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Río Negro

El gobierno reglamentó las condiciones que deberán cumplir los Municipios para acceder al «Plan Castello»

Sólo podrán solicitar fondos las comunas que hayan presentado en tiempo y forma las rendiciones de todos los montos recibidos a través del Fondo Petrolero.

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El gobernador Alberto Weretilneck, firmó el decreto que reglamenta la Ley N° 5.102, estableciendo la forma de distribución del crédito público destinado a Municipios y Comisiones de Fomento a través del «Plan Castello».

En este sentido, se dispuso que sólo podrán solicitar fondos las comunas que hayan presentado en tiempo y forma las rendiciones de todos los montos recibidos a través del Fondo Petrolero y de los aportes generales que cotidianamente realiza la Provincia.

El gobernador Weretilneck firmó ayer el decreto que establece las condiciones del proceso para que los Municipios y las Comisiones de Fomento que hayan adherido a la Ley puedan solicitar fondos reembolsables y no reintegrables destinados a obras de infraestructura y adquisición de bienes.

En su artículo 4º, la Ley establece que el 10% del crédito público obtenido por la Provincia estará dirigido a los Municipios y a las Comisiones de Fomento.

En tanto, el artículo 5º señala que el financiamiento otorgado a los Municipios se distribuirá en un 50% de acuerdo al índice de coparticipación y el 50% restante en partes iguales.

Los Municipios deberán presentar su proyecto de inversión de obra de infraestructura o proyecto de adquisición de bienes de capital ante la Dirección de Municipios del Ministerio de Gobierno, en un plazo de 60 días desde la apertura de las sesiones ordinarias de su Concejo Deliberante.

Entre los requisitos, se estableció la presentación de un certificado de la Contaduría General de la Provincia que demuestre que no existen cargos pendientes o cuyos cargos se encuentran dentro de los plazos de rendición que establece la Ley.

Asimismo, los Municipios deberán tener cumplida, a la fecha de presentación de los proyectos, las rendiciones establecidas en el marco de la Ley de Renegociaciones de Concesiones Hidrocarburíferas y las rendiciones correspondientes al Fondo Federal Solidario, como condición “sine qua non” para el otorgamiento de los fondos previstos.

Asimismo, deberán acreditar ante la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, la inexistencia de deuda con el Estado provincial o que la misma se encuentre regularizada. En caso contrario, y como requisito ineludible para el otorgamiento de los fondos, los Municipios o Comisiones de Fomento podrán subsanar tal circunstancia acogiéndose a un mecanismo de compensación de las obligaciones incumplidas a descontar de la coparticipación correspondiente.

Será el Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Hacienda, quien determine los montos que le correspondan a cada uno de los Municipios y Comisiones de Fomento. En caso de que los Municipios y Comisiones de Fomento no presentaran los proyectos en el plazo establecido, los fondos serán destinados a la financiación de proyectos de obras de infraestructura a ser realizados por la Provincia.

Además, se creará una «Comisión de Seguimiento y Control de la Inversión de los Municipios y Comisiones de Fomento” que funcionará en el ámbito del Ministerio de Gobierno y cuya finalidad será la aprobación de los proyectos presentados.

A medida que se formalicen las presentaciones, se publicará en la página del Ministerio de Economía (www.economia.rionegro.gov.ar) la información sobre los Municipios y Comisiones de Fomento que realizaron solicitud de fondos. Esta acción se da en el marco de la política de transparencia y gobierno abierto donde el Estado Rionegrino pone a disposición de los ciudadanos acceso a información abierta y pública.

Para la solicitud de obras de infraestructura, se deberá adjuntar la memoria descriptiva de la obra, cómputo, presupuesto total y plazo estimativo del proyecto avalado por funcionario municipal, documentación técnica avalada por funcionario municipal, proyecto aprobado por la Comisión e inicio de la obra.

Para el caso de los proyectos de bienes de capital, se deberá presentar una descripción específica de los bienes a adquirir y presupuesto total del bien, avalados por funcionario municipal competente.

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Río Negro

Se extiende el plazo de inscripción a algunas carreras de la UNRN

La UNRN mantendrá abierta la posibilidad de postularse a un total de 34 carreras desde hoy y hasta entre el 8 y el 20 de febrero, según cada caso.

