Judiciales
Solicitaron 3 años de prisión en suspenso para Norry
El veredicto se conocerá el próximo lunes a las 8 de la mañana.

La fiscal jefe Teresa Giuffrida junto a la titular de la Fiscalía de Violencia de Género y Doméstica Norma Reyes solicitaron la pena de 3 años de ejecución condicional para el hombre declarado culpable de “lesiones leves agravadas por la relación de pareja y por haber sido perpetradas contra una mujer en el marco de violencia de género, con coacción, y amenazas simples contra dos víctimas (uno menor de edad)”.
El juicio de cesura se llevó adelante ante un Tribunal Unipersonal, encabezado por la jueza Laura Pérez. Esto porque en la audiencia de control de acusación oportunamente las partes, tanto la fiscalía como la querella y la defensa particular, coincidieron en que la pretensión punitiva provisora no superaría los tres años de prisión.
En la audiencia de hoy, la fiscal Reyes presentó prueba documental para esta instancia, expresando que “el imputado no registra antecedentes penales según el Registro Nacional de Reincidencia”, y además oralizó el informe de la comunidad terapéutica donde se encuentra internado el sujeto. El mismo expresa que “se sigue trabajando la cuestión de violencia, y en la pre- reinserción social, esto desde el 5 de febrero de este año, cuya duración sería de un año más, en un despegue anual de la comunidad”.
“Atento a que el 5 de diciembre de 2018 se declaró la responsabilidad penal del imputado por los delitos ya mencionados es que esta Fiscalía solicitará que se lo condene a la pena de 3 años de ejecución condicional, más las costas del proceso y reglas de conducta por el mismo tiempo de la condena”, inició Reyes.
“Una vez concluido el tratamiento, el sujeto deberá establecer un domicilio e informarlo al juzgado correspondencia. Además tendrá que evitar realizar cualquier acto de hostigamiento por cualquier tipo de medio, y no acercarse a ninguna de las dos víctimas”, expresó la representante del Ministerio Público Fiscal.
Respecto al tratamiento de adicciones que actualmente está realizando el individuo, la Fiscalía solicitó que “una vez concluido el mismo y la problemática de violencia que se evidencia en él, el Cuerpo de Investigación Forense evalúe la continuidad o no de otro tratamiento”.
Todas esas reglas son bajo apercibimiento de que se revoque la condicionalidad de la condena.
Por su parte, la fiscal jefe Teresa Giuffrida explicó que “teniendo en cuenta los delitos por los que es responsable, es que partimos de una pena de 2 años de prisión, cuya la escala sería de 2 a 3 años y ya que en el control de acusación las partes coincidieron la intervención de un Tribunal unipersonal, es que el máximo que podemos solicitar es de 3 años”.
Como atenuantes, la fiscal jefe mencionó que se trata de un transgresor primario, que no tiene antecedentes penales, que está cumpliendo un tratamiento y los informes del lugar donde lo está haciendo.
Respecto de los agravantes, Giuffrida mencionó “la naturaleza de los hechos, el tiempo, modo y lugar de los mismos teniendo en cuenta la declaración de la víctima en el debate y del menor en Cámara Gesell. Además la violencia psicológica y física ejercida por el imputado, contra dos víctimas, una de ellas es menor de edad. Agregamos la humillación sufrida por la víctima por parte del acusado, la condición socio cultural del imputado que le permitía comprender las conductas violentas llevadas a cabo”.
Como agravante, el Ministerio Público Fiscal tuvo presente la extensión del daño causado, no sólo reflejados por la denunciante sino también por la psicóloga de la Comisaría de la Familia que la atendió. “La especialista dijo en debate que la joven había expresado sensación de indefensión”.
“Se le suma al monto de la pena, que la víctima se fue de Roca a otro lado debido a que estos hechos, que implicaron su mudanza junto a su hijo que está escolarizado”, mencionó Giuffrida.
El Ministerio Público Fiscal tuvo presente la extensión del daño causado, teniendo en cuenta lo expresando por la psicóloga Patricia Planas (testigo del juicio de cesura) respecto del estrés post traumático, y que la víctima tuvo que cambiar su cotidianidad con posterioridad al hecho.
Asimismo, la multiplicidad de hechos por los cuales fue declarado responsable, con ataques a distintos bienes jurídicos.
“Teniendo en consideración todo ello es que la Fiscalía entiende que la pena justa es de 3 años de prisión, considerando la falta de antecedentes penales y los informes del lugar de internación es que entendemos que sea de ejecución condicional”, dijo la fiscal.
La representante del Ministerio Público concluyó diciendo que “el hecho fue cometido en el marco de violencia de género y por ello se pide que una vez termine con el tratamiento actual, continúe con otro para erradicar el tipo de conducta, para erradicar este tipo de hechos como los descritos por las testigos de hoy y por la víctima”.
El veredicto se conocerá el próximo lunes 25 de febrero a las 8 de la mañana.
