Judiciales
Roca, la ciudad con más procesos laborales en la provincia
En 2017 se sumaron 1.533 nuevos expedientes.

La dos Cámaras del Trabajo de Roca registraron en 2017 1.533 nuevos expedientes que se suman a los que ya tienen trámite de años anteriores. La Cámara del Trabajo 1 contabilizó 770 expedientes, mientras que la 2 un total de 763.
A nivel provincial, el Fuero Laboral, es decir la totalidad de las seis Cámaras Laborales de toda la provincia, contabilizaron 4.849 expedientes desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2017.
Los tipos de procesos más frecuentes en toda la provincia son los trámites ordinarios (que representan el 32,30%) y los juicios por accidente de trabajo (29,58%).
A su vez, las seis Cámaras Laborales de la provincia dictaron 1.437 homologaciones que pusieron fin al conflicto por medio de la conciliación judicial; 930 sentencias definitivas y 874 sentencias monitorias.
En Roca particularmente los jueces de la Cámara Laboral 1 realizaron 878 audiencias: 512 conciliaciones y 366 vistas de causas. Los jueces de la Cámara Laboral 2 hicieron 676 audiencias: 334 conciliaciones y 342 vistas de causas. En total hubo 1554 audiencias.
La Cámara Primera del Trabajo está integrada por los jueces Paula Bisogni, José Luis Rodríguez y Walter Peña. La Cámara Segunda del Trabajo se conforma con los magistrados Silvana Gadano, Edgardo Albrieu y María del Carmen Vicente.
Conciliación laboral extrajudicial: una solución ágil a los conflictos laborales
En 2017 se realizaron 323 conciliaciones laborales “con acuerdo” en toda la provincia de Río Negro. Se trata de un servicio voluntario con un procedimiento ágil, mayormente digital lo que contribuye al ahorro de recursos y tiempo.
En el fuero del trabajo es importante puntualizar la gran cantidad de causas que quedan atrapadas en la conciliación extrajudicial primero, fundamentalmente en Bariloche y Cipolletti, más la conciliación en juicio luego lo que denota inmediatez, presencia personal de los jueces en la solución de los conflictos y celeridad en la resolución de las causas.
Más de 40 mil expedientes en toda la provincia
El suplemento estadístico que elabora el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia (STJ) refleja datos e información desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2017. En ese periodo ingresaron un total de 40.214 expedientes en todos los organismos de primera instancia, Cámaras Civiles y Laborales, Tribunal Electoral y Superior Tribunal de Justicia.
El número exceptúa los expedientes en trámite (que ingresaron en años anteriores, por ejemplo), los legajos de los Centros Judiciales de Mediación, los ingresos en los 49 Juzgados de Paz de toda la provincia y las causas penales de transición debido al cambio del Código Procesal Penal. Desde el 1 de agosto de 2017 desapareció el expediente papel en el fuero penal y las causas se administran a través de audiencias orales y públicas con un registro fílmico.
El Fuero Laboral registró 4.848 nuevos expedientes en las seis Cámaras Laborales de toda la provincia. La Cámara del Trabajo de Viedma registró 1.156 expedientes; la Cámara del Trabajo 1 de Roca 770 expedientes; la Cámara del Trabajo 2 de Roca 764; la Cámara del Trabajo 1 de Bariloche 715, la Cámara del Trabajo 2 de Bariloche 612 y la Cámara del Trabajo de Cipolletti 832 expedientes.
Desde el 2013 se implementan en gran parte de los organismos del Poder Judicial de Río Negro Códigos de Buenas Prácticas que permiten contar con herramientas ágiles para la obtención de información uniforme y homogénea en todos los organismos de la provincia. El informe estadístico anual se realiza sobre la base de recolección de datos de forma automática y también manual.
Judiciales
No siempre tiene prioridad quien circula por la derecha: Condenan a conductor que no respetó la señal de Pare
Un juez hizo lugar parcialmente a una demanda por daños y perjuicios presentada por una conductora que fue embestida en una intersección, pese a haber ingresado con prioridad de paso.

