Judiciales
Último momento: Bernel irá a juicio por abuso sexual
El docente, actualmente con prisión preventiva, está acusado por diez casos en la Escuela 38 y uno en la Escuela 56.

En la jornada de hoy (9/08) se desarrolló la audiencia de control de acusación en la que la Fiscalía y la defensa particular presentaron la prueba a través de la cual buscarán probar sus teorías del caso, en relación a los hechos y autoría del delito de “abuso sexual simple agravado”, ocurrido en la Escuela 38 de General Roca, por parte del docente Javier Bernel, el cual se encuentra detenido.
La fiscal del caso Belén Calarco expresó que según la calificación legal propuesta la pretensión punitiva superará los tres años de prisión, por ello solicitó la intervención de un Tribunal Colegiado.
Según relató Calarco junto a la asistente letrada Victoria Bou Abdo, “los hechos sucedieron mayoritariamente en las aulas de 3°, 4° y 5° grado, 10 casos en la Escuela 38 y uno en la Escuela 56. Esto cuando las menores se acercaban al escritorio del maestro a corregir tareas y éste aprovechaba esas oportunidades para realizarles tocamientos por encima de la ropa. Algunos de los abusos ocurrieron durante 2018, y otros en 2015”, explicaron.
Luego verbalizaron el profuso sustento probatorio consistente en las once Cámara Gesell tomadas a las menores, la declaración de la psicóloga integrante del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial que realizó esas medidas de prueba, y la psicóloga forense de la misma dependencia, que relatará los informes confeccionados acerca de la credibilidad del relato de las víctimas.
Además se escuchará durante el juicio a las familias acerca de cómo tomaron conocimiento de los hechos.
Los directivos actuales de la Escuela 38 prestarán su declaración en torno a los cursos, años y período de tiempo que el imputado se desempeñó como docente de las estudiantes víctimas. La docente que dictó el Taller de Enseñanza Sexual Integral (ESI) estará presente entre los testigos.
Asimismo, fueron confirmadas para el juicio la directora y vicedirectora de la Escuela 38 que prestaron servicios durante el año 2015.
También estarán la Licenciada en Trabajo Social, la Técnica Psicopedagoga, la Supervisora de Educación Primaria, la Técnica Pedagoga, la fonoaudióloga, todas dependientes de la ETAP de la Zona IV.
Se llamará a los responsables de la Junta Disciplinaria Docente del Área de Educación provincial que realizaron el sumario administrativo acerca del imputado.
El equipo interdisciplinario de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) del Ministerio Público prestará su testimonio pese a que la defensa particular se opuso a que formara parte de la prueba.
La fiscal Calarco argumentó que “la visión de las profesionales indica la implicancia que tiene desde todo orden psicológico, social el hecho. La OFAVI desde su abordaje victimológico puede advertir circunstancias psico-sociales, familiares que obedecen al impacto que tuvo el hecho sobre la víctima. Es una mirada profesional y pertinente sobre lo ocurrido, y es una de las pruebas indirectas con las que contamos para arribar a nuestra teoría del caso”.
Teniendo presente lo anterior, el juez Alejandro Pellizón aceptó que sea incorporado ese testimonio. Más allá de ello, la defensa privada anticipó que presentará revocatoria respecto de eso y de los informes de las pericias psicológicas confeccionadas por la psicóloga del Cuerpo de Investigación Forense.
En relación a este último punto, la representante del Ministerio Público Fiscal expresó que “no se trata de una prueba que no se podría reproducir, asi que el argumento de que se ve afectado el derecho a defensa no puede ser contemplado. De todas maneras, esta fiscalía notificó oportunamente al defensor de ese momento la confección de la mayoría de estos informes”.
Luego de un cuarto intermedio, Pellizón confirmó la medida de prueba de la fiscalía, sosteniendo que “el defensor es único, aunque el imputado elija cambiarlo durante el proceso. Insisto que la documental es una ´declaración previa´ del perito. Por ello el especialista debe compadecer a juicio. El informe constituye una herramienta para preparar la litigación en juicio, y, tal lo expresado por la fiscal, el defensor tuvo acceso a las mismas”.
La defensa particular mencionó que incorporará como prueba propia legajos personales de las estudiantes víctimas, confeccionados en la Escuela. “Con esto buscamos valorar credibilidad y veracidad de los hechos”, dijo.
Además presentó a quien fuera directora de la Escuela 371, a un supervisor de la misma institución que trabajó en la Escuela 38 y a una persona que se desempeñó como administrativa en Stefenelli.
