Judiciales
Piden que el policía que mató a su vecina sea declarado culpable
El veredicto se conocerá el próximo 8 de marzo.

El fiscal Luciano Garrido solicitó que Basilio Huenumilla, imputado por el “homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por haber sido cometido por un miembro de la fuerza policial” de Evangelina Inoscencia Cayuleo, sea declarado responsable penal.
En sus alegatos de clausura, el representante del Ministerio Público Fiscal expresó que “entiendo que he cumplido con el compromiso asumido al inicio de este juicio. Es decir, que el imputado pudo comprender la criminalidad de sus actos”.
“A través de las convenciones probatorias acordadas con las partes, es que se tuvieron por probadas las circunstancias de tiempo, modo y lugar de cómo ocurrió el homicidio, que el imputado utilizó su arma reglamentaria para realizar los disparos, que éstos fueron 5 en total y que 2 le ocasionaron la muerte a la mujer. También que el sujeto es el autor del homicidio agravado, y que la preservación del lugar, a través de la Policía Federal por tratarse el imputado de un miembro de la fuerza provincial, fue la adecuada”, mencionó Garrido.
Respecto de la calificación legal, el fiscal explicó que el “homicidio debe encuadrarse como agravado, respecto de un miembro de la fuerza policial, y que el hombre lo llevó adelante con el arma de fuego brindada en su momento por dicha institución”.
El representante del Ministerio Público Fiscal, agregó que “tal como en la sentencia de la ex Cámara Tercera respecto de Jorge Villegas, en este caso el imputado utilizó el arma reglamentaria para darle muerte a su vecina, y al no encontrarse justificada la conducta, la misma es abusiva”.
Durante el alegato, Garrido dijo que “fue de vital importancia la intervención de la psiquiatra forense del Poder Judicial Celina Vermal, a horas de cometido el hecho. La misma le realizó al sujeto un primer examen en el Hospital, y ya ahí no identificaba signos de confusión mental ni amnesia de la razón por la que se encontraba detenido. Al mediodía el imputado contaba con el alta médica tanto del médico de guardia del nosocomio, como del área de Salud Mental, que coincidió con las impresiones que tuvieron los médicos forenses del Poder Judicial”.
El segundo encuentro de Vermal y el imputado sucedió en agosto del año pasado junto al perito de parte. “Allí la psiquiatra llega a la misma conclusión que la vez anterior: al momento del hecho el sujeto podría haber estado inmerso en un estado de ira y enojo en relación a dos robos sufridos pero, tal como dice la especialista, ese estado no pudo haberse vinculado con alteraciones o dificultades psicológicas”, detalló el fiscal.
La lectura de veredicto será el próximo 8 de marzo y estará a cargo del Tribunal Colegiado compuesto por los jueces Daniel Tobares, Verónica Rodriguez y Alejandro Pellizón.
El hecho juzgado
Según la acusación fiscal “se le atribuye al imputado haberle dado muerte a Evangelina Inoscencia Cayuleo el 5 de junio de 2018 a las 21.45 aproximadamente en el domicilio de la víctima. En dichas circunstancias el empleado policial de la Policía de Río Negro efectuó al menos seis disparos en la vía pública con su arma de fuego reglamentaria tipo Pistola semiautomática marca Tangfoglio modelo force 99 calibre 9 mm; impactando con uno de ellos en la puerta del inmueble de la señora. Seguidamente se dirigió a esa casa y luego de abrir la puerta de ingreso mediante patadas, en razón de que se encontraba cerrada; mediante el uso del arma de fuego que portaba y con la intención de dar muerte efectuó cinco disparos contra Cayuleo, impactando dos de ellos en su cuerpo cuestión que provocó la muerte de la mujer”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».
Judiciales
Ordenaron la captura nacional e internacional de uno de los fugados de la Comisaría 3° de Roca
Se trata de Luca Nicolás Torres, uno de los acusados del crimen de Julián Dobra.

Este mediodía (04/12), tras la notificación de la fuga de la Unidad Policial de uno de los imputados que cumplía prisión preventiva en el legajo donde se investiga el homicidio de Julián Dobra, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se ordene su captura nacional e internacional. Se trata de Luca Nicolás Torres, de 18 años de edad.
«Alrededor de las 2.05 de la madrugada recibimos la información del personal de la Comisaria que dos personas se habían dado a la fuga. Una de ellas es este imputado, que inmediatamente se dispuso la búsqueda con la Brigada Judicial de investigación y con canes», explicó el fiscal del caso.
El otro fugado es Ramiro Ezequiel Sosa, quien se encontraba cumpliendo una pena efectiva desde el 20 de octubre de este año, tras haber sido detenido por una causa de robo.
«Solicitamos que se libren los oficios pertinentes tanto a la Policía Federal, a Interpol, a Gendarmería Nacional, policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Nacional y Jefatura de Policía de Río Negro», detalló la Fiscalía.
La querella adhirió al pedido, no hubo objeciones por parte de la defensa penal pública. El juez de Garantías resolvió en el mismo sentido que lo solicitado.





