Seguinos

Sociedad

Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento

La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

el

El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.

Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.

Actividades y servicios considerados esenciales:

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Personal afectado a obra pública.

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Servicios de lavandería.

Servicios postales y de distribución de paquetería.

Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.

Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.

Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.

Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.

Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.

Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.

Roca

Quedó habilitada la circulación por calle Evita, entre Mendoza y Avenida Roca

Para la segunda etapa de la obra, se prevé la pavimentación de todo el tramo.

el

Finalizados los trabajos de apertura de la calle Evita, entre Mendoza y Avenida Roca, quedó habilitada al tránsito esta importante arteria que implica una mejora sustancial en la conectividad vial de la zona norte de la ciudad.

Los trabajos realizados incluyen la construcción de cuatro garitas de seguridad, instalación de 1700 metros de alambrado perimetral que asegura una correcta delimitación y ordenamiento del espacio público; la colocación de 33 columnas viales con luces LED, permitiendo mayor visibilidad y seguridad durante la noche.

Asimismo, se realizó el armado, consolidación y perfilado de la base de la calzada, que brinda una vía estable y segura para el tránsito vehicular.

Se dispuso también cartelería vial y se realizó una limpieza integral de todo el sector, mejorando la estética y funcionalidad del entorno. Además, se llevaron a cabo tres derivadores de agua para facilitar el riego en las zonas aledañas.

Esta obra, que para una segunda etapa contempla la pavimentación de todo el tramo, forma parte de una serie de intervenciones estratégicas y planificadas de conectividad vial, que permiten fortalecer la conexión entre el sector este y oeste de la ciudad, desde calle Vintter hasta la Ruta Provincial Nº 6.

Continuar leyendo

Roca

Fin de semana en Roca: Se registraron 21 conductores que dieron positivo al control de alcoholemia

En total, los inspectores municipales confeccionaron 58 actas. Las infracción más frecuente, además de alcoholemia, fue la falta de seguro.

el

Inspectores municipales de Tránsito llevaron a cabo controles en diferentes sectores de la ciudad durante el pasado fin de semana. El objetivo de los operativos de este tipo es preservar la seguridad vial, tanto en la zona rural como en el centro.

En esta oportunidad, los controles se realizaron durante el viernes (18/10), sábado (19/10) y domingo (20/10), y arrojaron como resultado la confección de 58 actas, de las cuales 21 fueron por alcoholemia positiva. En este sentido, se procedió así a la delegación de manejo a un conductor designado en 18 oportunidades y la retención preventiva de 3 vehículos.

Sumado a otras 2 retenciones más realizadas por falta de documentación, el total fue de 5 vehículos retenidos (3 autos y 2 motos).

Las infracciones más frecuentes fueron falta de seguro y alcoholemia positiva.

Alcohol Cero al Volante

En Roca está vigente la Ordenanza N° 5020/23 mediante la cual se prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre.

La infracción a la normativa vigente de Alcohol Cero al Volante es considerada una falta grave y las multas van de 1.000 a 3.000 USAM ($600.000 a $1.800.000 según tarifaria vigente al 21/10/2024) e inhabilitación de licencia.

«El consumo de alcohol, incluso en cantidades pequeñas, aumenta el riesgo de verse involucrado en siniestros viales. Conducir bajo el efecto de intoxicación alcohólica, puede tener consecuencias negativas para todos los usuarios de la vía pública y no solo para el conductor de un vehículo. Por ello, los/as conductores/as de vehículos deben evitar la ingesta de alcohol o designar un/a conductor/a responsable a fin de garantizar la seguridad de todos», indicaron desde el Municipio.

Continuar leyendo

Roca

Atención: Sin agua en gran parte de Roca por una cañería rota

Prevén que el servicio se normalice después de las 18 horas.

el

Aguas Rionegrinas informó que personal de la empresa está trabajando en la reparación de una cañería en la esquina de calle San Juan y Tres Arroyos, por lo que el servicio de agua potable está interrumpido en la zona baja de la ciudad.

Los barrios afectados son los ubicados al sur del Canal Principal de Riego y al este de calle Maipú, Stefenelli y J.J. Gómez; zona centro, Quintu Panal y Universitario.

Desde la empresa informaron que se prevé que el servicio de agua potable comience a normalizarse a partir de las 18 horas del día de hoy (22/10).

«Hasta entonces recomendamos a los usuarios extremar el cuidado del recurso priorizando el consumo y la higiene personal. Por dudas, consultas o reclamos está disponible la línea telefónica gratuita 0800 999 24827», recordaron desde Aguas Rionegrinas.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement