Río Negro
Se desarrolló la audiencia pública por renegociación de Puesto Flores-Estancia Vieja
Es por el acuerdo acuerdo firmado por el gobierno de Río Negro con la empresa President Petroleum S.A. Comprende el área hidrocarburífera, ubicada al norte de Roca.

Se llevó a cabo esta mañana en Cipolletti la audiencia pública por los acuerdos de renegociación de explotación del área hidrocarburífera Puesto Flores-Estancia Vieja, entre el gobierno de la provincia de Río Negro y la empresa President Petroleum S.A. La audiencia fue presidida por el legislador Alfredo Martín (Juntos Somos Río Negro), titular de la Comisión de Planificación, Asuntos Económicos y Turismo de la Legislatura de Río Negro.
Se trata del acuerdo firmado por el secretario de Estado de Energía, Sebastián Caldiero, con la empresa President Petroleum S.A. Comprende el área hidrocarburífera Puesto Flores-Estancia Vieja, que la compañía adquirió recientemente a su anterior concesionaria, Chevron Argentina SRL.
El tratamiento del convenio alcanzado será analizado por el Parlamento provincial conforme lo previsto por la Ley Q N° 4.818 y su modificatoria N° 5.027. Dicha norma aprobó las bases y condiciones para la convocatoria pública a las empresas interesadas titulares de concesiones de explotación de áreas hidrocarburíferas en la Provincia, otorgadas por el Gobierno nacional, con el fin de renegociar los términos y condiciones de sus respectivas concesiones.
Los oradores
La legisladora Silvana Larralde (JSRN) destacó la importancia de jerarquizar a la Secretaría de Energía de la provincia. “A diferencia del resto de las provincias patagónicas, Río Negro es una provincia petrolera que comparte el área hidrocarburífera más importante del país, pero desde un sector marginal, y esto es observable en la producción de gas y petróleo”, indicó.
“Era un tema que los gobiernos provinciales anteriores veían como ajeno y estuvo ausente muchos años en estrategia y desarrollo. Este panorama cambió a partir del 2012. Río Negro profundizó su protagonismo cuando definió un marco jurídico para la reglamentación de los contratos petroleros con las empresas que operan en nuestro territorio”, señaló.
Por otra parte resaltó la importancia de la jerarquización de EDHIPSA, “una empresa provincial a la que recién en estos últimos años se le está dando el protagonismo necesario para que pueda desarrollarse”.
También destacó “la transparencia” con que se desarrolló el procedimiento para el manejo de la actividad hidrocarburífera, coordinado por una comisión de seguimiento conformada por legisladores, superficiarios, intendentes, Secretaria de Energía, representantes de los trabajadores, sindicatos y operadoras.
“Queremos agradecerle a la empresa su decisión de invertir en el país y en la provincia, pero también quiero decirle que vamos a ser celosos defensores del trabajo rionegrino de las inversiones de Río Negro y del compre local”, aseguró.
Por su parte, el legislador Ariel Rivero (Frente para la Victoria) también expuso en la audiencia y reconoció el trabajo de la Secretaría de Energía. “Hace 10 años no se hablaba en la provincia de petróleo, desde el año 2012 la provincia viene trabajando muy fuerte para ese desarrollo”, dijo. “Espero el compromiso de la empresa para que invierta más, creo que la provincia tiene mucho más gas y petróleo que el que creemos, y nunca se desarrolló como desde hace 5 años lo viene haciendo”, continuó.
Destacó que “gracias a la ley que aprobamos desde la Legislatura, la provincia se ve beneficiada de distintas maneras, pero también todos los municipios reciben fondos frescos para obras de infraestructura”.
Criticó aspectos del “compre rionegrino. No veo que se haya tomado más personal de los lugares y tampoco empresas chicas de servicios. Neuquén tiene una política desarrollada en ese sentido que podríamos copiar”.
Advirtió que no se hace un control fuerte a las empresas con respecto a los pasivos que dejan y el daño que generan al medio ambiente. “Las empresas tienen que cumplir con el compromiso asumido”, aseveró.
Mientras tanto, la legisladora Norma Coronel (JSRN) destacó la sanción de la Ley Provincial N° 4818, que permitió que el gobierno provincial pueda renegociar con la empresa President Petroleum el área que la empresa Chevron dejó por decisión propia, y de esta manera el Estado recibirá un nuevo bono fijo, más las regalías que de allí se contemplen.
“Esta nueva renegociación de concesión permitirá que distintas empresas prestadoras de servicios específicos de alta tecnología, como aquellas proveedoras locales en su mayoría PYMEs que brindan servicios básicos de insumos o equipamientos de baja complejidad y especialización tecnológica, sean consideradas eslabones de la cadena, fundamentales para el desarrollo en las localidades donde se encuentre la empresa President Petrolum”, aseguró.
Por la compañía Patagonia Oil S.R.L, el orador fue Daniel Herrera. “Vemos cómo las pymes fuimos afectadas por el cambio de la matriz económica de la provincia y nos encontramos con escollos tantos privados como estatales para insertarnos en el mercado”, expresó.
Planteó dificultades para prestar servicios de las grandes empresas. “Hay mucha burocracia para dar de alta como prestador de servicios a las grandes operadoras. Creo que hay que buscar una identidad rionegrina, porque tenemos capacidad y todos los recursos, y creo que estamos aprendiendo a trabajar con este recurso”, observó.
En representación del intendente de Catriel Carlos Johnston, Alberto Ariaudo resaltó “el gran trabajo” del Secretario de Energía (Caldiero). “Creemos que más allá de la coyuntura mundial, el acuerdo es muy beneficioso para la provincia”, expresó. Remarcó que en Catriel se están por recibir 15 profesionales para fiscalizar el petróleo, que estudiaron la carrera que puso en marcha el gobierno provincial. “Esto tiene que ver con pensar una provincia productora de petróleo”, dijo.
Por Organización Rionegrina Empresarial, Eduardo Lara destacó que “se viene dando un debate interior histórico en el contexto de un proceso en el cual están todos los actores participando y representados y creo que todo es en pos de mejorar lo que se está haciendo. El nivel de conciencia que tenemos que implementar tiene que ser progresivo, la provincia tiene un potencial enorme, no solo de recursos, sino de conocimiento”.
Judiciales
Un divorcio y una fotografía patrimonial incompleta fue determinante para rechazar la compensación económica
La jueza consideró que ambos integrantes de la pareja trabajaron durante toda la relación y compartieron las dificultades financieras.

La pareja se conoció mientras trabajaba en un galpón de empaque. Ella buscaba empleo y una oportunidad mejor para su hija. Él realizaba tareas rurales junto a su padre. Entre cajones de fruta y largas temporadas laborales comenzó la relación.
Los comienzos fueron difíciles. No tenían vivienda propia ni estabilidad económica. Vivían en un monoambiente alquilado y trataban de sostenerse con trabajos temporarios. En ese contexto nació el primer hijo de la pareja. La situación económica era frágil y las discusiones comenzaron temprano.
Finalmente se casaron y la vida continuó siendo trabajosa. Ella hizo temporadas en empaque, tareas rurales y pequeños emprendimientos. Más adelante vendió ropa y luego estudió un oficio. Él continuó vinculado al trabajo rural y a las actividades de la chacra familiar.
Con el paso de los años la relación se deterioró. Finalmente se divorciaron. Para entonces, la dinámica familiar ya había cambiado mucho. El hijo menor eligió vivir con el padre y los abuelos paternos.
Luego de la separación, la mujer inició una demanda de compensación económica. Sostuvo que había dedicado gran parte de su vida al cuidado familiar y que terminó en una situación de desventaja económica. Él respondió que ambos siempre trabajaron y que ninguno construyó riqueza a costa del otro.
