Judiciales
Lo sancionaron con 20 días de arresto por mandar una nota sin seguir la vía jerárquica
Un efectivo policial envió un reclamo a la Jefatura, en vez de a su unidad. Un fallo judicial consideró inválida la sanción tomada por el entonces jefe de Policía.

Un policía fue sancionado con 20 días de arresto porque en el marco de un reclamo por un expediente disciplinario, hizo un pedido de pronto despacho “sin seguir la vía jerárquica correspondiente”. Envió la nota a la Jefatura en vez de a su unidad. Un fallo judicial consideró inválida la sanción tomada por el entonces Jefe de Policía.
El efectivo de seguridad relató que la Jefatura de Policía de Río Negro le instruyó oportunamente un sumario administrativo. En ese marco solicitó un recurso de reconsideración que no fue tratado y entonces presentó por mesa de entradas de la Jefatura una nota solicitando pronto despacho. Luego de ese reclamo se lo sancionó con veinte días de arresto policial. Entonces, presentó un reclamo judicial para que se declare nula esta sanción.
“Respetar la cadena de mandos”
El apoderado de la Provincia contestó en el expediente que el agente “incurrió en la comisión de la falta disciplinaria grave” en virtud “de haber cursado nota de pronto despacho al Jefe de la Policía de Río Negro, sin seguir la vía jerárquica conforme reglamentación en vigencia». Expresó que el pronto despacho debió haberse presentado ante la unidad donde presta servicios el actor y no ante la Jefatura de Policía.
Señaló que “en el caso no se configura una situación de ilegalidad ni tampoco de irrazonabilidad en la actuación de la fuerza policial”. Al respecto, afirma que “la conducta del actor cuadra en el tipo disciplinario descripto y por tanto la falta aparece cometida, por lo que la actividad sancionatoria no hizo otra cosa que ajustarse a la legislación y reglamentación vigente en la materia”.
Agregó, según consta en el fallo que “el orden disciplinario exhibe gran importancia en las fuerzas policiales, tanto por el respeto a sus superiores como así también por la aceptación de las normas, las leyes y los preceptos creados para brindar un mejor servicio”. En ese orden de ideas, destacó “que el régimen disciplinario puesto en duda en esta acción justamente se orienta a obtener un orden básico en la fuerza policial, teniendo en cuenta que la subordinación según el grado del agente a su superior jerárquico obedece a la necesidad de respetar la cadena de mandos, con el propósito de efectivizar el servicio en procura del bien común de la sociedad toda”.
“El ejercicio de un derecho procesal”
El fallo de la Cámara aclara inicialmente que “es un principio que la revisión judicial de la actividad disciplinaria de la Administración debe encararse con criterio restrictivo, porque, más allá de los aspectos reglados que hacen al ejercicio de dicha potestad, siempre subyace un trasfondo de discrecionalidad que se vincula con el objetivo de lograr la mayor eficacia o la mejor prestación del servicio público”.
Agrega: “ello con mayor razón debe ser así cuando se trata del control de esa actividad desplegada en el ámbito de una fuerza de seguridad, porque el régimen policial se encuentra estructurado de un modo verticalista a partir de normas que regulan las relaciones de su personal sobre la base de la subordinación jerárquica y la disciplina”.
Sin embargo, argumenta que “de ningún modo puede entenderse que se comprometa la subordinación jerárquica por el hecho de que un subalterno presente el pedido de «pronto despacho» a que se refiere la Ley de Procedimiento Administrativo en las condiciones y ante la autoridad que ella dispone. Muy lejos de constituir un acto de indisciplina, tal proceder denota el ejercicio de un derecho procesal, tal como se halla legalmente establecido”.
La sentencia recordó “la máxima según la cual el ejercicio regular de un derecho no puede constituir como ilícito ningún acto (art. 10 del actual Código Civil y Comercial de la Nación)”. De esa manera, consideró que la resolución de arresto era inválida por falta de causal.
Judiciales
Imputaron a 7 personas por el violento ataque armado y enfrentamiento con la Policía en Paso Córdoba
El hecho incluyó un disparo a una de las víctimas, resistencia frente a una intervención policial y la rotura de un móvil.

