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Sociedad

Un fallo consigna que la Asignación Universal no se puede embargar por deudas

El fallo corresponde a un recurso de amparo presentado por la madre de cuatro niños, a quien un banco le retuvo la AUH.

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Un fallo de la magistrada Marcela Pájaro, como jueza de amparo, consigna la inembargabilidad de los fondos que se encuentren depositados en alguna entidad bancaria y que correspondan a un beneficio social destinado a niñas y niños, tal como la Asignación Universal por Hijo (AUH).

La sentencia prioriza este beneficio proveniente del decreto 1602/2009, que tuvo como objetivo constituirse en un paliativo a situaciones de pobreza o precariedad laboral de las familias.

El fallo corresponde a un recurso de amparo presentado por la madre de cuatro niños, beneficiarios de la AUH, a quien el Banco Patagonia le retuvo los montos correspondientes a esa asignación, aludiendo que tenía deudas por otros conceptos en la misma entidad bancaria, relacionadas con una tarjeta de crédito.

El fallo recoge también el artículo 23 de la ley 24.714, que dispone que las asignaciones familiares son inembargables, no constituyen remuneración, ni están sujetas a gravámenes. En este sentido destacó que la prestación que el ANSES destina a la infancia, más allá de serle liquidada a un adulto – en este caso a la madre- es de los niños y niñas y no de sus progenitores y por ende inembargable por lo cual mal puede ser retenida o embargada por deudas de esto últimos.

Asimismo y en concordancia, la observación general número catorce del comité sobre los derechos del niño, que impone que «su interés superior sea de consideración primordial, obligación que le cabe a los actores de la sociedad civil y el sector privado» en este caso del banco en cuestión . Por ello la existencia de una deuda por otro motivo, no hace más que afirmar la situación de vulnerabilidad del grupo familiar de que se trata.
En consecuencia, se ordenó la devolución inmediata de los fondos a la mujer que presentó el amparo, disposición que ya ha sido cumplimentada por el banco. La entidad crediticia informó de la restitución de los montos retenidos.
La jueza de Amparo también señaló que, si bien la vía del amparo no es la adecuada para el reintegro de sumas de dinero, en el caso que se presenta no se trata de repetir algo que fue pagado por la amparista, sino devolverle dinero destinado a gastos de supervivencia que le fue retenido ilegítimamente. Según consta en la sentencia, el banco obró contra la ley por lo cual, obligar a la actora a recurrir por vía ordinaria no haría sino emperorar su situación y condición, además de constituir una nueva vulneración de derechos.

Policiales

Rápida intervención de los Bomberos evitó que el fuego consumiera una casa en calle Las Heras

Se incendió un vehículo y las llamas amenazaron con propagarse a una vivienda.

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Foto: Gentileza Prensa Bomberos Voluntarios de Roca.

Minutos antes de las 13 horas de este martes (03/03) se registró un incendio en calle Las Heras al 1900, que generó preocupación entre vecinos del barrio.

Al lugar acudió una dotación de los Bomberos Voluntarios de General Roca, que al arribar constató que se trataba de un incendio generalizado en un vehículo estacionado en el interior de una propiedad.

Las llamas ya estaban alcanzando la vivienda donde se encontraba el rodado, lo que elevó el riesgo de propagación hacia el resto de la estructura.

Gracias al rápido accionar de los Bomberos, el fuego fue contenido y extinguido en pocos minutos, evitando que se extendiera a otros sectores de la casa.

Afortunadamente, no se registraron personas heridas ni daños estructurales de consideración, más allá de las pérdidas totales en el vehículo afectado. Las causas del incendio serán materia de pericias para determinar cómo se originó el foco ígneo.

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Río Negro

Pago anual 2026: Un solo pago, todo el año saldado y hasta 20% de descuento

Quedan solo dos semanas para adherir a esta modalidad.

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Con una importante adhesión por parte de los contribuyentes que eligen organizar sus obligaciones fiscales desde el inicio del año, el Pago Anual 2026 de Automotor e Inmobiliario continúa vigente.

Quedan solo dos semanas para adherir a esta modalidad cuyo vencimiento es el viernes 13 de marzo.

Adherir al Pago Anual no solo permite acceder a un descuento de hasta el 20% para quienes estén sin deuda o con su situación regularizada al 31/12/2025, sino también evitar las actualizaciones mensuales, reducir vencimientos a lo largo del año y dejar saldado el impuesto 2026 en un solo trámite.

Quienes aún no hayan optado por esta modalidad pueden generar su boleta actualizada en agencia.rionegro.gov.ar y abonar con todos los medios habilitados, incluyendo la posibilidad de pagar en hasta 3 cuotas sin interés con tarjetas Visa y Mastercard de Banco Patagonia. El viernes 13 de marzo es el último día.

Se recuerda que quienes no opten por esta modalidad deberán continuar abonando sus impuestos en el esquema mensual habitual de 12 cuotas anuales, sujetas a actualización. Las boletas mensuales se enviarán a los correos electrónicos declarados.

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Roca

Más de 160 actas y 27 vehículos retenidos en controles de Tránsito en Roca

Las faltas más frecuentes fueron ausencia de licencia y seguro obligatorio.

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Como ocurre semanalmente en la ciudad, inspectores municipales de Tránsito llevaron adelante operativos de control en diferentes sectores, tanto en la zona rural como en el casco céntrico, con el objetivo de preservar la seguridad vial.

Durante la semana comprendida entre el lunes 23 de febrero y el domingo 1 de marzo se confeccionaron 160 actas de infracción, de las cuales 11 correspondieron a casos de alcoholemia positiva.

En el marco de los procedimientos, se procedió a la retención preventiva de 27 vehículos: 20 motocicletas y 7 automóviles. Del total, 2 fueron por alcoholemia positiva, 8 por ruidos molestos, 2 por delegar el manejo a menores de edad y 15 por falta de documentación obligatoria.

Desde el Municipio detallaron que las infracciones más frecuentes detectadas fueron la falta de licencia de conducir y la ausencia de seguro obligatorio.

Alcohol Cero al Volante

La Dirección de Tránsito recordó que se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23, que establece la prohibición de conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a 0 miligramos por litro de sangre.

La infracción a la normativa de Alcohol Cero al Volante es considerada una falta grave, con multas que van de 1.000 a 3.000 USAM -equivalentes a $1.200.000 a $3.600.000 según la tarifaria vigente- además de la inhabilitación de la licencia de conducir.

Desde el área remarcaron que «el consumo de alcohol, incluso en pequeñas cantidades, incrementa significativamente el riesgo de siniestros viales, por lo que instaron a evitar la ingesta antes de conducir o designar un conductor responsable para garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía pública».

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