El fuero de Familia de Luis Beltrán rechazó la demanda. La jueza consideró que la historia de la pareja reflejaba años de esfuerzo compartido. También entendió que no existió una situación en la que uno hubiera sacrificado su desarrollo personal para que el otro prosperara económicamente.
La sentencia concluyó que no se acreditó un desequilibrio económico actual, manifiesto y directamente derivado del matrimonio y de su ruptura.
El fallo aclara que la compensación económica prevista el Código Civil y Comercial no es automática, sino una herramienta para equilibrar. El divorcio, por sí solo, no genera derecho a cobrar una compensación. La persona que la reclama debe probar cómo era su situación antes y durante el matrimonio, qué sacrificios o postergaciones realizó, de qué manera eso favoreció el crecimiento del otro cónyuge y cuál es el desequilibrio económico manifiesto que sufrió la persona tras la separación.
La jueza utilizó la «metáfora de la fotografía» para explicar cómo debe analizarse una compensación económica después del divorcio. Señaló que no basta con afirmar que una persona quedó en peor situación económica, sino que resulta necesario comparar dos momentos concretos de la vida de la pareja.
La metáfora consiste en tomar dos «fotografías» patrimoniales: una al inicio de la convivencia o del matrimonio y otra al momento de la ruptura. A partir de esa comparación, se determina si existe un desequilibrio económico relevante provocado por la relación y su finalización.
En este caso, la jueza valoró que esa «fotografía inicial» no pudo reconstruirse porque la actora no aportó pruebas suficientes sobre cuál era su situación económica al comienzo de la relación. Ese punto resultó central para rechazar la demanda.
Según la sentencia, si no se conoce la situación económica inicial de la actora, no es posible establecer si realmente empeoró como consecuencia del matrimonio o si las diferencias actuales ya existían antes.
Respecto del hombre, el fallo señaló que tampoco se comprobó que tuviera una posición económica significativamente superior. Los informes oficiales indicaron que no registraba actividad económica formal relevante, bienes rurales propios ni cuentas bancarias importantes. La explotación agropecuaria mencionada por la mujer figuraba registrada a nombre de su padre.
La sentencia también destacó que, tras la separación, el hijo menor quedó bajo el cuidado cotidiano del padre, con residencia principal junto a los abuelos paternos, y que incluso la madre asumió una cuota alimentaria. Esa circunstancia fue considerada relevante porque modificó la organización familiar.
Río Negro
Comenzó la inscripción para las becas terciarias y universitarias
Hay tiempo de inscribirse hasta el 25 de mayo.

A partir de ayer lunes (11/05) y hasta el 25 de mayo está abierta la inscripción para que estudiantes de la provincia puedan inscribirse en el Programa de Becas para Carreras Terciarias y Universitarias.
Se trata de una política del Gobierno de Río Negro que a través del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, acompaña a las y los estudiantes en su formación y que en este caso brinda la posibilidad de asignar una beca a quienes precisen de ese recurso para poder continuar con sus estudios.
Las inscripciones se reciben en la página del Ministerio de Educación en el botón Becas mientras que también se pueden realizar consultas en el correo [email protected].
Luego, habrá una instancia de entrega de la documentación correspondiente (digital y/o presencial) la cual estará vigente desde el 25 de mayo hasta el 8 de junio en los Consejos Escolares correspondientes al lugar de residencia.
De acuerdo a los establecido por el Consejo Provincial de Becas, las mismas están destinadas a estudiantes terciarios y universitarios de gestión pública o privada, que cursen sus estudios dentro o fuera de la provincia.
Un aspecto importante reside en que aquellos estudiantes que hoy cuenten con alguna beca de otra institución o entidad educativa, también podrán inscribirse en este programa.
Quienes quieran anotarse deberán presentar Documento Nacional de Identidad del solicitante y de su grupo familiar; título de Nivel Medio y título analítico o su constancia en trámite, sin adeudar materias al momento de la entrega de la documentación; constancia de inscripción a una carrera de grado de universidades e institutos terciarios de gestión pública y/o privada, y acreditar Plan de Estudios.
También se solicitará constancia de CBU como titular de cuenta; recibos de sueldos del grupo familiar, constancia de inscripción al monotributo o como responsable inscripto, según correspondiera; rendimiento académico con la cursada y finales de materias; Certificado Único de Discapacidad (CUD), si lo hubiera; Certificación Negativa de Anses de los miembros del grupo familiar, si los hubiera y Declaración Jurada de domicilio.
Judiciales
Autorizan a una mujer a donar un riñón a su amigo, que lleva 12 años en diálisis y espera un trasplante
La ley exige autorización judicial cuando el donante no tiene vínculo familiar ni convivencial con el receptor.

Se conocieron hace más de 10 años y forjaron una profunda amistad. Se acompañaron en momentos de crisis y construyeron un vínculo con rasgos de familiaridad que se sostuvo en el tiempo. Él ya convivía con un diagnóstico que con los años derivó en una insuficiencia renal terminal y en una vida atada a la diálisis. Su estado es grave y desde hace tiempo espera un donante. En ese contexto, ella tomó una decisión fuerte: ofrecerle uno de sus riñones.
Pero su voluntad no es suficiente: los estudios debían confirmar compatibilidad, los equipos médicos debían validar la intervención y, además, la ley imponía un límite: sin vínculo familiar, el trasplante requería autorización judicial. Con todos los informes a favor, el caso llegó al fuero de Familia de Bariloche. La jueza analizó las pericias médicas, psicológicas y sociales, evaluó el vínculo entre ambos y autorizó la donación.
El planteo se presentó como una medida autosatisfactiva, una vía excepcional que permite obtener una respuesta urgente cuando no hay otra alternativa eficaz. El objetivo fue concreto: remover el obstáculo legal que impide, en principio, la donación entre personas sin parentesco. La ley de trasplantes limita estos casos a vínculos familiares o convivenciales, con la intención de evitar cualquier forma de comercialización de órganos. Fuera de ese esquema, la intervención judicial resulta indispensable.
En ese marco, también intervinieron organismos especializados. El INCUCAI señaló que los trasplantes con donante vivo sin vínculo familiar solo pueden realizarse de manera excepcional y con autorización judicial, y remarcó la necesidad de garantizar la voluntariedad, el carácter altruista y la gratuidad de la donación. En la misma línea, CUCAI Río Negro avaló esos criterios y destacó que el procedimiento debe cumplir con todos los requisitos médicos y legales vigentes.
Para resolver, la Unidad Procesal de Familia reunió una batería de pruebas. Los estudios médicos confirmaron que existía compatibilidad y que el trasplante representaba la mejor alternativa terapéutica. También se determinó que el receptor no presentaba contraindicaciones para atravesar la intervención.
Las evaluaciones psicológicas indicaron que ambos comprenden el alcance del procedimiento, sus riesgos y sus implicancias. En el caso de la donante, se destacó la capacidad de decidir con autonomía, con un nivel de madurez adecuado y sin interferencias externas. Los informes descartaron la presencia de presiones o condicionamientos que pudieran afectar su voluntad.
Las pericias sociales reforzaron ese cuadro. Describieron una relación previa, estable y verificable, con cercanía y participación compartida en distintos momentos de sus vidas. También señalaron la inexistencia de intereses económicos o beneficios indirectos, un punto central en este tipo de procesos.
Durante la audiencia, la mujer ratificó su decisión y explicó sus motivos. Expuso que su única intención era mejorar la calidad de vida de su amigo. La jueza dejó constancia de que podía revocar su consentimiento en cualquier momento antes de la cirugía, sin consecuencias.
Con ese conjunto de elementos, la magistrada concluyó que se trataba de un caso excepcional en el que correspondía apartarse de la restricción legal. La autorización habilita la donación, aunque el procedimiento queda sujeto al cumplimiento de todos los requisitos médicos, controles y condiciones establecidos por la normativa vigente.





