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Le allanaron la casa a un abuelo que utiliza cannabis medicinal y ahora pide que le devuelvan las plantas

La familia está inscripta en el Programa Cannabis del Ministerio de Salud. Por orden del juez Greca, se llevó adelante el allanamiento la pasada semana.

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Foto: Gentileza AN Allen.

Por orden del Juzgado Federal de Roca, a cargo del juez Hugo Greca, la Policía allanó la casa de un abuelo que se trata con cannabis medicinal y más de 80 organizaciones e instituciones repudiaron el hecho. La familia pide que les devuelvan las siete plantas florecidas que les arrancaron de su vivienda, donde también le destruyeron el espacio de cultivo.

«Es muy grave que las fuerzas desconozcan que existe un registro nacional que autoriza a los pacientes a cultivar y poder tener sus propios aceites. Están violando un derecho logrado y adquirido tras muchos años de lucha, esa es nuestra preocupación más grande», expresó Fernanda Canut, la referente de la organización cipoleña Cannabis Medicinal Río Negro (CaMeRN).

El allanamiento ocurrió el pasado viernes, en un domicilio de Allen. Si bien los efectivos policiales contaron con la orden del juez Greca para ingresar, las organizaciones cuestionaron el procedimiento porque fue en la casa de una persona que está debidamente inscripta en el ReProCann.

Según refiere el nieto de la persona damnificada, quien gestionaba este cultivo legal y se encontraba en el lugar, le exhibió el certificado vigente y aprobado del ReProCann a quienes llevaban adelante el operativo que, incluso, se comunicaron telefónicamente con el Juzgado Federal de Greca, que hizo caso omiso a la documentación y ratificó el allanamiento.

«Pese a tener conocimiento de dicho certificado, desde esa dependencia judicial se decidió dejar en libertad a las personas que estaban en la vivienda y secuestrar las plantas, que fueron trasladadas en cajas de cartón», indicaron las organizaciones que repudiaron el acto, a través de un comunicado.

Y agregaron que «exigimos la devolución inmediata de todo el material incautado, con la esperanza de que aún sirvan para mejorar el estado de salud de la persona damnificada. Sostenemos que desde el juzgado interviniente se lesionaron gravemente sus derechos y es imperioso que haya algún acto de reparación y restitución económica, más allá de las acciones legales que pueda iniciar la persona damnificada contra el Estado».

Se recordó que el registro nacional les permite cultivar hasta nueve plantas. El abuelo tenía siete.

Por eso, las organizaciones que repudiaron el operativo expresaron la necesaria articulación entre las distintas dependencias del Estado involucradas y la capacitación urgente tanto de las fuerzas de seguridad como del sistema de administración de justicia para poder acceder sin temores fundados a los mecanismos creados por la Ley N° 27.350 y su nueva reglamentación.

«El ReProCann marcó en este 2021 el inicio de un nuevo paradigma sobre el uso de cannabis para fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos del dolor, sin embargo, se sigue persiguiendo y estigmatizando a las personas usuarias y cultivadoras solidarias, en un claro retroceso de esta ampliación de derechos», concluyeron.

Judiciales

Lo condenaron por violencia de género, volvió a convivir con la víctima y lo enviaron a prisión

La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial. El Ministerio Público acreditó que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad.

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Un hombre condenado por violencia de género cumplirá pena efectiva en Cipolletti tras comprobarse el incumplimiento de las pautas de conducta. La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial y de un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. El Ministerio Público Fiscal acreditó además que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. El juez de Ejecución transformó la pena en suspenso en prisión efectiva.

La condena original se dictó en agosto de 2025 por hechos que incluyeron lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género. En ese momento, el Poder Judicial había dispuesto reglas claras: no acercarse ni mantener contacto con la mujer y sostener un domicilio informado. Esas condiciones formaron parte de una pena de ejecución condicional que buscó evitar el encierro.

Sin embargo, la presencia en la vivienda de la mujer evidenció la transgresión de esas restricciones. El informe de la Oficina de Atención a la Víctima describió un escenario atravesado por temor y dependencia económica, además de referencias a episodios de violencia posteriores a la condena.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el planteo se centró en el incumplimiento de las pautas impuestas y no en la investigación de un nuevo delito. La defensa se opuso al pedido y señaló que los hechos integraban una causa en trámite, además de plantear objeciones sobre la posibilidad de una doble sanción.

