Seguinos

Río Negro

Con resolución digital, Río Negro suma más organismos al uso del Expediente Electrónico

Ya son más de 30.000 los documentos que se han procesado electrónicamente.

el

La Provincia dispuso el uso obligatorio del expediente electrónico en la Función Pública para la designación de personal, por medio de la primera resolución digital firmada por el ministro de Economía Agustín Domingo.

Es un gran paso hacia la modernización del Estado y de la administración pública. Cada vez más trámites administrativos son íntegramente digitales. A la fecha ya son más de 30.000 los documentos que se han procesado electrónicamente de los cuales 800 corresponden a expedientes digitales.

El uso obligatorio del expediente electrónico en cada vez más organismos y el sistema de gestión documental electrónico son los ejes centrales del Plan de Modernización que lleva a cabo la provincia desde el año pasado y el cual resulta fundamental para contar con una administración pública más eficiente.

Desde principios de febrero, Defensa del Consumidor de la provincia incorporó el Expediente Electrónico como obligatorio, una dependencia del Estado que podrá darle mayor celeridad a la resolución de casos.

Son seis las dependencias del Estado que utilizan el dicho expediente y dejaron el formato papel mientras que otras 16 se están capacitando para implementarlo de forma exclusiva.

Desde el Ministerio de Economía, autoridad de aplicación del Plan de Modernización del Estado, aseguran que el avance hacia un gobierno digital se está realizando en un tiempo menor al esperado.

Al respecto, Agustín Domingo resaltó que “realmente sorprende cómo se han agilizado los trámites administrativos aplicando las nuevas tecnologías. Nuestra provincia es muy extensa y poder descentralizar y evitar traslados de documentación papel implica un mejor servicio a todos los ciudadanos, como sucede en el Registro Civil que muchos de los trámites ya se realizan de forma digital”.

Y destacó: “Estamos en el proceso interno de digitalización que es indispensable para poder darle a los ciudadanos un mejor servicio. Apuntamos a que muchos de los trámites que hoy los rionegrinos hacen de forma presencial pueden realizarlos a distancia con la misma validez legal”.

¿Por qué es importante que el Estado de Río Negro utilice el expediente electrónico?

  • Descentraliza los trámites: al usar canales digitales los trámites pueden realizarse desde cualquier sitio, descentralizando los trámites.
  • Transparenta el proceso: los documentos digitales pueden ser consultados en cualquier momento y por cualquier persona autorizada.
  • Es seguro: La información en formato digital queda resguardada, evitando deterioro, pérdidas o daños como sí puede suceder en el formato papel.
  • Evita traslado y agiliza los tiempos: los documentos no se trasladan de un lado a otro, toda la información se actualiza sobre el documento digital para el acceso de las partes intervinientes.
Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

el

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

Continuar leyendo

Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

el

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

Continuar leyendo

Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

el

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement