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Sociedad

Intensificarán controles: Soria solicita que se respeten las normas al salir a caminar

Durante la primera jornada se vieron muchas infracciones. Cabe recordar que no se encuentran habilitadas para tal fin las plazas, el canalito ni el Paseo del Bicentenario.

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Foto: Carlos Mir (Patagonia FotoPress)

Ayer (26/05) entró en vigencia en General Roca la nueva exención al aislamiento social, preventivo y obligatorio que habilita las caminatas recreativas de proximidad, según los dispuesto por Decreto provincial y Resolución municipal.

En este sentido, el Municipio lamentó que «en su primer día de aplicación se observó una gran cantidad de personas en la vía pública y se detectaron casos de incumplimiento de las normativas vigentes, sobre todo respecto de la obligatoriedad del uso de tapa boca o barbijo, y del distanciamiento necesario entre peatones».

Por ello, se dispuso intensificar los controles a fin de hacer cumplir las normas preventivas para esta actividad y aplicar las sanciones correspondientes a los infractores.

En este sentido, la intendenta María Emilia Soria expresó que “caminar es saludable y contribuye al bienestar psicofísico de las personas, pero en este momento debe realizarse en forma individual y con todas las medidas de prevención indicadas. Ya va a llegar el momento de encontrarnos y de concretar todos los encuentros sociales que tanto extrañamos. Para llegar a esa instancia, primero, es fundamental que todos nos cuidemos. De la responsabilidad con que asumamos cada etapa, depende la posibilidad de darle continuidad o no. No desaprovechemos esta oportunidad”.

Las caminatas recreativas de proximidad fueron habilitadas en Roca para ser realizadas en forma individual y manteniendo el distanciamiento social, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico de la población, en los siguientes términos y condiciones:

• Podrán realizarse de lunes a domingos en el horario de 13 a 18 horas.

• Se permitirá una duración máxima de 60 minutos, en un radio máximo de 500 metros del domicilio habitual.

• Se debe circular con el Documento de Identidad para constatar el domicilio ante las autoridades que lo requiera.

• En ningún caso se podrá usar transporte público o vehicular y será obligatorio el uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal, conforme lo determina en la resolución municipal Nº 787/2020.

• Se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a 2 metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente.

• No se encuentran habilitadas para tal fin las plazas, parques o similares, conforme lo establece el Decreto N° 408/20 del Poder Ejecutivo Nacional y sus prorrogas.

• No están permitidas las salidas en grupos.

• No se permite la salida ante la presencia del algún síntoma (fiebre, dolores musculares, dolor de garganta, decaimiento, etc.)

• No se puede compartir ningún tipo de hidratación o elemento de seguridad

• Para la limpieza, desinfección y cuidados de sus pertenecías, las personas deberán:

  1. Mantener higienizadas las manos antes y después de cada salida.
  2. Desplazarse provisto de un kit de higiene personal (alcohol en gel, alcohol al 70%, toallitas sanitizantes, u otros).

El Poder Ejecutivo podrá, previa evaluación de las condiciones epidemiológicas y sanitarias, limitar la duración y, eventualmente, suspender la salida de esparcimiento con el fin de proteger la salud pública. No está autorizada por el momento la actividad de running o salidas a correr.

Cada peatón será responsable de sus actos y ante el incumplimiento de cualquier norma o protocolo será sancionado.

Las personas afectadas estas actividades y servicios deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos que establezca el Municipio, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

Judiciales

«La empresa me obligó a mentir»: La confesión de un vendedor de planes de ahorro terminó en condena

La Justicia declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones.

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Un vecino de Viedma inició una demanda luego de intentar comprar una camioneta a través de un plan de ahorro que encontró en redes sociales. La historia comenzó en 2021, en plena pandemia, cuando las concesionarias permanecían cerradas al público y muchas operaciones se realizaban de forma virtual.

Mientras navegaba por internet, el vecino vio una publicidad de una concesionaria que ofrecía financiación para vehículos cero kilómetro. Completó un formulario y, días después, recibió el llamado de un asesor comercial que le explicó distintas opciones para adquirir una camioneta mediante un plan de ahorro.

Según el relato que luego llegó al expediente judicial, la propuesta incluía beneficios y una entrega prevista luego de algunas cuotas. Convencido por esas condiciones, aceptó la oferta y realizó los primeros pagos con tarjeta de crédito.

Con el paso de los meses comenzaron las dudas. Las cuotas que aparecían en los resúmenes eran más altas que las que le habían informado. Tampoco recibió el contrato ni información precisa sobre el grupo y orden del plan al que había sido incorporado.

Tiempo después, el mismo vendedor volvió a comunicarse con una nueva propuesta. Le dijo que existía una alternativa mejor: cambiar el plan y acceder a otro modelo con entrega inmediata. Para eso debía dejar de pagar el plan anterior y abrir uno nuevo a nombre de la esposa.

La pareja siguió esas indicaciones. Realizaron nuevos pagos vinculados al supuesto cambio de modelo, gastos administrativos y trámites de patentamiento. Sin embargo, la entrega del vehículo nunca ocurrió y tampoco recibieron respuestas claras sobre el estado de la operación.
Meses más tarde, el propio vendedor volvió a llamar. Según consta en la causa, durante esa conversación les dijo que había sido obligado a engañar a los clientes.
De acuerdo con el relato incorporado al expediente, les manifestó que había sido «forzado por la empresa a mentir con el fin de vender».

A partir de ese momento comenzaron nuevas gestiones para intentar recuperar el dinero. En ese contexto también se registraron cargos en la tarjeta de crédito vinculados a supuestos trámites para cerrar anticipadamente el plan y gestionar la devolución de los fondos.

Ante la falta de respuestas y las irregularidades detectadas, el vecino decidió desconocer los consumos y bloquear la tarjeta. Luego inició reclamos ante el organismo de defensa del consumidor, envió cartas documento y participó en una mediación. Ninguna de esas instancias tuvo respuesta de las empresas involucradas.

El caso llegó finalmente al fuero civil de Viedma. La jueza analizó la forma en que se ofrecieron los planes de ahorro y el modo en que se desarrolló la relación de consumo.

En la sentencia se indicó que la concesionaria, a través de su vendedor, realizó «ofertas confusas y engañosas» y solicitó pagos que no correspondían. También se señaló que durante la contratación no se brindó información clara ni detallada sobre las condiciones del plan.

La jueza explicó que las empresas que participan en este tipo de operaciones tienen una responsabilidad especial frente a los consumidores. En ese sentido remarcó que «las firmas demandadas se encuentran altamente profesionalizadas y organizadas para cumplir sus cometidos en el mercado», por lo que deben actuar con mayor diligencia.

En el fallo también se concluyó que no se cumplió con el deber legal de información. Según se indicó, no se acreditó que los consumidores hubieran recibido datos claros sobre las características del plan, sus costos o las condiciones reales de contratación.

Además se advirtió que la documentación aportada reveló irregularidades. Incluso una pericia caligráfica determinó que una de las firmas que aparecía en un formulario de adhesión no correspondía al consumidor.

La jueza sostuvo que estas conductas implicaron una vulneración de derechos básicos del consumidor. Por ese motivo declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones por los perjuicios sufridos.

Finalmente, el fallo también dispuso dar intervención al Ministerio Público Fiscal para que analice la posible comisión del delito penal de estafa.

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Judiciales

Inició una demanda para poder hacer su viaje de 15 años

El viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes.

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Una adolescente de Viedma obtuvo autorización judicial para realizar su viaje de 15 años a Estados Unidos. Debió recurrir al Poder Judicial para garantizar el permiso de salida del país. El caso se tramitó el fuero de familia. El padre de la joven inició el expediente para obtener la autorización necesaria para que su hija pudiera concretar el viaje recreativo. Era el regalo familiar por sus 15 años.

Según se explicó en la presentación, el viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes. Ante esa situación, el padre promovió el proceso judicial para asegurar que la adolescente pudiera realizar el viaje.

En el expediente también se dejó constancia de que la joven ya había ejercido su derecho a ser oída en actuaciones vinculadas al caso y expresó su voluntad de realizar el viaje. La madre, por su parte, manifestó que no se oponía al destino ni al carácter recreativo del viaje.

Con esos elementos, la jueza autorizó la salida del país por un período de hasta 15 días, durante los meses de mayo o junio de este año, cuando se confirme el itinerario definitivo. La sentencia también dispuso que las costas del proceso deberán ser afrontadas por la madre.

La magistrada entendió que el padre se vio obligado a iniciar el trámite judicial para obtener la autorización y que la demandada no realizó gestiones extrajudiciales que permitieran evitar el dictado de la sentencia.

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Roca

Lanzan nueva campaña en Roca para recolectar aparatos electrónicos en desuso

La iniciativa se realizará del 25 al 27 de marzo en Plaza Belgrano y busca reutilizar equipos informáticos a través de un curso de eco-recuperación.

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El Municipio de General Roca, a través de la Dirección de Ambiente, realizará una nueva campaña de recepción de aparatos eléctricos y electrónicos en desuso, en el marco de lo establecido por la Ordenanza N° 4605/10.

En esta oportunidad, se recibirán televisores, celulares, computadoras y CPU, que serán destinados al curso Eco-Recuperación de Equipos Informáticos, una capacitación que se desarrollará de manera conjunta con la USEP municipal.

La campaña se llevará adelante los días martes (25/03), miércoles (26/03) y jueves (27/03), en el horario de 9 a 16, en Plaza Belgrano.

Desde el Municipio invitaron a vecinos, vecinas, empresas e instituciones a participar acercando los equipos electrónicos que ya no utilicen, con el objetivo de promover su recuperación, reutilización y una correcta disposición.

Quienes no puedan asistir en esas fechas también podrán coordinar la recepción de los aparatos comunicándose al teléfono 4431400, interno 2305.

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