Este mediodía (02/01), el Ministerio Público Fiscal imputó a 7 personas por un hecho ocurrido ayer luego de las 20.00 en la vía pública en la zona de Paso Córdoba, en General Roca.
Según la acusación fiscal, 3 de ellos habrían interrumpido con fines de robo la marcha de las dos víctimas que se movilizaban en una moto.
«Cuando derribaron a una de ellas, le habría efectuado un disparo mientras estaba en el piso, sin lesionarlo y se apoderaron del vehículo descripto», explicó el fiscal de turno.
«El otro hecho fue una hora después cuando las 7 personas se habrían resistido al accionar del personal policial que se presentó en la vivienda donde todos se encontraban. Las personas además profirieron insultos y arrojaban elementos contundentes, entre ellos piedras, contra los funcionarios», describió el Ministerio Público Fiscal.
Más adelante en la secuencia de hechos, «uno de ellos con la intención de causar daño arrojó una piedra que impactó en el móvil policial interno 2773, causando la rotura de uno de los cristales».
«Además uno de ellos tenía un arma de fuego tipo pistola sin contar con la debida autorización legal para ello, elemento que fue encontrado cuando la policía realizaba el procedimiento investigando el robo de moto mencionado», dijo la Fiscalía.
Entre el sustento probatorio mencionado para esta instancia, y a menos de 24 horas de transcurridos los hechos, el representante fiscal mencionó las actas múltiples de la intervención de la Unidades 48°, 177° y 69° de la Policía, la denuncia penal de una de las víctimas, las testimoniales recolectadas hasta el momento, el informe preliminar del Gabinete de Criminalística, el acta de inspección ocular y fotografías, el acta de toma de muestras de disparo, entre otra pruebas.
Las defensas tanto penal pública como particular se opusieron a la formulación de cargos fiscal.
Por su parte, la jueza de Garantías interviniente imputó los delitos de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, resistencia a la autoridad, resistencia a la autoridad en concurso real con daño calificado.
Como medida cautelar y en pos de resguardar a las víctimas mientras avanza la etapa penal preparatoria de cuatro meses se le colocará a 3 de estas personas dispositivo electrónico y se resolvió prohibición de acercamiento a las víctimas.
Judiciales
Violencia de género: Un hombre fue imputado por agredir a su ex pareja y romperle el celular
El hecho ocurrió en el domicilio de la víctima y le dejó lesiones de carácter grave.

Ayer (29/12) al mediodía, el equipo del Ministerio Público Fiscal de turno formuló cargos a un hombre por hechos cometidos contra su ex pareja, madre de dos hijos en común, en el marco de una causa por violencia de género. El imputado no podrá acercarse a la víctima ni a su vivienda en un radio de 200 metros, y deberá utilizar un dispositivo electrónico de control.
De acuerdo a la acusación fiscal, el hecho ocurrió el sábado 21 de diciembre alrededor de las 20.00, en el patio de la vivienda que compartía la pareja. Según se expuso en audiencia, el hombre habría comenzado a insultar a la mujer y, sin motivo alguno, la agredió físicamente.
«El imputado le pegó en la cabeza, impactando uno de los golpes en el oído izquierdo y otro en la mano, donde la víctima sostenía su teléfono celular», explicó la Fiscalía. Posteriormente, el hombre le habría arrebatado el dispositivo y lo arrojó al suelo, provocando la rotura de la pantalla.
Como consecuencia de la agresión, la mujer sufrió lesiones de carácter grave, situación que fue acreditada mediante la historia clínica del Hospital donde fue atendida y el informe del médico del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial.
La calificación legal por la cual quedó imputado es la de lesiones graves agravadas por el vínculo, por ser un hecho cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, y daño simple, todo en concurso real, conforme a los artículos 45, 90 en función del 92, 80 incisos 1° y 11, y 183 del Código Penal.
El defensor penal público señaló que se trataría del primer conflicto de este tipo entre la pareja y que no existirían antecedentes previos ni denuncias en el marco de la Ley N° 3040, por lo que solicitó como medida cautelar la colocación de una tobillera electrónica y la prohibición de acercamiento.
Finalmente, el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y dispuso que el imputado cumpla con las medidas cautelares propuestas, mientras continúa el proceso judicial.
Judiciales
Disparó contra la actual pareja de su ex y quedó imputado por tentativa de homicidio
El hecho ocurrió en octubre y la víctima resultó herida en un brazo tras recibir un disparo a corta distancia.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre que ya se encontraba cumpliendo prisión preventiva en el marco de otros dos legajos judiciales, tras haber sido detenido luego de que la Fiscalía solicitara su orden de captura.
Según la acusación, el hecho ocurrió en octubre pasado, cuando la mujer -ex pareja del imputado- y su actual compañero salían de un domicilio a bordo de una motocicleta. En ese momento, fueron sorprendidos por el acusado, quien atacó al hombre y efectuó un disparo con un arma de fuego a la altura de la cabeza, con claras intenciones de matarlo.
Desde la Fiscalía indicaron que el imputado insistió en su accionar, aunque no logró consumar el homicidio. No obstante, la víctima resultó herida por un disparo en el antebrazo derecho.
Además, se señaló que el acusado incumplió una medida cautelar de prohibición de acercamiento hacia su ex pareja, dispuesta oportunamente por el fuero de Familia.
La calificación legal por la que quedó imputado es la de tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con portación de arma de fuego y desobediencia, conforme a los artículos 42, 45, 79, 41 bis, 55, 189 bis y 239 del Código Penal.
Como sustento probatorio, la Fiscalía presentó el informe del Gabinete de Criminalística, que incluyó el secuestro de un proyectil en el lugar del hecho, un croquis ilustrativo, la denuncia penal realizada por la víctima, el certificado médico de las lesiones y el expediente iniciado en el marco de la Ley 3040.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal solicitó la prisión preventiva al considerar existente el peligro de fuga, remarcando que fue necesario pedir su detención y que el imputado es reiterante, con otra causa avanzada hacia juicio.
Por su parte, el defensor penal público se opuso al pedido, argumentando que no estaban acreditados los riesgos procesales y propuso medidas alternativas como presentaciones diarias y una nueva prohibición de acercamiento.
Finalmente, el juez de Garantías dio por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y resolvió que el acusado continúe cumpliendo prisión preventiva en este legajo por el plazo de 4 meses.