Judiciales
Pagó sus compras extranjeras en dólares para evitar el Impuesto País, pero se lo debitaron igual: Condenan a entidad bancaria
Además de ordenar la devolución de las sumas cobradas, el fallo aplicó una multa civil por daño punitivo.

Una clienta de El Bolsón creyó haber evitado el recargo por consumos en el exterior cuando pagó en dólares el resumen de su tarjeta y activó el ‘stop debit’ desde la aplicación del banco. La app confirmó que la operación había sido exitosa. Días después descubrió que el banco le había debitado el resumen en pesos, le había cargado impuestos vinculados al dólar y hasta le sumó intereses y punitorios. El Juzgado Multifueros de la ciudad andina concluyó que existió un error del sistema, responsabilizó a la entidad financiera y ordenó indemnizar a la mujer.
Según el fallo, la mujer había utilizado su tarjeta para gastos por más de 1.300 dólares y luego decidió cancelar el resumen directamente en moneda estadounidense. Para eso recurrió al ‘stop debit’, una herramienta usada por clientes bancarios para impedir el débito automático del resumen en pesos.
La clienta pagó el saldo en dólares, activó la opción desde la plataforma digital y recibió una notificación de ‘pago exitoso’. Sin embargo, una semana después apareció el problema: el banco igual ejecutó el débito automático del resumen convertido a pesos y agregó impuestos asociados a ese tipo de operación.
La demanda sostuvo que el objetivo de pagar en dólares había sido evitar la pesificación y los recargos sobre consumos en moneda extranjera. El expediente detalla que la entidad cobró una suma mayor, con cargos derivados del Impuesto País, además de intereses compensatorios, punitorios, IVA e impuesto de sellos.
La mujer inició entonces un recorrido que el propio fallo describió como un laberinto de reclamos. Primero fue a una sucursal bancaria. Después intentó resolver el problema por correo electrónico. Más tarde envió una carta documento. Las respuestas nunca llegaron en forma clara. En uno de los intercambios incorporados al expediente, el banco admitió que «es normal que los sistemas tengan errores momentáneos».
El juzgado consideró especialmente grave que la entidad reconociera el error pero no resolviera la situación ni devolviera el dinero debitado. También cuestionó el funcionamiento del sistema de atención al cliente y la falta de respuestas concretas frente al reclamo. Según la sentencia, la usuaria quedó atrapada en un «infinito devenir de mensajes por mail» sin solución efectiva.
La resolución encuadró el caso dentro de la Ley de Defensa del Consumidor y remarcó que los bancos tienen obligación de garantizar servicios digitales seguros. Para la jueza, el problema no fue solamente el débito indebido sino también la forma en que la entidad manejó el conflicto después del error.
El fallo destacó además la posición desigual entre una entidad financiera y una usuaria individual frente a herramientas digitales automáticas. En ese contexto, sostuvo que el Banco Galicia debía brindar información clara, canales eficaces de atención y una respuesta inmediata frente a un error reconocido por la propia empresa.
La entidad financiera no se presentó a contestar la demanda judicial. Con los resúmenes, los correos electrónicos y la documentación aportada por la clienta, el juzgado dio por acreditado que el débito en pesos se produjo pese a que el pago en dólares y el ‘stop debit’ ya habían sido realizados.
Además de ordenar la devolución de las sumas cobradas, el fallo aplicó una multa civil por daño punitivo. La jueza entendió que el banco incurrió en un incumplimiento grave hacia la consumidora y valoró especialmente que el dinero continuara retenido incluso después de reconocerse el error del sistema.
Judiciales
Imputaron y dejaron presos a dos hombres acusados de robar cajas fuertes en una fábrica de hielo de Roca
Los acusados habrían actuado junto a otros dos hombres que todavía permanecen prófugos.

El Ministerio Público Fiscal imputó este mediodía (26/05) a dos hombres acusados de protagonizar un robo ocurrido el pasado 28 de abril en una vivienda -donde funciona también una fábrica de hielo- ubicada sobre calle Los Sauces al 1700, entre Stefenelli y Mosconi, donde intentaron sustraer dos cajas fuertes. Además, la Justicia les dictó prisión preventiva por el plazo de tres meses.
Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió cerca de las 10.23 de la mañana, cuando los imputados, junto a otros dos hombres que aún no fueron identificados, ingresaron a la propiedad tras abrir el portón de acceso y forzar la puerta principal de la vivienda.
De acuerdo a la investigación, los sospechosos cargaron una de las cajas fuertes en una camioneta Fiat Strada con pedido de secuestro en Neuquén, mientras que la segunda quedó abandonada en el patio. Además, se llevaron otros elementos de valor como una campera, un reloj, una mochila y un par de lentes.
La fiscal adjunta explicó que el intento de fuga fue frustrado por la intervención de efectivos de la Subcomisaría 67° de Stefenelli, la Comisaría 3° y la Comisaría 48° de Mosconi, quienes montaron un operativo cerrojo.
