Río Negro
El gobierno reglamentó las condiciones que deberán cumplir los Municipios para acceder al «Plan Castello»
Sólo podrán solicitar fondos las comunas que hayan presentado en tiempo y forma las rendiciones de todos los montos recibidos a través del Fondo Petrolero.

El gobernador Alberto Weretilneck, firmó el decreto que reglamenta la Ley N° 5.102, estableciendo la forma de distribución del crédito público destinado a Municipios y Comisiones de Fomento a través del «Plan Castello».
En este sentido, se dispuso que sólo podrán solicitar fondos las comunas que hayan presentado en tiempo y forma las rendiciones de todos los montos recibidos a través del Fondo Petrolero y de los aportes generales que cotidianamente realiza la Provincia.
El gobernador Weretilneck firmó ayer el decreto que establece las condiciones del proceso para que los Municipios y las Comisiones de Fomento que hayan adherido a la Ley puedan solicitar fondos reembolsables y no reintegrables destinados a obras de infraestructura y adquisición de bienes.
En su artículo 4º, la Ley establece que el 10% del crédito público obtenido por la Provincia estará dirigido a los Municipios y a las Comisiones de Fomento.
En tanto, el artículo 5º señala que el financiamiento otorgado a los Municipios se distribuirá en un 50% de acuerdo al índice de coparticipación y el 50% restante en partes iguales.
Los Municipios deberán presentar su proyecto de inversión de obra de infraestructura o proyecto de adquisición de bienes de capital ante la Dirección de Municipios del Ministerio de Gobierno, en un plazo de 60 días desde la apertura de las sesiones ordinarias de su Concejo Deliberante.
Entre los requisitos, se estableció la presentación de un certificado de la Contaduría General de la Provincia que demuestre que no existen cargos pendientes o cuyos cargos se encuentran dentro de los plazos de rendición que establece la Ley.
Asimismo, los Municipios deberán tener cumplida, a la fecha de presentación de los proyectos, las rendiciones establecidas en el marco de la Ley de Renegociaciones de Concesiones Hidrocarburíferas y las rendiciones correspondientes al Fondo Federal Solidario, como condición “sine qua non” para el otorgamiento de los fondos previstos.
Asimismo, deberán acreditar ante la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, la inexistencia de deuda con el Estado provincial o que la misma se encuentre regularizada. En caso contrario, y como requisito ineludible para el otorgamiento de los fondos, los Municipios o Comisiones de Fomento podrán subsanar tal circunstancia acogiéndose a un mecanismo de compensación de las obligaciones incumplidas a descontar de la coparticipación correspondiente.
Será el Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Hacienda, quien determine los montos que le correspondan a cada uno de los Municipios y Comisiones de Fomento. En caso de que los Municipios y Comisiones de Fomento no presentaran los proyectos en el plazo establecido, los fondos serán destinados a la financiación de proyectos de obras de infraestructura a ser realizados por la Provincia.
Además, se creará una «Comisión de Seguimiento y Control de la Inversión de los Municipios y Comisiones de Fomento” que funcionará en el ámbito del Ministerio de Gobierno y cuya finalidad será la aprobación de los proyectos presentados.
A medida que se formalicen las presentaciones, se publicará en la página del Ministerio de Economía (www.economia.rionegro.gov.ar) la información sobre los Municipios y Comisiones de Fomento que realizaron solicitud de fondos. Esta acción se da en el marco de la política de transparencia y gobierno abierto donde el Estado Rionegrino pone a disposición de los ciudadanos acceso a información abierta y pública.
Para la solicitud de obras de infraestructura, se deberá adjuntar la memoria descriptiva de la obra, cómputo, presupuesto total y plazo estimativo del proyecto avalado por funcionario municipal, documentación técnica avalada por funcionario municipal, proyecto aprobado por la Comisión e inicio de la obra.
Para el caso de los proyectos de bienes de capital, se deberá presentar una descripción específica de los bienes a adquirir y presupuesto total del bien, avalados por funcionario municipal competente.
Judiciales
Prestó servicios para la Liga Deportiva Confluencia y tuvo que reclamar judicialmente para cobrar sus honorarios
Según indicó en su presentación judicial, la Liga no cumplía en tiempo y forma, y ella debía insistir cada mes para cobrar.

