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Judiciales

Muerte de Sofía: confirman condena de 31 años para el padrastro

La madre de la víctima ya fue condenada a 24 años y 7 meses de prisión.

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El Tribunal de Impugnación confirmó, por unanimidad, la condena de 31 años y seis meses de prisión efectiva contra Marcos Nicolás González por una serie de delitos que derivaron en la muerte de una niña de Lamarque, de 3 años de edad. Por otra parte, el Tribunal de Juicio de Roca que interviene en el caso resolvió prorrogar la prisión preventiva del imputado hasta tanto la condena quede firme.

En septiembre los jueces de Roca condenaron a González como autor de los delitos de “lesiones leves calificadas por violencia de género, reiteradas; abuso sexual gravemente ultrajante, reiterado en un número indeterminado de veces, calificado por el vínculo, por su condición de guardador y por la convivencia preexistente, en concurso real con corrupción de menores agravada por la edad de la víctima y por ser el autor persona conviviente y guardador de la víctima; desobediencia a una orden judicial y abandono de persona seguido de muerte, todo en concurso real”. Poco tiempo antes, en otro juicio, la madre de la niña había sido condenada a 24 años y siete meses de prisión como coautora o partícipe necesaria de los mismos delitos, y por tenencia de pornografía infantil agravada en un teléfono celular que compartía con González.

La defensa de González impugnó parcialmente la condena dictada en septiembre y el Tribunal de Impugnación, por unanimidad, rechazó el recurso el pasado lunes. El defensor sólo atacó la condena por los delitos de abuso sexual y corrupción de menores, sin expresar agravios con respecto al resto de las imputaciones. También cuestionó el monto de la pena y reclamó que se reduzca a 20 años de prisión.

En la audiencia de impugnación la defensa sostuvo que los delitos contra la integridad sexual de la niña “no existieron y, aún cuando se dieran por ciertos, existen dudas de que el autor haya sido su cliente”. Alegó que el razonamiento del Tribunal fue “tendencioso” en contra de González y “que una persona sea maltratadora no es sinónimo de que sea abusadora”.

En oposición, en la misma audiencia, la Fiscalía enumeró todos los indicios y evidencias que llevaron al Tribunal a la certeza sobre la existencia de los abusos.

La decisión

“La teoría del caso de la Fiscalía ha sido correctamente presentada y la sentencia ha fundado con sobrada solvencia la vinculación del encartado con el abuso sexual imputado”, definió el Tribunal de Impugnación. En ese marco enunció las múltiples evidencias en el cuerpo de la niña, más los testimonios sobre sus conductas reveladoras de una situación de abuso, los “gritos desgarradores” que escucharon los vecinos, el contenido de las comunicaciones telefónicas entre González y la madre de la víctima, las repetidas búsquedas de contenido pornográfico de abuso sexual infantil que revelaron las pericias al celular, más el “indicio indubitable de la intención de ocultamiento de la niña hasta que su estado de salud no lo permitió más y los obligó a llevar(la) al médico”.

Con esa cadena de indicios “no hay posibilidad de producir otro resultado que no sea la autoría de González en el hecho, que no ha sido más que completar una serie de tormentos inhumanos hacia una niña de 3 años de edad”, concluyó el TI.

Los jueces de Impugnación hicieron una cruda enumeración de los maltratos que sufrió la niña y sostuvieron que, a la luz de esos hechos probados, más “los indicios que el cuerpo de la menor presenta, y siendo el imputado la única persona masculina con la que se ha vinculado la niña”, resulta “lógico y razonable que haya sido el responsable” de los abusos.

Sigue detenido

La condena no está firme, puesto que la defensa tiene un plazo para plantear eventuales recursos extraordinarios. Es por eso que la actual detención de González no es en cumplimiento de la pena impuesta sino que es una prisión preventiva destinada a neutralizar el “riesgo de fuga” del imputado.

En una audiencia realizada este martes a través de la plataforma Zoom, la fiscalía y la defensa estuvieron de acuerdo con mantener la detención de González, especialmente luego de notificado el fallo del Tribunal de Impugnación que dio el “doble conforme” a la sentencia condenatoria.

Tras deliberar sobre el acuerdo de las partes, el Tribunal de Juicio de Roca dispuso, por unanimidad, prorrogar la medida “hasta que la sentencia condenatoria adquiera firmeza o sea revocada por un órgano superior”.

Judiciales

Piden prisión perpetua para Pedro Acuña por el femicidio de Marisa Galdame

El hecho ocurrió el año pasado en Allen.

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Esta mañana (21/10) las partes realizaron sus alegatos en la audiencia de cesura de pena del juicio que se lleva adelante por el femicidio de Marisa Galdame. La Fiscalía y la querella solicitaron prisión perpetua para el imputado Pedro Acuña; por su parte, la jueza interviniente dará a conocer su resolución el próximo viernes (25/10) a las 10.30 en los Tribunales de General Roca.

La Fiscalía presentó prueba informativa, «de esta manera el Registro Nacional de Reincidencia informó que el imputado no registra antecedentes penales», explicó el equipo fiscal.

Según la acusación, el hecho ocurrió en la madrugada del 30 de octubre del año pasado, en una vivienda del barrio Islas Malvinas de Allen, y tras el llamado de un vecino, personal de la Comisaría 6ta. realizó las primeras intervenciones. Fue así que la policía ingresó a la casa señalada, y encontró a Marisa Galdame, de 30 años, sin vida y a su lado a Acuña, quien hoy está imputado, padre de los dos hijos de la víctima fatal, de 5 y 13 años.

