Río Negro
El gobierno reglamentó las condiciones que deberán cumplir los Municipios para acceder al «Plan Castello»
Sólo podrán solicitar fondos las comunas que hayan presentado en tiempo y forma las rendiciones de todos los montos recibidos a través del Fondo Petrolero.

El gobernador Alberto Weretilneck, firmó el decreto que reglamenta la Ley N° 5.102, estableciendo la forma de distribución del crédito público destinado a Municipios y Comisiones de Fomento a través del «Plan Castello».
En este sentido, se dispuso que sólo podrán solicitar fondos las comunas que hayan presentado en tiempo y forma las rendiciones de todos los montos recibidos a través del Fondo Petrolero y de los aportes generales que cotidianamente realiza la Provincia.
El gobernador Weretilneck firmó ayer el decreto que establece las condiciones del proceso para que los Municipios y las Comisiones de Fomento que hayan adherido a la Ley puedan solicitar fondos reembolsables y no reintegrables destinados a obras de infraestructura y adquisición de bienes.
En su artículo 4º, la Ley establece que el 10% del crédito público obtenido por la Provincia estará dirigido a los Municipios y a las Comisiones de Fomento.
En tanto, el artículo 5º señala que el financiamiento otorgado a los Municipios se distribuirá en un 50% de acuerdo al índice de coparticipación y el 50% restante en partes iguales.
Los Municipios deberán presentar su proyecto de inversión de obra de infraestructura o proyecto de adquisición de bienes de capital ante la Dirección de Municipios del Ministerio de Gobierno, en un plazo de 60 días desde la apertura de las sesiones ordinarias de su Concejo Deliberante.
Entre los requisitos, se estableció la presentación de un certificado de la Contaduría General de la Provincia que demuestre que no existen cargos pendientes o cuyos cargos se encuentran dentro de los plazos de rendición que establece la Ley.
Asimismo, los Municipios deberán tener cumplida, a la fecha de presentación de los proyectos, las rendiciones establecidas en el marco de la Ley de Renegociaciones de Concesiones Hidrocarburíferas y las rendiciones correspondientes al Fondo Federal Solidario, como condición “sine qua non” para el otorgamiento de los fondos previstos.
Asimismo, deberán acreditar ante la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, la inexistencia de deuda con el Estado provincial o que la misma se encuentre regularizada. En caso contrario, y como requisito ineludible para el otorgamiento de los fondos, los Municipios o Comisiones de Fomento podrán subsanar tal circunstancia acogiéndose a un mecanismo de compensación de las obligaciones incumplidas a descontar de la coparticipación correspondiente.
Será el Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Hacienda, quien determine los montos que le correspondan a cada uno de los Municipios y Comisiones de Fomento. En caso de que los Municipios y Comisiones de Fomento no presentaran los proyectos en el plazo establecido, los fondos serán destinados a la financiación de proyectos de obras de infraestructura a ser realizados por la Provincia.
Además, se creará una «Comisión de Seguimiento y Control de la Inversión de los Municipios y Comisiones de Fomento” que funcionará en el ámbito del Ministerio de Gobierno y cuya finalidad será la aprobación de los proyectos presentados.
A medida que se formalicen las presentaciones, se publicará en la página del Ministerio de Economía (www.economia.rionegro.gov.ar) la información sobre los Municipios y Comisiones de Fomento que realizaron solicitud de fondos. Esta acción se da en el marco de la política de transparencia y gobierno abierto donde el Estado Rionegrino pone a disposición de los ciudadanos acceso a información abierta y pública.
Para la solicitud de obras de infraestructura, se deberá adjuntar la memoria descriptiva de la obra, cómputo, presupuesto total y plazo estimativo del proyecto avalado por funcionario municipal, documentación técnica avalada por funcionario municipal, proyecto aprobado por la Comisión e inicio de la obra.
Para el caso de los proyectos de bienes de capital, se deberá presentar una descripción específica de los bienes a adquirir y presupuesto total del bien, avalados por funcionario municipal competente.
Judiciales
La abuela deberá pagar una parte de la cuota alimentaria por el aporte insuficiente del padre
La Justicia dispuso una cuota equivalente a tres salarios mínimos vitales y móviles: dos a cargo del padre y uno a cargo de la abuela paterna.