El juez de Ejecución Penal analizó la documentación incorporada, en especial el informe técnico, y consideró acreditada la violación de las reglas de conducta, en particular la prohibición de acercamiento. Con base en ese análisis y en normativa vinculada a la protección contra la violencia de género, dispuso la revocación de la condicionalidad.

La resolución ordenó la detención y el traslado a un establecimiento penitenciario.

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Judiciales

Escándalo en el Poder Judicial: Un arma secuestrada apareció en un procedimiento policial y faltan otras en las oficinas de Roca

La irregularidad puso en evidencia fallas en el circuito de secuestros judiciales.

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El Poder Judicial de Río Negro impulsó una denuncia penal y una investigación interna de carácter urgente luego de detectar que un arma de fuego que se encontraba secuestrada y bajo custodia judicial apareció en un procedimiento policial realizado en la ciudad de Roca. El hallazgo alertó sobre una irregularidad grave en el resguardo de ese elemento y desencadenó una serie de medidas institucionales.

La denuncia tramita en la Fiscalía de Roca, donde se investiga cómo el arma, que debía permanecer en dependencias judiciales, terminó involucrada en un episodio delictivo. En paralelo, el organismo dio intervención al Auditor General, requirió información a distintas áreas, tomó declaraciones testimoniales y analizó documentación vinculada al circuito de secuestros judiciales.

Como medida complementaria, se ordenó un relevamiento y arqueo integral de los objetos secuestrados en la Oficina Judicial de Roca, que fue extendido a todas las Oficinas Judiciales de la provincia para verificar la correspondencia entre los registros y la existencia material de los elementos resguardados.

El resultado del arqueo agravó el cuadro: se detectó el faltante de otras armas de fuego, lo que motivó la ampliación de la denuncia penal. El número total de elementos involucrados aún no está determinado, dado que el control sigue en curso.

Actualmente se indaga sobre los registros de elementos secuestrados y los protocolos de control interno en las dependencias judiciales. La revisión abarca depósitos, sistemas de inventario y circuitos administrativos relacionados con la custodia.

El Poder Judicial indicó que el proceso interno podría derivar en medidas precautorias o sanciones. La causa penal en la Fiscalía de Roca continúa en etapa inicial, mientras el Auditor General prosigue con las actuaciones administrativas dispuestas por el organismo.

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Imputaron a una profesora de natación y un guardavidas por el fallecimiento del niño de 11 años en la pileta municipal de Roca

Según la acusación, ambos imputados habrían omitido el deber de cuidado al no advertir a tiempo lo que le ocurría a la víctima.

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El Ministerio Público Fiscal imputó a una profesora de natación y a un guardavidas por el delito de homicidio culposo, en el marco de la investigación por la muerte de un niño de 11 años ocurrida el 22 de diciembre de 2023 durante una clase en la pileta municipal de General Roca, ubicada en la zona norte de la ciudad.

Según la acusación fiscal, ambos imputados estaban a cargo de un grupo de seis menores cuando, alrededor de las 11.40, se le indicó al grupo un ejercicio en el agua. El niño no salió a la superficie como los demás y la situación fue advertida minutos después, cuando lo sacaron del agua e iniciaron maniobras de RCP hasta la llegada de la ambulancia.

La Fiscalía sostuvo que ambos habrían omitido el deber de cuidado al no advertir lo que ocurría con el menor. El tiempo de inmersión prolongada sin supervisión efectiva ni asistencia inmediata provocó un episodio de ahogamiento por sumersión que derivó en su fallecimiento por asfixia. La calificación legal aplicada es la de homicidio culposo, conforme a los artículos 45 y 84 del Código Penal.

El defensor penal público que asiste a ambos imputados señaló que, a criterio de la defensa, no existen elementos suficientes para formular cargos en esta instancia, y reclamó la realización de un estudio histopatológico antes de arribar a conclusiones definitivas sobre la causa de la muerte.

La jueza de Garantías interviniente, ante la presencia de los padres del niño y su querellante -quien adhirió al pedido fiscal-, explicó que la investigación deberá determinar si la muerte fue producto de negligencia o imprudencia de quienes tenían a su cargo al menor, o si fue consecuencia de una patología previa que no hubiera podido evitarse aun con la debida diligencia. Tuvo por formulados los cargos y fijó un plazo de cuatro meses para la etapa de investigación penal preparatoria.

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