Río Negro
Playa y actividades recreativas para niños de los CAINA de Bariloche, Viedma y Roca
30 niños de diferentes Centro de Atención Integral de la provincia disfrutan de las playas de El Cóndor.

Desde el pasado lunes, 30 niños y niñas alojados en los Centros de Atención Integral de Niñez y Adolescencia (CAINA) de San Carlos de Bariloche, Viedma y General Roca disfrutan de las playas del Balneario El Cóndor.
Las actividades se realizan en el marco de las propuestas de verano planificadas por la Secretaria de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF).
Anahí Lagos, coordinadora del CAINA 2 de Bariloche remarcó que “trajimos 18 niños, uno bebé, y acompañamos siete operadores. Este es el segundo año que hacemos una salida, el año pasado fuimos a Las Grutas; es una experiencia muy linda sacarlos y que puedan conocer lugares, para ellos es muy especial”, agregó.
Por su parte, la operadora del CAINA de General Roca, Mariana González, explicó la importancia del viaje como forma de integración e intercambio de experiencias. “Vinimos con seis niños y niñas, el más chiquito tiene 4 años. Es la primera vez que los traemos, así que estaban muy entusiasmados, incluso teníamos un nene que contaba los días para venir a la playa. Los chicos de los tres CAINA se integraron bien. Este tipo de experiencias nos ayudan a conocer las dinámicas de las otras instituciones y que los chicos se integren”.
Aprender jugando
Con el objetivo de fomentar el conocimiento de forma didáctica, junto a personal del Centro de Salud de El Cóndor se realizó una jornada donde el equipo técnico local y especialistas del Hospital Zatti, ofrecieron detalles sobre el cuidado bucal, nutrición y limpieza de manos.
En esta línea, la subsecretaria de Primera Infancia de SENAF, Susana Fierro, manifestó que “es la primera vez que trabajamos con el equipo de Salud y que operadores y niños reciban esta información es muy positivo. En el espacio, se les explicó desde la importancia de tomar agua cuando hace mucho calor, hasta cómo lavarse correctamente manos y dientes”.
“Todo niño tiene derecho a la recreación y para nosotros es sumamente importante. Es el segundo año que podemos diagramar toda la logística necesaria. Y ver estos resultados nos deja muy satisfechos. Es importante contar con espacios de recreación y desde el organismo buscamos generarlos para que se conozcan niños de diferentes localidades que hoy están alojados en los CAINAS”, agregó.
Las actividades continuaran hasta el viernes donde los niños y niñas continuaran disfrutando del mar, la playa y distintos juegos recreativos y deportivos.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».








