Judiciales
Fiscalía solicita que Reggioni sea declarado culpable
El martes se conocerá el veredicto que tiene como principal acusado al ex intendente de Fernández Oro.

El fiscal Guillermo Merlo y la adjuna de Fiscalía Vanina Bravo consideraron que se había probado durante el debate que, a través de un conjunto de documentos, el ex jefe comunal de Fernández Oro, Juan Reggioni, y otros tres imputados intentaron apropiarse de un terreno en un loteo social. Las defensas abogaron por la absolución de los cuatro imputados.
A la hora de valorar las evidencias recabadas, Merlo recordó que las pruebas podrían se categorizadas de tres maneras: en testimonios, en documentos públicos y en confesionales.
Respecto de la primeras, destacó el testimonio de la víctima en estos actuados y del inquilino de la vivienda ubicada en el lugar. Al respecto señaló que la víctima se encontraba en una doble situación de vulnerabilidad en principio por tratarse de una mujer en situación económica muy precaria y con hijos a su cargo y en segundo lugar puesto a que sufre afecciones en su salud. Este último punto fue confirmado por la psicóloga forense del Poder Judicial.
Tiempo después de resultar adjudicada, una mujer -que se encuentra acusada- se contactó con ella para que le ceda el terreno del cual resultaba adjudicataria, en un loteo de tipo social que tiene como para garantizar el acceso a la tierra para personas de escasos recursos. Por una disposición municipal el terreno no podía ser vendido hasta tres años después de ser escritura, por lo que la víctima -quien aseguró que no podía pagar el terreno y que no conocía las restricciones para la venta- extendió un poder especial en favor de la mujer.
Posteriormente, ese poder especial fue sustituido, quedando como apoderado de la mujer el hijo del ex intendente. Este último, escrituró el terreno suscribiendo la escritura junto a su padre, quien actuaba como representante del Municipio de Fernández Oro. En el lugar se construyó una vivienda que tiempo después fue alquilada por la esposa del ex jefe comunal.
Cabe señalar que la víctima en ningún momento tomó conocimiento que el terreno había sido escriturado a su nombre, ni que se había construido una vivienda y mucho menos recibió el pago de los mencionados alquileres, pese a que en términos legales el terreno sería suyo.
Todo lo anterior fue explicado por la denunciante, el inquilino de la vivienda y por el actual intendente de Fernández Oro y el asesor legal del Municipio.
Más allá de los testimonios, tanto las escrituras de los poderes especiales, la sustitución del mismo, los contratos de alquiler y los recibos de pago,fueron incorporados como documentales.
Un audio de una grabación de una conversación entre el inquilino y el ex intendente de Fernández Oro, funcionó -según la Fiscalía- como prueba confesional. Durante la charla, el ex intendente habría confesado que había adquirido el terreno por $60 mil y que pensaba escriturarlo en favor del su hijo para posteriormente registrarlo como bien de familia. Además, menciona distintos pormenores del convenio de renta de la vivienda.
“Hemos probado todos los extremos de la acusación y es por eso que solicito que los acusados sean declarados culpables”, sostuvo Merlo.
En base a todo lo anterior, los fiscales solicitaron que los imputados sean declarados culpables del delito de negociación incompatible con la función pública. En el caso del ex intendente en carácter de autor, mientras que para su hijo, su esposa y la restante imputada, en grado de partíce necesarios. Respecto de la pareja del intendente, también se solicitó la declaración de culpabilidad por el delito de estelionato.
Las defensas solicitaron la absolución
Tal como lo hubieran anticipado en sus alegatos de apertura, los defensores solicitaron la absolución de los imputados.
Pablo Barrionuevo, abogado defensor de la primera mujer en comprar el terreno consideró que su cliente debía se declarada no culpable por hallarse prescripta la acción penal en su contra. Además argumentó que quedó probado que su cliente no tuvo la intención de cometer el delito que se le imputa por lo que su conducta resultaría atípica. El defensor particular, Antonio Barrera Nicholson consideró que los hechos llevados a juicio no encendran en figura penal y que no se habían probado los extremos de la acusación e insistió en que la causa tuvo un armado político.
La defensora pública, Silvana Ayenao, por su parte, asistente técnica del hijo del ex jefe comunal sostuvo que el hombre desconocía las prohibiciones para la adquisición del lote y que fue “utilizado” para realizar esta maniobra. Además agregó que ningún testigo lo sitió teniendo participación activa en la maniobra, puesto que no fue quien contactó a la víctima para adquirir el terreno, ni tampoco suscribió ni pactó un contrato de alquiler por la propiedad ubicada en el terreno en cuestión. En consecuencia solicitó que sea declarado no culpable.
El juez de Juicio, Álvaro Meynet, quien integra el Tribunal unipersonal que interviene en el caso, adelantó que su veredicto se conocerá el próximo martes (17/09) al mediodía en la sede judicial de España y Urquiza.
Judiciales
Se endeudó para llegara a fin de mes: Ordenan limitar el porcentaje de descuentos de mutuales y financieras a una docente roquense
Los descuentos de mutuales y financieras alcanzaron el 90 % de su salario.