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Luego de mantener abiertas las preinscripciones a más de 50 carreras desde septiembre de 2025 y hasta el viernes 30 de enero de 2026, la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) definió extender el plazo a parte de su oferta académica. El proceso seguirá siendo completamente virtual.

En la Sede Atlántica hay tiempo hasta el 8 de febrero para preinscribirse a Ingeniería Agronómica, Licenciatura en Comunicación Social, Licenciatura en Ciencias del Ambiente, Licenciatura en Sistemas, Tecnicatura Universitaria en Deportes,Tecnicatura Universitaria en Contenidos en Comunicación, Tecnicatura Universitaria en Periodismo Deportivo, Licenciatura en Educación (Ciclo de Complementación), Licenciatura en Educación Inicial (Ciclo de Complementación), Licenciatura en Educación Primaria (Ciclo de Complementación), Licenciatura en Educación Física y Deportes (Ciclo de Complementación): y hasta el 17 de febrero la Licenciatura en Gestión de Políticas Públicas (Ciclo de Complementación).

En el caso de la Sede Alto Valle-Valle Medio, hay tiempo hasta el 11 de febrero para inscribirse a dos de los Ciclos de Complementación: Profesorado en Enseñanza de Nivel Medio y Superior en Biología y Profesorado en Enseñanza de Nivel Medio y Superior en Química.

En la Sede Andina hay tiempo hasta el 12 de febrero para preinscribirse a la Licenciatura en Agroecología, Licenciatura en Diseño Artístico Audiovisual, Tecnicatura en Producción Vegetal Orgánica, Ingeniería Ambiental, Ingeniería en Computación, Ingeniería Electrónica, Ingeniería en Telecomunicaciones, Licenciatura en Arte Dramático, Licenciatura en Ciencias Antropológicas, Licenciatura en Economía, Licenciatura en Hotelería, Licenciatura en Letras, Licenciatura en Turismo, Profesorado en Antropología, Profesorado en Física, Profesorado en Química, Profesorado en Lengua y Literatura , Profesorado en Teatro, Tecnicatura en Viveros; y hasta el 20 de febrero a Licenciatura en Diseño Artístico Audiovisual (Ciclo de Complementación), Licenciatura en Gestión de Emergencias Extrahospitalarias (Ciclo de Complementación).

El proceso de inscripción es completamente virtual y se realiza desde el sitio web institucional unrn.edu.ar, espacio en el que además se puede acceder a toda la información sobre la oferta académica, los títulos intermedios que ofrecen varias de las carreras de grado y el curso de ingreso obligatorio que se deberá completar en febrero, una vez concretada la inscripción.

La UNRN es una universidad pública y de acceso gratuito. No se cobran aranceles de estudios en las carreras de grado, excepto para carreras a distancia, ciclos de licenciaturas o profesorados dirigidas a graduadas/os de institutos superiores o universidades con una duración de más de 2 años, y para posgrados.

Ante cualquier inquietud, escribir a [email protected] o ponerse en contacto con el área de Ingreso y Permanencia correspondiente: [email protected][email protected] o [email protected].

Por qué elegir la UNRN

Además de formar profesionales, la UNRN busca que sus estudiantes vivan una experiencia de crecimiento integral, tanto a nivel personal como colectivo. Entre las ventajas de estudiar en esta casa de estudios se encuentran: títulos universitarios de alcance nacional; posibilidad de acceder a títulos intermedios a mitad de la carrera, en algunos casos; oportunidad de acceder a distintos tipo de becas; carreras ubicadas en lugares estratégicos y con un vínculo con actores territoriales; carreras con instalaciones y tecnologías de primer nivel; oportunidad de realizar pasantías y experiencias que facilitan el desarrollo y la salida laboral; oportunidades de movilidad estudiantil a nivel nacional e internacional; actividades deportivas y culturales;  acompañamiento durante todo el trayecto académico; Espacios Progresar con acceso a computadoras y a internet; beneficios y descuentos para estudiantes en comercios adheridos, entre otros.

Más información sobre la Inscripción 2026 en la web de la UNRN.

