Judiciales
Dos detenidos por disparar a un auto en la noche del martes
Quedaron imputados y con prisión preventiva por dos meses. Habrían efectuado alrededor de 7 disparos.

Ayer (13/03) al mediodía el equipo de fiscales conformado por Luciano Garrido y Daniela Martinez formularon cargos a dos sujetos por el delito de tentativa de homicidio por el hecho ocurrido el pasado martes 10 de marzo.
Según la acusación fiscal, “se trata de una secuencia dinámica, todo comenzó alrededor de las 23.00 en la calle Villegas y Felix Heredia. El primer disparo se realiza cuando el auto de las víctimas va cruzando el lomo de burro ubicado allí, a raíz de ello quien iba conduciendo el Gol Country acelera, allí uno de los imputados se baja del vehículo y hace un segundo disparo. Tras ello sucede una persecución y en ese transcurso se efectúan al menos 5 disparos más. Hablamos de 7 en total, ya que 5 se encontraron en el auto y los otros dos en las personas víctimas. Terminando la secuencia en la estación de servicio de calle San Juan y Gadano”.
El equipo fiscal presentó como evidencia el acta de procedimiento del Destacamento 178, que intervino a raíz de un llamado que describió que había un vehículo realizando tiros. Además mencionó las entrevistas realizadas a testigos que dieron detalles del hecho, las declaraciones de las víctimas, de sus con allegados.
Agregaron como prueba los certificados confeccionados por el médico policial acerca de las lesiones que tienen ambos heridos, las precisiones brindadas por las pericias del Gabinete de Criminalística de donde estaban los ingresos de los disparos en el Gol atacado, las pericias del Cuerpo Médico Forense que revisó en el día de la fecha al hombre herido.
“Cabe mencionar que Criminalística indicó que el arma utilizada, basándose en los restos hallados y en las balas extraídas a las víctimas, la misma sería de calibre 9 mm”, explicaron.
En relación a la calificación legal, Garrido detalló que para uno de ellos corresponden los delitos de “co autor de tentativa de homicidio, agravado por uso de arma de fuego”, y para el otro “co autor de tentativa de homicidio agravado por uso de arma en concurso real con portación de arma de guerra sin la debida autorización legal”.
En relación a la medida cautelar, Garrido señaló que sólo uno de ellos tiene un antecedente condenatorio, de una pena de 3 años de prisión condicional más reglas de conducta, por un hecho que tiene similares características.
“Contamos con antecedentes firmes para sostener que se cometió un hecho, que se encuadra en una figura penal y que de acuerdo a la calificación legal, de ninguna manera en caso de recaer condena la misma será dejada en suspenso. Uno de ellos conducía y el otro disparaba, hubo un claro reparto de tareas, un dominio de la acción y claramente un dolo homicida que no ha podido concretarse”, explicó el fiscal.
“Estar realizando disparos por calle Villegas hacia San Juan, a esa hora de la noche, se suma a la gravedad que tienen varias causas en trámite, donde los involucrados han participado tanto como víctimas y como victimarios”, agregó.
“Los autores se dieron a la fuga, no se ha podido dar ni con el arma ni con el vehículo, ambos se sustrajeron del accionar de la justicia, se realizaron 4 órdenes de allanamientos para poder dar con ellos, con el arma y el auto. No podemos omitir entonces que han ocultado o destruir el elemento utilizado, cuestión que evidencia que han intentado entorpecer el accionar de la justicia”.
El fiscal solicitó 3 meses de prisión preventiva y 4 para la investigación inicial preparatoria.
Por su parte la defensa particular, que fue la misma para ambos imputados, no presentó objeciones formales a la formulación pero si se opuso al plazo de la medida cautelar como a la naturaleza de la misma.
Por su parte, la jueza de Garantías María Gadano tuvo por formulados los cargos en los términos realizados por el Ministerio Público Fiscal, y estableció 2 meses de preventiva.
Judiciales
«La empresa me obligó a mentir»: La confesión de un vendedor de planes de ahorro terminó en condena
La Justicia declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones.

