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Bernel fue condenado a 13 años de prisión

Es por 10 casos de abusos a niñas de 3° y 4° grado.

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Los jueces María Evelina García Balduini, Gastón Martín y Laura Pérez impusieron hoy la pena de 13 años de prisión, más inhabilitación absoluta y perpetua, al ex maestro de primaria Javier Marcelo Ramón Bernel, quien fue declarado autor de los delitos de abuso sexual simple, agravado por ser encargado de la educación de las víctimas (9 hechos consumados y uno en grado de tentativa), en perjuicio de 10 alumnas.

Los jueces resolvieron, por unanimidad, aplicar la misma pena que había solicitado la fiscal del caso Belén Calarco, junto a la fiscal Jefe, Teresa Giuffrida.

Si bien los fundamentos completos de la decisión judicial se darán a conocer el próximo 18 de diciembre, la jueza vocera del Tribunal, García Balduini, explicó hoy los argumentos centrales del veredicto, en una audiencia que se desarrolló al mediodía en la Ciudad Judicial de Roca.

El Tribunal valoró como atenuante que Bernel “no tiene antecedentes penales” pero reconoció como agravantes que “su situación socio-económica y cultural (…) le permitía claramente discernir el sentido y las consecuencias de su obrar; es más, siendo un funcionario público: docente, maestro de grado en nivel primario”.

Sumó “el daño físico y moral que les fue causado a las tan vulnerables menores víctimas, de implicancias futuras inciertas; la reiterancia de las agresiones a las nenas (…), que revela un perfil personal cuanto menos peligroso para terceros al día de hoy y en el futuro, y perturbado –dicho esto en términos comunes-, en el aspecto sexual y la relación con los otros/as; la pluralidad de víctimas y, especialmente, su corta edad, que las torna aún más vulnerables”.

A la pena de prisión se suma la inhabilitación absoluta y perpetua y la inscripción de Bernel en el Registro Provincial de Abusadores Sexuales -ReProCoInS-.

Los jueces coincidieron con la Fiscalía al valorar como agravantes la cantidad de hechos y su reiterancia y también que “las agresiones sexuales (fueron) acompañadas de actitudes violentas en lo verbal y en lo físico, tanto en sus víctimas como sobre quienes podían atestiguar lo que pasaba; escudado en el manejo discrecional del ámbito escolar -aula, patio, puertas, ventanas, cortinas-, y haciendo uso del castigo que podrían recibir los alumnos -malas notas, reprobaciones-; la pluralidad de lugares donde cometió los hechos -3 diferentes-; la exposición a que sometió a otros/as niños/as, en tanto fueron testigos involuntarios de los abusos sexuales; la advertencia en un caso sobre que dañaría a la mamá si no hacía silencio”.

Por último, los jueces valoraron “los daños extendidos” a las niñas, enumerando que “no querían salir de sus casas, temían que no se creyera su relato, episodios de angustia y nerviosismo, y desvalorización del propio cuerpo (…), pesadillas, sentimientos de indefensión, depresión en algunas niñas”, así como “la afectación a la sociedad misma, atento las características de los presentes hechos, ocurridos en una institución del Estado que forma, enseña, educa, y por quien tiene una carga pública; y la premisa cierta (…) de que conforme la Psicología y en este tipo de delitos, a menor edad, mayor es el daño que se provoca”.

La sentencia completa, con los fundamentos del veredicto de culpabilidad dictado la semana pasada y los fundamentos integrales del monto de la pena aplicada, se dará a conocer en una audiencia convocada para el próximo 18 de diciembre.

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Condenaron a un policía por dispararle a su ex pareja: Le hirió el pie con su arma reglamentaria

El juez subrayó que el disparo podría haber tenido consecuencias más graves si hubiera impactado en otra parte del cuerpo.

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Un empleado policial fue declarado penalmente responsable por unanimidad del delito de lesiones graves agravadas por violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de arma de fuego, luego de que el Tribunal Colegiado interviniente tuviera por acreditado que disparó contra su ex pareja hiriéndola en el pie con su arma reglamentaria.

El hecho ocurrió el 18 de mayo pasado en el domicilio de la víctima. El presidente del Tribunal destacó la solidez del testimonio de la damnificada, quien mantuvo su declaración sin variaciones desde la denuncia inicial hasta el debate oral. «Pudo describir tanto las situaciones previas como lo ocurrido el 18 de mayo pasado en su domicilio, con precisión y detalle», señaló el magistrado.

