Seguinos

Judiciales

Diez allanamientos en Allen y Roca en investigación por robo a joyería de Cipolletti

Hallaron armas y joyas que podrían tener vinculación con el robo.

el

El fiscal Guillermo Merlo encabezó en la mañana de este viernes una decena de allanamientos en el marco de una investigación por el robo que sufriera una joyería ubicada en el centro de la ciudad de Cipolletti. En las diligencias se hallaron armas y joyas que podrían tener vinculación con el robo. La información que sirvió como base para la solicitud de los allanamientos surgió de escuchas telefónicas.

El pasado 12 de agosto, una joyería ubicada sobre calle Yrigoyen de esta ciudad sufrió un violento robo a mano armada. A partir de allí, la Unidad Fiscal de delitos contra el Patrimonio a cargo de Guillermo Merlo y la Brigada de Investigaciones de Cipolletti comenzaron una investigación para intentar dar con los autores del robo y los objetos robados.

A partir de las primeras pesquisas y del cotejo de las cámaras de seguridad apostadas en el lugar, se comenzó a sospechar de dos sujetos que podría ser los autores del asalto y por este motivo, el fiscal solicitó la intervención de los teléfonos celulares de estos hombres. De las grabaciones de sus conversaciones surgieron elementos para sospechar que no sólo habían cometido el robo a esta joyería, sino que podrían estar vinculados a otros hechos en locales comerciales del mismo rubro.

La paciente tarea de inteligencia, concluyó con la ubicación de una decena de lugar que fueron inspeccionados esta mañana. Nueve allanamientos se realizaron en la ciudad de Allen, mientras que el décimo fue en General Roca.

En ellos, se secuestraron alhajas y relojes que podrían haber sido robados en el hecho ocurrido en Cipolletti y que deberán ser reconocidos por el propietario del local comercial. Además, también fueron halladas armas de fuego similares a las utilizadas en el asalto al local de calle Yrigoyen.

Los dos sospechosos del robo a Cipolletti fueron identificados y prontuariados y permanecerán vinculados a la investigación. Merlo indicó que los siguientes pasos en la continuidad del proceso, serán realizar el reconocimiento de objetos por parte del propietario del local y posteriormente la realización de una audiencia de formulación de cargos.

Cambios del nuevo código

El nuevo Código de Procedimiento Penal, vigente desde el 1 de agosto, permite a los fiscales que investigan un hecho sucedido en sus circunscripciones, a solicitar y encabezar diligencias en ciudades fuera de su competencia original.

Lo que dice textualmente el nuevo Código en su artículo 64 es que “en los actos procesales se observarán las siguientes reglas (…) los fiscales y jueces podrán constituirse en cualquier lugar del territorio provincial para la realización de los actos propios de su función”.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judiciales

Cesantearon a una empleada judicial por tener tres empleos en simultáneo

La situación se descubrió por controles internos luego que la mujer registrara más de 400 de días de licencia en poco más de 4 años, por cuestiones de salud y de atención familiar.

el

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro resolvió la cesantía de una empleada judicial de la Cuarta Circunscripción, tras comprobar que registraba tres empleos en simultáneo. Además, ordenó remitir el expediente a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas de la Provincia para que analice si la situación generó un perjuicio económico al erario público.

La mujer durante la pandemia se mudó a otra provincia. La situación se descubrió por controles internos luego que la mujer registrara más de 400 de días de licencia en poco más de 4 años, por cuestiones de salud y de atención familiar.

En el proceso disciplinario se verificó que figuraba como trabajadora en el Poder Judicial, en una Municipalidad de la Provincia de Neuquén y en la obra social de los petroleros de esa provincia.

En 2019 registró más de 100 días de licencia. Luego, con la pandemia, se mudó a una ciudad neuquina y desde allí desarrolló tareas. En 2022 usufructuó 180 días de licencia extraordinaria sin goce de haberes. Cuando requirió una extensión, le fue denegada. Pero al inicio del año siguiente hizo uso de licencia por enfermedad de tratamiento prolongado, totalizando más de 255 días. Finalmente, usufructuó más de 150 días de licencia sin goce de haberes, con certificado médico.

La agente admitió el múltiple empleo en su declaración y dio cuenta de las situaciones de salud propias y de allegados. Dijo que desconocía que estaba violando disposiciones con los distintos trabajos registrados. Aseguró que en el último tiempo solicitó licencia sin goce de haberes.

El máximo órgano judicial determinó que hubo una incompatibilidad legal establecida en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley de Ética e Idoneidad de la Función Pública.
Las investigaciones dieron cuenta de que la agente figuraba con múltiples empleadores según los registros previsionales y las bases de datos de AFIP y ANSES.

En el proceso se solicitaron informes a los organismos tributarios y de seguridad social para determinar la cantidad de empleadores, los aportes registrados y otros antecedentes vinculados.

Continuar leyendo

Judiciales

Chocó, tenía seguro contra todo riesgo pero la aseguradora tardó 8 meses en arreglarle el auto

Fue a reclamar a la Justicia y la indemnizarán con más de 3 millones de pesos.

el

Una mujer fue embestida por un joven en Viedma. Como tenía cobertura contra todo riesgo, inició rápidamente los trámites ante el seguro. Aunque la empresa reconoció el daño y aceptó cubrir la reparación, por la demora en la provisión de repuestos y en el inicio de los trabajos la privación de uso se extendió por más de 8 meses.

