Judiciales
Prisión preventiva para uno de los acusados de matar a Etchegaray
El otro autor del hecho estaría identificado pero no pudo ser detenido.

Esta tarde (14/03), la fiscal jefe Graciela Echegaray junto al fiscal Luciano Garrido, formularon cargos a un hombre por ser co-autor de los disparos que dieron muerte a Carlos Omar Etchegaray y por las heridas de su hermano, Fernando Gastón, quien continúa internado en el Hospital Francisco López Lima.
Según la acusación fiscal, “el hecho ocurrió el pasado sábado 9, alrededor de las 20:30 en la calle Tortolitas al 3300. Carlos y Fernando llegaron, cada uno en un vehículo, hasta el hogar de su padre, y tras ellos, de manera inmediata, otro auto, un Gol, donde circulaban el hoy imputado como co-autor en el asiento del acompañante, otro hombre, que está en rebeldía, manejaba, ambos provistos de un plan común y con la intención de dar muerte. Además venían dos mujeres, una de ellas ya identificada y la otra no”, detalló Garrido.
“Carlos Etchegaray descendió de su vehículo y se dirigió hasta la ventanilla del conductor del Gol; oportunidad en que desde el interior del vehículo el imputado le disparó con una pistola calibre 9mm, que portaba sin la debida autorización. El proyectil le impactó en el antebrazo izquierdo, al tiempo que quien se encuentra en rebeldía, con un revolver calibre 38, que portaba sin la debida autorización, le efectuó un disparo que le ingresó en el lado izquierdo del torax. La víctima intentó retroceder y el imputado le dio 3 disparos más, ingresándole uno por la parte posterior del hombro izquierdo y los otros dos en la zona de la espalda. Producto de dichas agresiones murió de manera inmediata”, describió el fiscal.
Por su parte, “Gastón Etchegaray al ver lo que acontecía hizo marcha atrás con su auto, y le dio en la parte delantera al Gol. En ese momento el conductor de ese vehículo efectuó un disparo que le dio en la zona del tercio medio izquierdo de la región dorsal. Esto le produjo a esta víctima un hemotorax, que puso en riesgo su vida. Luego de ello, los agresores se dieron inmediatamente a la fuga”.
La calificación legal descripta por el Ministerio Público Fiscal para el imputado es la de “homicidio y homicidio en grado de tentativa, ambos calificados por el concurso premeditado de dos o más personas y agravados por el uso de arma de fuego en concurso real con portación de arma de fuego de uso de guerra sin autorización legal, en calidad de coautor (Arts. 41 bis, 42, 45, 55, 79, 189 bis inc. 2 párrafo 4to del Código Penal).
La Fiscalía solicitó la medida cautelar de la prisión preventiva por el término de 6 meses, justificando dicho pedido, entre otras cuestiones, por el peligro de fuga, mencionando la actitud depuesta por el imputado luego de cometido el hecho, la gravedad del suceso, que no corresponderá una pena de ejecución condicional y que la misma podrá ser perpetua.
“El hombre cuenta además con un antecedente condenatorio, una pena de 3 años de prisión en suspenso impuesta por el Juzgado Federal por el delito de tenencia de estupefacientes”, dijo Garrido.
Cabe agregar que “ha entorpecido el accionar de la justicia, toda vez que el arma utilizada ha desaparecido y que no pudimos dar de manera inmediata con las prendas que usaba el día del hecho”.
“El riesgo que más le preocupa al Ministerio Público Fiscal es el peligro de fuga, y si bien se presentó de manera voluntaria, lo cierto es que lo hizo estando acorralado y por temor a represalias de la familia afectada por la muerte de uno de sus integrantes”, explicó el fiscal.
Como sustento probatorio mencionó además el acta de procedimiento policial de la Comisaría 21, el informe de la autopsia donde se verificó que la víctima fatal recibió 5 impactos de arma de fuego, entre otras pruebas.
La defensora pública penal Flavia Rojas no se opuso a la formulación de cargos pero si a la medida cautelar, argumentando que existen otras menos gravosas y que la preventiva debe ser considerada como última ratio.