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Judiciales

Arrastró al perro del vecino y luego amenazó a los dueños: Un Juzgado de Paz dispuso medidas cautelares

El conductor arrastró al animal por más de 100 metros y luego protagonizó amenazas y denuncias falsas.

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Un hombre de El Bolsón pasó a alta velocidad por la calle de su vecino. En ese momento, el perro estaba en la vereda. El conductor pasó tan pegado al cordón, que arrastró al animal por más de 100 metros. La familia esperaba que el hombre pidiera disculpas, pero eso no ocurrió.

La situación se agravó por la actitud del conductor. Se burló y provocó a los dueños del perro. Cuando el hijo de la familia le recl amó por lo sucedido, el hombre salió de su domicilio con un machete.

Además de la amenaza física, llamó a la Policía y proporcionó información falsa: aseguró que sus vecinos estaban armados y que no lo dejaban salir de su casa. En la discusión también intervino el padre del conductor, quien justificó el accionar de su hijo con el argumento de que podía circular por la calle a la velocidad que quisiera.

Ante la gravedad de los hechos, la familia presentó una denuncia, y el Juzgado de Paz intervino con distintas medidas cautelares. La resolución judicial estableció la prohibición de contacto mutuo, que incluye la prohibición de ingresar al predio ajeno.

También se dispuso que los vehículos que circulen frente a las viviendas involucradas no podrán superar los 40 km/h. Cada familia tiene la responsabilidad de mantener a sus perros dentro de sus respectivos predios bajo el control adecuado.

El fallo prohíbe palabras, gestos de agresión, ruidos molestos o cualquier acción que afecte la intimidad y el descanso de los vecinos.

El Juez de Paz advirtió que cualquier incumplimiento de estas normas activará sanciones penales por desobediencia judicial. Para garantizar la seguridad, se notificó de estas medidas a la Comisaría 12ª, a la Comisaría de la Familia y al sistema de emergencias 911.

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Judiciales

Por orden judicial obligan a un padre a afiliar de manera urgente a su hijo a la obra social

La jueza resolvió durante la feria judicial, al considerar comprometido el interés superior del niño.

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Un fallo hizo lugar a una medida autosatisfactiva y ordenó la inmediata incorporación de un niño como beneficiario de la obra social de su progenitor, ante la falta de cobertura médica y la existencia de un cuadro de salud que requiere tratamiento urgente.

La intervención judicial se produjo luego de que la madre del niño acreditara haber realizado reiteradas gestiones extrajudiciales para lograr su afiliación, sin obtener respuesta. Si bien la ausencia de cobertura no había generado consecuencias inmediatas en un primer momento, la situación cambió de manera drástica tras un diagnóstico reciente que exige tratamiento farmacológico y la eventual realización de una intervención quirúrgica.

Esta situación colocó el caso en un escenario de urgencia impostergable, por lo que ingresa en los casos que se abordan durante el período de Feria y necesitó de la urgente intervención de la jueza.

En su resolución, la magistrada consideró que se encontraba comprometido el derecho a la salud de un niño, sujeto especialmente vulnerable por su edad y condición. Remarcó que el interés superior del niño debe guiar toda decisión judicial, especialmente cuando está en juego el acceso oportuno a prestaciones médico-asistenciales esenciales.

El fallo ordenó que el progenitor, que vive en Sierra Grande, incorpore al niño como beneficiario adherente en su obra social en un plazo perentorio de 48 horas, bajo percibimiento de aplicar sanciones económicas ante un eventual incumplimiento. Asimismo, dispuso que, en caso de silencio o falta de cumplimiento, se libre oficio directo a la entidad prestadora para que proceda a la afiliación inmediata, con la correspondiente comunicación al empleador para efectuar las retenciones que pudieran corresponder.

La magistrada fundamentó la decisión en la Constitución Nacional y Provincial, en los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional y en la normativa de protección integral de niños, niñas y adolescentes, al señalar que la respuesta judicial debía ser rápida y eficaz para evitar un daño irreparable.

La medida, de carácter excepcional, buscó garantizar de manera inmediata el derecho a la salud del niño frente a una omisión prolongada, priorizando su bienestar por sobre cualquier otra consideración.

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