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Rechazaron pedido de nulidad de la defensa de Gadañoto y es inminente el juicio por abuso sexual

El profesor de básquet ya fue declarado culpable pero aún resta la imposición de la pena.

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Un Tribunal de Roca definió que debe realizarse a la mayor brevedad posible el juicio de imposición de pena a un profesor de básquet que en diciembre pasado fue declarado culpable del delito de “abuso sexual por aprovechamiento de la inexperiencia sexual de la víctima, agravado por haber sido cometido por encargado de la educación y por resultar un grave daño en la salud mental de la víctima”.

El juicio de cesura, en el que se debe definir cuál es el monto de la pena que deberá cumplir el imputado, se había visto postergado porque, después de veredicto condenatorio de diciembre, cesó en sus funciones uno de los tres jueces que había integrado el Tribunal del Juicio. Así, la defensa planteó que la integración del Tribunal con un nuevo juez para la etapa de cesura implicaría una violación de garantías procesales del acusado y solicitó que se declare nulo todo el juicio.

El planteo fue analizado en una audiencia realizada el pasado viernes. En la oportunidad, la Fiscalía y la parte querellante reclamaron que el juicio por la pena debe realizarse rápidamente, con dos de los jueces originales y un tercer nuevo juez, especialmente para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva que tiene la víctima.

Tras analizar todos los argumentos, el Tribunal a cargo resolvió hoy (03/05) rechazar el pedido de nulidad y convalidar la realización del juicio de cesura con la incorporación de un nuevo magistrado.

El argumento central de la decisión es que el nuevo Código Procesal Penal organiza los juicios penales en dos etapas. La primera es el juicio de responsabilidad, en el que se analiza si existió el delito y si la persona acusada es culpable. La segunda es el juicio de cesura -que sólo se habilita si existió un veredicto de culpabilidad en la primera etapa- en el que se debate y define la cantidad de años de prisión que corresponde imponer al autor del delito. Esta segunda etapa es la que, de acuerdo con lo resuelto hoy, podrá ser realizada con dos de los jueces que participaron del juicio de responsabilidad y con un nuevo integrante, quien reemplazará al magistrado que ya no está en funciones.

Según definió hoy el Tribunal, el juicio de cesura “realmente es un juicio distinto al de responsabilidad, con su propia prueba, deliberación y decisión”; y “los jueces que lo realicen y tomen la decisión tendrán inmediación respecto de la prueba producida en el mismo”. La afirmación responde a que la defensa había cuestionado, entre otros puntos, que el nuevo juez no tuvo acceso directo a la prueba del juicio de responsabilidad, porque no participó de las audiencias. Al respecto se aclaró que el nuevo integrante del Tribunal no sólo tendrá acceso al registro audiovisual completo de la primera etapa del juicio sino que además podrá escuchar personalmente a todos los testigos y peritos que las partes ofrezcan como prueba para el juicio de cesura, sin importar que hayan declarado o no en la etapa anterior. Esto responde a que en el juicio de responsabilidad los testigos son interrogados para tratar de acreditar o negar la existencia de un hecho o un delito, en tanto que en el juicio de cesura son consultados para tener referencias sobre cuál sería la pena más justa a imponer, porque el delito ya está probado.

En suma, el Tribunal integrado por los jueces Gastón Martín, Alejandro Pellizzón y Emilio Stadler definió por unanimidad que los tres están habilitados para llevar adelante el juicio de cesura sin que ello implique la violación de la garantía de “juez natural” que alega la Defensa. Definieron, además, que es la manera adecuada de garantizar la “tutela judicial efectiva a la víctima, que exige un juicio y una decisión procesal en término razonable y oportuno”.

Los jueces admitieron que la situación planteada en este proceso es “novedosa” pero no es inédita, pues “ya existen fallos que se han dictado en la misma dirección que el presente”. Como ejemplo, citaron jurisprudencia del vecino Tribunal de Impugnación de Neuquén, que ya en el año 2017 zanjó una situación similar.

Judiciales

Piden prisión perpetua para Pedro Acuña por el femicidio de Marisa Galdame

El hecho ocurrió el año pasado en Allen.

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Esta mañana (21/10) las partes realizaron sus alegatos en la audiencia de cesura de pena del juicio que se lleva adelante por el femicidio de Marisa Galdame. La Fiscalía y la querella solicitaron prisión perpetua para el imputado Pedro Acuña; por su parte, la jueza interviniente dará a conocer su resolución el próximo viernes (25/10) a las 10.30 en los Tribunales de General Roca.

La Fiscalía presentó prueba informativa, «de esta manera el Registro Nacional de Reincidencia informó que el imputado no registra antecedentes penales», explicó el equipo fiscal.

Según la acusación, el hecho ocurrió en la madrugada del 30 de octubre del año pasado, en una vivienda del barrio Islas Malvinas de Allen, y tras el llamado de un vecino, personal de la Comisaría 6ta. realizó las primeras intervenciones. Fue así que la policía ingresó a la casa señalada, y encontró a Marisa Galdame, de 30 años, sin vida y a su lado a Acuña, quien hoy está imputado, padre de los dos hijos de la víctima fatal, de 5 y 13 años.