El juez de Garantías interviniente Maximiliano Camarda tuvo por formulados los cargos en los términos de la Fiscalía y otorgó el plazo de 6 meses para la prisión preventiva.
Judiciales
Prisión preventiva para un hombre acusado de amenazar con una navaja a dos hermanas
Las víctimas, de 17 y 10 años, lograron escapar y avisaron a su madre, quien llamó al 911. El hombre fue detenido poco después por personal policial.

Un hombre de 41 años fue imputado por amenazas con arma blanca y continuará detenido con prisión preventiva, luego de ser acusado de interceptar y amenazar a dos hermanas de 17 y 10 años en General Roca.
Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el sábado (03/10), alrededor de las 16.25, en la esquina de Mirlo y Cipolletti. En ese lugar, las dos hermanas fueron interceptadas por el imputado, quien habría tomado del cuello a la menor y le colocado una navaja. Las adolescentes lograron zafarse y escapar corriendo, sin presentar lesiones. Minutos después se comunicaron con su madre, quien realizó un llamado al 911.
A partir de la descripción brindada, personal de la Subcomisaría 69° logró localizar al hombre. Según explicó la fiscal Victoria Bou Abdo, al advertir la presencia policial, el acusado ingresó a una vivienda, donde finalmente fue detenido.
Entre los elementos incorporados a la investigación se encuentran la denuncia realizada por la madre de las adolescentes, la entrevista efectuada en sede policial, la intervención del Gabinete de Criminalística, las partidas de nacimiento que acreditan las edades de las víctimas y los antecedentes penales del imputado.
Durante la audiencia, el defensor penal público Miguel Salomón se opuso a la formulación de cargos. Sostuvo que no existían elementos suficientes para determinar que el hombre detenido fuera quien participó del hecho y cuestionó que se hubiera establecido una característica física particular que permitiera identificarlo.
Por su parte, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva al considerar que existe riesgo de entorpecimiento de la investigación. Entre las medidas pendientes se encuentran las entrevistas en Cámara Gesell de las hermanas, las audiencias de reconocimiento de personas y el análisis de las cámaras ubicadas en el lugar, tarea para la cual se solicitó la intervención de la Brigada de Investigación. La defensa también se opuso a la prisión preventiva y ofreció medidas menos gravosas.
Finalmente, la jueza de Garantías Claudia Lemunao tuvo por formulados los cargos y resolvió que el imputado continúe detenido bajo prisión preventiva.
Judiciales
Acusado de 24 estafas: La Fiscalía presentó la prueba contra un ex empleado policial
El imputado habría utilizado un boleto de compraventa de una fracción de tierra en Paso Córdoba para inducir a error a un grupo de policías. Declararán alrededor de 29 testigos.

El Ministerio Público Fiscal presentó este lunes (05/10) la prueba con la que avanzará hacia el juicio contra un ex empleado policial imputado por estafa, luego de la reformulación de la acusación realizada el 3 de septiembre pasado. Durante el debate se prevé la declaración de alrededor de 29 testigos, entre ellos las personas que figuran como víctimas en la causa.
Según explicó la fiscal del caso, Jessica González, el hecho investigado ocurrió entre octubre de 2021 y marzo de 2024 en General Roca. El imputado habría utilizado un ardid y aprovechado su condición de empleado policial para exhibir un boleto de compraventa correspondiente a una fracción de tierra ubicada en Paso Córdoba.
De acuerdo con la acusación, el hombre argumentaba además mantener una relación de amistad con el propietario de la inmobiliaria y ofrecía facilidades de pago.
La Fiscalía sostiene que, mediante esa maniobra, indujo a error a un grupo de policías, quienes entregaron dinero por distintos medios de pago, entre ellos efectivo en pesos y dólares y transferencias bancarias.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal informó que, luego del análisis de los datos proporcionados a los peritos contables, se determinó que el perjuicio económico asciende aproximadamente a $4.300.000 y 750 dólares.
Tras arribar a algunas convenciones probatorias con la defensa particular, la Fiscalía solicitó que el juicio sea llevado adelante por un Tribunal Unipersonal.