De esta manera, el juez Pellizón admitió la totalidad de los hechos contra el imputado Bernel, consideró adecuada la calificación legal propuesta por la fiscal, es decir: “abuso sexual simple agravado por ser encargado de la educación reiterado -9 víctimas menores de trece años- en un número indeterminado de oportunidades, al menos 20 oportunidades, en concurso real con abuso sexual simple agravado por ser encargado de la educación en grado de tentativa- 2 víctimas menores de trece años- dos hechos”, siendo el imputado responsable a título de autor. (Arts. 42, 45, 119 1° párrafo y último párrafo en función del 4° párrafo inc. b y 55 del Código Penal).
Además resolvió que tal la pretensión punitiva esgrimida por la parte acusadora intervendrá en el juicio un Tribunal Colegiado, finalmente declaró admisible la prueba presentada por las partes.
Cabe recordar que el 29 de julio pasado se concretó una audiencia respecto de las medidas cautelares, y Calarco solicitó que se extienda la prisión preventiva del sujeto hasta el 15 de octubre, cuestión que fue resuelta tal el pedido fiscal.
Judiciales
Se conformó el jurado popular para el juicio número 23 de la provincia, que comienza este lunes en Roca
Se juzgará el femicidio de Marisa Coliman y la tentativa de homicidio de su hijo, ocurridos el 25 de julio de 2023 en Luis Beltrán.

Doce jurados titulares y cuatro suplentes fueron seleccionados en la audiencia previa al juicio que comenzará el próximo lunes (08/09) en Roca, donde se juzgará el femicidio de Marisa Coliman y la tentativa de homicidio de su hijo, ocurridos el 25 de julio de 2023 en Luis Beltrán.
En primer lugar se realizó el proceso de selección del jurado femenino y, a continuación, se avanzó con el jurado masculino. Según lo establecido por el Código Procesal Penal de Río Negro, el jurado popular quedó integrado por igual cantidad de hombres y mujeres, de diversas edades y procedentes de distintas localidades de la Segunda Circunscripción Judicial.
La audiencia de selección fue oral y pública, a cargo del Juez técnico, Alejandro Pellizzón, quien dirigirá el juicio. Participaron todas las partes del proceso, incluido el imputado: Nicolás Ezequiel Medina.
Durante la audiencia, el abogado de la querella, las defensas y el Ministerio Público Fiscal formularon preguntas a los y las potenciales jurados para evaluar su imparcialidad. De ese modo, se excluyó a quienes presentaban algún impedimento o pudieran tener un interés en el caso, asegurando así la imparcialidad del jurado.
Al finalizar, el juez explicó al jurado sus derechos y obligaciones, y formalizó la convocatoria para las jornadas de debate que se desarrollarán del 8 al 12 de septiembre, entre las 8.30 y las 17 en el Auditorio del Poder Judicial de Roca, ubicado en San Luís 853.
Este será el juicio por jurados número 23 en la historia de la provincia de Río Negro. Se prevé la participación de 40 testigos, entre presenciales, por videoconferencia y especialistas. También se presentará prueba documental, registros fílmicos, fotografías, elementos secuestrados y pericias forenses.
El caso
Según la acusación, el hecho ocurrió el domingo 23 de julio de 2023, entre las 2 y las 3 de la madrugada, en el lugar conocido como Conventillo de García, donde vivían la mujer y uno de sus hijos.
La Fiscalía sostiene que el atacante le habría dado dinero al hijo de la víctima para que fuera a comprar bebidas. En ese lapso habría intentado abusar de Marisa. Luego la habría atacado de manera extrema, aprovechándose de su estado de indefensión. Cuando el hijo regresó, el hombre lo habría herido con un arma blanca para intentar matarlo. No logrando su cometido, habría escapado del lugar.
El imputado, de 23 años, llega a juicio detenido con prisión preventiva. Será juzgado por tentativa de abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con homicidio doblemente agravado por ensañamiento y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer en un contexto de violencia de género (femicidio). También será juzgado por tentativa de homicidio agravado.
Las partes
El Ministerio Público Fiscal está representado por Susana Analía Alvarez y María Teresa Adela Giuffrida. La querella está representada por Manuel Maza, Luciano Perdriel y Damian Torres. La defensa está a cargo Juan Pablo Chirinos.
Judiciales
Caso Dobra: Extendieron las preventivas y medidas cautelares de los acusados
La Justicia determinó que las medidas se prorroguen por dos meses más.

Este mediodía (04/09), la Fiscalía y las querellas intervinientes en el legajo que investiga el homicidio de Julián Dobra solicitaron que las preventivas y demás medidas cautelares para los cinco imputados se prorroguen por dos meses más.