Accedé a los alegatos de la fiscalía

Tras la audiencia la fiscal jefe explicó que «solicitamos la pena de prisión perpetua, accesorias legales del Artículo 12 y costas del proceso, teniendo presente la prueba que se acreditó durante el juicio por jurados concretado en agosto pasado. Considero que la pena es justa para el tipo penal por el cual ya fue declarado culpable, también tengo presente el grado de violencia con el que fue cometido el hecho contra una mujer que era su pareja».

«Hay que tener en cuenta la vulnerabilidad de la víctima, del contexto de violencia de género en el que sucedió este caso, que se coartó la vida de una mujer joven, madre de dos hijos, la extensión del daño, es una pena ajustada y plenamente justificada a todo lo descripto», agregó la fiscal jefe.

La querella adhirió a lo peticionado por el Ministerio Público Fiscal y la defensa expresó que la legislación vigente no les permite solicitar una pena menos gravosa.

Acaban de culminar los alegatos del juicio de cesura de pena, la resolución de la jueza interviniente se conocerá el próximo 25 de octubre a las 10.30

Cabe recordar que fue el decimonoveno juicio por jurados de Rio Negro y se llevó a cabo durante los primeros días de agosto de este año.

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Deudor alimentario no podrá cargar combustible hasta que no cumpla con la cuota de sus cuatro hijos

Así lo dictaminó una jueza rionegrina.

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Un hombre que ya fue apercibido por no pagar la cuota alimentaria de sus cuatro hijos no podrá cargar combustibles en las estaciones de servicio de su localidad hasta que no cumpla con su obligación. Para ello, la jueza de Familia de Viedma ordenó informar a las estaciones de YPF que tienen prohibido venderle gasolina.

Además, como abastece a un supermercado de una ciudad de la región Sur rionegrina, se le prohibió brindar cualquier servicio a ese establecimiento. Esto incluye contratar, vender productos, bienes, transporte, mudanzas, entre otros, «hasta tanto acredite fehacientemente el pago de la prestación alimentaria en favor de sus cuatro hijos’, dice el fallo. Para hacer efectiva esta prohibición, también se notificó al supermercado.

Como medida final, la magistrada también dispuso el embargo del 15% de las contrataciones que el deudor alimentario tiene con la Municipalidad de la localidad. En este caso, se incluyen contratos de locación de obras y servicios en general.

La contraparte había solicitado también el embargo de las cuentas y plazos fijos, pero primero deberá precisar cuáles son las entidades financieras que requieren la medida.

Las demandas, en números

En lo que va del año, el fuero de Familia de Río Negro tramitó 709 demandas por alimentos, sobre un total de 9.393 nuevos ingresos. Más de la mitad, corresponden a procesos sobre violencia.

Las demandas por alimentos y los divorcios, son parte de los procesos más frecuentes según el último informe del Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia (STJ)

El fuero de Familia en Río Negro se compone por 16 organismos entre juzgados, juzgados multifueros y unidades procesales.

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Judiciales

Cámara Gesell remota: Logran entrevistar a un niño a más de 600 kilómetros

Un niño víctima de abuso sexual pudo ser entrevistado sin necesidad de viajar al lugar donde ocurrió el hecho.

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Gracias a la tecnología, un niño víctima de abuso sexual pudo ser entrevistado sin necesidad de viajar al lugar donde ocurrió el hecho. La investigación está a cargo del Poder Judicial de Mendoza, aunque después de la denuncia la familia damnificada se mudó al Alto Valle. La Oficina Judicial de Cipolletti ofreció el soporte digital para concretar la Gesell a más de 600 kilómetros de distancia.

La tecnología que incorporó el Poder Judicial de Río Negro para la reforma procesal penal y la digitalización que se consolidó en pandemia permitieron realizar una Gesell a distancia. En esta investigación, la Fiscalía de Mendoza solicitó dos intervenciones. Primero para tomar el testimonio de la víctima y luego para realizar una pericia clave.

En las dos oportunidades, la Oficina Judicial de Cipolletti estuvo a cargo de la logística para la conexión remota. La colaboración del Poder Judicial de Río Negro evitó la revictimización del niño, que no tuvo que viajar al lugar donde ocurrió el hecho. También aportó celeridad a las instancias procesales para que la denuncia pueda llegar rápidamente a juicio.

La Cuarta Circunscripción acumula experiencia en la realización de cámaras Gesell remotas. La última cámara Gesell en implementarse, el año pasado, fue la de Catriel. Antes de la incorporación del dispositivo en la localidad petrolera, los niños, niñas y adolescentes debían viajar hasta la ciudad cabecera de la Cuarta Circunscripción y en algunas ocasiones no coincidían los horarios de los servicios de colectivos, por lo que regresaban muy tarde a sus hogares.

En estas circunstancias, se buscó una solución para evitar la revictimización y el estrés de las infancias y aumentar el estándar fijado por la guía de buenas prácticas de Unicef, al que el Superior Tribunal de Justicia adhirió, y otros protocolos nacionales e internacionales.

Con la combinación de distintas tecnologías, el juez o jueza se conecta desde una sala en Cipolletti junto con las partes. La víctima, en cambio, es entrevistada por una psicóloga de cámara Gesell en el edificio del Poder Judicial de Catriel.

En lo que va del año, según los datos proporcionados por el Centro de Planificación Estratégica, se realizaron más de 350 Gesell en toda la provincia.

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