Río Negro
«El Plan Castello fortalece los pilares de nuestro desarrollo económico y social»
Así celebró la primera apertura de sobres de obras del Plan Castello el vicegobernador Pesatti.

El vicegobernador Pedro Pesatti destacó que el Plan Castello fortalecerá el desarrollo económico y social de la provincia de Río Negro, generando impactos en el inmediato y el largo plazo. Pesatti acompañó ayer al gobernador Alberto Weretilneck en el acto de apertura de la licitación para la construcción del Plan Director de Desagües Cloacales de Las Grutas, una obra que demandará la inversión de $ 230.551.863
“Esta es la primera licitación que nos permitirá brindarle a la comunidad de Las Grutas una obra vital al fortalecer la calidad de vida de sus habilitantes y de los turistas que anualmente concurren a nuestro principal balneario”, expresó el vicegobernador.
“El Plan Castello apunta a fortalecer los pilares de nuestro desarrollo económico y social, y dentro de este concepto, incluimos los trabajos correspondientes al saneamiento de los efluentes que genera Las Grutas, al igual que las doce plantas de tratamiento que se van a construir en toda la provincia, generando un impacto positivo en el cuidado del medio ambiente”, sostuvo Pesatti.
El vicegobernador recordó que “estamos haciendo realidad lo que hace dos años anunciamos, una gran idea del gobierno provincial que el gobernador dio a conocer en el inicio de las sesiones de 2015”.
Respecto a otras inversiones para Las Grutas, el titular del Parlamento aseguró que el 27 de febrero “vamos a abrir los sobres de la licitación la pavimentación de la Ruta Provincial N° 2, la ruta de la producción y el turismo, que vinculará al Alto Valle con el puerto y con las playas de la costa atlántica”.
Pesatti resaltó que el Plan Castello marcará una activación importante en el sector de los obreros de la construcción. “Ellos tienen un plan de obras que los comprende como protagonistas en la ejecución del plan, porque serán las personas que con su trabajo y su esfuerzo harán realidad cada una de estas iniciativas”, aseguró.
Para el vicegobernador, el Plan Castello “genera una expectativa de futuro sobre el potencial genuino de la provincia, que con su propio esfuerzo puede generar obras que tendrán repercusión en lo inmediato pero también en el desarrollo futuro”.
En este sentido, puso como ejemplo el gasoducto de la región Sur. “Allí se invertirán 70 millones de dólares, y va a marcar un antes y un después para ese sector históricamente postergado. La energía no solo se utilizará para que los habitantes puedan calefaccionarse, también será materia prima para cualquier emprendimiento industrial, comercial o económico. Son obras que le darán a la provincia un nuevo empuje”, indicó.
Consultado por diferentes medios respecto a la situación de la política partidaria, Pesatti respondió que “la primera función que tenemos es cumplir con el mandato que nos dio el pueblo, después los avatares de la política nos irán marcando acciones, pero sin perder de vista que el objetivo más importante es darle a cada poblador de Río Negro la provincia que merece y generar herramientas para que todos podamos ser cada día un poquito más felices”.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».