«Los imputados intentaron borrar todas las pruebas, sin embargo se ha avanzado -gracias a la vigencia de las prisiones preventivas- con sólidos indicios. No hemos identificado durante este tiempo y con lo que arrojan las pericias alguna cuestión que permita morigerar las medidas cautelares, es más lo que hemos logrado hacer es incorporar más imputados y avanzar en las pruebas», dijo el equipo fiscal interviniente.
«Por el momento, no es posible ni desincriminarlos ni podemos sostener una morigeración de las preventivas», agregaron.
La Fiscalía solicitó la extensión de las medidas por los peligros procesales de posible entorpecimiento a la investigación en relación a los denunciantes, testigos, víctimas, como también basándose en el peligro de fuga por el avance que está tomando la investigación.
A su turno, tanto la defensora penal de menores como el defensor público y los dos abogados particulares solicitaron puntuales morigeraciones y propusieron medidas alternativas.
El juez de Garantías interviniente resolvió confirmar en un todo lo solicitado por la parte acusadora, de esta manera quedaron prorrogadas las domiciliarias con pulsera electrónica para los dos adolescentes; la libertad ambulatoria con presentaciones en fiscalía y uso de tobillera con radio de movimiento en General Roca para quien así lo viene cumpliendo hace un mes, y los otros dos deberán seguir cumpliendo la preventiva en el establecimiento.
Reserva de audiencia
Conforme lo previsto en el Código Procesal Penal y las reglas que dicta el Superior Tribunal de Justicia (STJ), el juez trató el tema de la presencia de medios de comunicación en el desarrollo de la audiencia como cuestión previa. La defensora de menores penal argumentó que «existen limitaciones a la publicidad de la misma, una de esas es cuando están en juego el interés de menores de edad, en este caso además son imputados, por ello es que solicitamos que no haya presencia más de allá de las partes intervinientes».
Por ello, respecto a la presencia de los medios de comunicación en la sala, el juez hizo lugar al planteo de la defensora. El magistrado mencionó que se trata de una audiencia que cuenta con la particularidad de la presencia de personas menores.
Judiciales
Continuará detenido el hombre acusado de tenencia y facilitación de material de abuso sexual infantil
Fue imputado y lo juzgarán por tres hechos; uno de ellos cuando compartió por WhatsApp dos videos con imágenes de abuso sexual infantil.

Tras producirse ayer (03/09) la detención de un hombre que tenía declaración de rebeldía y pedido de captura, esta mañana (04/09) el Ministerio Público Fiscal formuló cargos y solicitó que se dicte la medida cautelar de prisión preventiva por tenencia y facilitación de material de abuso sexual infantil.
Según la acusación fiscal, ocurrieron tres hechos, uno en junio de 2024, «cuando subió a los servidores Meta-WhatsApp dos videos de material de abuso sexual infantil». Un segundo hecho el 26 de agosto del año pasado, «cuando a través de su cuenta en Telegram y utilizando su celular facilitó el acceso a dos videos con contenido de material de abuso sexual infantil»; y un tercero el «27 de agosto de 2024 cuando se concretó un allanamiento, se secuestró un teléfono que tras la apertura realizada por la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) de la Procuración General, se encontraron 21 videos con material de abuso sexual infantil».
La calificación legal por la que quedó imputado es la de tenencia de material de abuso sexual infantil agravada por ser las víctimas menores de 13 años (primero y segundo hecho) en concurso real con facilitación de imágenes de abuso sexual infantil agravada por ser las víctimas menores de 13 años (tercer hecho), según los Artículos 128 segundo párrafo y último párrafo (primero y segundo hecho); y Artículo 28 primer párrafo (tercer hecho), 45 y 55 del Código Penal.
Entre el sustento probatorio mencionado para esta instancia la Fiscalía verbalizó el reporte recibido de parte de National Center for Missing and Exploited Children (NCMEC) al Ministerio Público Fiscal de Ciudad de Buenos Aires, y luego desde CABA a la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) de Procuración General.
Se suma la orden de allanamiento autorizada por el juez interviniente, el secuestro de celular, el acta del Gabinete de Criminalística, informe técnico de extracción forense, y el informe del Cuerpo de Investigación Forense respecto de la edad de las víctimas que se visualizan en los videos.
Luego la Fiscalía solicitó la prisión preventiva teniendo presente el antecedente de que este hombre no se mantuvo a derecho y fundó el pedido en el peligro de fuga.
Tras la oposición de la defensa penal pública que asistió al imputado, que propuso que el hombre realice presentaciones diarias personales y que continúe el proceso en libertad, la jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos y que el hombre cumpla con preventiva por el plazo de dos meses.