Río Negro
El gobierno reglamentó las condiciones que deberán cumplir los Municipios para acceder al «Plan Castello»
Sólo podrán solicitar fondos las comunas que hayan presentado en tiempo y forma las rendiciones de todos los montos recibidos a través del Fondo Petrolero.

El gobernador Alberto Weretilneck, firmó el decreto que reglamenta la Ley N° 5.102, estableciendo la forma de distribución del crédito público destinado a Municipios y Comisiones de Fomento a través del «Plan Castello».
En este sentido, se dispuso que sólo podrán solicitar fondos las comunas que hayan presentado en tiempo y forma las rendiciones de todos los montos recibidos a través del Fondo Petrolero y de los aportes generales que cotidianamente realiza la Provincia.
El gobernador Weretilneck firmó ayer el decreto que establece las condiciones del proceso para que los Municipios y las Comisiones de Fomento que hayan adherido a la Ley puedan solicitar fondos reembolsables y no reintegrables destinados a obras de infraestructura y adquisición de bienes.
En su artículo 4º, la Ley establece que el 10% del crédito público obtenido por la Provincia estará dirigido a los Municipios y a las Comisiones de Fomento.
En tanto, el artículo 5º señala que el financiamiento otorgado a los Municipios se distribuirá en un 50% de acuerdo al índice de coparticipación y el 50% restante en partes iguales.
Los Municipios deberán presentar su proyecto de inversión de obra de infraestructura o proyecto de adquisición de bienes de capital ante la Dirección de Municipios del Ministerio de Gobierno, en un plazo de 60 días desde la apertura de las sesiones ordinarias de su Concejo Deliberante.
Entre los requisitos, se estableció la presentación de un certificado de la Contaduría General de la Provincia que demuestre que no existen cargos pendientes o cuyos cargos se encuentran dentro de los plazos de rendición que establece la Ley.
Asimismo, los Municipios deberán tener cumplida, a la fecha de presentación de los proyectos, las rendiciones establecidas en el marco de la Ley de Renegociaciones de Concesiones Hidrocarburíferas y las rendiciones correspondientes al Fondo Federal Solidario, como condición “sine qua non” para el otorgamiento de los fondos previstos.
Asimismo, deberán acreditar ante la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, la inexistencia de deuda con el Estado provincial o que la misma se encuentre regularizada. En caso contrario, y como requisito ineludible para el otorgamiento de los fondos, los Municipios o Comisiones de Fomento podrán subsanar tal circunstancia acogiéndose a un mecanismo de compensación de las obligaciones incumplidas a descontar de la coparticipación correspondiente.
Será el Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Hacienda, quien determine los montos que le correspondan a cada uno de los Municipios y Comisiones de Fomento. En caso de que los Municipios y Comisiones de Fomento no presentaran los proyectos en el plazo establecido, los fondos serán destinados a la financiación de proyectos de obras de infraestructura a ser realizados por la Provincia.
Además, se creará una «Comisión de Seguimiento y Control de la Inversión de los Municipios y Comisiones de Fomento” que funcionará en el ámbito del Ministerio de Gobierno y cuya finalidad será la aprobación de los proyectos presentados.
A medida que se formalicen las presentaciones, se publicará en la página del Ministerio de Economía (www.economia.rionegro.gov.ar) la información sobre los Municipios y Comisiones de Fomento que realizaron solicitud de fondos. Esta acción se da en el marco de la política de transparencia y gobierno abierto donde el Estado Rionegrino pone a disposición de los ciudadanos acceso a información abierta y pública.
Para la solicitud de obras de infraestructura, se deberá adjuntar la memoria descriptiva de la obra, cómputo, presupuesto total y plazo estimativo del proyecto avalado por funcionario municipal, documentación técnica avalada por funcionario municipal, proyecto aprobado por la Comisión e inicio de la obra.
Para el caso de los proyectos de bienes de capital, se deberá presentar una descripción específica de los bienes a adquirir y presupuesto total del bien, avalados por funcionario municipal competente.
Río Negro
Río Negro pagará los sueldos estatales el 2 de abril
De esta manera, las y los estatales tendrán su salario disponible durante el fin de semana largo de Semana Santa.

