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Sociedad

Roca habilita las caminatas, todos los días, de 13 a 18 horas

Será solo por 60 minutos diarios y en un radio de 500 metros. Los menores pueden ir acompañados.

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El Municipio de Roca adhirió mediante Resolución 995/2020 al Decreto provincial 482/2020. De este modo, se habilitan las caminatas, de lunes a domingo de 13 a 18 hs. con una duración máxima 60 minutos. Para realizar únicamente en forma unipersonal, excepto menores de 12 años que deben estar acompañados de una persona mayor conviviente.

Las caminatas deben realizarse en un radio máximo de 500 metros del domicilio, con uso obligatorio de protector facial. El distanciamiento mínimo con otros peatones es de 2 metros (excepto para los menores de 12 años respecto de su acompañante), y no se encuentran habilitadas las plazas y parques. Es obligatorio llevar DNI y kit sanitario.

Esta nueva disposición modifica, además, el horario de atención de los comercios no esenciales, que ahora será de lunes a sábados de 9 a 14 hs; mientras que los servicios profesionales podrán brindarse de lunes a sábado de 9 a 13 hs, con turnos previos.

Caminatas Recreativas de Proximidad

Se habilitan las Caminatas Recreativas de Proximidad siempre y cuando la misma se realice de forma individual y manteniendo el distanciamiento social, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico de la población, en los siguientes términos y condiciones:

• Podrán realizarse de lunes a domingos en el horario de 13 a 18 horas.

• Se permitirá una duración máxima de 60 minutos, en un radio máximo de 500 metros del domicilio habitual.

• Se debe circular con el Documento de Identidad para constatar el domicilio ante las autoridades que lo requiera.

• En ningún caso se podrá usar transporte público o vehicular y será obligatorio el uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal, conforme lo determina en la resolución municipal Nº 787/2020.

• Se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a 2 metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente.

• No se encuentran habilitadas para tal fin las plazas, parques o similares, conforme lo establece el Decreto N° 408/20 del Poder Ejecutivo Nacional y sus prorrogas.

• No están permitidas las salidas en grupos.

• No se permite la salida ante la presencia del algún síntoma (fiebre, dolores musculares, dolor de garganta, decaimiento, etc.)

• No se puede compartir ningún tipo de hidratación o elemento de seguridad

• Para la limpieza, desinfección y cuidados de sus pertenecías, las personas deberán:

1. Mantener higienizadas las manos antes y después de cada salida.

2. Desplazarse provisto de un kit de higiene personal (alcohol en gel, alcohol al 70%, toallitas sanitizantes, u otros).

El Poder Ejecutivo podrá, previa evaluación de las condiciones epidemiológicas y sanitarias, limitar la duración y, eventualmente, suspender la salida de esparcimiento con el fin de proteger la salud pública. No está autorizada por el momento la actividad de running o salidas a correr.

Cada peatón será responsable de sus actos y ante el incumplimiento de cualquier norma o protocolo será sancionado.

Las personas afectadas estas actividades y servicios deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos que establezca el Municipio, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

Autorizaciones y sanciones

Las personas que se desplacen por cualquiera de estas actividades, deberán contar obligatoriamente con la autorización para circular que emita el Gobierno Provincial, la que deberá tramitarse mediante la aplicación móvil o el Certificado que las autoridades pertinentes dispongan.

El incumplimiento de lo establecido en la Resolución 995 hará pasible al infractor de la clausura del comercio y de la aplicación de las sanciones previstas en el art 24 del código procesal de faltas municipales ordenanza 2359/96.

Estas medidas quedan sujetas a modificaciones según las últimas actualizaciones relacionadas con el COVID-19.

Policiales

La Policía detuvo a un prófugo en la Fiesta de la Pera

Al observar a los uniformados, el sujeto quiso escapar pero igualmente fue alcanzado y puesto a disposición de la Justicia.

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Durante la Fiesta de la Pera 2025 que se realizó este fin de semana en Allen, personal policial de la Comisaría 6º logró detener a un hombre que era buscado por la Justicia rionegrina desde el año pasado.

Los efectivos, que realizaban tareas preventivas de forma peatonal en el Parque Integración, observaron al individuo, quien al percatarse de la presencia de los efectivos intentó darse a la fuga. Sin embargo, fue interceptado y aprehendido a pocos metros.