Un fallo del fuero civil de Bariloche resolvió que la prioridad de paso cede cuando existe una señal clara que la contradice. Con ese criterio, un juez hizo lugar parcialmente a una demanda por daños y perjuicios presentada por una conductora que fue embestida en una intersección, pese a haber ingresado con prioridad de paso. La colisión ocurrió en una esquina señalizada con un cartel de Pare que el otro conductor no respetó.
El incidente ocurrió cuando un automóvil que circulaba por la calle Villegas, en sentido norte-sur, fue impactado en su lateral derecho por otro vehículo que se desplazaba por Tiscornia en sentido oeste-este. En dicha esquina existe señalización vial que impone la detención total para quienes transitan por Tiscornia.
La presencia del cartel fue confirmada por la Oficina de Tránsito de la Municipalidad y por una testigo que se encontraba justo detrás del vehículo embestido. La prueba pericial también coincidió en la mecánica del hecho, al ubicar el daño en la parte media del lateral derecho del rodado.
El juez interviniente aplicó el artículo 41 de la Ley Nacional de Tránsito, que establece que la prioridad de paso corresponde a quien circula por la derecha, salvo que una señal indique lo contrario. En este caso, la existencia del cartel de Pare desplazaba la regla general. El fallo recordó que dicha señal no permite interpretaciones: impone la detención absoluta del vehículo y no una simple reducción de velocidad.
A la conducta del conductor que no respetó la señal se sumó la falta de prueba sobre la existencia de algún factor externo o culpa de la víctima que pudiera haber interrumpido el nexo causal. En consecuencia, la sentencia lo declaró responsable como guardián del vehículo, y también incluyó en la condena a la titular registral por la responsabilidad concurrente prevista en el artículo 1758 del Código Civil y Comercial de la Nación.
El fallo incluyó los daños materiales comprobados y la privación de uso del vehículo. Se rechazaron los rubros por desvalorización, daño psicológico y daño moral por ausencia de pruebas suficientes. La aseguradora fue alcanzada por la condena conforme a los límites previstos en la póliza y dentro del marco legal aplicable.
Judiciales
Un juez rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley de reiterancia: Un detenido por lesiones seguirá con prisión preventiva
El hecho ocurrió cuando una vecina denunció ruidos molestos y el acusado agredió a efectivos policiales.

Un hombre de General Godoy que ya tenía una formulación de cargos firme y ahora fue imputado permanecerá en prisión preventiva durante dos meses. El caso toma relevancia porque se enmarcó en la Ley de Reiterancia y el juez debió resolver un planteo de inconstitucionalidad de la flamante ley.
En efecto, el hombre recibió una nueva formulación de cargos, en este caso por atentado y resistencia a la autoridad, evasión y lesiones agravadas contra un miembro de la fuerza de seguridad.
De esta manera, la Fiscalía planteó la prisión preventiva en el marco de la Ley de Reiterancia. La defensa pública, por su parte, consideró que la norma vulnera el principio de inocencia. Argumentó que la legislación se basa en la sospecha de que el imputado cometerá nuevos delitos.
El juez consideró que el planteo de inconstitucionalidad formulado por la defensa pública no estuvo acompañado por antecedentes claros ni concretos.
Al rechazar este planteo, el juez Pierroni explicó que en principio la reiterancia no equivale a castigar por delitos futuros, sino que evita un riesgo procesal concreto. Agregó que la prisión preventiva no anticipa una pena, sino que asegura el desarrollo del proceso.
El juez remarcó que la declaración de inconstitucionalidad representa un acto de máxima gravedad en el sistema judicial. Solo debe recurrirse a ella conforme a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia y de la Corte Suprema, cuando no exista posibilidad de una solución adecuada.
La ley rionegrina considera que la acumulación de procesos penales, incluso sin condenas previas, puede indicar una mayor probabilidad de que el imputado evada la justicia o interfiera en el proceso.
El juez afirmó que en este caso existen datos objetivos que evidencian un patrón de conducta en el comportamiento del imputado. «Esa es la base de demostración directa de un riesgo concreto, real y actual, por parte de la Fiscalía, en el sentido de influir sobre los testigos para que se comporten de manera desleal o reticente al momento de declarar en juicio», indicó.
El hecho ocurrió cuando una vecina denunció ruidos molestos. La policía llegó al lugar y según la acusación fiscal se produjo una agresión contra los efectivos. Otras personas rodearon el móvil, lanzaron objetos y atacaron a los policías. Minutos después acudió un refuerzo de la Comisaría N° 35 de Huergo.
Judiciales
Quisieron robar un auto a la madrugada y terminaron detenidos
La dueña escuchó ruidos extraños fuera de su domicilio y se comunicó con la Policía.

Este mediodía (30/06), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre y a una mujer por un intento de robo ocurrido ayer (29/06) a la madrugada en General Roca. Además solicitó la prohibición de acercamiento a dos domicilios y a dos personas.
Según la acusación fiscal, «alrededor de las 7 de la mañana del domingo, la pareja aprovechó que la víctima había dejado su auto en la vía pública, y actuando con un plan en común, habrían violentado el tambor de la cerradura de la puerta del conductor».
«Luego, se subieron al vehículo pero no terminaron de concretar su accionar ya que una de las damnificadas abrió la ventana de su casa que daba a la calle, verificó las cámaras de seguridad y dio aviso al personal policial», explicó la fiscal del caso.
Los dos sospechosos fueron reducidos por el personal de la Comisaría 3°, que tomó intervención en el hecho.
Forman parte del sustento probatorio de esta imputación el acta de procedimiento policial, la denuncia penal, las entrevistas, informes del Gabinete de Criminalística, el análisis de las cámaras de seguridad.
La Fiscalía solicitó además de la imputación, que ambos se abstengan de acercarse a las víctimas, como a dos domicilios.
Por su parte, el defensor público que asistió tanto a la mujer como al hombre no se opuso a la formulación de cargos como tampoco a la medida cautelar.
De esta manera, y tras escuchar a ambas personas imputadas, la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el delito de «tentativa de robo de vehículo dejado en la vía pública y amenazas», imputados por ser co-autores, y ordenó la prohibición de acercamiento.