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Prisión preventiva para uno de los acusados de matar a Etchegaray

El otro autor del hecho estaría identificado pero no pudo ser detenido.

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Esta tarde (14/03), la fiscal jefe Graciela Echegaray junto al fiscal Luciano Garrido, formularon cargos a un hombre por ser co-autor de los disparos que dieron muerte a Carlos Omar Etchegaray y por las heridas de su hermano, Fernando Gastón, quien continúa internado en el Hospital Francisco López Lima.

Según la acusación fiscal, “el hecho ocurrió el pasado sábado 9, alrededor de las 20:30 en la calle Tortolitas al 3300. Carlos y Fernando llegaron, cada uno en un vehículo, hasta el hogar de su padre, y tras ellos, de manera inmediata, otro auto, un Gol, donde circulaban el hoy imputado como co-autor en el asiento del acompañante, otro hombre, que está en rebeldía, manejaba, ambos provistos de un plan común y con la intención de dar muerte. Además venían dos mujeres, una de ellas ya identificada y la otra no”, detalló Garrido.

“Carlos Etchegaray descendió de su vehículo y se dirigió hasta la ventanilla del conductor del Gol; oportunidad en que desde el interior del vehículo el imputado le disparó con una pistola calibre 9mm, que portaba sin la debida autorización. El proyectil le impactó en el antebrazo izquierdo, al tiempo que quien se encuentra en rebeldía, con un revolver calibre 38, que portaba sin la debida autorización, le efectuó un disparo que le ingresó en el lado izquierdo del torax. La víctima intentó retroceder y el imputado le dio 3 disparos más, ingresándole uno por la parte posterior del hombro izquierdo y los otros dos en la zona de la espalda. Producto de dichas agresiones murió de manera inmediata”, describió el fiscal.

Por su parte, “Gastón Etchegaray al ver lo que acontecía hizo marcha atrás con su auto, y le dio en la parte delantera al Gol. En ese momento el conductor de ese vehículo efectuó un disparo que le dio en la zona del tercio medio izquierdo de la región dorsal. Esto le produjo a esta víctima un hemotorax, que puso en riesgo su vida. Luego de ello, los agresores se dieron inmediatamente a la fuga”.

La calificación legal descripta por el Ministerio Público Fiscal para el imputado es la de “homicidio y homicidio en grado de tentativa, ambos calificados por el concurso premeditado de dos o más personas y agravados por el uso de arma de fuego en concurso real con portación de arma de fuego de uso de guerra sin autorización legal, en calidad de coautor (Arts. 41 bis, 42, 45, 55, 79, 189 bis inc. 2 párrafo 4to del Código Penal).

La Fiscalía solicitó la medida cautelar de la prisión preventiva por el término de 6 meses, justificando dicho pedido, entre otras cuestiones, por el peligro de fuga, mencionando la actitud depuesta por el imputado luego de cometido el hecho, la gravedad del suceso, que no corresponderá una pena de ejecución condicional y que la misma podrá ser perpetua.

“El hombre cuenta además con un antecedente condenatorio, una pena de 3 años de prisión en suspenso impuesta por el Juzgado Federal por el delito de tenencia de estupefacientes”, dijo Garrido.

Cabe agregar que “ha entorpecido el accionar de la justicia, toda vez que el arma utilizada ha desaparecido y que no pudimos dar de manera inmediata con las prendas que usaba el día del hecho”.

“El riesgo que más le preocupa al Ministerio Público Fiscal es el peligro de fuga, y si bien se presentó de manera voluntaria, lo cierto es que lo hizo estando acorralado y por temor a represalias de la familia afectada por la muerte de uno de sus integrantes”, explicó el fiscal.

Como sustento probatorio mencionó además el acta de procedimiento policial de la Comisaría 21, el informe de la autopsia donde se verificó que la víctima fatal recibió 5 impactos de arma de fuego, entre otras pruebas.

