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Este miércoles inició el juicio para el caso que investigó el homicidio de Juan Cardoso, ocurrido en abril de 2016 en la localidad de El Cuy. Luego de las declaraciones indagatorias de los imputados y que ambos confesaran el hecho, llegó el turno de los alegatos.

La fiscal Jefe a cargo de la acusación, Graciela Echegaray, solicitó una pena de 16 años para uno de los acusados y para el otro la misma pero unificada con otra que ya tenía, resultando 16 años y 6 meses.

“Hemos escuchado aquí la declaración indagatoria de los imputados, pero no basta con la simple confesión sino que también resulta necesario avalar ello con las pruebas del expediente”, dijo Echegaray cuando inició sus alegatos.

Es así que tal lo explicado por la Fiscalía “el móvil del delito no corresponde con que ingresaron a la vivienda a matar sino que, y como ya se venía advirtiendo, el hecho del disparo da cuenta de ‘robando mata’, art. 165 del Código Penal”. Sumado a lo anterior, Echegaray mencionó la declaración de la esposa de la víctima que dijo que los dos hombres que estaban en la habitación preguntaban por “la caja”, y la mujer agregó que había otros dos en la escalera.

El resto de la prueba fue: el dermonitrotest que dio positivo en el guante de uno de los imputados; los restos de cristales de la ventana encontrados en el mismo elemento; la declaración de una vecina; la pericia realizada a la ropa de los acusados; el arma secuestrada y su correspondiente pericia balística que da cuenta que la misma fue la utilizada para disparar y que coincide con la bala calibre 32 extraída del cuerpo de la víctima.

Entonces, la calificación legal que el Ministerio Público Fiscal les indilgó a los imputados es: “co-autores responsables de robo, con resultado homicidio, doblemente agravado por el uso de arma de fuego, en poblado y en banda” (Art. 165, 41 bis, 167 inc. 2 y 45 del Código Penal) . Fue adherida por la querella y aceptada tanto por los abogados particulares como por el defensor oficial, Oscar Mutchinik. Cabe mencionar que en la sala se encontraban presentes la hermana y la esposa del fallecido.

Echegaray cerró sus alegatos solicitando que se continúe con la investigación de los otros dos imputados que están prófugos y que se tenga en cuenta en artículo 11 bis de la Ley 24.660, acerca de la obligación de hacer saber a la víctimas de los posibles beneficios que pudieron obtener los imputados.

Por su parte, el defensor público Oscar Mutchinik mencionó que “la excesiva calificación legal y la pena que conlleva ha sido corregida con buen tino por la parte acusadora, sumado a la voluntad del imputado de asumir su responsabilidad en el hecho”.

El hecho se produjo el 26 de abril de 2016 a la madrugada cuando los imputados, junto a dos sujetos más que hasta la fecha no fueron identificados, y tras acordar un plan común, ingresaron a la vivienda de Juan Alejandro Cardoso, quien se encontraba durmiendo junto a su mujer y dos niños, uno de 8 años y un bebé de 4 meses.

Luego de amenazar a la señora, los cuatro hombres huyeron por la Ruta Provincial N° 6 con dirección a General Roca, sin apoderarse de ningún efecto, probablemente en un vehículo Peugeot 306 de color verde que estaba estacionado en la vía pública, frente al comercio de Pérez. Aproximadamente a las 4 de la madrugada, en un procedimiento de tránsito realizado por el Cuerpo de Seguridad Vial de Roca fueron demorados dos de ellos conduciendo dos motocicletas, momento desde el que permanecen privados de su libertad.

La lectura de la sentencia será el 27 de septiembre a las 12.30.

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Judiciales

Un fallo condenó a KoKo por las lesiones sufridas por dos pasajeras en un colectivo

El colectivo circulaba bajo la lluvia y atravesó un reductor de velocidad en Vintter y Rochdale. Dos mujeres sufrieron lesiones y la Justicia reconoció distintos rubros indemnizatorios.

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Dos mujeres que viajaban como pasajeras en un colectivo de la empresa KoKo deberán ser indemnizadas por las lesiones y consecuencias que sufrieron luego de un accidente ocurrido en General Roca.

El hecho se produjo cuando la unidad circulaba por la zona de Vintter y Rochdale, en un día de lluvia, con el asfalto mojado y visibilidad reducida. Al atravesar un reductor de velocidad, el colectivo realizó un fuerte movimiento y las dos pasajeras salieron despedidas de sus asientos, golpeándose contra el interior de la unidad.

De acuerdo con la reconstrucción realizada durante el proceso judicial, el colectivo atravesó el reductor a una velocidad que no resultó adecuada para las condiciones existentes.

Una de las mujeres sufrió múltiples fracturas de costillas y una fractura de esternón que requirió una intervención quirúrgica. Además, debió realizar rehabilitación y presentó secuelas físicas y psicológicas.

La otra pasajera sufrió dolores cervicales, permaneció alrededor de 20 días sin poder trabajar y también presentó consecuencias psicológicas relacionadas con el accidente.

Ambas iniciaron una demanda por daños y perjuicios contra el conductor, la empresa de transporte y la compañía aseguradora. El fuero Civil de Roca consideró acreditada la responsabilidad por el accidente y ordenó reparar los distintos perjuicios reconocidos en la sentencia.

El conductor y la empresa rechazaron la demanda y sostuvieron que las lesiones se habían producido porque las pasajeras no utilizaban cinturones de seguridad. La aseguradora adhirió a esa postura.