Una profesional del derecho prestó servicios como presidenta del Tribunal de Disciplina de la Liga Deportiva Confluencia entre junio de 2024 y mayo de 2025. A lo largo de ese período, envió facturas mensuales a través de mensajes a la secretaria de la entidad, quien las recibía y tramitaba su pago. Según indicó en su presentación judicial, la Liga no cumplía en tiempo y forma, y ella debía insistir cada mes para cobrar.
En abril de 2025, luego de encontrar a una persona que podía asumir sus funciones, emitió la factura correspondiente al último mes de trabajo. En esa ocasión, la Liga no respondió al envío de la documentación ni concretó el pago. La profesional afirmó que envió la factura al presidente y a la secretaria, que volvió a contactarse en varias oportunidades durante mayo y que, tras no obtener ninguna respuesta concreta, decidió renunciar.
El 21 de mayo presentó una carta de renuncia. También señaló que mantuvo un intercambio de mensajes de voz con el presidente de la entidad y que, pese a haberse notificado, la Liga no asistió a la instancia de mediación. En esa etapa, la secretaria pidió datos bancarios para transferir el pago, pero no se realizó ninguna operación. Por ese motivo, decidió iniciar un reclamo judicial por los servicios no abonados. Lo hizo ante el juzgado de Paz de Cipolletti a través del proceso de menor cuantía.
La audiencia prevista por el Código Procesal se realizó el 3 de noviembre. Solo asistió la profesional que presentó la demanda. La Liga no contestó la demanda ni se presentó en el expediente, por lo que el juzgado aplicó lo establecido en el artículo 700, que permite avanzar con el proceso y tener por reconocidos los hechos lícitos alegados por la parte actora.
El fallo consideró que la relación entre las partes se encuadró en una locación de servicios profesionales. Señaló que, si bien no existió un contrato escrito, la prestación se concretó de forma continua y bajo la modalidad descripta en la causa. Según el análisis del expediente, la profesional fijó el precio de su trabajo, emitió la factura el 30 de abril de 2025 y envió sus datos bancarios para que se realizara la transferencia.
El juzgado valoró que la factura no fue observada ni cuestionada dentro del plazo legal. En ese sentido, citó el artículo 1145 del Código Civil y Comercial, que presume su aceptación cuando no existen objeciones en los diez días posteriores a la recepción.
La jueza de Paz de Cipolletti admitió el rubro correspondiente al daño emergente, que incluyó el capital de la factura más los intereses por mora desde el 10 de mayo de 2025 hasta la fecha de la resolución. Rechazó, en cambio, los intereses punitorios por falta de acuerdo entre las partes y no admitió el reintegro de gastos de mediación debido a que no se acreditaron.
El fallo dispuso que el monto reconocido deberá ser abonado mediante depósito judicial y estableció que, en caso de persistir el incumplimiento, se deberán calcular intereses conforme a la doctrina legal obligatoria del Superior Tribunal de Justicia.
Río Negro
Río Negro avanza en una Red Federal para controlar a deudores alimentarios
Referentes del Registro Civil participaron en Buenos Aires del primer encuentro que busca articular acciones entre las provincias para mejorar la protección de derechos de niñas, niños y adolescentes.

Representantes del Registro Civil de Río Negro participaron en Buenos Aires del Primer Encuentro Federal de Cooperación Interjurisdiccional, una instancia que busca impulsar la creación de una Red Federal de Registros de Deudores Alimentarios Morosos. La iniciativa, que ya cuenta con la adhesión de 16 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, apunta a mejorar la respuesta estatal frente al incumplimiento del deber alimentario.
El nuevo espacio estará conformado por autoridades y equipos técnicos de las jurisdicciones participantes, con el objetivo de establecer una coordinación permanente entre los registros provinciales. La intención es ordenar la información existente, compartir experiencias y avanzar en la adopción de criterios técnicos comunes que permitan una aplicación más eficaz de las medidas vigentes.
La articulación federal también prevé el desarrollo de herramientas que fortalezcan el sistema de protección alimentaria, garantizando que se cumplan los derechos de niñas, niños y adolescentes afectados por deudas alimentarias.
Desde el Gobierno rionegrino destacaron que la provincia asumirá un rol activo en la Red, trabajando para la sostenibilidad del sistema y para agilizar los mecanismos de control y sanción frente a situaciones de incumplimiento.
Río Negro
Weretilneck anunció que el aumento del Impuesto Automotor e Inmobiliario será menor a la inflación
El Gobierno provincial fijó un tope del 25% para los tributos 2026 y mantendrá beneficios a contribuyentes cumplidores y sectores productivos.

El proyecto de Ley Impositiva 2026 enviado por el gobernador Alberto Weretilneck a la Legislatura incorpora una actualización de los impuestos Automotor e Inmobiliario que se ubicará 6% por debajo de la inflación. «Es señal del compromiso provincial con las familias, empresas, comercios, productores y pymes rionegrinas, en un contexto de aumentos generalizados», indicó el mandatario.
En este sentido, tanto en Automotor como en Inmobiliario se aplica un tope máximo de aumento del 25% respecto del tributo anual determinado para 2025, lo que representa una actualización menor a la inflación anual.
El esquema mantiene los incentivos al cumplimiento tributario: quienes opten por el Pago Anual tendrán un 20% de descuento para quienes no posean deuda al 31 de diciembre de 2025, con posibilidad de abonar en tres cuotas sin interés con tarjetas de crédito del Banco Patagonia.
Mientras que quienes abonen mensualmente accederán a un 5% de bonificación por buen cumplimiento. A su vez, quienes elijan adherir al débito automático en cuenta bancaria, accederán a un 10% adicional de descuento de bonificación, reduciendo de manera significativa el monto final del tributo.
El proyecto también sostiene los beneficios para la actividad económica. Continúa la exención en Ingresos Brutos y Sellos para la compra y el patentamiento de vehículos destinados al trabajo y la producción, como camiones, acoplados, camionetas, taxis o unidades para alquiler, con el objetivo de acompañar la inversión y la renovación de flotas en toda la provincia.
Asimismo, se garantiza la continuidad de las exenciones en Automotor e Inmobiliario para jubilados y familias que conviven con una discapacidad, manteniendo un criterio de protección y acompañamiento a los sectores más sensibles.





