Sociedad
Cuáles son las actividades y servicios esenciales que quedan exceptuados del nuevo confinamiento
La gobernadora Carreras sostuvo que el Decreto firmado por el presidente Fernández es de cumplimiento obligatorio.

El Gobierno nacional anunció la declaración de nueve días seguidos de confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado (21/05) y hasta el domingo 30 de mayo, con el objetivo de frenar la escalada de contagios de coronavirus en todo el país. La decisión, que tuvo el respaldo de todos los gobernadores, respeta el funcionamiento de las actividades esenciales.
Río Negro adherirá de forma total, ya que según aseguró la gobernadora Arabela Carreras, el Decreto de Necesidad y Urgencia es de cumplimiento obligatorio.
Actividades y servicios considerados esenciales:
Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autonóma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.
Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
Personal afectado a obra pública.
Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6°, inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
Servicios de lavandería.
Servicios postales y de distribución de paquetería.
Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina autorice.
Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20, artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.
Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.
Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.
Actividad registral Nacional y Provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.
Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.
Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.
Río Negro
Alerta por intentos de estafa virtual a afiliados del IPROSS
La obra social provincial no está enviando mensajes a sus afiliados ni a la comunidad en general.

El Gobierno de Río Negro advierte a la población sobre una nueva modalidad de estafa telefónica en la que delincuentes se hacen pasar por representantes del IPROSS para engañar a la gente, obtener información personal y robar dinero.
La obra social provincial no está enviando mensajes a sus afiliados ni a la comunidad en general. Se trata de un intento de estafa virtual en el que los malvivientes incluso simulan comunicarse desde un supuesto número del Gobernador de la Provincia. Suelen solicitar el ingreso de un supuesto código Token, para posteriormente requerirles dinero de sus cuentas.
Se recomienda no responder mensajes sospechosos y, bajo ninguna circunstancia, ingresar códigos en el celular ante este tipo de contactos.
Consejos para evitar fraudes digitales
- No hacer clic en enlaces sospechosos ni descargar archivos de fuentes desconocidas. Verificar que las direcciones web sean oficiales y evitar acceder a páginas desde códigos QR, SMS o correos electrónicos dudosos.
Confirmar la identidad de la persona o empresa que contacta. Desconfiar de mensajes que generen urgencia o adviertan sobre supuestos riesgos financieros. Revisar que los nombres, colores y logotipos coincidan con la entidad oficial y que el sitio no tenga anuncios sospechosos.
Desconfiar de ofertas demasiado buenas o con condiciones inusuales. Verificar que las direcciones de correo electrónico sean oficiales y no contengan caracteres extraños.
No compartir información personal, claves bancarias ni de correo electrónico por teléfono, redes sociales o SMS.
Ante depósitos o cheques, confirmar su autenticidad con el banco antes de entregar un producto o dinero.
Río Negro
Río Negro suma 89 médicos al sistema público de salud
No obstante, la convocatoria nacional para que lleguen médicos a la provincia continúa abierta.

El Gobierno de Río Negro sumó 89 médicos de distintas partes del país al sistema público de salud, que se incorporaron entre 2024 y enero de 2025. «Esta medida garantiza una mejor atención médica para las familias rionegrinas y reafirma el compromiso del Gobierno Provincial con la salud pública», resaltó el ministro de Salud de Río Negro, Demetrio Thalasselis.
No obstante, la convocatoria nacional lanzada a principios del año pasado continúa abierta. Desde el Ministerio de Salud y los hospitales provinciales, se busca sumar más profesionales de Cirugía General, Ginecología y Obstetricia, Pediatría, Neonatología y Clínica Médica, entre otras. Los interesados pueden postularse enviando un correo a [email protected].
En este sentido, el ministro Thalasselis destacó que «estamos trabajando para seguir incorporando profesionales al sistema público de salud de la Provincia, en un contexto en el cual existe un importante déficit, no solo a nivel provincial, sino nacional en algunas especialidades críticas, donde el número de profesionales formados a nivel país es menor a las necesidades de los sistemas público y privado».
«En todos los hospitales de la Provincia se incorporaron profesionales de esta convocatoria y vamos a seguir en esa línea. Actualmente se encuentra en proceso el trámite para el ingreso de más profesionales», agregó finalmente Thalasselis.
Río Negro
Vacunas del Calendario Nacional, gratis y disponibles en Río Negro
Durante 2024, se aplicaron más 500.000 dosis en toda la provincia.

En Río Negro hay 36 hospitales y 189 centros de salud que trabajan activamente para que todas las personas puedan vacunarse y protegerse contra enfermedades prevenibles. Durante 2024, se aplicaron 502.000 dosis del Calendario Nacional, garantizando el acceso gratuito y equitativo a la inmunización.
Vacunarse es un acto de responsabilidad individual y colectiva. Quienes no reciben las vacunas correspondientes pueden contraer y transmitir enfermedades, poniendo en riesgo no solo su propia salud, sino también la de toda la comunidad. Esto es especialmente crítico para los más vulnerables, como los menores de un año, que aún no han completado su esquema de vacunación, las personas gestantes e inmunodeprimidas, es decir, aquellas que por distintas enfermedades o tratamientos tienen bajas sus defensas.
El Ministerio de Salud de Río Negro recuerda que vacunarse es un acto responsable y solidario que nos protege a todos, siempre es un buen momento para revisar y actualizar el carnet de vacunación en todas las edades.
Hay vacunas que se aplican antes del año de vida del niño porque es la etapa de mayor susceptibilidad, es mayor la posibilidad de que el niño se enferme, si bien puede adquirir anticuerpos o defensas de su mamá, el niño necesita aplicarse vacunas a los dos, tres, cuatro, cinco y seis meses para prevenir, por ejemplo, la poliomielitis, coqueluche, neumonías, diarreas por rotavirus, meningitis y también los mayores de seis meses se deben aplicar la vacuna para la gripe.
Al año de vida, se aplica el refuerzo de neumococo, la vacuna para prevenir sarampión, rubéola y paperas y una única dosis contra la hepatitis A. Luego a los quince meses, el refuerzo de meningococo conjugada tetravalente y la primer dosis contra la varicela. Entre los quince y dieciocho meses se aplica la quíntuple (o pentavalente).
En la etapa escolar a los 5 años deben recibir las vacunas de refuerzo para prevenir poliomielitis, sarampión, rubéola y paperas. La triple bacteriana celular, contra la difteria, el tétanos y la tos convulsa; finalmente la que previene varicela.
Después a los 11 años, iría una dosis de refuerzo de la vacuna antimeningococcica, una dosis de la vacuna VPH en ambos sexos y un refuerzo de la vacuna triple bacteriana acelular.
Es importante llevar el DNI y el carnet de vacunación que tengan, para que la enfermera o el agente sanitario, puedan asesorar sobre qué vacunas corresponden aplicar.