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Sociedad

Buscan garantizar la paridad de género en la conducción de asociaciones civiles y fundaciones

La iniciativa, presentada por el Frente de Todos, alcanza también a las empresas del estado.

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Un proyecto de Ley presentado por los legisladores María Eugenia Martini, María Inés Grandoso y Marcelo Mango, fija un cupo femenino del 50% en la conformación de los órganos de administración de las asociaciones civiles y fundaciones por crearse bajo supervisión de la Inspección General de Personas Jurídicas de Río Negro. La norma afectará también a nuevas Sociedades del Estado.

“La desigualdad entre varones y mujeres en los cargos directivos en empresas y entidades civiles resulta abismal, se trata de mecanismos de exclusión resultado de prácticas sociales, políticas, económicas y culturales que están profundamente arraigadas, y que debemos transformar”, explicó la presidenta del bloque del Frente de Todxs, María Eugenia Martini.

El proyecto, ingresado este jueves a la Legislatura, dispone que “asociaciones civiles y fundaciones en proceso de constitución que se encuentren bajo supervisión de la Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Río Negro y las Sociedades del Estado que se creen deben incluir en su órgano de administración, y en su caso en el órgano de fiscalización, una composición que respete la paridad de género, garantizando la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos”.

Esta paridad será progresiva -determina la norma- en las sucesivas renovaciones de miembros, para lo cual requiere que Personas Jurídicas inspeccione y haga cumplir el criterio de igualdad de género en las nuevas designaciones.

Las mujeres exhiben alta calificación en diversos ámbitos de inserción laboral. Sin embargo, el grado de participación en el mercado de trabajo y los indicadores relativos a ingreso salarial y a puestos jerárquicos evidencian aún brechas significativas, lo que sugiere que no hay un acceso real a las mismas oportunidades de desarrollo a pesar del grado de calificación.

Precisamente, “avanzar en paridad de género en el ámbito de la conformación y composición de las personas jurídicas implica establecer reglas claras y efectivas para la igualdad de acceso y oportunidades”, destaca el proyecto en sus fundamentos.

Romper el denominado “techo de cristal” es un proceso que difícilmente se dé en forma natural, y por lo tanto requiere de acciones positivas, las cuales en la Argentina son reconocidas por la Constitución Nacional. De acuerdo a estimaciones del World Economic Forum, de no contar con herramientas legislativas que incidan en la organización social, lograr el estado de igualdad de género por el sólo devenir histórico demoraría más de 200 años.

“Como todo derecho que se consagra, la incorporación e integración femenina en la dirección de nuestras asociaciones y empresas fortalece y enriquece a nuestras organizaciones y a la comunidad, esto es responsabilidad del Estado, y se trata de seguir profundizando el espíritu de leyes que ya existen en el país”, señaló Martini.

El proyecto va en línea con la Resolución 34/2020 emitida en agosto por la Inspección General de Justicia de la Nación que determina la obligatoriedad de establecer la paridad de género en los órganos de administración y de fiscalización que constituyen las personas jurídicas que se conformen e inscriban a nivel nacional.

La norma propuesta por el Frente de Todxs, y que inicia ahora su derrotero legislativo, destaca además que “la importancia de las asociaciones civiles y fundaciones es crucial para la ciudadanía de nuestra provincia, su labor en los ámbitos deportivos, sociales y de activismo ambiental y cultural es irreemplazable”, asegura, y considera “pertinente en un proceso escalonado”, apuntar “a la mayor participación de las mujeres en estos ámbitos ciudadanos” entre los cuales incluye también a futuras empresas del Estado provincial.

“Entendemos que del mismo modo que ocurrió con la Ley que fijó la paridad de género para los cargos políticos, o el cupo en las organizaciones sindicales, esta Ley que proponemos va en el sentido de garantizar para la mujer un lugar en los espacios de toma de decisión en pie de igualdad con los varones”, concluyó Martini.

Judiciales

«La empresa me obligó a mentir»: La confesión de un vendedor de planes de ahorro terminó en condena

La Justicia declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones.

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Un vecino de Viedma inició una demanda luego de intentar comprar una camioneta a través de un plan de ahorro que encontró en redes sociales. La historia comenzó en 2021, en plena pandemia, cuando las concesionarias permanecían cerradas al público y muchas operaciones se realizaban de forma virtual.

Mientras navegaba por internet, el vecino vio una publicidad de una concesionaria que ofrecía financiación para vehículos cero kilómetro. Completó un formulario y, días después, recibió el llamado de un asesor comercial que le explicó distintas opciones para adquirir una camioneta mediante un plan de ahorro.

Según el relato que luego llegó al expediente judicial, la propuesta incluía beneficios y una entrega prevista luego de algunas cuotas. Convencido por esas condiciones, aceptó la oferta y realizó los primeros pagos con tarjeta de crédito.

Con el paso de los meses comenzaron las dudas. Las cuotas que aparecían en los resúmenes eran más altas que las que le habían informado. Tampoco recibió el contrato ni información precisa sobre el grupo y orden del plan al que había sido incorporado.

Tiempo después, el mismo vendedor volvió a comunicarse con una nueva propuesta. Le dijo que existía una alternativa mejor: cambiar el plan y acceder a otro modelo con entrega inmediata. Para eso debía dejar de pagar el plan anterior y abrir uno nuevo a nombre de la esposa.

La pareja siguió esas indicaciones. Realizaron nuevos pagos vinculados al supuesto cambio de modelo, gastos administrativos y trámites de patentamiento. Sin embargo, la entrega del vehículo nunca ocurrió y tampoco recibieron respuestas claras sobre el estado de la operación.
Meses más tarde, el propio vendedor volvió a llamar. Según consta en la causa, durante esa conversación les dijo que había sido obligado a engañar a los clientes.
De acuerdo con el relato incorporado al expediente, les manifestó que había sido «forzado por la empresa a mentir con el fin de vender».

A partir de ese momento comenzaron nuevas gestiones para intentar recuperar el dinero. En ese contexto también se registraron cargos en la tarjeta de crédito vinculados a supuestos trámites para cerrar anticipadamente el plan y gestionar la devolución de los fondos.

Ante la falta de respuestas y las irregularidades detectadas, el vecino decidió desconocer los consumos y bloquear la tarjeta. Luego inició reclamos ante el organismo de defensa del consumidor, envió cartas documento y participó en una mediación. Ninguna de esas instancias tuvo respuesta de las empresas involucradas.

El caso llegó finalmente al fuero civil de Viedma. La jueza analizó la forma en que se ofrecieron los planes de ahorro y el modo en que se desarrolló la relación de consumo.

En la sentencia se indicó que la concesionaria, a través de su vendedor, realizó «ofertas confusas y engañosas» y solicitó pagos que no correspondían. También se señaló que durante la contratación no se brindó información clara ni detallada sobre las condiciones del plan.

La jueza explicó que las empresas que participan en este tipo de operaciones tienen una responsabilidad especial frente a los consumidores. En ese sentido remarcó que «las firmas demandadas se encuentran altamente profesionalizadas y organizadas para cumplir sus cometidos en el mercado», por lo que deben actuar con mayor diligencia.

En el fallo también se concluyó que no se cumplió con el deber legal de información. Según se indicó, no se acreditó que los consumidores hubieran recibido datos claros sobre las características del plan, sus costos o las condiciones reales de contratación.

Además se advirtió que la documentación aportada reveló irregularidades. Incluso una pericia caligráfica determinó que una de las firmas que aparecía en un formulario de adhesión no correspondía al consumidor.

La jueza sostuvo que estas conductas implicaron una vulneración de derechos básicos del consumidor. Por ese motivo declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones por los perjuicios sufridos.

Finalmente, el fallo también dispuso dar intervención al Ministerio Público Fiscal para que analice la posible comisión del delito penal de estafa.

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Judiciales

Inició una demanda para poder hacer su viaje de 15 años

El viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes.

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Una adolescente de Viedma obtuvo autorización judicial para realizar su viaje de 15 años a Estados Unidos. Debió recurrir al Poder Judicial para garantizar el permiso de salida del país. El caso se tramitó el fuero de familia. El padre de la joven inició el expediente para obtener la autorización necesaria para que su hija pudiera concretar el viaje recreativo. Era el regalo familiar por sus 15 años.

Según se explicó en la presentación, el viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes. Ante esa situación, el padre promovió el proceso judicial para asegurar que la adolescente pudiera realizar el viaje.

En el expediente también se dejó constancia de que la joven ya había ejercido su derecho a ser oída en actuaciones vinculadas al caso y expresó su voluntad de realizar el viaje. La madre, por su parte, manifestó que no se oponía al destino ni al carácter recreativo del viaje.

Con esos elementos, la jueza autorizó la salida del país por un período de hasta 15 días, durante los meses de mayo o junio de este año, cuando se confirme el itinerario definitivo. La sentencia también dispuso que las costas del proceso deberán ser afrontadas por la madre.

La magistrada entendió que el padre se vio obligado a iniciar el trámite judicial para obtener la autorización y que la demandada no realizó gestiones extrajudiciales que permitieran evitar el dictado de la sentencia.

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Roca

Lanzan nueva campaña en Roca para recolectar aparatos electrónicos en desuso

La iniciativa se realizará del 25 al 27 de marzo en Plaza Belgrano y busca reutilizar equipos informáticos a través de un curso de eco-recuperación.

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El Municipio de General Roca, a través de la Dirección de Ambiente, realizará una nueva campaña de recepción de aparatos eléctricos y electrónicos en desuso, en el marco de lo establecido por la Ordenanza N° 4605/10.

En esta oportunidad, se recibirán televisores, celulares, computadoras y CPU, que serán destinados al curso Eco-Recuperación de Equipos Informáticos, una capacitación que se desarrollará de manera conjunta con la USEP municipal.

La campaña se llevará adelante los días martes (25/03), miércoles (26/03) y jueves (27/03), en el horario de 9 a 16, en Plaza Belgrano.

Desde el Municipio invitaron a vecinos, vecinas, empresas e instituciones a participar acercando los equipos electrónicos que ya no utilicen, con el objetivo de promover su recuperación, reutilización y una correcta disposición.

Quienes no puedan asistir en esas fechas también podrán coordinar la recepción de los aparatos comunicándose al teléfono 4431400, interno 2305.

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