El padre se fue a otra provincia, dejó de aportar, casi no llama y, cuando lo hace, es para explicar que no tiene trabajo formal. Mientras tanto, su hija creció bajo el cuidado exclusivo de la madre, sin colaboración económica del progenitor y con apoyo limitado de la abuela materna.
Frente a esta situación, la madre acudió al fuero de Familia de Bariloche para pedir una actualización de la cuota alimentaria y solicitó también que se incorporara al proceso a los abuelos paternos. El planteo se apoyó en el artículo 668 del Código Civil y Comercial, que permite extender la obligación a los ascendientes cuando el padre o madre obligado no cumple o no puede hacerlo.
El padre se presentó en una audiencia y ofreció pagar $100.000 mensuales. Dijo que trabajaba en la construcción, sin relación de dependencia, y que sus ingresos eran variables. Informó que vivía con sus padres en la ciudad de Federal, Entre Ríos. La propuesta fue rechazada, pero aceptada de manera provisoria mientras avanzaba el proceso.
Más adelante se presentó la abuela paterna. Alegó que no tenía relación con su nieta, que su hijo no vivía con ella de forma permanente y que su situación económica era frágil. Explicó que percibía una jubilación mínima y que había estado acompañando el tratamiento médico de su esposo, quien falleció durante la tramitación de la causa.
Los informes reunidos durante la etapa probatoria confirmaron que la adolescente vive con su madre, asiste a una escuela privada con beca parcial, está afiliada a una obra social y no recibe asistencia regular del padre. El informe socioambiental describió una relación esporádica, casi nula, entre el padre y su hija, y registró ingresos informales del progenitor. Los testigos señalaron que la madre sostiene sola la crianza y que el padre se desvinculó tanto afectiva como económicamente.
Con estos elementos, la jueza dio por acreditada la dificultad del progenitor para cubrir en forma completa la obligación alimentaria y resolvió fijar un esquema mixto. Dispuso una cuota equivalente a tres salarios mínimos vitales y móviles: dos a cargo del padre y uno a cargo de la abuela paterna.
La sentencia citó normativa nacional y convencional sobre la protección de derechos de niñas, niños y adolescentes. También destacó el valor económico del trabajo de cuidado y sostuvo que, pese a la situación de vulnerabilidad que puede atravesar una persona mayor, en este caso las más afectadas por la falta de recursos eran las adolescentes.
La magistrada estableció que la cuota asignada a la abuela cesará cuando el padre pueda asumir la obligación alimentaria en su totalidad. Recordó además que las cuotas alimentarias no son definitivas y pueden revisarse si cambian las circunstancias.
Agro
Fruticultura: Weretilneck anunció apoyo para raleo y labores culturales
El programa contempla una ayuda de $1.000.000 por hectárea, con tasa 0%, sin gastos administrativos y a devolver en seis cuotas mensuales iguales.

El gobernador Alberto Weretilneck anunció el lanzamiento del Programa de Financiamiento para Raleo y Labores Culturales 2025, una herramienta central del Gobierno de Río Negro para acompañar a los productores frutícolas en una etapa determinante del ciclo productivo.
La iniciativa es ejecutada por el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo, a través de la Secretaría de Fruticultura, con el objetivo de sostener el trabajo estacional, mejorar la calidad de la fruta y aportar previsibilidad en un año complejo para la actividad.
El programa contempla una ayuda de $1.000.000 por hectárea, con un máximo de $10.000.000 por productor, con tasa 0%, sin gastos administrativos y a devolver en seis cuotas mensuales iguales, con primer vencimiento el 10 de julio de 2026. La garantía requerida será un pagaré equivalente al 130% del monto total a devolver.
«El raleo es un momento, financieramente, crítico para la fruta y para el empleo rural. Este año es muy difícil llegar a la siguiente cosecha. Este financiamiento es una respuesta concreta para sostener la actividad y acompañar a los productores con capital de trabajo en una etapa clave del año», destacó el ministro Carlos Banacloy.
Podrán acceder productores cuya actividad principal sea la fruticultura y que realicen raleo y labores culturales previas a la cosecha dentro de la provincia. Para la adhesión deberán completar el siguiente formulario: https://forms.gle/ZjFq8iN1632n5N4H8
La adhesión requiere, además de completar el formulario online, presentar la documentación correspondiente: DNI, constancia de CBU, RENSPA actualizado, certificados de libre deuda y documentación societaria o de sucesiones según cada caso.
Política
Sesiona la Legislatura y la Defensora del Pueblo brindará su informe anual
Además, se debatirán una serie de proyectos tratados previamente en las respectivas comisiones.

La Legislatura de Río Negro volverá a sesionar este jueves (20/11), desde las 8 horas, para analizar una serie de proyectos que fueron tratados previamente por las respectivas comisiones y aprobados luego en Labor Parlamentaria.
Una de las iniciativas es la remitida por el Poder Ejecutivo, referida a la autorización para sobregirar sobre el Fondo Unificado de Cuentas Oficiales (F.U.C.O.) durante el año 2026 y para emitir Letras de Tesorería correspondientes al mismo Ejercicio Fiscal.
Otros proyectos se refieren a la expropiación, donación o regularización de tierras del Estado; a la implementación de un código QR para emergencias médicas y asistencias inmediata y a la prohibición del uso de cigarrillos electrónicos en espacios públicos.
En segunda vuelta, entre otras propuestas, se votará la eliminación de una contribución obligatoria del dos por mil sobre el monto de juicios contenciosos o voluntarios, destinada al Sindicato de Trabajadores Judiciales (Sitrajur).
Informe de la Defensora del Pueblo
Al término de ese encuentro, como sucede anualmente, la Defensora del Pueblo de la provincia, Adriana Santagati, brindará un informe in voce respecto de las actividades desarrolladas por ese organismo durante el período 2023/2024.