Accedé a los alegatos de la fiscalía

Tras la audiencia la fiscal jefe explicó que «solicitamos la pena de prisión perpetua, accesorias legales del Artículo 12 y costas del proceso, teniendo presente la prueba que se acreditó durante el juicio por jurados concretado en agosto pasado. Considero que la pena es justa para el tipo penal por el cual ya fue declarado culpable, también tengo presente el grado de violencia con el que fue cometido el hecho contra una mujer que era su pareja».

«Hay que tener en cuenta la vulnerabilidad de la víctima, del contexto de violencia de género en el que sucedió este caso, que se coartó la vida de una mujer joven, madre de dos hijos, la extensión del daño, es una pena ajustada y plenamente justificada a todo lo descripto», agregó la fiscal jefe.

La querella adhirió a lo peticionado por el Ministerio Público Fiscal y la defensa expresó que la legislación vigente no les permite solicitar una pena menos gravosa.

Acaban de culminar los alegatos del juicio de cesura de pena, la resolución de la jueza interviniente se conocerá el próximo 25 de octubre a las 10.30

Cabe recordar que fue el decimonoveno juicio por jurados de Rio Negro y se llevó a cabo durante los primeros días de agosto de este año.

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Deudor alimentario no podrá cargar combustible hasta que no cumpla con la cuota de sus cuatro hijos

Así lo dictaminó una jueza rionegrina.

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Un hombre que ya fue apercibido por no pagar la cuota alimentaria de sus cuatro hijos no podrá cargar combustibles en las estaciones de servicio de su localidad hasta que no cumpla con su obligación. Para ello, la jueza de Familia de Viedma ordenó informar a las estaciones de YPF que tienen prohibido venderle gasolina.

Además, como abastece a un supermercado de una ciudad de la región Sur rionegrina, se le prohibió brindar cualquier servicio a ese establecimiento. Esto incluye contratar, vender productos, bienes, transporte, mudanzas, entre otros, «hasta tanto acredite fehacientemente el pago de la prestación alimentaria en favor de sus cuatro hijos’, dice el fallo. Para hacer efectiva esta prohibición, también se notificó al supermercado.

Como medida final, la magistrada también dispuso el embargo del 15% de las contrataciones que el deudor alimentario tiene con la Municipalidad de la localidad. En este caso, se incluyen contratos de locación de obras y servicios en general.

La contraparte había solicitado también el embargo de las cuentas y plazos fijos, pero primero deberá precisar cuáles son las entidades financieras que requieren la medida.

Las demandas, en números

En lo que va del año, el fuero de Familia de Río Negro tramitó 709 demandas por alimentos, sobre un total de 9.393 nuevos ingresos. Más de la mitad, corresponden a procesos sobre violencia.

Las demandas por alimentos y los divorcios, son parte de los procesos más frecuentes según el último informe del Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia (STJ)

El fuero de Familia en Río Negro se compone por 16 organismos entre juzgados, juzgados multifueros y unidades procesales.

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Judiciales

Cámara Gesell remota: Logran entrevistar a un niño a más de 600 kilómetros

Un niño víctima de abuso sexual pudo ser entrevistado sin necesidad de viajar al lugar donde ocurrió el hecho.

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Gracias a la tecnología, un niño víctima de abuso sexual pudo ser entrevistado sin necesidad de viajar al lugar donde ocurrió el hecho. La investigación está a cargo del Poder Judicial de Mendoza, aunque después de la denuncia la familia damnificada se mudó al Alto Valle. La Oficina Judicial de Cipolletti ofreció el soporte digital para concretar la Gesell a más de 600 kilómetros de distancia.

La tecnología que incorporó el Poder Judicial de Río Negro para la reforma procesal penal y la digitalización que se consolidó en pandemia permitieron realizar una Gesell a distancia. En esta investigación, la Fiscalía de Mendoza solicitó dos intervenciones. Primero para tomar el testimonio de la víctima y luego para realizar una pericia clave.

En las dos oportunidades, la Oficina Judicial de Cipolletti estuvo a cargo de la logística para la conexión remota. La colaboración del Poder Judicial de Río Negro evitó la revictimización del niño, que no tuvo que viajar al lugar donde ocurrió el hecho. También aportó celeridad a las instancias procesales para que la denuncia pueda llegar rápidamente a juicio.

La Cuarta Circunscripción acumula experiencia en la realización de cámaras Gesell remotas. La última cámara Gesell en implementarse, el año pasado, fue la de Catriel. Antes de la incorporación del dispositivo en la localidad petrolera, los niños, niñas y adolescentes debían viajar hasta la ciudad cabecera de la Cuarta Circunscripción y en algunas ocasiones no coincidían los horarios de los servicios de colectivos, por lo que regresaban muy tarde a sus hogares.

En estas circunstancias, se buscó una solución para evitar la revictimización y el estrés de las infancias y aumentar el estándar fijado por la guía de buenas prácticas de Unicef, al que el Superior Tribunal de Justicia adhirió, y otros protocolos nacionales e internacionales.

Con la combinación de distintas tecnologías, el juez o jueza se conecta desde una sala en Cipolletti junto con las partes. La víctima, en cambio, es entrevistada por una psicóloga de cámara Gesell en el edificio del Poder Judicial de Catriel.

En lo que va del año, según los datos proporcionados por el Centro de Planificación Estratégica, se realizaron más de 350 Gesell en toda la provincia.

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