La fecha del debate será definida por la Oficina Judicial. La calificación legal por la que se concretará el juicio será estafa reiterada (24 hechos) en concurso real.
Judiciales
Viajaron juntos al Alto Valle, se distanciaron y terminaron discutiendo por los gastos de combustible
El hombre sostuvo que ella había renunciado al reclamo al escribir «no necesito tu plata» en una conversación de WhatsApp. La jueza consideró que el mensaje, analizado en su contexto, no demostraba una voluntad inequívoca de renunciar al cobro.

Un viaje al Alto Valle para visitar familiares y mostrar el auto nuevo que ella había comprado terminó en un reclamo judicial después del distanciamiento. La discusión por los gastos de combustible llegó al Juzgado de Paz de Bariloche, donde la mujer reclamó una suma de dinero porque aseguró que su acompañante se había comprometido a pagar el combustible.
El hombre se opuso al reclamo y presentó como argumento una frase que la mujer había escrito durante una discusión por WhatsApp: «no necesito tu plata».
El conflicto se tramitó mediante un proceso de menor cuantía. Según quedó establecido en la audiencia, ambos coincidieron en que habían viajado juntos a otra localidad de Río Negro para visitar a la familia de la mujer y mostrar el vehículo que ella acababa de comprar. También reconocieron que, una vez distanciados, el hombre le dijo «hagamos números».
Las diferencias aparecieron al momento de determinar cuánto correspondía pagar. La mujer sostuvo que habían acordado que él asumiría los gastos del viaje y reclamó un monto de dinero. El hombre cuestionó esa pretensión y presentó capturas de una conversación de WhatsApp que, según su interpretación, demostraban que ella había desistido de cualquier reclamo económico.
En uno de los mensajes aparecía la frase «no necesito tu plata». El demandado pidió que esas palabras fueran interpretadas como una renuncia al derecho de cobro.
La sentencia descartó esa interpretación. Si bien el Código Civil y Comercial admite la renuncia de derechos y establece que no está sometida a formas solemnes, el juzgado consideró que el mensaje no demostraba una voluntad inequívoca de abandonar el reclamo.
Para resolver, la jueza tuvo especialmente en cuenta el contexto en el que había sido escrito. La frase formaba parte de una discusión por WhatsApp y, además, según reconocieron las partes, la mujer había reclamado el dinero y mantuvo esa pretensión.
Para la magistrada, esos antecedentes resultaban incompatibles con la interpretación planteada por el demandado. De esta manera, descartada la supuesta renuncia, quedó por determinar cuánto correspondía pagar.
En ese punto, la sentencia tampoco acompañó por completo la posición de la mujer. Aunque estaba acreditado que ambos habían realizado el viaje, el expediente no contenía prueba de un acuerdo por el cual el hombre hubiera asumido la totalidad de los gastos.
Por esa razón, el Juzgado entendió que no correspondía trasladar todo el costo del combustible al demandado y resolvió repartir la cuenta en partes iguales.
El hombre también había impugnado la liquidación presentada por la mujer e interpuso un recurso de revocatoria. Sin embargo, el planteo fue rechazado por extemporáneo conforme a las reglas del procedimiento de menor cuantía.
Menor cuantía
El procedimiento de menor cuantía es gratuito y busca garantizar el acceso a la Justicia. Es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.
Estos procesos se inician en los Juzgados de Paz mediante un formulario que tiene carácter de demanda y permite reclamar un monto de dinero a la contraparte. El trámite es verbal, gratuito e informal, pero garantiza el derecho de defensa.
Quedan excluidos de este procedimiento los juicios de sucesión, familia, laborales y desalojo.
Además de las acciones de menor cuantía, en los Juzgados de Paz se tramitan contravenciones, notificaciones, certificaciones, autorizaciones, juicios ejecutivos, ejecuciones fiscales, beneficios de litigar sin gastos, audiencias y cartas poder, entre otras cuestiones.
Actualmente, el monto máximo para este tipo de reclamos es de $2.700.000.





