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Río Negro

El gobierno reglamentó las condiciones que deberán cumplir los Municipios para acceder al «Plan Castello»

Sólo podrán solicitar fondos las comunas que hayan presentado en tiempo y forma las rendiciones de todos los montos recibidos a través del Fondo Petrolero.

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El gobernador Alberto Weretilneck, firmó el decreto que reglamenta la Ley N° 5.102, estableciendo la forma de distribución del crédito público destinado a Municipios y Comisiones de Fomento a través del «Plan Castello».

En este sentido, se dispuso que sólo podrán solicitar fondos las comunas que hayan presentado en tiempo y forma las rendiciones de todos los montos recibidos a través del Fondo Petrolero y de los aportes generales que cotidianamente realiza la Provincia.

El gobernador Weretilneck firmó ayer el decreto que establece las condiciones del proceso para que los Municipios y las Comisiones de Fomento que hayan adherido a la Ley puedan solicitar fondos reembolsables y no reintegrables destinados a obras de infraestructura y adquisición de bienes.

En su artículo 4º, la Ley establece que el 10% del crédito público obtenido por la Provincia estará dirigido a los Municipios y a las Comisiones de Fomento.

En tanto, el artículo 5º señala que el financiamiento otorgado a los Municipios se distribuirá en un 50% de acuerdo al índice de coparticipación y el 50% restante en partes iguales.

Los Municipios deberán presentar su proyecto de inversión de obra de infraestructura o proyecto de adquisición de bienes de capital ante la Dirección de Municipios del Ministerio de Gobierno, en un plazo de 60 días desde la apertura de las sesiones ordinarias de su Concejo Deliberante.

Entre los requisitos, se estableció la presentación de un certificado de la Contaduría General de la Provincia que demuestre que no existen cargos pendientes o cuyos cargos se encuentran dentro de los plazos de rendición que establece la Ley.

Asimismo, los Municipios deberán tener cumplida, a la fecha de presentación de los proyectos, las rendiciones establecidas en el marco de la Ley de Renegociaciones de Concesiones Hidrocarburíferas y las rendiciones correspondientes al Fondo Federal Solidario, como condición “sine qua non” para el otorgamiento de los fondos previstos.

Asimismo, deberán acreditar ante la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, la inexistencia de deuda con el Estado provincial o que la misma se encuentre regularizada. En caso contrario, y como requisito ineludible para el otorgamiento de los fondos, los Municipios o Comisiones de Fomento podrán subsanar tal circunstancia acogiéndose a un mecanismo de compensación de las obligaciones incumplidas a descontar de la coparticipación correspondiente.

Será el Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Hacienda, quien determine los montos que le correspondan a cada uno de los Municipios y Comisiones de Fomento. En caso de que los Municipios y Comisiones de Fomento no presentaran los proyectos en el plazo establecido, los fondos serán destinados a la financiación de proyectos de obras de infraestructura a ser realizados por la Provincia.

Además, se creará una «Comisión de Seguimiento y Control de la Inversión de los Municipios y Comisiones de Fomento” que funcionará en el ámbito del Ministerio de Gobierno y cuya finalidad será la aprobación de los proyectos presentados.

A medida que se formalicen las presentaciones, se publicará en la página del Ministerio de Economía (www.economia.rionegro.gov.ar) la información sobre los Municipios y Comisiones de Fomento que realizaron solicitud de fondos. Esta acción se da en el marco de la política de transparencia y gobierno abierto donde el Estado Rionegrino pone a disposición de los ciudadanos acceso a información abierta y pública.

Para la solicitud de obras de infraestructura, se deberá adjuntar la memoria descriptiva de la obra, cómputo, presupuesto total y plazo estimativo del proyecto avalado por funcionario municipal, documentación técnica avalada por funcionario municipal, proyecto aprobado por la Comisión e inicio de la obra.

Para el caso de los proyectos de bienes de capital, se deberá presentar una descripción específica de los bienes a adquirir y presupuesto total del bien, avalados por funcionario municipal competente.

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Policiales

Desapareció un hombre de 35 años y creen que podría estar en Bariloche

El último contacto telefónico se registró el pasado 7 de mayo.

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La Policía de Río Negro solicitó la colaboración de la comunidad para dar con el paradero de Iván Ezequiel De La Canal, un hombre de 35 años que es intensamente buscado en la provincia.

Según informaron fuentes policiales, fue visto por última vez durante el mes de abril y el último contacto telefónico con él se registró el pasado 7 de mayo a las 13.07.

De acuerdo a los datos aportados, presuntamente podría encontrarse residiendo en la ciudad de San Carlos de Bariloche.

Iván De La Canal es de nacionalidad argentina, contextura delgada, tez blanca, mide aproximadamente 1,75 metros, tiene cabello oscuro ondulado y ojos marrones.

Ante cualquier información que permita localizarlo, se solicita comunicarse de inmediato con la Unidad 42° de San Carlos de Bariloche o al sistema de emergencias 911.

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Judiciales

Un divorcio y una fotografía patrimonial incompleta fue determinante para rechazar la compensación económica

La jueza consideró que ambos integrantes de la pareja trabajaron durante toda la relación y compartieron las dificultades financieras.

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La pareja se conoció mientras trabajaba en un galpón de empaque. Ella buscaba empleo y una oportunidad mejor para su hija. Él realizaba tareas rurales junto a su padre. Entre cajones de fruta y largas temporadas laborales comenzó la relación.