La defensora pública penal Flavia Rojas no se opuso a la formulación de cargos pero si a la medida cautelar, argumentando que existen otras menos gravosas y que la preventiva debe ser considerada como última ratio.

El juez de Garantías interviniente Maximiliano Camarda tuvo por formulados los cargos en los términos de la Fiscalía y otorgó el plazo de 6 meses para la prisión preventiva.

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Casi ocho de cada diez sentencias contencioso administrativas se dictaron con asistencia de inteligencia artificial

La herramienta automatiza controles y prepara sentencias para su firma, aunque la decisión final continúa bajo responsabilidad de juezas y jueces. Su implementación comenzó en 2023 y se extendió progresivamente a organismos provinciales y municipios.

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Durante el primer semestre de 2026, el fuero Contencioso Administrativo de Río Negro dictó 3.461 sentencias con asistencia de inteligencia artificial. La cifra representa el 79,14% de las 4.373 resoluciones emitidas durante ese período. El uso de esta tecnología creció respecto del mismo semestre de 2025, cuando había alcanzado el 55,63%.

La herramienta fue desarrollada por la Dirección General de Sistemas del Poder Judicial de Río Negro y permitió reducir significativamente los tiempos de tramitación de las ejecuciones fiscales. Antes de su implementación, cada expediente requería cerca de una hora de procesamiento manual. Con el sistema automatizado, esa tarea se realiza en aproximadamente tres minutos.

La reducción también se refleja en la duración total del trámite. El plazo promedio de una ejecución fiscal pasó de 6,5 días a menos de tres días hábiles. La herramienta comenzó a utilizarse el 24 de agosto de 2023 y se incorporó progresivamente a los organismos provinciales y municipales que promueven este tipo de procesos.

El desarrollo propio permite automatizar una serie de controles que antes se realizaban manualmente. El sistema verifica los datos de la persona demandada y el monto reclamado, comprueba que no existan procesos sucesorios o de quiebra y prepara la sentencia para su firma. La decisión final permanece siempre bajo responsabilidad de la jueza o el juez.

La experiencia comenzó con las demandas de la Agencia de Recaudación Tributaria y después se extendió a los municipios. Viedma y Allen fueron los primeros en incorporarla. Actualmente también la utilizan Bariloche, Cinco Saltos, Cipolletti, El Bolsón, Roca, San Antonio Oeste y Villa Regina. En algunos municipios, la herramienta también se emplea para ejecutar multas de tránsito, infracciones por ruidos molestos y cuestiones ambientales.

Durante los primeros seis meses de 2026, las Unidades Jurisdiccionales Contencioso Administrativas recibieron 3.975 expedientes, un 220% más que en el mismo período del año anterior. Las ejecuciones fiscales representaron la mayor parte de esa actividad, con 3.711 registros, equivalentes al 93,1% de las acciones relevadas.

El incremento de estos procesos también se reflejó en las resoluciones dictadas. Durante el semestre se registraron 3.791 sentencias monitorias, vinculadas principalmente con ejecuciones. Además, se dictaron 488 interlocutorias, 87 definitivas y siete homologaciones. En cuanto al uso de inteligencia artificial, la participación de sentencias elaboradas con esta herramienta aumentó 23,51 puntos porcentuales respecto del primer semestre de 2025. De las 4.373 resoluciones dictadas durante este año, 912 se realizaron sin asistencia de IA.

El fuero Contencioso Administrativo funciona en las cuatro circunscripciones judiciales de Río Negro. Comenzó su actividad en Viedma en diciembre de 2021 y completó su implementación provincial en 2024. Su competencia comprende los procesos en los que el Estado interviene como demandante o demandado.

Los datos estadísticos forman parte del Informe Estadístico del Primer Semestre de 2026, elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

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La Fiscalía pidió declarar responsable a un hombre por el abuso sexual de su suegra

El hecho ocurrió en agosto de 2025 en el domicilio de la mujer. La Fiscalía sostuvo su acusación con testimonios familiares y pericias psicológicas.

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En el marco de los alegatos de clausura del debate oral, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se declare responsable penal a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de su suegra, una mujer de 79 años, en un hecho ocurrido en agosto de 2025 en el domicilio de la víctima.

La fiscal Julieta Villa sostuvo durante su exposición que el imputado ingresó a la vivienda simulando intenciones familiares y que, según la acusación, aprovechándose de la confianza y de la situación de vulnerabilidad de la mujer, la agredió.

Para fundamentar el pedido de responsabilidad penal, la Fiscalía presentó durante el debate el testimonio de la propia víctima y las declaraciones de su nieta, su hija, su hijo y una amiga.

Según expuso la acusación, estos testimonios permitieron acreditar las revelaciones inmediatas realizadas por la mujer, su estado de shock inicial y la posterior admisión de los hechos que habría realizado el acusado ante integrantes de su entorno familiar.

También declaró la psicóloga Virginia Ansola, integrante de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quien expuso sobre el impacto emocional sufrido por la mujer.

A su vez, intervino una especialista del Cuerpo de Investigación Forense (CIF), quien ratificó en audiencia la veracidad del relato, descartó fabulaciones y confirmó la presencia de un cuadro de trauma psíquico severo.

La Fiscalía encuadró la conducta atribuida al imputado como abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo. Por su parte, el defensor particular solicitó la absolución de su asistido.

Concluidos los alegatos de las partes, el Tribunal integrado por los jueces Gastón Martín, Maximiliano Camarda y Oscar Gatti dará a conocer su veredicto el próximo martes (13/10) a las 12.00.

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Formularon cargos a un conductor de 71 años por la muerte de un motociclista en Roca

Según la acusación, el imputado realizó un giro a la izquierda de manera antirreglamentaria e interrumpió la trayectoria de la motocicleta que conducía la víctima.

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La Fiscalía formuló cargos este miércoles (07/10) contra un conductor de 71 años por un siniestro vial ocurrido en junio pasado en la intersección de las calles Félix Heredia y 9 de Julio de General Roca, en el que murió Ezequiel Alfredo Giles.

Según explicó la representante fiscal Victoria Bou Abdo, el hecho ocurrió alrededor de las 18.00 horas, cuando el imputado circulaba en una camioneta en sentido norte-sur y realizó una maniobra de giro a la izquierda hacia 9 de Julio.

De acuerdo con la acusación, el giro fue realizado de manera antirreglamentaria e imprudente, interrumpiendo la trayectoria de la motocicleta que conducía Giles, quien avanzaba en sentido contrario.

«Debido a la repentina obstrucción de la calzada, Ezequiel Giles no pudo evitar la colisión e impactó contra el lateral de la camioneta», explicó la fiscal. Como consecuencia del impacto, la víctima sufrió un traumatismo encéfalocraneano grave que le provocó la muerte en el lugar.

Para sustentar la formulación de cargos, el Ministerio Público Fiscal presentó las actas del procedimiento policial, el croquis del lugar, el certificado médico de defunción y el resultado negativo del test de alcoholemia realizado al imputado.

También se incorporaron entrevistas a testigos, informes de la Dirección de Tránsito Municipal, peritajes mecánicos realizados sobre ambos vehículos, un relevamiento fotográfico y la pericia accidentológica del Gabinete de Criminalística de General Roca.

La Fiscalía atribuyó al hombre la calificación legal provisoria de “homicidio culposo cometido por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor”.

El defensor penal público Gustavo Viecens, quien asiste al imputado, no presentó objeciones a la formulación de cargos.

Luego de escuchar a la querella, que acompañó el pedido fiscal, la jueza Natalia González tuvo por formulados los cargos y estableció en cuatro meses el plazo de investigación penal preparatoria.

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