Un vecino de Viedma inició una demanda luego de intentar comprar una camioneta a través de un plan de ahorro que encontró en redes sociales. La historia comenzó en 2021, en plena pandemia, cuando las concesionarias permanecían cerradas al público y muchas operaciones se realizaban de forma virtual.
Mientras navegaba por internet, el vecino vio una publicidad de una concesionaria que ofrecía financiación para vehículos cero kilómetro. Completó un formulario y, días después, recibió el llamado de un asesor comercial que le explicó distintas opciones para adquirir una camioneta mediante un plan de ahorro.
Según el relato que luego llegó al expediente judicial, la propuesta incluía beneficios y una entrega prevista luego de algunas cuotas. Convencido por esas condiciones, aceptó la oferta y realizó los primeros pagos con tarjeta de crédito.
Con el paso de los meses comenzaron las dudas. Las cuotas que aparecían en los resúmenes eran más altas que las que le habían informado. Tampoco recibió el contrato ni información precisa sobre el grupo y orden del plan al que había sido incorporado.
Tiempo después, el mismo vendedor volvió a comunicarse con una nueva propuesta. Le dijo que existía una alternativa mejor: cambiar el plan y acceder a otro modelo con entrega inmediata. Para eso debía dejar de pagar el plan anterior y abrir uno nuevo a nombre de la esposa.
La pareja siguió esas indicaciones. Realizaron nuevos pagos vinculados al supuesto cambio de modelo, gastos administrativos y trámites de patentamiento. Sin embargo, la entrega del vehículo nunca ocurrió y tampoco recibieron respuestas claras sobre el estado de la operación.
Meses más tarde, el propio vendedor volvió a llamar. Según consta en la causa, durante esa conversación les dijo que había sido obligado a engañar a los clientes. De acuerdo con el relato incorporado al expediente, les manifestó que había sido «forzado por la empresa a mentir con el fin de vender».
A partir de ese momento comenzaron nuevas gestiones para intentar recuperar el dinero. En ese contexto también se registraron cargos en la tarjeta de crédito vinculados a supuestos trámites para cerrar anticipadamente el plan y gestionar la devolución de los fondos.
Ante la falta de respuestas y las irregularidades detectadas, el vecino decidió desconocer los consumos y bloquear la tarjeta. Luego inició reclamos ante el organismo de defensa del consumidor, envió cartas documento y participó en una mediación. Ninguna de esas instancias tuvo respuesta de las empresas involucradas.
El caso llegó finalmente al fuero civil de Viedma. La jueza analizó la forma en que se ofrecieron los planes de ahorro y el modo en que se desarrolló la relación de consumo.
En la sentencia se indicó que la concesionaria, a través de su vendedor, realizó «ofertas confusas y engañosas» y solicitó pagos que no correspondían. También se señaló que durante la contratación no se brindó información clara ni detallada sobre las condiciones del plan.
La jueza explicó que las empresas que participan en este tipo de operaciones tienen una responsabilidad especial frente a los consumidores. En ese sentido remarcó que «las firmas demandadas se encuentran altamente profesionalizadas y organizadas para cumplir sus cometidos en el mercado», por lo que deben actuar con mayor diligencia.
En el fallo también se concluyó que no se cumplió con el deber legal de información. Según se indicó, no se acreditó que los consumidores hubieran recibido datos claros sobre las características del plan, sus costos o las condiciones reales de contratación.
Además se advirtió que la documentación aportada reveló irregularidades. Incluso una pericia caligráfica determinó que una de las firmas que aparecía en un formulario de adhesión no correspondía al consumidor.
La jueza sostuvo que estas conductas implicaron una vulneración de derechos básicos del consumidor. Por ese motivo declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones por los perjuicios sufridos.
Finalmente, el fallo también dispuso dar intervención al Ministerio Público Fiscal para que analice la posible comisión del delito penal de estafa.
Judiciales
Inició una demanda para poder hacer su viaje de 15 años
El viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes.

Una adolescente de Viedma obtuvo autorización judicial para realizar su viaje de 15 años a Estados Unidos. Debió recurrir al Poder Judicial para garantizar el permiso de salida del país. El caso se tramitó el fuero de familia. El padre de la joven inició el expediente para obtener la autorización necesaria para que su hija pudiera concretar el viaje recreativo. Era el regalo familiar por sus 15 años.
Según se explicó en la presentación, el viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes. Ante esa situación, el padre promovió el proceso judicial para asegurar que la adolescente pudiera realizar el viaje.
En el expediente también se dejó constancia de que la joven ya había ejercido su derecho a ser oída en actuaciones vinculadas al caso y expresó su voluntad de realizar el viaje. La madre, por su parte, manifestó que no se oponía al destino ni al carácter recreativo del viaje.
Con esos elementos, la jueza autorizó la salida del país por un período de hasta 15 días, durante los meses de mayo o junio de este año, cuando se confirme el itinerario definitivo. La sentencia también dispuso que las costas del proceso deberán ser afrontadas por la madre.
La magistrada entendió que el padre se vio obligado a iniciar el trámite judicial para obtener la autorización y que la demandada no realizó gestiones extrajudiciales que permitieran evitar el dictado de la sentencia.
Judiciales
Comenzó en Roca el juicio contra tres hombres acusados de intentar robar una vivienda
El hecho ocurrió en octubre de 2024 en una vivienda de calle Nicaragua.

Tres hombres comenzaron a ser juzgados en General Roca por un hecho ocurrido en octubre de 2024, cuando habrían intentado robar en una vivienda tras forzar el ingreso al domicilio.
El juicio se desarrolla ante un Tribunal Colegiado, ya que la Fiscalía prevé solicitar una pena superior a los 3 años de prisión. Los tres acusados llegan al debate cumpliendo prisión preventiva.
Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el 29 de octubre en una vivienda ubicada en calle Nicaragua al 400. Los imputados habrían llegado al lugar a bordo de una Volkswagen Amarok, vehículo que contaba con pedido de secuestro tras haber sido robado días antes, el 24 de octubre.
De acuerdo a lo informado por la Fiscalía, los hombres forzaron el portón de ingreso y la puerta de la vivienda con la intención de apoderarse de distintos elementos.
Sin embargo, el robo no llegó a concretarse debido a la intervención de personal policial de la Comisaría 31°, que acudió al lugar tras el aviso de vecinos.
Posteriormente, los sospechosos intentaron escapar en un Ford Fiesta conducido por un menor de edad, pero tras una persecución policial fueron detenidos.
La Fiscalía los acusa como coautores de los delitos de encubrimiento agravado con ánimo de lucro, sustitución de numeración y tentativa de robo en lugar poblado y en banda, agravado por escalamiento y por la intervención de un menor de 18 años.
El debate continuará mañana miércoles (11/03) desde las 8.30 en los Tribunales de General Roca, con la declaración de los testigos convocados por las partes.