Los comienzos fueron difíciles. No tenían vivienda propia ni estabilidad económica. Vivían en un monoambiente alquilado y trataban de sostenerse con trabajos temporarios. En ese contexto nació el primer hijo de la pareja. La situación económica era frágil y las discusiones comenzaron temprano.

Finalmente se casaron y la vida continuó siendo trabajosa. Ella hizo temporadas en empaque, tareas rurales y pequeños emprendimientos. Más adelante vendió ropa  y luego estudió un oficio. Él continuó vinculado al trabajo rural y a las actividades de la chacra familiar.

Con el paso de los años la relación se deterioró. Finalmente se divorciaron. Para entonces, la dinámica familiar ya había cambiado mucho. El hijo menor eligió vivir con el padre y los abuelos paternos.

Luego de la separación, la mujer inició una demanda de compensación económica. Sostuvo que había dedicado gran parte de su vida al cuidado familiar y que terminó en una situación de desventaja económica. Él respondió que ambos siempre trabajaron y que ninguno construyó riqueza a costa del otro.

El fuero de Familia de Luis Beltrán rechazó la demanda. La jueza consideró que la historia de la pareja reflejaba años de esfuerzo compartido. También entendió que no existió una situación en la que uno hubiera sacrificado su desarrollo personal para que el otro prosperara económicamente.

La sentencia concluyó que no se acreditó un desequilibrio económico actual, manifiesto y directamente derivado del matrimonio y de su ruptura.

El fallo aclara que la compensación económica prevista el Código Civil y Comercial no es automática, sino una herramienta para equilibrar. El divorcio, por sí solo, no genera derecho a cobrar una compensación. La persona que la reclama debe probar cómo era su situación antes y durante el matrimonio, qué sacrificios o postergaciones realizó, de qué manera eso favoreció el crecimiento del otro cónyuge y cuál es el desequilibrio económico manifiesto que sufrió la persona tras la separación.

La jueza utilizó la «metáfora de la fotografía» para explicar cómo debe analizarse una compensación económica después del divorcio. Señaló que no basta con afirmar que una persona quedó en peor situación económica, sino que resulta necesario comparar dos momentos concretos de la vida de la pareja.

La metáfora consiste en tomar dos «fotografías» patrimoniales: una al inicio de la convivencia o del matrimonio y otra al momento de la ruptura. A partir de esa comparación, se determina si existe un desequilibrio económico relevante provocado por la relación y su finalización.

En este caso, la jueza valoró que esa «fotografía inicial» no pudo reconstruirse porque la actora no aportó pruebas suficientes sobre cuál era su situación económica al comienzo de la relación. Ese punto resultó central para rechazar la demanda.

Según la sentencia, si no se conoce la situación económica inicial de la actora, no es posible establecer si realmente empeoró como consecuencia del matrimonio o si las diferencias actuales ya existían antes.

Respecto del hombre, el fallo señaló que tampoco se comprobó que tuviera una posición económica significativamente superior. Los informes oficiales indicaron que no registraba actividad económica formal relevante, bienes rurales propios ni cuentas bancarias importantes. La explotación agropecuaria mencionada por la mujer figuraba registrada a nombre de su padre.

La sentencia también destacó que, tras la separación, el hijo menor quedó bajo el cuidado cotidiano del padre, con residencia principal junto a los abuelos paternos, y que incluso la madre asumió una cuota alimentaria. Esa circunstancia fue considerada relevante porque modificó la organización familiar.

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Río Negro

Comenzó la inscripción para las becas terciarias y universitarias

Hay tiempo de inscribirse hasta el 25 de mayo.

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A partir de ayer lunes (11/05) y hasta el 25 de mayo está abierta la inscripción para que estudiantes de la provincia puedan inscribirse en el Programa de Becas para Carreras Terciarias y Universitarias.

Se trata de una política del Gobierno de Río Negro que a través del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, acompaña a las y los estudiantes en su formación y que en este caso brinda la posibilidad de asignar una beca a quienes precisen de ese recurso para poder continuar con sus estudios.

Las inscripciones se reciben en la página del Ministerio de Educación en el botón Becas mientras que también se pueden realizar consultas en el correo [email protected].

Luego, habrá una instancia de entrega de la documentación correspondiente (digital y/o presencial) la cual estará vigente desde el 25 de mayo hasta el 8 de junio en los Consejos Escolares correspondientes al lugar de residencia.

De acuerdo a los establecido por el Consejo Provincial de Becas, las mismas están destinadas a estudiantes terciarios y universitarios de gestión pública o privada, que cursen sus estudios dentro o fuera de la provincia.

Un aspecto importante reside en que aquellos estudiantes que hoy cuenten con alguna beca de otra institución o entidad educativa, también podrán inscribirse en este programa.

Quienes quieran anotarse deberán presentar Documento Nacional de Identidad del solicitante y de su grupo familiar; título de Nivel Medio y título analítico o su constancia en trámite, sin adeudar materias al momento de la entrega de la documentación; constancia de inscripción a una carrera de grado de universidades e institutos terciarios de gestión pública y/o privada, y acreditar Plan de Estudios.

También se solicitará constancia de CBU como titular de cuenta; recibos de sueldos del grupo familiar, constancia de inscripción al monotributo o como responsable inscripto, según correspondiera; rendimiento académico con la cursada y finales de materias; Certificado Único de Discapacidad (CUD), si lo hubiera; Certificación Negativa de Anses de los miembros del grupo familiar, si los hubiera y Declaración Jurada de domicilio.

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