Una mujer solicitó varios préstamos personales. Es docente, madre de una niña, y no recibe ayuda económica del padre de la chica. No tiene vivienda propia, por lo que paga un alquiler cada mes. Los descuentos de mutuales y financieras alcanzaron el 90 % de su salario.
El fuero Laboral de Roca hizo lugar a la medida cautelar autosatisfactiva solicitada por la mujer. Ordenó al empleador establecer un límite del 33% para las deducciones salariales. El Tribunal consideró el principio de no confiscatoriedad y el carácter alimentario del salario.
En su presentación, la mujer afirmó que no logró sostener su economía familiar. Además de su jornada laboral, asumió horas extras. También trabaja en limpieza de viviendas y, durante los feriados, elabora comidas que vende en ferias.
En la presentación la docente alegó que los descuentos violaban su derecho a una retribución justa y al carácter alimentario del salario. Además mencionó que en los últimos meses sólo percibió el concepto de asignación familiar.
El organismo empleador señaló que los préstamos fueron tomados voluntariamente por la mujer y que la Provincia solo actúa como ejecutora de los descuentos.
La jueza sostuvo que el caso cumple con los requisitos para admitir una medida autosatisfactiva: urgencia, daño irreparable y existencia de un derecho evidente.
El Tribunal concluyó que los descuentos resultan confiscatorios e irrazonables, y que dejan a la trabajadora sin medios para sostenerse a sí misma y a su hija. Señaló que, aunque no exista una norma provincial vigente, sí hay normas nacionales y principios constitucionales que establecen límites a la deducción del salario.
Judiciales
El padre falleció antes de reconocer a la niña: Se estableció la filiación por una prueba genética de los abuelos
El resultado marcó un 99,99% de probabilidad de que la niña fuese hija biológica del hombre.

Una mujer inició una demanda de filiación post mortem. Mantuvo una relación sentimental con el padre de sus hijos, pero el hombre falleció antes del nacimiento de su segunda hija. El primer hijo fue reconocido por el padre; sin embargo, la niña no obtuvo ese reconocimiento biológico.
La mujer solicitó el reconocimiento de la filiación de su hija y requirió la realización de una prueba genética con los abuelos paternos.
La jueza de Familia de Villa Regina hizo lugar a la demanda y estableció judicialmente la filiación entre los hermanos. Ambos niños pasarán a tener el mismo apellido. También se ordenó la inscripción correspondiente en el Registro Civil.
Del análisis de la pericia genética se concluyó que existía un 99,99% de probabilidad de que la niña fuese hija biológica del hombre fallecido. Resultó relevante también el testimonio de la mujer, quien declaró que la pareja reconocía a la niña por nacer como su hija.
Durante el proceso se designaron defensores de menores tanto para la niña como para el niño. Se ordenaron extracciones de ADN, efectuadas por el Cuerpo de Investigación Forense, y se realizaron diversas audiencias.
La sentencia se enfocó en el interés superior de la niña y en preservar su verdad biológica. También reafirma el valor probatorio de los análisis genéticos en juicios de filiación.
«El caudal probatorio que aporta la prueba biológica en las acciones de filiación es altamente significativo, y dada la probabilidad alcanzada en el presente caso, resulta razonable la procedencia del reclamo de filiación», concluyó la jueza.
Judiciales
¿Que consulta la gente cuando llega al Poder Judicial de Río Negro?
En Roca la mayoría de las consultas estuvo relacionada con casos de violencia familiar y de género.

¿Dónde acuden las y los rionegrinos cuando necesitan información sobre como iniciar un trámite judicial o resolver un conflicto en su comunidad? La respuesta está en las Oficinas de Atención a las Personas, espacios del Poder Judicial que en el primer semestre de 2025 recibieron 2.383 consultas en toda la provincia. Los datos surgen del Informe Estadístico del primer semestre de 2025, elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
La oficina de Viedma atendió 591 consultas, la de Roca 700, la de Bariloche 593 y la circunscripción que reúne Cipolletti y Cinco Saltos concentró 499. Estos números evidencian la importancia de los espacios de atención primaria que reciben de manera directa las inquietudes de la ciudadanía. La Corte Suprema mide periódicamente estos mecanismos de acceso a Justicia y mantiene a Río Negro entre los primeros puestos de ese monitoreo.
En Viedma predominó la demanda de información vinculada a trámites judiciales. En Roca la mayoría de las consultas estuvo relacionada con casos de violencia familiar y de género. En Bariloche se destacaron los planteos vinculados a garantías constitucionales y en Cipolletti junto con Cinco Saltos se concentraron principalmente los reclamos en materia de salud.
De esta forma, las Oficinas de Atención a las Personas consolidan su función como espacios de cercanía en toda la provincia, con un perfil de demandas que varía en cada ciudad pero con un mismo objetivo: garantizar a la ciudadanía un acceso rápido y confiable al Poder Judicial de Río Negro.