El Gobierno de Río Negro depositará los sueldos de todo el personal de la Administración Pública el jueves 2 de abril, garantizando que las y los estatales tengan su salario disponible durante el fin de semana largo de Semana Santa.
«De esta forma, la Provincia ratifica el rumbo de una gestión ordenada, que garantiza previsibilidad y protege el ingreso de los trabajadores estatales, y que además permite que esos recursos estén disponibles para el fin de semana largo, impulsando el turismo y la actividad económica», indicaron desde el Ejecutivo.
De esta manera, el jueves 2 de abril cobrarán su salario los agentes de la Salud Pública (con guardias y horas extras incluidas); Policía de Río Negro; Servicio Penitenciario Provincial; Docentes; Porteros; Ley 1.844; Vialidad Rionegrina; Pensiones de Bomberos Voluntarios; Poder Legislativo; Poder Judicial; y Órganos de Control.
Río Negro
Radares: Empiezan a controlar la velocidad en la rutas de Río Negro
La primera etapa será sin multas y está enfocada en la concientización.

La Agencia Provincial de Seguridad Vial, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia de Río Negro, puso en marcha el sistema de radares para controlar la velocidad en distintas rutas. La primera etapa será sin multas y está enfocada en la concientización, con el objetivo de que los conductores conozcan cómo funciona el sistema antes de comenzar con las sanciones.
En este contexto, la medida ya se encuentra operativa en corredores donde circulan a diario miles de vehículos. En concreto, los dispositivos están ubicados sobre la Ruta Nacional N° 22, en Villa Regina, Cervantes y Río Colorado; la Ruta Nacional N° 3, en Viedma y Sierra Grande; la Ruta Nacional N° 250, en Lamarque; y la Ruta Nacional N° 151, en Cipolletti, Cinco Saltos y Sargento Vidal. La decisión apunta a ordenar la circulación y reducir riesgos en tramos donde, según registros oficiales, se repiten maniobras peligrosas y excesos de velocidad.
Durante esta etapa inicial, quienes superen los límites permitidos no serán multados. En cambio, recibirán una notificación informativa que incluye la imagen del vehículo, la velocidad registrada y el lugar exacto de la infracción. La idea que cada conductor vea en primera persona cómo funciona el radar y tome conciencia antes de que haya consecuencias económicas.
Además, el sistema utiliza tecnología de última generación que permite registrar con precisión cada evento. Las cámaras capturan evidencia fotográfica y datos técnicos que respaldan cada detección, lo que garantiza transparencia y reduce al mínimo cualquier margen de error. Esto no solo fortalece el control, sino que también brinda garantías a quienes circulan por las rutas.
Por otro lado, desde el área de seguridad vial se trabaja en ajustar detalles operativos y administrativos para que, una vez finalizado el período de adaptación, el sistema funcione de manera ágil y clara. En esa segunda etapa, las infracciones comenzarán a ser sancionadas con los valores establecidos por la ley vigente.
Mientras tanto, el foco está puesto en cambiar hábitos. En rutas donde circulan familias, trabajadores y transportistas, el exceso de velocidad sigue siendo uno de los factores más determinantes en los siniestros graves.
Judiciales
Lo condenaron por violencia de género, volvió a convivir con la víctima y lo enviaron a prisión
La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial. El Ministerio Público acreditó que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad.

Un hombre condenado por violencia de género cumplirá pena efectiva en Cipolletti tras comprobarse el incumplimiento de las pautas de conducta. La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial y de un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. El Ministerio Público Fiscal acreditó además que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. El juez de Ejecución transformó la pena en suspenso en prisión efectiva.
La condena original se dictó en agosto de 2025 por hechos que incluyeron lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género. En ese momento, el Poder Judicial había dispuesto reglas claras: no acercarse ni mantener contacto con la mujer y sostener un domicilio informado. Esas condiciones formaron parte de una pena de ejecución condicional que buscó evitar el encierro.
Sin embargo, la presencia en la vivienda de la mujer evidenció la transgresión de esas restricciones. El informe de la Oficina de Atención a la Víctima describió un escenario atravesado por temor y dependencia económica, además de referencias a episodios de violencia posteriores a la condena.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el planteo se centró en el incumplimiento de las pautas impuestas y no en la investigación de un nuevo delito. La defensa se opuso al pedido y señaló que los hechos integraban una causa en trámite, además de plantear objeciones sobre la posibilidad de una doble sanción.
El juez de Ejecución Penal analizó la documentación incorporada, en especial el informe técnico, y consideró acreditada la violación de las reglas de conducta, en particular la prohibición de acercamiento. Con base en ese análisis y en normativa vinculada a la protección contra la violencia de género, dispuso la revocación de la condicionalidad.
La resolución ordenó la detención y el traslado a un establecimiento penitenciario.