Tras identificarlo y verificar sus datos en el sistema policial, se confirmó que tenía un pedido de captura vigente.

De inmediato, la situación fue informada a la Fiscalía de turno, que dispuso que el hombre permanezca detenido hasta que se emitan nuevas directivas.

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Judiciales

Condenan a petrolera por dañar una vivienda durante la construcción de un gasoducto

La indemnización supera los 7 millones y medio de pesos.

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Parte de la construcción del gasoducto Neuba I dejó secuelas en una vivienda de Allen. Un informe pericial determinó que las vibraciones generadas durante la obra afectaron una casa rural donde residen tres mujeres. Luego de varios intentos frustrados de conciliación, la demanda avanzó hasta obtener una sentencia en el Juzgado Civil Nº 5 de Roca.

La resolución responsabilizó a la petrolera por los daños ocasionados en la construcción y ordenó una indemnización por una suma superior a $7.500.000. La sentencia de primera instancia no está firme y aún se encuentra dentro de los plazos de apelación.

La propiedad afectada, ubicada en la intersección de la Ruta Provincial N° 65 y calle 17, soportó intensas vibraciones generadas por maquinaria pesada. Los peritajes confirmaron que estas actividades dañaron las paredes y estructuras del inmueble, incluyendo un galpón en el predio. También se denunciaron inconvenientes como polvo en suspensión, ruido constante y dificultades para acceder a la chacra durante las obras.

YPF argumentó que las vibraciones generadas estaban dentro de los niveles aceptables según estudios realizados por la empresa. El peritaje independiente concluyó que las mediciones presentadas no consideraron los momentos en que las máquinas operaban más cerca del inmueble ni tomaron en cuenta la antigüedad y las condiciones estructurales de la vivienda. Además, la falta de un relevamiento previo del estado del inmueble fue considerado como un agravante.

En uno de los intentos de conciliación, la petrolera ofreció un acuerdo extrajudicial con la condición de la renuncia de cualquier acción legal por parte de las afectadas. La propuesta fue rechazada por ser considerada «insuficiente» frente a los daños reclamados, lo que llevó al inicio del proceso judicial.

Otro de los argumentos que esbozó la defensa de YPF fue que contaba con todos los permisos para los trabajos que se desplegaron en ese sector. Sin embargo, el juez interviniente sostuvo que «la autorización administrativa no exime a la empresa de su responsabilidad civil por los daños ocasionados» y destacó que «las actividades riesgosas deben prever el impacto sobre las propiedades vecinas y adoptar medidas para evitarlos».

La sentencia le atribuyó a YPF una «responsabilidad objetiva» por los daños debido a que las obras, consideradas actividades riesgosas, no preveían adecuadamente los impactos negativos sobre las propiedades vecinas.

Por otro lado, el magistrado desestimó el reclamo por pérdida del valor de reventa del inmueble. Aseguró que dicho perjuicio podría revertirse una vez finalizadas las reparaciones correspondientes.

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Río Negro

Río Negro recuperó más de $3.467 millones de deudores morosos

Se iniciaron alrededor de 5.000 demandas judiciales durante el 2024.

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Durante 2024, el Gobierno de Río Negro logró recuperar más de $3.467 millones en deudas tributarias mediante acciones judiciales dirigidas a contribuyentes morosos. La Agencia de Recaudación Tributaria intensificó su estrategia de cobranza, priorizando medidas legales en los casos donde no se evidenciaba voluntad de pago.

«En total, se iniciaron alrededor de 5.000 demandas judiciales, permitiendo un recupero efectivo que representó un impulso clave en la recaudación anual«, explicó el director ejecutivo de la Agencia, Alejandro Palmieri.

Además de las acciones judiciales, se implementaron acuerdos prejudiciales que facilitaron el pago voluntario de las deudas, sumando otros $399 millones al total recaudado. Estas medidas no solo optimizaron costos y tiempos procesales, sino que también fortalecieron el compromiso fiscal en el territorio.

Con esta estrategia, Río Negro reafirmó su determinación de combatir la morosidad tributaria y consolidar un sistema fiscal más sólido y eficiente.

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