Sin embargo, durante el proceso se incorporaron fotografías del gabinete de Criminalística que demostraron que el colectivo no contaba con cinturones de seguridad.

La prueba reunida también permitió respaldar el relato de las pasajeras sobre el fuerte movimiento que experimentaron dentro de la unidad. A esto se sumaron las constataciones realizadas después del accidente y las pericias sobre la mecánica del hecho, las lesiones y las secuelas.

La pericia accidentológica determinó que los daños observados en el colectivo eran compatibles con un impacto contra el reductor de velocidad. También se constató que en el sector existía cartelería y señalización que advertía sobre su presencia.

Al analizar el caso, el fallo aplicó las normas de responsabilidad civil y las obligaciones de seguridad correspondientes al transporte de pasajeros. En ese marco, se tuvo en cuenta el deber del conductor de mantener el dominio efectivo del vehículo y adecuar la velocidad a las condiciones de circulación, además de la responsabilidad de la empresa como titular y beneficiaria de la unidad.

La jueza concluyó que la versión de las pasajeras encontraba respaldo en las pruebas incorporadas al expediente y descartó la defensa vinculada con la supuesta falta de cinturones.

En ese sentido, señaló que «el colectivo no poseía cinturones de seguridad», circunstancia que surgía de las fotografías incorporadas a la causa.

A partir de la mecánica del accidente y de las consecuencias acreditadas, el Poder Judicial reconoció distintos rubros indemnizatorios para ambas mujeres y ordenó reparar los daños sufridos.

La sentencia no se encuentra firme y puede ser apelada.

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Judiciales

Prisión preventiva para un hombre acusado de amenazar con una navaja a dos hermanas

Las víctimas, de 17 y 10 años, lograron escapar y avisaron a su madre, quien llamó al 911. El hombre fue detenido poco después por personal policial.

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Un hombre de 41 años fue imputado por amenazas con arma blanca y continuará detenido con prisión preventiva, luego de ser acusado de interceptar y amenazar a dos hermanas de 17 y 10 años en General Roca.

Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el sábado (03/10), alrededor de las 16.25, en la esquina de Mirlo y Cipolletti. En ese lugar, las dos hermanas fueron interceptadas por el imputado, quien habría tomado del cuello a la menor y le colocado una navaja. Las adolescentes lograron zafarse y escapar corriendo, sin presentar lesiones. Minutos después se comunicaron con su madre, quien realizó un llamado al 911.

A partir de la descripción brindada, personal de la Subcomisaría 69° logró localizar al hombre. Según explicó la fiscal Victoria Bou Abdo, al advertir la presencia policial, el acusado ingresó a una vivienda, donde finalmente fue detenido.

Entre los elementos incorporados a la investigación se encuentran la denuncia realizada por la madre de las adolescentes, la entrevista efectuada en sede policial, la intervención del Gabinete de Criminalística, las partidas de nacimiento que acreditan las edades de las víctimas y los antecedentes penales del imputado.

Durante la audiencia, el defensor penal público Miguel Salomón se opuso a la formulación de cargos. Sostuvo que no existían elementos suficientes para determinar que el hombre detenido fuera quien participó del hecho y cuestionó que se hubiera establecido una característica física particular que permitiera identificarlo.

Por su parte, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva al considerar que existe riesgo de entorpecimiento de la investigación. Entre las medidas pendientes se encuentran las entrevistas en Cámara Gesell de las hermanas, las audiencias de reconocimiento de personas y el análisis de las cámaras ubicadas en el lugar, tarea para la cual se solicitó la intervención de la Brigada de Investigación. La defensa también se opuso a la prisión preventiva y ofreció medidas menos gravosas.

Finalmente, la jueza de Garantías Claudia Lemunao tuvo por formulados los cargos y resolvió que el imputado continúe detenido bajo prisión preventiva.

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Acusado de 24 estafas: La Fiscalía presentó la prueba contra un ex empleado policial

El imputado habría utilizado un boleto de compraventa de una fracción de tierra en Paso Córdoba para inducir a error a un grupo de policías. Declararán alrededor de 29 testigos.

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El Ministerio Público Fiscal presentó este lunes (05/10) la prueba con la que avanzará hacia el juicio contra un ex empleado policial imputado por estafa, luego de la reformulación de la acusación realizada el 3 de septiembre pasado. Durante el debate se prevé la declaración de alrededor de 29 testigos, entre ellos las personas que figuran como víctimas en la causa.

Según explicó la fiscal del caso, Jessica González, el hecho investigado ocurrió entre octubre de 2021 y marzo de 2024 en General Roca. El imputado habría utilizado un ardid y aprovechado su condición de empleado policial para exhibir un boleto de compraventa correspondiente a una fracción de tierra ubicada en Paso Córdoba.

De acuerdo con la acusación, el hombre argumentaba además mantener una relación de amistad con el propietario de la inmobiliaria y ofrecía facilidades de pago.

La Fiscalía sostiene que, mediante esa maniobra, indujo a error a un grupo de policías, quienes entregaron dinero por distintos medios de pago, entre ellos efectivo en pesos y dólares y transferencias bancarias.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal informó que, luego del análisis de los datos proporcionados a los peritos contables, se determinó que el perjuicio económico asciende aproximadamente a $4.300.000 y 750 dólares.

Tras arribar a algunas convenciones probatorias con la defensa particular, la Fiscalía solicitó que el juicio sea llevado adelante por un Tribunal Unipersonal.

La fecha del debate será definida por la Oficina Judicial. La calificación legal por la que se concretará el juicio será estafa reiterada (24 hechos) en concurso real.

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