Siempre que llamaba al taller de chapa y pintura le informaban que estaban trabajando pero faltaban repuestos. Cansada de comunicarse con el seguro para que compraran los elementos, se dirigió a comercios de Viedma, donde constató que los repuestos estaban disponibles para la venta.

Durante meses vivió una odisea de reclamos, llamadas y gestiones para conseguir que el vehículo fuera reparado.

En el proceso judicial se acreditó que la aseguradora incumplió con los plazos razonables para la reparación del vehículo y no ofreció respuestas claras a los reclamos de la clienta. Recién tras la intervención de la instancia de mediación, la empresa puso el automóvil a disposición de la mujer.

Sin embargo, el auto fue entregado con nuevos inconvenientes: parabrisas roto, problemas con el cierre centralizado y la batería descargada.

El juez del caso destacó que existió una falta de diligencia profesional, ausencia de información clara durante el proceso y una actitud indiferente frente a los derechos del consumidor, configurando una conducta reprochable en el marco de una relación de consumo.

El fallo ordenó a la empresa abonar un monto por privación de uso durante los 166 días imputables a la aseguradora, otro por daño moral, reconociendo la afectación emocional sufrida por la actora durante el extenso proceso y finalmente una reparación por daño punitivo. Este último rubro implica una multa civil por la gravedad de la conducta empresarial. Así, la Caja Seguros deberá pagar más de 3 millones de pesos.

Continuar leyendo

Judiciales

Gracias a un permiso que llegó a tiempo, podrá participar de un programa de intercambio educativo en el Reino Unido

La adolescente vive en el Alto Valle, estudia en una escuela local, le gusta el inglés y desde hace años construye su vida en Argentina.

el

Una adolescente de Río Negro podrá participar de un programa de intercambio educativo en el Reino Unido luego de que el Poder Judicial reconociera los efectos de una sentencia dictada en Ucrania, que privó al padre biológico de la responsabilidad parental. La madre, que se radicó en Argentina junto a su hija, solicitó la validez del fallo extranjero. Una jueza de Familia de Cipolletti verificó que se cumplieron los requisitos procesales y que la decisión no afectaba el orden público nacional, por lo que dispuso su reconocimiento formal.

El pasaje decía Londres. Era un programa de intercambio por un mes, con clases, recorridas y la promesa de vivir en otro idioma. La valija ya estaba casi lista, el entusiasmo también, pero algo faltaba: un expediente judicial, lejos de los mapas turísticos, todavía esperaba su resolución.

La adolescente que preparaba ese viaje vive en el Alto Valle, estudia en una escuela local, le gusta el inglés y desde hace años construye su vida en Argentina. Llegó desde Ucrania junto a su madre, después de atravesar un contexto difícil, con una guerra en curso y sin condiciones para asegurar una vida digna. Desde entonces, Río Negro se convirtió en su nuevo hogar.

El viaje era una oportunidad, pero también un obstáculo. Al iniciar los trámites ante Migraciones, la madre se encontró con un requisito inesperado: la sentencia extranjera que había privado al padre biológico de la responsabilidad parental debía ser reconocida en Argentina. Ese fallo, dictado por un tribunal de familia en Ucrania, explicaba que el padre no había cuidado a su hija durante el matrimonio, no la había acompañado tras el divorcio y ni siquiera había comparecido cuando fue citado a la audiencia.

La mujer presentó toda la documentación: la sentencia apostillada, traducida por traductora pública oficial, la partida de nacimiento, pruebas de residencia permanente en el país y constancias del colegio al que asiste su hija. Aclaró que no pedía una autorización para salir del país, ya que el padre estaba legalmente inhabilitado para tomar decisiones. Solo buscaba que el Poder Judicial argentino reconociera el efecto de ese fallo, condición indispensable para seguir con el trámite de viaje.

También explicó que, además del permiso ante Migraciones, necesitaba ese reconocimiento para iniciar la solicitud de visa al Reino Unido. El proceso exigía una antelación de al menos tres meses, y la fecha de partida ya se acercaba.

La Defensora de Menores intervino en el expediente y asumió la representación complementaria de la adolescente. Tras analizar la documentación, dictaminó a favor del pedido. Señaló que se trataba de proteger el interés superior de la joven, su derecho a estudiar y a participar de una experiencia educativa internacional.

La causa avanzó. La jueza revisó los requisitos previstos por la legislación argentina para validar sentencias extranjeras. Confirmó que el tribunal ucraniano había sido competente, que el padre había sido notificado en tiempo y forma, que la sentencia tenía fuerza de cosa juzgada, que no vulneraba el orden público local y que respetaba las normas del debido proceso.

Al resolver el caso, el fallo reconoció oficialmente los efectos de la sentencia dictada en Ucrania. En la resolución, se aclaró que la figura de «privación de patria potestad» en el derecho extranjero corresponde a la «privación de la responsabilidad parental» en el marco legal argentino. La decisión permitió destrabar la gestión migratoria y habilitó los pasos necesarios para continuar con la tramitación de la visa.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement