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Río Negro

Hospitalarios autoconvocados y UPCN rechazan el Plus Pandemia

Marcharán el martes en toda la provincia.

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Ya antes de los anuncios oficiales los hospitalarios autoconvocados de Río Negro, nucleados en Fesprosa, habían adelantado que iban a rechazar la propuesta del gobierno provincial de otorgarles un plus pandemia. Al conocerse los montos, aún peor fue la reacción, ya que no cumple ni las mínimas expectativas que tenían.

Ante esta situación, anunciaron una movilización en toda la provincia para esta martes (1/12). Lo resolvieron en asamblea virtual el viernes pasado (27/11).

En el encuentro resolvieron «el rechazo total y repudio a la mencionada asignación» ya que «no solo es insultante en cuanto al monto que significará en los ingresos, sino también porque dadas sus características de no remunerativo, no bonificable, no universal y no permanente, entendemos que la medida no da respuesta a nuestro reclamo y no pretende solucionar el conflicto».

Igual medida resolvieron ante el aumento para las jefaturas «por no responder a ningún punto de nuestro reclamo». En este sentido agregaron que se trata de «una medida divisoria y por no considerar que sea el momento de destinar fondos a tal fin, cuando hay un reclamo salarial de fondo» y que «el gobierno de Río Negro insiste en manifestar que no lo tiene».

«Los rionegrinos saben que fuimos y seremos cuidadosos de la comunidad y de sus necesidades, pero las autoridades gubernamentales y los gremios afines han colmado nuestra capacidad de espera y paciencia. Estamos hartos de este destrato hacia nosotros y hacia la comunidad, porque propone descuidar la salud pública», señalaron finalmente.

Por su parte, UPCN manifestó que el Plus Pandemia que «tanto tardó en ofrecer el gobierno es una miseria en toda regla». Indicaron que «un funcionario del Poder Judicial cobra $6000 de viático por día. Los trabajadores de las categorías más altas del Poder Ejecutivo de la misma provincia tienen que trabajar un mes para ganar ese monto con el Plus. Incluso, un compañero o compañera de las categorías iniciales debe trabajar seis meses para juntar lo que le dan en un solo día a otra persona que trabaja también en el mismo Estado rionegrino».

«Lo que recauda Río Negro debería ser para todos quienes prestan servicios a los ciudadanos, no para privilegiados. Es como si tenés tres hijos que alimentar, a uno le das pollo con papas, a otro arroz con verduras y al tercero una taza de mate cocido», concluyeron desde el gremio que conduce Juan Carlos Scalesi.

Río Negro

Río Negro pagará salarios y aguinaldo en los primeros días de julio

Los sueldos se abonarán los días 1, 2 y 3, mientras que el SAC se depositará el 8, 9 y 10 de julio.

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El gobernador Alberto Weretilneck confirmó que los salarios y el medio aguinaldo para el personal estatal de Río Negro se pagarán en tiempo y forma, durante los primeros días de julio. «Es una muestra del compromiso de la Provincia con la previsibilidad económica y un reconocimiento a quienes sostienen día a día el funcionamiento del Estado», dijo.

Los sueldos se abonarán los días 1, 2 y 3 de julio, mientras que el medio aguinaldo se depositará los días 8, 9 y 10 del mismo mes.

«En un contexto nacional complejo, atravesado por la paralización del flujo de fondos que la Nación históricamente transfería a las provincias, Río Negro vuelve a cumplir con sus trabajadores y trabajadoras gracias a una administración ordenada, el uso responsable de los recursos y un esfuerzo económico y financiero sostenido con fondos provinciales», destacó el gobernador.

«El aguinaldo y el sueldo completo lo vamos a pagar en los primeros días de julio. Eso habla de previsibilidad, de un Estado ordenado, de un Gobierno que administra bien», expresó Weretilneck.

Además, Weretilneck valoró el esfuerzo del personal estatal en cada rincón de la provincia. «En un contexto muy difícil, nosotros cumplimos con nuestra gente. Quiero agradecerle profundamente a cada trabajador y trabajadora del Estado, porque son el motor y hacen un gran esfuerzo para sostener la Administración Pública», concluyó.

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Judiciales

Rompió dos cubiertas por el mal estado de la ruta: Condenan a la aseguradora por rechazar el siniestro fuera de término

La indemnización incluyó los gastos por reparación de llantas y cubiertas, además del daño moral y la privación de uso del vehículo.

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Transitaba en auto por la Ruta Nacional N° 151 rumbo a Villa Regina. A la altura del kilómetro 256, sintió un fuerte impacto que detuvo la marcha. El mal estado del camino provocó la rotura de dos cubiertas.

Un fallo del Juzgado Civil de Villa Regina hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios contra la aseguradora. La indemnización incluyó los gastos por reparación de llantas y cubiertas, además del daño moral y la privación de uso del vehículo.

El hombre denunció el siniestro ante su aseguradora. Contaba con cobertura por responsabilidad civil, robo, hurto, incendio y destrucción por accidente. Adjuntó toda la documentación requerida, fotografías del estado del auto y presupuestos de reparación.

La respuesta desfavorable de la aseguradora llegó un mes y medio después. El hombre presentó una demanda judicial. En ella, la aseguradora reconoció el siniestro como un daño parcial, pero argumentó que el conductor solo tenía cobertura por responsabilidad civil contra terceros. Por lo tanto, volvió a rechazar la cobertura.

El Juzgado acreditó el siniestro, la contratación de la póliza y su vigencia al momento del hecho. Lo que definió la decisión fue el vencimiento del plazo legal para rechazar la cobertura.

La jueza recordó que la Ley del Contrato de Seguro establece que las compañías deben expedirse dentro de los 30 días desde la recepción de la denuncia. La omisión implica la aceptación del siniestro. Por su parte, el asegurado debe denunciar el hecho dentro de los tres días de ocurrido. En este caso, el conductor cumplió con ese requisito, mientras que la aseguradora rechazó la cobertura fuera de término.

El fallo concluyó que Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada no se expidió dentro del plazo legal, lo que validó el reclamo del conductor. La discusión sobre si el siniestro estaba contemplado en la póliza quedó sin efecto.

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Judiciales

Lo despidió por tomar mate en el horario laboral: La Justicia consideró que la medida fue injustificada y deberá indemnizarlo

El dueño de una panadería filmó a su empleado intentando justificar su desvinculación de la empresa.

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Durante la pandemia, el dueño de una panadería de Cipolletti filmó a uno de sus empleados mientras tomaba mate en el sector de elaboración. Usó esas imágenes como fundamento para el despido, pero el Tribunal consideró que la decisión fue injustificada y ordenó el pago de una indemnización.

El trabajador se desempeñaba como repartidor desde noviembre de 2017. En julio de 2020, firmó una notificación en la que se le comunicó que quedaba prohibido consumir mate dentro del establecimiento. La medida formaba parte de los protocolos sanitarios que la empresa implementó en el marco de la emergencia sanitaria.

Más tarde, el dueño de la panadería presentó videos que mostraban al empleado en la zona de preparación de alimentos. En esas imágenes, se lo observó mientras tomaba mate y apoyaba el recipiente sobre las superficies de trabajo. También ofreció la infusión a un compañero. Según argumentó la empresa, el consumo de mate implicaba un riesgo sanitario, ya que el flujo de saliva podía contaminar el entorno, además de que restos de yerba caían sobre la masa cruda destinada a la elaboración de panificados.

El 7 de octubre de 2020, el dueño comunicó verbalmente el despido y lo ratificó por carta documento. Alegó una falta grave que había provocado la pérdida de confianza.

El trabajador rechazó esa acusación. Afirmó que el consumo de mate era una práctica habitual en el lugar de trabajo, tanto por parte de sus compañeros como del propio empleador. También indicó que no existían antecedentes de sanciones por esa conducta.

Durante el juicio, se acreditó que el mate formaba parte de la rutina dentro de la panadería. Además, el Tribunal destacó que el trabajador no contaba con antecedentes disciplinarios y que la empresa no había aplicado sanciones menores antes de recurrir al despido. Señaló que la medida resultó desproporcionada y contraria al principio de progresividad que rige en el derecho laboral.

El Tribunal resolvió que la empresa debía indemnizar al trabajador por despido injustificado. Ordenó el pago de los siguientes conceptos: indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva del preaviso con su respectivo sueldo anual complementario (SAC), integración del mes de despido con SAC, salario por los días trabajados en octubre de 2020, SAC proporcional del segundo semestre y vacaciones no gozadas. En total son $207.632,91. Además, dispuso la entrega de los certificados laborales.

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