El Tribunal también descartó de manera categórica el carácter accidental del episodio. «La consecuencia de este episodio pudo haber sido más grave si el disparo efectuado por el imputado hubiese impactado en otra parte del cuerpo de la víctima. No cabe duda de que no fue un hecho accidental, sino doloso», expresó el presidente del cuerpo judicial.

En la misma audiencia, la Fiscalía solicitó la prórroga de las medidas cautelares hasta la firmeza del fallo para resguardar a la víctima, quien deberá declarar en la próxima audiencia de cesura de la pena.

La defensa penal pública no formuló oposición y el Tribunal resolvió prorrogar la prohibición de acercamiento en un radio de 100 metros y de todo tipo de contacto, tanto directo como a través de terceros o medios electrónicos.

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Judiciales

Lo condenaron por violencia de género, volvió a convivir con la víctima y lo enviaron a prisión

La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial. El Ministerio Público acreditó que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad.

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Un hombre condenado por violencia de género cumplirá pena efectiva en Cipolletti tras comprobarse el incumplimiento de las pautas de conducta. La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial y de un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. El Ministerio Público Fiscal acreditó además que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. El juez de Ejecución transformó la pena en suspenso en prisión efectiva.

La condena original se dictó en agosto de 2025 por hechos que incluyeron lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género. En ese momento, el Poder Judicial había dispuesto reglas claras: no acercarse ni mantener contacto con la mujer y sostener un domicilio informado. Esas condiciones formaron parte de una pena de ejecución condicional que buscó evitar el encierro.

Sin embargo, la presencia en la vivienda de la mujer evidenció la transgresión de esas restricciones. El informe de la Oficina de Atención a la Víctima describió un escenario atravesado por temor y dependencia económica, además de referencias a episodios de violencia posteriores a la condena.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el planteo se centró en el incumplimiento de las pautas impuestas y no en la investigación de un nuevo delito. La defensa se opuso al pedido y señaló que los hechos integraban una causa en trámite, además de plantear objeciones sobre la posibilidad de una doble sanción.

El juez de Ejecución Penal analizó la documentación incorporada, en especial el informe técnico, y consideró acreditada la violación de las reglas de conducta, en particular la prohibición de acercamiento. Con base en ese análisis y en normativa vinculada a la protección contra la violencia de género, dispuso la revocación de la condicionalidad.

La resolución ordenó la detención y el traslado a un establecimiento penitenciario.

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Escándalo en el Poder Judicial: Un arma secuestrada apareció en un procedimiento policial y faltan otras en las oficinas de Roca

La irregularidad puso en evidencia fallas en el circuito de secuestros judiciales.

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El Poder Judicial de Río Negro impulsó una denuncia penal y una investigación interna de carácter urgente luego de detectar que un arma de fuego que se encontraba secuestrada y bajo custodia judicial apareció en un procedimiento policial realizado en la ciudad de Roca. El hallazgo alertó sobre una irregularidad grave en el resguardo de ese elemento y desencadenó una serie de medidas institucionales.

La denuncia tramita en la Fiscalía de Roca, donde se investiga cómo el arma, que debía permanecer en dependencias judiciales, terminó involucrada en un episodio delictivo. En paralelo, el organismo dio intervención al Auditor General, requirió información a distintas áreas, tomó declaraciones testimoniales y analizó documentación vinculada al circuito de secuestros judiciales.

Como medida complementaria, se ordenó un relevamiento y arqueo integral de los objetos secuestrados en la Oficina Judicial de Roca, que fue extendido a todas las Oficinas Judiciales de la provincia para verificar la correspondencia entre los registros y la existencia material de los elementos resguardados.

El resultado del arqueo agravó el cuadro: se detectó el faltante de otras armas de fuego, lo que motivó la ampliación de la denuncia penal. El número total de elementos involucrados aún no está determinado, dado que el control sigue en curso.

Actualmente se indaga sobre los registros de elementos secuestrados y los protocolos de control interno en las dependencias judiciales. La revisión abarca depósitos, sistemas de inventario y circuitos administrativos relacionados con la custodia.

El Poder Judicial indicó que el proceso interno podría derivar en medidas precautorias o sanciones. La causa penal en la Fiscalía de Roca continúa en etapa inicial, mientras el Auditor General prosigue con las actuaciones administrativas dispuestas por el organismo.

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