Durante la persecución, la camioneta en la que escapaban los acusados impactó de frente contra un móvil policial. Tras la colisión, uno de los imputados intentó huir corriendo hacia las chacras, aunque fue rápidamente aprehendido. El otro sufrió heridas de consideración producto del choque y, al intentar descender del vehículo, cayó al piso una pistola semiautomática marca Glock que llevaba consigo.
Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía se incluyeron actas policiales, fotografías, entrevistas, la denuncia de la víctima, informes de Criminalística, la constatación del robo de la camioneta en Neuquén y pericias realizadas sobre el arma secuestrada.
La Justicia imputó a uno de los detenidos por los delitos de robo doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por cometerse en poblado y en banda, además de portación ilegítima de arma de fuego de guerra. El segundo acusado fue imputado como coautor del robo agravado.
La Fiscalía solicitó la prisión preventiva al considerar existentes riesgos procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación, teniendo en cuenta que aún continúan medidas investigativas y hay otros sospechosos prófugos. La defensa pública no presentó oposición y el juez de Garantías resolvió hacer lugar tanto a la formulación de cargos como a la medida cautelar.
Judiciales
La Fiscalía pidió que la causa de la falsa médica pase al fuero federal
Desde una universidad venezolana aseguraron que la mujer nunca fue alumna, a pesar de que la imputada presentaba un título de esa institución en su CV.

El Ministerio Público Fiscal solicitó que el fuero federal tome intervención en el legajo iniciado contra una mujer que habría ejercido de manera ilegal la medicina. En una audiencia realizada hoy (21/05), la Fiscalía describió todas las medidas concretadas hasta este momento que le permiten realizar tal pedido.
«Solicitamos la declaración de incompetencia de la justicia provincial ya que los tres documentos que forman parte de esta investigación: el título que habría obtenido en la Universidad de Los Andes de la República Bolivariana de Venezuela como médica cirujana; la certificación de la supuesta convalidación en el Ministerio de Educación de la Nación Argentina; y por último el documento que la Universidad del Comahue habría expedido para que la ejerza como médica, se desprenderían de resoluciones apócrifas que deberían haberse emitido de organismos nacionales. Por ello es que este legajo corresponde a la órbita de la justicia federal», explicó el equipo fiscal.
Detalló además que desde la presentación de la denuncia por parte del Ministerio de Salud rionegrino, se concretaron diversas medidas de investigación.
Primero se realizaron allanamientos en el domicilio de la mujer denunciada y en el de un familiar, así como diligencias en centros de salud de General Roca, que aportaron voluntariamente la documentación requerida. Se secuestró documentación -incluyendo títulos, sellos, recetarios-, medicación, dispositivos electrónicos y registros vinculados a la actividad médica.
A raíz del análisis de dichos elementos la Fiscalía realizó entrevistas con el Secretario General de la universidad venezolana, quien informó que la mujer no fue alumna de esa casa de estudios. «A dicho referente se le mostró el título que la mujer poseía y señaló que ese documento no pertenecía a la universidad. Agregó que para que ese título sea válido fuera de su país tiene que tener apostillado de La Haya y haber sido registrado en la cartera educativa nacional, cuestión que tampoco ocurrió. Por ello es que se ha podido establecer que el título de médico es falso», dijeron desde el Ministerio Público Fiscal.
Seguidamente, se concretaron las averiguaciones en el Ministerio de Educación de la Nación Argentina, y se verificaron que los pasos a seguir para convalidar un título del exterior no coinciden con lo que la mujer ha presentado.
«Nada de lo que señalan las resoluciones y convenios con universidades extranjeras aparece en el documento exhibido. Es más, con fecha de 7 de abril de 2020, presenta un encabezado donde se puede leer ‘Poder Ejecutivo, Ministerio de Educación’, y se le otorga de manera directa la convalidación como medica cirujana. Cuestión que tampoco coincide con lo requerido por nuestra nación para realizar ese trámite», explicó la Fiscalía.
También se mencionó lo investigado a través de la Dirección de Títulos y diplomas de la Universidad Nacional del Comahue (UNCo). «Desde la UNCo se indicó que al no poseer convenio de colaboración académica con el Ministerio de Educación de la Nación -cuestión que es exigida para la convalidación según la Resolución 3720-E/2017- es imposible que dicha institución haya actuado como instancia evaluadora que habría permitido el acceso al título de esta mujer», describió el Ministerio Público Fiscal.
Seguidamente, la Fiscalía agregó la documentación referida al informe de Migraciones y la mujer en cuestión nunca estuvo en la República Bolivariana de Venezuela, siendo requisito obligatorio del plan de estudios que habría cursado para graduarse como médica, haber cursado los últimos 2 años de carrera de manera presencial y haber realizado residencias en hospitales de dicho país.
Tras escuchar a la defensa particular de la imputada, la jueza de Garantías interviniente expresó que su resolución se dará a conocer el próximo martes (26/05) a las 12.30 horas.





